domingo, 24 de septiembre de 2017

El Estado, ¿Qué es y qué distribuye? - Por Max Montilla

El Estado, ¿Qué es y qué distribuye?
Posted by Alex On September 23, 2017
El Estado, ¿Qué es y qué distribuye?
Por Max Montilla
montillamax@gmail.com
A diario, vemos personas refiriéndose al termino “Estado”, pero ¿Qué es el Estado y que distribuye o redistribuye este concepto tan amplio en la vida de los ciudadanos?
EL ESTADO. SU SIGNIFICADO:
El Estado, en su concepto político se podría enmarcar como la institución capaz de regular y dirigir y distribuir las riquezas, coordinando acciones o políticas públicas en beneficio del soberano, quien le otorga el poder para que los proteja y los conduzca a una mejor posición frente a otros.
La terminología “Estado” fue introducida por primera vez por el padre de la Teoría del Estado y las Ciencias Políticas Nicolás Maquiavelo en su obra “El Príncipe”, publicada en el año 1513, utilizando en ese entonces el termino italiano “stato”, palabra que evoluciona del latín “status”. (http://www.tuobra.unam.mx/)
Para definir de manera sencilla al Estado tomamos la definición práctica de Juan Bodino que lo define como “el conjunto de familias y sus posesiones comunes gobernadas por un poder de mando según la razón”(Bodino, 1579).
De esa manera y desde su concepción original se ha visto al Estado como un “ente regulador de la vida nacional en un territorio”, es decir, la esencia de justicia, autoridad y libertad.
Lo que “haga” el Estado o lo que tiene “derecho a hacer” puede variar de acuerdo con la concepción de los tratadistas modernos o de los clásicos.
Para el tratadista moderno Herman Heller: “El Estado es la organización política soberana de dominación territorial. Es la conexión de los poderes sociales” (Heller, 1955).
En contraposición con la definición anterior y más aún con lo que creía John Locke, el liberal clásico Franz Oppenheimer rechaza el “contrato Social” y distingue el Estado como: “la institución social impuesta por el grupo victorioso al derrotado, con el propósito de regular su dominio y de agruparse contra la rebelión interna y los ataques del exterior”(Oppenheimer, 1908).
Hemos dicho que el Estado es un ente satisfactorio de necesidades públicas y al mismo tiempo debe regular y facilitar los bienes, tanto públicos como privados, en sentido más amplio, este será el encargado de dirigir y regular que esos bienes sean aprovechados por todos. El Estado está obligado por la Constitución (ley máxima sustantiva que lo regula) a satisfacer dichas necesidades.
Por otro lado, posee funciones que no deben ser delegadas en terceros como los casos de seguridad y justicia, aunque otras si pueden ser delegadas, tales como salud y educación.
EL ESTADO Y COMO DISTRIBUIDOR LAS RIQUEZAS
Hay que destacar que, dependiendo del sistema económico del Estado imperante en una nación, ya sea capitalista o socialista las riquezas pueden distribuirse de manera muy diferente para cada uno de ellos. Por ejemplo, en el capitalista, el Estado distribuye de acuerdo con la competencia, la oferta y la demanda, a diferencia del Estado socialista, el cual se basa en objetivos, pero en ambos casos la distribución puede conllevar a desigualdades.
Basándonos en lo que expresa el autor Kymlicka, dichas distribuciones de estas desigualdades pueden permitirse si nos sustentamos en la teoría de Rawls que expresa: “las desigualdades son permitidas si mejoran mi porción igual en el reparo inicial, pero no lo están si como el utilitarismo se apropian de mi parte equitativa”(Kymlicka, Filosofia Politica Contemporanea).
Oponiéndose a lo descrito anteriormente, Robert Nozick expresa: “no existe una distribución central de las cosas, es decir, ningún grupo o persona puede decidir cómo deben repartirse”, por lo tanto, el Estado no debería inmiscuirse en dicha repartición de riquezas (Nozick).
Parafraseando a Jürgen Habermas “todas las sociedades de clase, puesto que su reproducción se basa en la apropiación privilegiada de la riqueza producida por la sociedad, tienen que resolver el siguiente problema: distribuir el producto social de manera desigual y sin embargo legítima (Lenski: 1966). Lo solucionan mediante la coacción estructural, o sea, por medio del hecho de que las oportunidades legítimas de satisfacción de las necesidades se encuentran fijadas en un sistema de normas respetado” (Brito, 2011).
El concepto de “sistemas de normas respetado” hace alusión a lo que debería ser un Estado con autoridad y como por medio de la autoridad se pueden distribuir los recursos.
Tal y como vimos en la “tragedia de los comunes”, los puntos encontrados entre Hardin y Ostrom, Hardin deja al libre albedrío de las personas para regular el “bien común”, mientras que Ostrom expresa su punto de vista en privatizar los bienes comunes por el Estado o por empresas privadas, dando nuevamente al Estado la capacidad de decidir que, cuanto y como darnos los bienes.
En la obra de Antonio Gramsci “Notas sobre Maquiavelo, política y el Estado Moderno”, el autor expresa claramente que el estado no debería intervenir en las actividades económicas propias de la sociedad, sino que debería ser el “guardián de las leyes”, un claro rechazo al intervencionismo estatal frente al conjunto de organismos vulgarmente llamado “privados” que conforman la sociedad civil (Gramci, 1975).
Un ejemplo reciente de cómo las politicas interventoras en las riquezas dan al traste con la pobreza en muchos paises es Estado Unidos de Norteamerica en los años comprendidos entre 1930-1970. La idea de que el Estado intervenga en la distribucion de las riquezas empezó a tambalearse a partir del 1973 con la crisis del petroleo, en que los dardos neoliberales, haciendo enfasis en la teoria keynesianas, le echaban la culpa y le pedian al propio Estado que no siguiera regulando ni distribuyendo, pues elevaba sus gastos como Estado y disminuia las ganancias de las grandes empresas.
Claro está, al tomar esta forma inmediatamente lo que se busca es privatizar las empresas estatales y disminuir el poder adquisitivo de las personas, tal y como lo palpamos en estos ultimos tiempo en nuestra Republica Dominicana.
EL ESTADO Y LA LIBERTAD:
Para Inmanuel Kant “lo único innato que tiene el hombre es la libertad y la base de los derechos adquirido” (Kant, 1989).
Sin embargo, John Locke considera en el capítulo VIII de su obra “Segundo Tratado sobre el Gobierno Civil” lo siguiente: “Al ser los hombres, como ya se ha dicho, todos libres por naturaleza, iguales e independientes, ninguno puede ser sacado de esa condición y puesto bajo el poder político de otro sin su propio consentimiento. El único modo en que alguien se priva a sí mismo de su libertad natural y se somete a las ataduras de la sociedad civil, es mediante un acuerdo con otros hombres, según el cual todos se unen formando una comunidad, a fin de convivir los unos con los otros de una manera confortable, segura y pacífica, disfrutando sin riesgo de sus propiedades respectivas y mejor protegidos frente a quienes no forman parte de dicha comunidad (Locke, 2003).
Esta teoría lockeana tiene mucha similitud y encuentra acogida en otros autores, de la siguiente manera: si lo hace bajo su propio consentimiento, entonces lo anteriormente citado se puede corroborar con la teoría del consentimiento tácito descrita por Jorge Malem en el libro “La Obediencia al Derecho”. Inmediatamente el hombre es puesto bajo yugo se coartan sus libertades. Al hombre en si le gusta poseer su propia libertad negativa, hacer lo que quiera, cuando quiera y donde quiera.
Ya lo había expresado Isaiah Berlín en su libro “Dos Conceptos de Libertad”, publicado en 1958, que existen dos tipos de libertades, la positiva y la negativa, las cuales en algún momento todos hemos probado por lo menos una de ellas. La diferencia básica en que la libertad negativa limita la autoridad impuesta, mientras que la positiva quiere adueñarse de la autoridad, más bien ejercerla. En la libertad negativa el hombre es dueño de estas, mientras que la positiva la establece el Estado.
EL ESTADO Y LA JUSTICIA: Citando nuevamente a Kant, en referencia a la  justicia, el Estado es visto como “ una variedad de hombres bajo leyes jurídicas” (Peláez, 2005). El autor anteriormente citado enfatiza que la principal característica que tenía el Estado era la Justicia, pero que no debía dejarse al gobernante el poder absoluto, pues inferiría en más injusticia que la propia que se le ha dado.
En su obra “El Príncipe”, Maquiavelo corroboraría lo dicho por Kant con la frase: “el poder corrompe y el poder absoluto corrompe absolutamente”.
Retrotrayéndonos a la sociedad dominicana, el Estado ha sido varias veces cuestionado con respeto a la justicia, autoridad y libertad. Episodios como los de mayo de 1930, abril del 1965 y mayo 1994 son algunos de los ejemplos donde la libertad ha sido coartada por parte del estado.
La justicia tal y como la conocemos en estos momentos es una entelequia, donde sólo funciona para los más fuertes. Aquella diosa griega Temis al parecer al momento de impartir justica entre ricos y pobres se levanta la venda que lleva en sus ojos y fuerza la balanza a que se incline hacia lo más pudientes.
http://chispasdeactualidad.com/2017/09/23/el-estado-que-es-y-que-distribuye/

No hay comentarios.:

Publicar un comentario