SUFRAGIO
Por Eddy Olivares Ortega
La separación de las elecciones fue insertada en la Reforma Constitucional del 1994, como consecuencia de la grave crisis postelectoral, de ese año, que llevó al país al borde de la guerra civil.
Su implementación posibilitó un acuerdo que, fundamentalmente, consistió en acortar en dos años ese mandato constitucional en el nivel presidencial, sin afectar ni el congresual ni el municipal.
Los beneficios de las elecciones de medio término, pronto empezaron a dar sus frutos en las comunidades más pobres. Barrios que durante años demandaron el arreglo de sus calles vieron como el gobierno se las construía o reconstruía. Dirigentes medios y de base de los partidos políticos ahora disponían de recursos, permanentemente, para la conquista del voto clientelar. Mientras que, por otro lado, los electores informados le pasaban factura a los partidos de los gobiernos de turno.
El activismo político, como siempre, era permanente, pero se notaba más, por lo que muchos llegaron a creer, erróneamente, que las elecciones separadas eran las causantes de todos los males de la Nación. Entre estos se encontraban los empresarios y otros grupos de presión que empezaron a quejarse y a demandar la unificación de las elecciones. Se llegó al extremo de decir que la celebración de elecciones cada dos años afectaba la producción nacional. Entonces los promotores de la Reforma del 2010, en un típico gesto de populismo reformador, vendieron la unificación de las elecciones como una de las virtudes de la nueva Carta Sustantiva.
Pero los llamados padres y, por supuesto, beneficiarios de la Reforma Constitucional del 2010, no solo utilizaron el tema de la unificación de las elecciones para ganarse el apoyo de los influyentes sectores ya referidos, sino también como recompensa a los legisladores que componían la Asamblea Revisora, por su apoyo sin reserva a la reforma, ya que de esa manera tendrían la posibilidad de reelegirse en sus escaños por un largo período de seis años. Sin embargo, nunca como ahora la campaña política ha sido más activa y extemporánea.
Cuando en la mañana del 15 de mayo del 2016, veintidós años después de su exitosa implementación, queden abiertas las puertas de los colegios electorales, se habrá cerrado el ciclo correspondiente a las elecciones de medio término. A partir de ese momento, entrará en vigor el artículo 209 de la Carta Magna que en torno a las elecciones, dispone: a) que los colegios electorales se abrirán cada cuatro años; b) que se deben elegir al Presidente y Vicepresidente, a los representantes legislativos, a las autoridades municipales y a los demás funcionarios o representantes electivos de modo separado e independiente; y, c) que las presidenciales, congresuales y de representantes ante el Parlamento Centroamericano (PARLACEN) deben celebrarse el tercer domingo del mes de mayo y las municipales, tres meses antes, el tercer domingo del mes de febrero.
No obstante, mediante la disposición transitoria decimocuarta de la Constitución, se dispuso, por excepción, la celebración de las elecciones municipales del 2016 el tercer domingo del mes de mayo, es decir, el mismo día que las presidenciales, congresuales y del PARLACEN. Por lo tanto, el 15 de mayo del 2016, por primera vez en dos décadas, nuestra democracia representativa elegirá todos los cargos de elección popular el mismo día.
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