Sentencia golpea al PRM y genera incertidumbres
Habrá que esperar el texto argumentativo de la sentencia del Tribunal Superior Electoral que favorece a Fello Suberví para medir sus fundamentos y alcances, pero mientras tanto parece un exceso y crea una crisis al Partido Revolucionario Moderno
La sentencia del Tribunal Superior Electoral TSE emitida el viernes, mediante la cual reconoce al doctor Rafael Suberví Bonilla como candidato a alcalde del Distrito Nacional crea una crisis al Partido Revolucionario Moderno y genera incertidumbre en todo el sistema político, con graves dificultades para elegir democráticamente sus candidatos.
Aunque pretende fundamentarse en la Constitución y en los estatutos del PRM, el dispositivo de la sentencia no alude a una asamblea de delegados ni a un padrón de militantes formalmente convocados para escoger la candidatura a alcalde capitalino, más allá de un listado de miembros que apoyan las aspiraciones de Suberví.
Proclamarían a Collado
La decisión del TSE llegó cuando la Comisión Nacional Organizadora de la Convención del PRM, presidida por la doctora Milagros Ortiz Bosch, se aprestaba a proclamar al joven emprendedor David Collado como candidato a la alcaldía del DN, tras la realización de una encuesta, método que figura entre los mecanismos estatutarios de la organización.
El golpe al PRM deja mal parada la decisión del Comité Político del PLD, que integrado por 35 personas, pactó el año pasado la repostulación de todos los senadores, diputados y alcaldes del partido, desconociendo los derechos de cientos de dirigentes y militantes que aspiraban a esas candidaturas
Según lo trascendido, Collado había alcanzado un 44 por ciento, Fello Suberví 21, Faride Raful 7 y Luis Felipe Roa 2 por ciento, con un 21 por ciento que dijo no preferir a ninguno. Según el doctor Antoliano Peralta Romero, coordinador legal de la comisión de campaña del PRM, el artículo 103 de sus Estatutos prevé que los candidatos podrán ser electos mediante votación primaria, encuestas, consenso, consultas o reservas y que corresponde a la dirección ejecutiva proponer cualquiera de ellos a la Comisión Política, quien tiene facultad para decidir, como está haciendo en todas las jurisdicciones.
Peralta precisó que Suberví Bonilla se había inscrito para participar en la encuesta, aunque mantuvo reservas en una nota escrita, sobre la legitimidad del sistema de encuestas, adoptado por ese partido, por un lado porque carece de recursos económicos para organizar primarias en todos los municipios y como mecanismo para evitar el desenfreno de luchas internas y la distracción de la militancia.
Los perremeístas hierven de indignación contra el tribunal y han atribuido el dictamen al interés del partido de gobierno que, siempre han sostenido, controla ese órgano judicial. El PRM nació como consecuencia de una serie de fallos del TSE que contribuyeron a la división del Partido Revolucionario Dominicano, siempre en beneficio de su presidente Miguel Vargas Maldonado, que ahora apoya las candidaturas del PLD.
Sentencia ambivalente
El dispositivo de la sentencia TSE-003-2016 deja confusión por cuanto en el numeral 3 “acoge parcialmente” la acción de amparo incoada por Suberví, indicando que “ha comprobado la violación del derecho fundamental a elegir y ser elegible del accionante, previsto en el artículo 22 de la Constitución de la República”. Luego lo reconoce como candidato a la Alcaldía del DN por el PRM, asumiendo que su escogencia se hizo “conforme a lo previsto en los estatutos del indicado partido”, citan el 54, 55 y 103.
Pero a continuación, el TSE ordena al PRM “continuar con el procedimiento establecido en sus estatutos”, sin especificar a qué se refiere, si será convocar una asamblea de delegados para que apruebe la elección, en cuyo caso todavía el tribunal no puede considerarlo candidato, o si continuar es inscribirlo ante la Junta Central Electoral.
Esta sentencia podría ser una más donde el tribunal integrado en su mayor parte por personas comprometidas con el PLD y el PRD, se rinden ante los que los designaron. Su decisión está basada en una lista de más de mil militantes y dirigentes del PRM en el DN presentada por Suberví, pero se ignora cómo pudieron los jueces establecer su autenticidad, y qué proporción representan de la totalidad.
Tendrían que citar un padrón o una certificación de los organismos superiores del partido sobre delegados electos, o dar cuenta de una asamblea previa y públicamente convocada para escoger el candidato, sin la aprobación de la Dirección Ejecutiva ni la Comisión Política del PRM, como también dispone el citado artículo 103 de los Estatutos. Peor aún, el Tribunal consideró que se habían violado los derechos del accionante antes que fuera proclamado otro candidato ni realizada la correspondiente asamblea de delegados que ratificaría la elección, donde él podría hacer valer sus derechos. También sin que él hubiese apelado a los organismos superiores de su partido.
Muchas incertidumbres
La decisión del TSE genera muchas incertidumbres en el proceso de escogencia de las candidaturas para los 4 mil 106 cargos en juego en los comicios de mayo próximo. Podría alentar una lluvia de impugnaciones a otras candidaturas ya escogidas o en proceso de encuestas por el PRM y otros partidos, incluyendo al gubernamental PLD.
De hecho hasta la candidatura presidencial del presidente Danilo Medina fue impugnada a mediados del año pasado por el abogado santiagués Hipólito Polanco, quien alegó que no se le permitió optar por la misma, decidida por el Comité Político del PLD, que lo presentó como único precandidato.
El golpe al PRM deja mal parada la decisión del Comité Político del PLD, que integrado por 35 personas, pactó el año pasado la repostulación de todos los senadores, diputados y alcaldes del partido, desconociendo los derechos de cientos de dirigentes y militantes que aspiraban a esas candidaturas. El PLD sólo escogió por elección primaria una docena de candidatos a diputados y medio centenar de candidatos a alcaldes, en localidades donde otros partidos le habían ganado en el 2010.
Como hay más de doscientas impugnaciones a esa elección parcial, la “amplitud democrática” del TSE también podría alentar procesos recurrentes de los que se consideren afectados, aunque el disfrute del poder sin la menor transparencia, siempre dejará espacio para compensaciones disuasorias.
Alternativas del PRM
La decisión del TSE se la pone bien difícil al PRM en momentos en pasa la difícil prueba de las más de 4 mil candidaturas, al mismo tiempo que todavía no logra cerrar el anunciado pacto con el Partido Reformista Social Cristiano y espera lograr acuerdos con otros grupos políticos. Distrae la atención de su candidato presidencial, único electo en votación primaria, cuando deberían estar aprovechando el mal momento por el que atraviesa el partido de gobierno y el proyecto reeleccionista.
Le resultará muy cuesta arriba aceptar una candidatura decretada por el TSE, pero delicado desconocer ese órgano, al que se siente enfrentado. Tendría que convocar la asamblea de delegados del DN y presentar allí a David Collado, o realizar una votación primaria, contando con el resultado de su encuesta donde el joven político duplica a Bonilla.
Mientras tanto, son muchos los que cuestionan por qué Suberví no aceptó, como otros tres precandidatos, que una encuesta decidiera, si su objetivo es volver a ser alcalde de una ciudad que gobernó como síndico en dos períodos de la década del 90 y concluyó en 1998, hace 18 años, cuando la mayoría de los actuales electores no votaban. Es el mismo Fello Suberví que en el 1999 compitió por la candidatura presidencial del PRD para la elección del 2000 y perdió tres a uno de Hipólito Mejía, pero alegó fraude durante 10 días hasta que le ofrecieron la secretaría general del partido.
Hace 17 años una candidatura del PRD era casi un pasaporte al triunfo, pero esta vez se trata de un PRM que con muy escasos recursos económicos trata de constituir una estructura nacional y emerger como alternativa a una maquinaria de poder como la del PLD, que controla y usa todo el poder del Estado.- http://acento.com.do/2016/politica/8316045-sentencia-golpea-al-prm-y-genera-incertidumbres/
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