4 de mayo de 2915. SANTO DOMINGO-La Segunda Sala de la Cámara Penal de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) conocerá este martes, a partir de las 9:00 de la mañana, dos recursos de casación interpuesto por la Fundación Primero Justicia (FPJ) y la Fiscalía del Distrito Nacional, contra el exministro de Obras Públicas, Víctor Díaz Rúa.
El pasado 21 de abril, la Secretaría General de la SCJ, a través de Grimilda de Subero, informó la admisibilidad de los recursos de casación contra Díaz Rúa interpuesto por el presidente de FPJ, Miguel Surum Hernández y la Fiscalía del Distrito Nacional, representada por Yenni Berenice Reynoso.
Será este martes 5 de mayo, en el Salón de Audiencias de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, ubicada en el sexto piso del edificio de la SCJ y la Procuraduría General de la República.
Durante el proceso, el ingeniero Díaz Rúa elevó una instancia contentiva de “petición de nulidad de investigación de todos los actos de investigación realizados”.
El 10 de octubre del 2014, el juez Leomar Cruz dispuso mediante resolución: “Rechazar la excepción de incompetencia planteada por el Ministerio Público, a la cual se adhirieron la parte querellante que actuó a nombre de la Fundación Primero Justicia y Freddy Aguasvivas, así como la parte querellante actuando a nombre del Movimiento Cívico Ciudadanos Contra la Corrupcion C3.
También el magistrado Cruz rechazo el medio de inadmisión planteado por el MP, a la cual se adhirió Fundación Primero Justicia.
Declaró como buena y válida la solicitud de peticiones incoadas por el ingeniero Díaz Rúa, investigado por presunta violación a los artículos 174,175,176,177,178,179,189,183 del Código Penal, artículos 1 y 2 de la Ley 1486, artículos 31, Ley 340-06, artículos 146 de la Constitución dominicana y la Convención Interamericana Contra la Corrupción.
Además, declaró nulos todas y cada una de las actuaciones que hasta esa fecha componían el proceso de investigación seguido a Díaz Rúa.
Consta en el expediente que en fecha 17 de octubre del 2014, la Fundación Primero Justicia interpuso su correspondiente recurso de apelación contra la citada decisión, “por ser la misma violatoria de la ley en los artículos 7,11, 12, 95, 281, 291 del Código Procesal Penal, entre otros”.
Para el conocimiento de ese recurso de apelación resultó apoderada la Primera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, la cual declaró el 19 de noviembre del 2014 “bueno y valido” el recurso en cuanto a la forma interpuesto por la Fiscal del Distrito y Fundación Primero Justicia.
Por: Lilliam Mateo
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