martes, 18 de agosto de 2015

Ley ordena a JCE reasignar también regidores

Publicado el 17 de agosto del 2015 - 11:45 pm por JOSE ANTONIO TORRES Josetorres60@hotmail.com e-mail: redaccion[@]elnacional.com.do

Ley ordena a JCE reasignar también regidores

La JCE tiene la responsabilidad de hacer cumplir el mandato de la Constitución y las leyes.
Al igual que con los diputados, la Junta Central Electoral (JCE) tendrá que redistribuir la cantidad de regidores en los municipios donde se produjeron desprendimientos o surgieron nuevas juntas distritales desde el año 2010. El mandato está contenido en el párrafo II del artículo 201 de la Constitución de la República, y en la Ley 341-09, promulgada por el entonces presidente Leonel Fernández el 26 de noviembre de 2009. Al parecer, ni los partidos políticos ni la JCE se habían percatado de esta situación, ya que no han hecho referencia al tema, a pesar de que para las elecciones del 2016 faltan exactamente nueve meses.
El mandato constitucional que ordena a la JCE redistribuir las diputaciones, partiendo del total de habitantes de cada provincia, de acuerdo al Censo Nacional del 2010, ha provocado reacciones adversas de los partidos políticos. En una acción insólita, la dirigencia política, tanto de oposición como gubernamental, insisten en que el tribunal electoral viole la Constitución a fin de salir favorecidos con la distribución de las curules en el Congreso.
Sin embargo, en las elecciones del próximo año algunos distritos municipales serán elevados de categoría, como es el caso de Baitoa, en Santiago, lo que significará una reducción del total de concejales a la alcaldía del municipio cabecera. Esta situación sería extensiva a todos los municipios y distritos municipales creados a partir de noviembre del 2009, que fue cuando se modificó la Ley 176-07, y se congeló el número de regidores en 1,101.
La Ley 341 señala con claridad que en los municipios afectados con reducción en el número de regidores como consecuencia de la aplicación de esta ley, se escogerán la misma cantidad de regidores que fueron electos en las elecciones del 2006.
También la legislación es tajante en torno a que el total de regidores que fueron electos en los comicios del 2010 quedará congelado por un período de 30 años.
La Ley 341-09 modifica la 176-07 para agregar un segundo párrafo a su artículo 1, que dice: “Cuando un municipio se ve afectado con la reducción de su población como consecuencia de un nuevo municipio, se reducirá el número de regidores(as) del municipio del cual se produjo el desprendimiento en la proporción del número de habitantes que establece esta ley”.
El artículo 201 de la Constitución, establece en su párrafo II, que el número de regidores y suplentes será determinado por la ley, en proporción al número de habitantes, sin que en ningún caso pueda ser menor de cinco para los municipios y de tres para los distritos municipales.
UN APUNTE
Diputados
El anuncio de la JCE de que en algunas provincia habrá redistribución de diputados cayó como balde de agua fría sobre partidos con candidaturas negociadas, e incluso dejaron entrever su respaldo a que la JCE no cumpla con el mandato de la ley.
http://elnacional.com.do/ley-ordena-a-jce-reasignar-tambien-regidores/

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