miércoles, 1 de agosto de 2018

Armada Dominicana frente a sometimiento judicial por incumplimiento de contrato proyecto pesquero


Armada Dominicana frente a sometimiento judicial por incumplimiento de contrato proyecto pesquero
1 de agosto de 2018
Santo Domingo.- El incumplimiento del contrato firmado entre la Armada Dominicana y una empresa  privada para iniciar un proyecto pesquero, podría acarrear a la institución militar una demanda por ante tribunales civiles y penales nacionales e internacionales que incluiría fraude, estafa y abuso de poder, ya que a pesar de constantes comunicaciones, la entidad no se ha dignado a responder a los empresarios, quienes han incurrido en gastos ascendentes a casi 40 millones de pesos.
José Fortuna, gerente de Fish World Dominicana, S.R.L. 
La empresa Fish World Dominicana, S.R.L. representada por su gerente José Fortuna, manifestó que en los próximos días estarán interponiendo formal demanda, ya que la entidad armada ha hecho caso omiso a las numerosas advertencias y notificaciones realizadas por la empresa comercial.
Una de las más recientes, fue la realizada el pasado 6 de junio, mediante acto de alguacil No. 130/2018, en la que advierte a la entidad militar las consecuencias que podrían derivar para el Estado dominicano el inicio de una acción de este tipo, que incluye a los ministerios de Hacienda y de la Presidencia, como entes reguladores de este tipo de concesiones según lo establecen las disposiciones administrativas estatales.
Todo inicia en 2011, 24 de agosto, durante la Jefatura de Estado Mayor del vicealmirante Nicolás Cabrera Arias, de la entonces Marina de Guerra, con la firma de un contrato de participación para la ejecución de un proyecto pesquero en el que la institución militar aportaría dos embarcaciones: La-8 Beata y Cayo Vigía, y parte de la tripulación para el manejo técnico y administrativo de éstas, mientras que la compañía Fish World se haría cargo “de todos los gastos operacionales y de mantenimiento, así como del pago del personal civil contratado por la empresa”.
Casi siete años después, y pese a dos jefaturas distintas, es decir, que luego de firmado el acuerdo entre el ex jefe de Estado Mayor de Cabrera Arias, ocuparon la posición dos vicealmirantes, Edwin Rafael Dominici Rosario y Edmundo Nestor Martín Félix Pimentel, quienes tampoco respondieron los constantes emplazamientos, por lo que el gerente Fortuna decidió aplicar el peso de la ley a la institución militar.

La Armada Dominicana dejó de lado el proyecto pesquero sin explicación alguna, aunque se llegó a realizar una primera fase, cuyo producto se colocó en mercados de Miami y Nueva York, reteniendo además, dichas embarcaciones, contraviniendo lo establecido en los Códigos Civil y Penal vigentes, por lo que la empresa de capital domínico-norteamericano exige el cumplimiento de dicho acuerdo, reservándose el derecho de acudir a tribunales internacionales de arbitraje, de los que el país no ha sido beneficiado en la mayoría de casos en que se ha visto envuelto.
La notificación de advertencia de acción judicial  entregada el 6 de junio, está amparada en los artículos 1382 y 1383, que tratan de los delitos y cuasidelitos, en el entendido de que  “cualquier hecho del hombre que causa a otro un daño, obliga a aquel por cuya culpa sucedió, a repararlo” y el que se refiere a la responsabilidad de quien causare el daño, en cuanto a lo que se desprende del Código Civil y en cuanto a lo penal, el referente es el artículo 266, que castiga con pena de reclusión a cualquiera que haya incumplido, en perjuicio de una parte con conocimiento de causa.
En cuanto al sometimiento que incluiría al Estado dominicano, la empresa Fish World, refiere en el acto de notificación que el Decreto 1523-04, sobre Contratación de Operaciones de Crédito Público Interno y Externo de la Nación, que, en su artículo 10 establece: “El Departamento de Crédito Público de la Secretaría de Estado de Finanzas, tendrá como misión adicional a las establecidas en el Decreto No. 1093-04 la siguiente: d) Tramitar las solicitudes de los organismos públicos para la autorización previa por parte del Secretario de Estado de Finanzas y del Secretario Técnico de la Presidencia, en caso de corresponder, de cualquier trámite encaminado a concertar operaciones de crédito público”.
De igual manera, el artículo 11 y su párrafo, que indican: “en los casos de operaciones de crédito contratadas y aprobadas y en las que no se han producido desembolsos, la Secretaría de Estado de Finanzas y el Secretariado Técnico de la Presidencia, previa evaluación de cada uno de los casos, quedan facultados para negociar las obligaciones financieras de dicho contrato para su cancelación, diferimiento o reconducción del destino del financiamiento contratado”, lo que hasta el momento no ha sucedido.
El párrafo de dicho articulado manifiesta que los poderes firmados por la Presidencia de la República y que se encuentren en curso de trámite antes de la promulgación del presente Decreto deberán ser revisados y evaluados por la Secretaría de Estado de Finanzas y el Secretariado de la Presidencia (hoy ministerios de Hacienda y de la Presidencia), para determinar el tratamiento a seguir.
Esta situación coloca en el punto de mira a la Armada Dominicana, institución nacida con la Independencia de la República, en momentos en que los escándalos de todo tipo sacuden al gobierno.
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