Aquella película fue provocadora. Urbi et orbe la comunidad cristiana se conmovía o se indignaba con la jornada de sadismo, con la inclemente flagelación que sufre en la pantalla, el hijo amado del Padre. Las ofensas en el mundo judío no faltaron. Un Mel Gibson católico, opuesto a las reformas vaticanas, aseguraba que las críticas no eran apropiadas. Él solo pretendía demostrar el gran sacrificio de Jesús. Los jeques de la industria cinematográfica no creyeron en el proyecto, dudaron de la violencia, también les asustaba el atrevimiento del idioma: arameo, hebreo y latín. Gibson financió “La Pasión de Cristo”, y se convirtió en una de las películas más taquilleras, rentable y controversial de la historia del cine.
Cuando la polémica ocupaba la atención de profanos y expertos, la evocación de un texto irremplazable fue obligada. Después de la revisión del capítulo V de “Le Cas de Conscience de L Avocat”, fue publicado el trabajo: “EL Proceso Penal y la Pasión de Cristo”- CIB. Hoy, abril 2004-. Este lunes santo, obliga la recreación del extenso reporte.
El autor del libro que sirvió de referencia es Jacques Isorni (1911-1995) prominente jurista francés, diputado, con una brillante carrera que concluyó, de manera arbitraria, en 1963. En el capítulo V “El Deicidio y la Conciencia”, comenta los detalles del proceso penal contra Jesús. El análisis jurídico del trascendental acontecimiento cristiano, fue rechazado. Su divulgación coincidió con la perturbación causada por el Concilio Vaticano II. Todavía hoy, la dilucidación de los pormenores del proceso, provoca inquietud y algunos prefieren desdeñar la perspectiva terrenal de la pasión.
Isorni señala que el primer error procesal está en la incompetencia de la jurisdicción apoderada. Recuerda que Judea había sido conquistada, sesenta y tres años antes del nacimiento de Cristo, por uno de los ejércitos romanos. En la población había un constante rechazo a la ocupación. Los gobernadores de las provincias tenían derecho de vida y muerte sobre todos los habitantes. El Procurador de Roma era Poncio Pilatos. A Jesús lo acusaban de blasfemo, un blasfemo no podía ser juzgado por los romanos, un sedicioso sí. Por eso, sostiene Isorni, modifican la calificación.
Cuando presentan la acusación ante Pilatos la convierten en atentado contra la seguridad del Estado, para forzar la competencia. Empero, Jesús era galileo. Los hechos fueron cometidos en Galilea. El juez competente debía ser el tetrarca de Galilea, Herodes Antipas. Pilatos envía al acusado ante Herodes, porque conoce la incompetencia, pero el gobernador no estaba en su jurisdicción sino en Jerusalén, celebrando la pascua. “La defensa hubiera triunfado en ese punto.”
El acusado tenía derecho a un defensor que nunca existió. Si hubiera existido, continúa Isorni, el abogado de Jesús enfrentaría un dilema: ¿a quién defender: a Dios o al judío rebelde? ¿Puede haber en el mundo un abogado que, durante un proceso, se atreva a afirmar que defiende a Dios?” Si lo defiende como hombre, el argumento inmediato es la enfermedad mental. Alegaría que un hombre debe estar soñando para pretenderse rey y poseer un reino en otro mundo. El autor, que fue abogado del mariscal Petain, considera a Poncio Pilatos arquetipo del juez político:“… está convencido de la inocencia de Jesús pero lo condenará. Es lo que se hace siempre en materia de justicia política. El juez dicta una sentencia contraria a su convicción.” Y enumera más pifias: Pilatos escribió sobre la cruz: Jesús De Nazaret Rey de los Judíos, pero la condena fue romana: crucifixión. No respetaron la víspera de Sabbat y además, el juicio fue de noche. La sentencia debía ser pronunciada al día siguiente de los debates y Jesús fue condenado de inmediato. Las sesiones tenían que celebrarse en el templo y tuvieron lugar en la casa de Caifás. Tampoco hubo testigos de descargo. Con o sin errores judiciales, blasfemo o sedicioso, la multitud decidió que la profecía se cumpliera. Enardecida, prefirió a Barrabás y no a Jesús.
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