martes, 19 de mayo de 2015

Complejidad electora, elecciones presidenciales, congresuales y municipales | Por JOSÉ ANGEL AQUINO/MIEMBRO TITUAR DE LA JCE

Por JOSÉ ANGEL AQUINO/MIEMBRO TITUAR DE LA JCE
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Este 15 de mayo del 2015 se ha iniciado el conteo regresivo anual hacia las elecciones presidenciales, congresuales y municipales del 15 de mayo del año 2016. Desde el año 1994 no se realizan en el país elecciones simultáneas en todos los niveles de elección, ya que la reforma constitucional de ese año separó las elecciones presidenciales de las congresuales y municipales, lo cual conducía a la realización de comicios cada dos años.
Entre cada elección presidencial, tuvimos lo que se denomina en la nomenclatura electoral como “elecciones de medio término”, y que se interpretan frecuentemente como una evaluación anticipada por parte del elector de la gestión presidencial.
La Constitución del 2010, en su artículo 209, vuelve a unificar el calendario electoral, pero solamente las elecciones presidenciales y legislativas, manteniendo separados los comicios municipales.
En ese sentido, señala este texto constitucional que las “elecciones se celebrarán de manera separada e independiente. Las de presidente, vicepresidente y representantes legislativos y parlamentarios de organismos internacionales, el tercer domingo del mes de mayo y las de autoridades municipales, el tercer domingo del mes de febrero”. Sin embargo, de manera especial, la propia Constitución en su disposición transitoria decimocuarta estipula que “por excepción, las asambleas electorales para elegir las autoridades municipales se celebrarán en el año 2010 y 2016 el tercer domingo de mayo”.
Es por ello que la separación de las elecciones presidenciales y congresuales de las municipales, tendrá efectividad a partir del año 2020.
Cambios división política. Sin duda alguna, la geografía electoral que caracterizará las elecciones del 15 de mayo de 2016 será sustancialmente distinta de la que tuvimos hace 22 años. Cerrado el plazo para la elevación de categoría de nuevas demarcaciones con fines electorales, conforme el artículo 18 de la Ley No. 55 sobre Registro Electoral, podemos evaluar las significativas modificaciones que han experimentado las provincias y municipios y la cantidad de representantes a ser electos en cada una de estas circunscripciones.
Según las estimaciones de la Oficina Nacional de Estadística (ONE), para el año 1995 la población de la República Dominicana era de 7,770,617 personas, cantidad que aumentaría a 10,075,045 para el año 2016. Diversos estudios también demuestran el alto grado de migración interna que se registra en la población dominicana, no sólo del campo a la ciudad, sino también de unas ciudades a otras, en atención a la modificación de la estructura productiva y la oferta de empleo.
Estos cambios poblacionales han tenido un importante impacto en la transformación que ha sufrido nuestra división política de 1994 a la fecha. Hemos pasado de 30 a 32 provincias, de 107 a 158 municipios, incluyendo el Distrito Nacional, y se ha aumentado el número de distritos municipales de 47 a 235.
También es cierto que no todos estos cambios en la división política obedecen a razones demográficas o de desarrollo municipal, sino que también en esta situación juega un determinado papel las prácticas clientelares que tanto arropan al sistema político dominicano.
A este aumento significativo de municipios y distritos municipales se suma la creación de nuevas circunscripciones electorales para los diputados. Mientras que en el año 1994 teníamos 30 circunscripciones electorales, equivalentes a las 29 provincias y el Distrito Nacional; para estas elecciones del 2016 tendremos un total de 48 circunscripciones para elegir los representantes en la Cámara Baja.
La composición Congreso. El aumento de la población y la creación de nuevas provincias, impactaron directamente en el incremento de la representación congresual.
Aunque en el caso del Senado de la República solamente aumentó en dos el número de integrantes, con la creación de las provincias de San José de Ocoa y de Santo Domingo; en la Cámara de Diputados el número de integrantes subió hasta 178 primero y hasta 190 después, con la reforma constitucional del 2010 que estableció un número fijo de diputados, en proporción a la población de las provincias y el Distrito Nacional e incluyó los representantes del exterior y los diputados nacionales.
Así, tenemos 178 diputados por las provincias y el Distrito Nacional, 5 diputados nacionales y 7 diputados que representan a los dominicanos en el exterior, para un total de 190.
A esto debemos añadir los representantes electos para el Parlamento Centroamericano y que son 20 titulares y 20 suplentes. Estos diputados, que antes eran designados por el Poder Ejecutivo mediante decreto, desde las elecciones del 2010 son también electos por el voto popular.
Representación Municipal. Los cambios en la cantidad de alcaldes y regidores son mayores en estos 22 años, dado el aumento exponencial de las demarcaciones municipales y el hecho de que los municipios y distritos municipales tienen un mínimo de 5 regidores y 3 vocales, respectivamente, independientemente del tamaño de su población. Mientras en 1994 teníamos 107 alcaldes y sus suplentes, esa cantidad se elevará a 158 alcaldes y 158 vicealcaldes para el 2016. Pero en cuanto a los regidores el monto casi se duplica: de 650 regidores en el 1994, pasaremos a un estimado de 1,164 regidores en el 2016.
Para los distritos municipales, cuya composición era decidida en 1994 por las salas capitulares de los municipios a los que pertenecían, en las elecciones del 15 de mayo del 2016 los electores van a elegir directamente con su voto un total de 234 directores, 234 subdirectores, así como 746 vocales correspondientes a estas demarcaciones.
Otras diferencias. Pero aparte de las diferencias que registran ambas elecciones en cuanto a la división política y la cantidad de puestos en disputa, tenemos otras circunstancias que le dan un carácter esencialmente distinto a estos procesos.
Por ejemplo, en cuanto a la regla decisoria, para la elección del presidente y vicepresidente de la República, se aplica desde el año 1996 el sistema de balotaje o doble vuelta electoral; mientras que en el caso de los diputados de las provincias y el Distrito Nacional, se utilizan las listas cerradas y desbloqueadas, más conocidas como voto preferencial; mecanismos que no existían en las elecciones de 1994.
Del mismo modo, en cuanto a la organización del proceso, desde el año 1998 la Junta Central Electoral cuenta con un padrón electoral fotográfico a color, cuya calidad ha ido aumentando en cada proceso, que es auditado por los partidos políticos y organismos internacionales.
Igualmente, con un moderno sistema de transmisión de resultados a través de scanner que permite el envío de los resultados de manera simultánea a partidos políticos y medios de comunicación acreditados.
También cuenta con mecanismos informáticos cifrados para la digitación de los datos electorales y sistemas en línea para la presentación de candidaturas.
Sin embargo, al igual que en el 1994, nuestro sistema electoral todavía carece de los mecanismos que garanticen la democracia interna en los partidos políticos, la equidad en la competencia electoral y la prevención del uso de los fondos públicos en la promoción de las candidaturas.
Al día de hoy, no contamos todavía con una legislación electoral y de partidos que esté en armonía con los principios de transparencia y equidad que consagra la nueva Constitución del 2010.
http://hoy.com.do/complejidad-electora-elecciones-presidenciales-congresuales-y-municipales/
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