martes, 31 de diciembre de 2024

EDUARDO SANZ LOVATÓN: Hemos alcanzado nuestra meta anual de recaudación en @aduanard y seguiremos recaudando unas horas más. Gracias a Dios por este increíble equipo de mujeres y hombres. ¡En 2025, seguiremos trabajando por el país! ¡Vamos!

Aquí tienes una nota de prensa basada en la información proporcionada:


Aduanas RD supera meta anual de recaudación en 2024

Santo Domingo, 31 de diciembre de 2024 - La Dirección General de Aduanas (DGA), al mando de Eduardo Sanz Lovatón, ha logrado un hito significativo al alcanzar y superar su meta anual de recaudación para el año 2024. Con un excedente de casi 30 millones de pesos, la DGA ha cumplido en más de un 100 por ciento su objetivo a las 11 de la mañana del 31 de diciembre.

En un mensaje compartido en redes sociales, Sanz Lovatón expresó su gratitud: "Hemos alcanzado nuestra meta anual de recaudación en @aduanasrd y seguiremos recaudando unas horas más. Gracias a Dios por este increíble equipo de mujeres y hombres. ¡En 2025, seguiremos trabajando por el país! ¡Vamos!"

Este logro refleja el compromiso y la dedicación del equipo de Aduanas RD, así como el apoyo a las políticas públicas del presidente Luis Abinader. La DGA continuará trabajando con la misma pasión y esfuerzo en el próximo año para seguir contribuyendo al desarrollo y bienestar de la República Dominicana.

Para más información, visite nuestras redes sociales:

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  • Instagram: Eduardo Sanz Lovatón

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🇩🇴🎉👏.@sanzlovaton "Hemos alcanzado nuestra meta anual de recaudación en @aduanasrd y seguiremos recaudando unas horas más. Gracias a Dios por este increíble equipo de mujeres y hombres. ¡En 2025, seguiremos trabajando por el país! ¡Vamos! https://x.com/SanzLovaton/status/1874134087541416040

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¡Felicidades, @SanzLovaton! 🎉👏 Un gran logro para @aduanasrd y para todo el equipo. Gracias por su dedicación, esfuerzo y compromiso con las políticas públicas del presidente @luisabinader, la gente y la República Dominicana. ¡A seguir trabajando con la misma pasión en 2025! 🇩🇴

El Tribunal Constitucional redefine las candidaturas independientes en República Dominicana

Pulverización de la representación política

El redefine las candidaturas independientes en República Dominicana

Flavio Darío Espinal / En directo

Santo Domingo - dic. 20, 2024 | 12:01 a. m. | 8 min de lectura

El 13 de diciembre de 2024, el Tribunal Constitucional emitió la sentencia TC/0788/24, mediante la cual declaró no conformes con la Constitución los artículos 156 y 157 de la Ley núm. 20-23, Orgánica del Régimen Electoral, del 17 de febrero de 2023, los cuales versan sobre las candidaturas independientes. A la vez, esta alta corte, haciendo uso de las llamadas sentencias sustitutivas o manipulativas, plasma una nueva redacción para que, según ella, estos textos resulten conformes a la Constitución. Así, el tribunal elimina la noción de agrupación política como el vehículo para canalizar las candidaturas independientes de carácter nacional, provincial, municipal o en el Distrito Nacional que surjan puntualmente en un determinado proceso electoral fuera de los partidos políticos formalmente constituidos y, en su lugar, utiliza una nueva figura para canalizar las candidaturas independientes. Esa figura es la de "agrupaciones cívicas o sociales de ciudadanos surgidas en ocasión de los procesos electorales", al tiempo que establece que esas agrupaciones "serán de naturaleza espontánea y sin ningún requisito previo de inscripción", aunque sí establece algunas condiciones mínimas que esas agrupaciones deben cumplir para su participación.

Luego de ponderar los argumentos de la parte accionante, la cual cuestiona los referidos artículos de la ley haciendo referencia a una variedad de principios (pro participación, favorabilidad y efectividad en el ejercicio de los derechos, razonabilidadpluralismo político), el Tribunal Constitucional acoge la acción y centra su razonamiento y decisión en la aplicación del llamado test de razonabilidad, el cual incluye tres elementos: uno, la evaluación del fin perseguido; dos, el medio empleado para conseguirlo; y, tres, la relación entre el medio y el fin. En tal sentido, el tribunal llega a la conclusión de que las disposiciones que contienen los artículos 156 y 157 de la Ley núm. 20-23 no satisfacen los requerimientos de dicho test, ya que, en lugar de hacer viables las candidaturas independientes, más bien las impiden u obstaculizan.

Lo primero a decir es que el Tribunal Constitucional parece haber quedado atrapado en un juego semántico. Como los artículos 156 y 157 están en el capítulo III de la ley que se titula De las Candidaturas Independientes, el tribunal sometió estos artículos a dicho test para ver si sus disposiciones hacían viable la presentación de candidaturas independientes según el sentido o definición que el propio tribunal - apoyado en algunos autores y diccionarios - otorga a dichas candidaturas, pero que no aparece en ningún lugar de la ley ni de la Constitución. En otras palabras, el tribunal cambió el contenido de dichos artículos sobre la base de que estos, al establecer el requisito de constituir agrupaciones políticas puntuales en cada elección para viabilizar candidaturas independientes, ya sea a nivel nacional, provincial, municipal o del Distrito Nacional, impedían o limitaban dichas candidaturas. De ahí que, como se dijo, sustituye las agrupaciones políticas por agrupaciones cívicas o sociales de ciudadanos de carácter espontáneo que no estarán sometidas a un requisito previo de inscripción.

El problema fundamental de esta sentencia es que su razonamiento se sustenta en una aplicación bastante mecánica del test de razonabilidad, en vez de realizar un análisis con una visión más integradora que tome en cuenta, primero, los efectos de esa decisión en el sistema de partidos de la República Dominicana; dos, el encuadramiento conceptual que hace la Constitución sobre los partidos políticos; y, tres, la necesaria deferencia que el Tribunal Constitucional debe a los órganos democráticamente electos en una materia como esta.

En cuanto al primer aspecto, esta decisión del Tribunal Constitucional invita a la pulverización de la representación política. Si bien en los procesos políticos influyen múltiples factores -históricos, sociales, culturales, decisionales, entre otros-, los incentivos institucionales juegan un papel clave en cómo los actores políticos canalizan sus expectativas y su participación en la vida de una nación. Si las normas e instituciones vigentes permiten con facilidad que se postulen candidaturas desde instituciones sociales o cívicas con requisitos mínimos de inscripción, sin duda que estas se convertirán en una opción a mano para cualquiera que desee postularse, incluyendo quienes rompan con sus propios partidos políticos y no quieran someterse a ningún tipo de constreñimiento institucional. Así, con esta decisión, el Tribunal Constitucional optó por facilitar el surgimiento y proliferación de candidaturas independientes sustentadas en organizaciones sociales, lo cual tendrá inevitablemente como consecuencia el debilitamiento de los partidos políticos que son los que están llamados a articular voluntades colectivas tanto para llegar al poder como para poder ejercerlo en el marco de la institucionalidad democrática.

En lo que concierne al segundo aspecto, el Tribunal Constitucional cita el artículo 216 de la Constitución para alegar que este no limita la participación sólo a través de los partidos políticos. El artículo dispone lo siguiente: "La organización de partidos, agrupaciones y movimientos políticos es libre, con sujeción a los principios establecidos en la Constitución. Su conformación y funcionamiento debe sustentarse en el respeto a la democracia interna y a la transparencia, de conformidad con la ley". No aparece en este texto una referencia a "las agrupaciones cívicas o sociales de ciudadanos" como instrumentos de participación electoral. Más bien, la Constitución sólo se refiere -y esto es muy importante- a las nociones de partidos, agrupaciones y movimientos, que son precisamente los que usa la Ley núm. 20-23. En consecuencia, todo parece indicar que tanto la Constitución como la ley plasmaron un modelo que, si bien tiene un grado de apertura para candidaturas puntuales, prioriza, como debe ser, a los partidos políticos.

En lo que respecta al tercer aspecto, el Tribunal Constitucional decidió negarle la deferencia que los poderes democráticos merecen. Si la legislación concibió que la participación electoral realizada por vías distintas a los partidos políticos se lleve a cabo a través de agrupaciones y movimientos políticos con un cierto nivel de organización y formalización, es porque priorizó ese enfoque frente a otro mucho más abierto e informal, como el que ha adoptado en su sentencia esta alta corte. Una cosa es que el Tribunal Constitucional declare inconstitucional ciertas disposiciones legales de la ley de partidos políticos porque afecten, por ejemplo, la libertad de expresión o el derecho a la manifestación pública, como en efecto ya hizo, y otra muy distinta es que, al margen de un debate democrático, el tribunal se convierta en legislador y redefina la concepción de la participación político-electoral en la vida democrática dominicana.

Esta interpretación que ha prevalecido en el Tribunal Constitucional sobre la participación política se ha hecho al margen de una valoración histórica del papel de los partidos políticos dominicanos en la construcción y sostenimiento de la democracia. Refleja, también, tal vez sin proponérselo, el discurso antipartidos y antipolítica que ha resonado durante tanto tiempo en nuestro país. Si existe algún riesgo en la vida política dominicana no es tanto que los partidos políticos sean un obstáculo a la participación, sino más bien que estos se debiliten y que, en consecuencia, el sistema político se desvertebre o desarticule. Por tal motivo, si se deseaba un cambio en la forma como se canaliza la participación electoral, este cambio no estaba llamado a realizarse en el estrecho espacio de un tribunal, cualquiera que fuese, sino en el marco de un debate democrático más amplio tanto en el seno de los órganos de representación política como en la sociedad en general.

Esta interpretación que ha prevalecido en el Tribunal Constitucional sobre la participación política se ha hecho al margen de una valoración histórica del papel de los partidos políticos dominicanos en la construcción y sostenimiento de la democracia.

https://www.diariolibre.com/opinion/en-directo/2024/12/19/tribunal-constitucional--pulverizacion-de-la-representacion-politica/2946146

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Exilio, cancelación de pasaportes y "traición a la patria": los paralelismos de los gobiernos de Venezuela y Nicaragua en su ofensiva contra la disidencia

Exilio, cancelación de pasaportes y "traición a la patria": los paralelismos de los gobiernos de Venezuela y Nicaragua en su ofensiva contra la disidencia

Ortega y Maduro

Fuente de la imagen,Getty Images

Pie de foto,Daniel Ortega y Nicolás Maduro mantienen una estrecha relación desde que el venezolano era canciller de Hugo Chávez hace más de una década.

Nicolás Maduro vio cómo en 2024 se erosionó su relación con Lula en Brasil y Gustavo Petro en Colombia, entre otros, por los resultados de las elecciones de julio, en las que fue declarado vencedor pese a que nunca se mostraron las actas oficiales de la votación.

No le falló, sin embargo, un fiel aliado: Daniel Ortega.

"No hay vuelta atrás, no hay paso atrás, Nicolás es el presidente legítimo", dijo el mandatario de Nicaragua, cuya legitimidad internacional es tan discutida como la de Maduro.

El año que termina profundizó la relación entre ambos países y al mismo tiempo los parecidos sobre cómo ambos gobiernos refuerzan su poder y se enfrentan a la disidencia.

Venezuela y Nicaragua, aliados ideológicos junto a Cuba con llamados gobiernos revolucionarios de izquierdas, son considerados regímenes autoritarios por organismos internacionales y países occidentales y han sido en los últimos años importantes focos de crisis política y social en América Latina.

"Ambos están entre los gobiernos más represivos de la región y utilizan prácticas y políticas de represión similares, incluyendo detenciones arbitrarias sin debido proceso, torturas, y la censura generalizada", le dice a BBC Mundo el subdirector de la División de las Americas de Human Rights Watch (HRW), Juan Pappier.

Paralelismos

Ortega acaba de promover una reforma de la Constitución para concentrar todos los poderes del Estado en su figura y la de su esposa, la vicepresidenta Rosario Murillo, que pasará a ser "copresidenta".

Maduro, por su parte, renovó su mandato tras las elecciones del 28 de julio, consideradas fraudulentas por buena parte de las democracias del mundo.

Las actas oficiales publicadas por la oposición mostraban un claro triunfo de Edmundo González, el desconocido diplomático que sustituyó a la popular líder María Corina Machado, inhabilitada para postularse.

Daniel Ortega y su esposa Rosario Murillo.

Fuente de la imagen,Getty Images

Pie de foto,Con la reforma constitucional, que podría aplicarse a principios de 2025, Nicaragua se convertirá en el primer país con dos "copresidentes".

A la inestabilidad derivada del proceso siguieron denuncias de arrestos arbitrarios, juicios irregulares, torturas y la anulación de pasaportes a críticos del gobierno, entre otras medidas.

González, acusado por la Fiscalía venezolana -próxima al gobierno- de "instigación a la insurrección", tuvo que exiliarse en España, mientras que Machado ha sido acusada de "traición a la patria" y permanece en la clandestinidad dentro de Venezuela.

Algo parecido sucedió en Nicaragua en 2023, cuando el Ejecutivo expulsó a Estados Unidos a 316 opositores que mantenía presos y les retiró la nacionalidad.

Antes, en 2021, Ortega había sido elegido por quinta vez como presidente con 75% de los votos en unos comicios en los que prácticamente no tuvo rivales, después de que la Justicia -controlada por el oficialismo- ordenara el encarcelamiento de siete precandidatos además de 32 líderes opositores y empresarios.

Los acusaban, como ahora pasa en Venezuela, de "conspiración y traición a la patria".

Ambos países padecen, además, un pronunciado éxodo migratorio, sobre todo hacia Estados Unidos, que ofrece protección especial a sus solicitantes de asilo.

Expertos señalan que, desde el modo en que enfrentan la disidencia hasta cómo operan sus procesos electorales, Nicaragua y Venezuela exhiben numerosos paralelismos que se han reforzado este 2024.

María Corina Machado durante la campaña con adherentes

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Pie de foto,María Corina Machado era la candidata elegida por la oposición, pero fue inhabilitada e hizo campaña por Edmundo González.

Si bien tanto en Venezuela como en Nicaragua se realizan elecciones, "los dos gobiernos lograron desmantelar de forma similar los frenos y contrapesos propios de la democracia, cooptando el poder judicial y en la práctica anulando el ejercicio libre del derecho al voto", indica Pappier.

Los estándares internacionales no se cumplen, explican analistas, lo que ha servido para consolidar a ambos gobiernos.

Probablemente Maduro le preguntó a Ortega sobre los procedimientos que ha utilizado y sigue utilizando para suprimir o inhibir, por un lado, la formación de una voluntad mayoritaria de cambio que amenace su régimen político, y por otro lado, cómo garantizar la estabilidad de su gobierno”, afirma el politólogo venezolano John Magdaleno.

Según él, “las inhabilitaciones y restricciones a los partidos políticos se han convertido en parte del repertorio de procedimientos que las autocracias del siglo XXI implementan para evitar cualquier cambio político”.

Los gobiernos de Venezuela y Nicaragua aseguran que esas medidas son decisiones legales tomadas por órganos independientes a la presidencia y obedecen a normas supuestamente quebrantadas por los opositores.

Exilio y cancelación de pasaportes

Otras de las medidas utilizadas por ambas administraciones para neutralizar a opositores políticos. son el exilio y la cancelación de pasaportes.

Aunque lo han hecho de forma diferente y el caso de Nicaragua es más extremo.

En 2023, Managua desterró en dos tandas a 316 opositores, entre ellos líderes políticos opositores como Félix Maradiaga o Cristiana Chamorro, sandinistas históricos como Dora María Téllez e intelectuales como la escritora Gioconda Belli o Sergio Ramírez.

La histórica dirigente sandinista Dora María Téllez, en una entrevista con la BBC en Washington DC tras su destierro en febrero de 2023.
Pie de foto,La sandinista disidente Dora María Téllez, en una entrevista con la BBC en Washington DC tras su destierro en febrero de 2023.

Los despojó de sus bienes, sus pasaportes y la nacionalidad nicaragüense tras una resolución judicial que los condenaba "por cometer actos que menoscaban la independencia, la soberanía y la autodeterminación del pueblo; por incitar a la violencia, al terrorismo y a la desestabilización económica".

En Venezuela, las denuncias sobre anulación de pasaportes se multiplicaron en los últimos meses tras las elecciones del 28 de julio.

Algunos de los afectados, como el dirigente político Andrés Caleca residen en el país, por lo que la medida les impide salir legalmente, mientras otros están en el exilio y, en ese caso, se les veta el regreso.

De acuerdo a analistas, al bloquear la movilidad de los disidentes dentro y fuera del país el gobierno busca, por un lado, evitar que la oposición interna participe en eventos internacionales y, por otro, prevenir que los exiliados regresen para agitar la oposición interna.

El caso más notable ahora es el de Edmundo González, refugiado en España después de recibir una orden de captura por usurpación de funciones, instigación a la desobediencia y conspiración, entre otros supuestos delitos.

González en un acto reciente durante su exilio en Madrid

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Pie de foto,González en un acto reciente durante su exilio en Madrid.

“El exilio de figuras de la oposición en Nicaragua fue el resultado de un acuerdo con los EE. UU. y sirvió para aliviar la presión sobre el gobierno de Ortega neutralizando a los alborotadores. El exilio forzado de González en Venezuela cumplió un propósito similar”, explica a BBC Mundo Michael Paarlberg, investigador del centro de estudios Institute for Policy Studies y profesor de la Virginia Commonwealth University en Estados Unidos.

Sin embargo, remarca una diferencia fundamental entre ambos: mientras en Venezuela aún hay una oposición interna significativa y organizada, en Nicaragua se ha eliminado cualquier atisbo de resistencia.

El gobierno de Ortega sigue un enfoque más totalitario al reprimir a toda la sociedad civil, las organizaciones religiosas y la oposición, mientras desmoviliza a la población mediante la promesa de cierto grado de estabilidad económica, algo que Maduro no puede ofrecer”, apunta.

"Represión" y "traición a la patria"

Tanto Venezuela como Nicaragua han sido acusados de emplear sus sistemas judiciales y Fuerzas Armadas para perseguir a opositores y disidentes.

“Los dos regímenes usan aparatos parapoliciales y paramilitares para reprimir la disidencia y a la oposición”, le dice a BBC Mundo el politólogo John Magdaleno.

Ambos gobiernos defienden la imparcialidad de su sistema judicial y alegan que sus acciones contra opositores buscan combatir supuestas campañas subversivas financiadas por Estados Unidos y aliados.

Tras las elecciones del 28 de julio en Venezuela ha habido centenares de detenciones, muchas de ellas calificadas como arbitrarias por organismos locales e internaciones que defienden el debido proceso.

También se han denunciado desapariciones, torturas y ha habido varias muertes de disidentes que estaban en custodia policial.

El Helicoide, sede del SEBIN

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Pie de foto,El Helicoide, sede del SEBIN (Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional), es conocido por las denuncias de abusos y violaciones de derechos humanos contra detenidos en Venezuela.

Para Amnistía Internacional, el control del poder Ejecutivo sobre el sistema Judicial y la Fiscalía se traduce en arrestos arbitrarios o preventivos, juicios expeditos con escasas garantías para la defensa y sentencias determinadas de antemano.

Otras organizaciones como HRW (Human Rights Watch) señalan que en ambos países se han instrumentalizado las leyes de seguridad nacional y antiterrorismo para combatir las protestas.

Estas leyes, según un informe del Centro para Estudios Estratégicos e Internacionales (CSIS), son empleadas como herramientas para justificar detenciones y enjuiciamientos que, de otra manera, no contarían con un respaldo legal claro.

la temida cárcel nicaragüense conocida como "El Chipote" en Managua

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Pie de foto,Muchos presos políticos son interrogados y sometidos a abusos en la temida cárcel nicaragüense conocida como "El Chipote" en Managua.

El gobierno de Ortega ha procesado a numerosas figuras de la oposición y líderes sociales bajo los cargos de terrorismo y conspiración.

Destacan los casos de Cristiana Chamorro y Félix Maradiaga, precandidatos a la presidencia en 2021, a quienes se imputó el cargo de conspiración en procesos judiciales que, según Amnistía Internacional, estuvieron plagados de irregularidades, como la ausencia de una defensa adecuada o el veto a observadores internacionales.

Bajo la excusa de proteger la soberanía nacional, "ambos gobiernos emplean el exilio forzado, la persecución judicial, normalmente por delitos vagos y abstractos como 'traición a la patria' o 'terrorismo', para amedrentar a críticos", apunta el representante regional de HRW, Juan Pappier.

En Venezuela, la traición a la patria se basa en el artículo 130 de la Constitución, que obliga a sus ciudadanos a “honrar y defender a la patria, sus símbolos y valores culturales; resguardar y proteger la soberanía, la nacionalidad, la integridad territorial, la autodeterminación y los intereses de la nación”.

El gobierno venezolano suele usarla para acusar a opositores políticos, a quienes en ocasiones atribuye conspiraciones para derrocar o asesinar a Maduro.

Maduro

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Pie de foto,Maduro acusa frecuentemente a sus opositores de trabajar para potencias extranjeras.

Entre los que han sido afectados están Juan Guaidó, Leopoldo López, y María Corina Machado, además de los exministros del oficialismo, Rafael Ramírez y Andrés Izarra.

Esta figura legal ha sido aún más recurrente en Nicaragua.

La Ley de Defensa de los Derechos del Pueblo, aprobada en diciembre de 2020, permite arrestar a cualquier persona que solicite sanciones extranjeras o "incite la injerencia extranjera en los asuntos de Nicaragua".

El gobierno usó esta figura para sentenciar a los 316 presos políticos desterrados en 2023, a quienes consideró agentes al servicio de intereses extranjeros.

Más recientemente, Ortega acusó de “traición a la patria” a su hermano menor Humberto, que murió en septiembre de 2024 tras meses de arresto domiciliario por calificar como “dictatorial” al gobierno que lideran su hermano y su cuñada, Rosario Murillo.

Daniel y Humberto Ortega

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Pie de foto,Daniel Ortega acabó procesando por "traición a la patria" a varios exdirigentes sandinistas, entre ellos su hermano y excompañero de lucha Humberto Ortega.

Los expertos coinciden en que los paralelismos entre Nicaragua y Venezuela confluyen en su mayor aliado político e ideológico: Cuba.

“La inteligencia cubana aún tiene mucha influencia y, al menos en Venezuela, se le atribuye haber desincentivado, desarmado e infiltrado cualquier tipo de movilización o desacuerdo estratégico dentro de las instituciones públicas, incluyendo la administración pública, las Fuerzas Armadas y cuerpos policiales”, asegura John Magdaleno.

El experto destaca que “el avance autocrático en Nicaragua es mucho más pronunciado que en Venezuela, y se aproxima más a una autocracia cerrada”.

No obstante, advierte, "en Venezuela también se empiezan a ver señales de avance en esa dirección”.

En términos similares se expresa el subdirector de las Américas de HRW, Juan Pappier.

"Mientras el gobierno de Maduro se turna entre estrategias de represión más dura y generalizada y otras más selectivas, al menos desde 2021 el de Ortega ha reprimido la crítica de forma generalizada, brutal y constante", sentencia.

https://www.bbc.com/mundo/articles/c5ygwn2kr5eo