jueves, 4 de febrero de 2021

OPINIÓN | Delitos, crímenes y psicópatas | Por Juan Alberto Liranzo

 OPINIÓN

Delitos, crímenes y psicópatas 

Otro emblemático caso es el de Pogo el Payaso, cuyo nombre de pila era John Wayne Gacy. Tras sentenciada su condena y posterior ejecución en el año de 1994, se había computado en Wayne 33 muertes de hombres jóvenes a quienes torturaba, violaba y posteriormente asesinaba.

Por Juan Alberto Liranzo

En la clasificación de las enfermedades mentales que propone el destacado psiquiatra Emilio Mira y López, autor del manual Psicología Jurídica, se encuadra a los Oligofrénicos como una subcategoría de los que padecen Síndromes de Déficit Metal y a los Psicópatas como sufrientes de los llamados Síndromes Desarmónicos.

Para el Derecho Penal, estos últimos constituyen un tipo de infractor de muy complicado trato, ya que al cometer un acto criminal no se puede identificar en éstos una circunstancia exculpatoria por su sola condición psicopática, pero tampoco pueden ser considerados como personas del todo sanas.

Para algunos especialistas, el mundo de los Psicópatas está repleto de individuos que se debaten entre los cuerdos y los enajenados mentales, no pudiéndose concluir que padecen algún trastorno mental que los inhiba del buen juicio.

Sin embargo, los psicópatas presentan características muy peculiares; no son enajenados ni retrasados mentales, pero carecen por entero de sentimientos, empatía o de algún sentido ético. Fue por esta razón que el etnólogo James Prichard, haciendo uso del clásico concepto de Pinel, llamó al Psicópata como el Loco Moral,haciendo evidentemente un intento por explicar que tales desarmónicos presentan más problemas de empatía que de enajenación.

En la historia de la humanidad han existido personas responsables de sucesos verdaderamente espeluznantes, autores de hechos intencionados que terminaron con la vida de muchos. Asesinos en serie, criminales reincidentes y personas desalmadas que al cometer sus actos y ser identificados como autores procedieron con la mayor naturalidad.

La demencia implica la supresión por completo de la culpabilidad en la ejecución de delitos, esto así en virtud de que el enajenado ha perdido todo sentido de razón y por lo tanto es inimputable.

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Un ejemplo de este tipo de criminales es el reconocido asesino serial Theodore Robert Bundy, mejor conocido como Ted Bundy, a quien se le adjudican más de 30 asesinatos de mujeres a quienes mutilaba, violaba, y guardaba fragmentos de los cuerpos como recuerdo memorial. Bundy, cuya operación criminal surcó los años entre 1974 y 1978, fue hallado culpable y condenado a una pena capital en el año de 1979. Su sentencia, Pena de Muerte en la Silla Eléctrica, fue escuchada por éste sin mostrar ningún tipo de emoción, a diferencia de su madre que imploraba por piedad.

Otro emblemático caso es el de Pogo el Payaso, cuyo nombre de pila era John Wayne Gacy. Tras sentenciada su condena y posterior ejecución en el año de 1994, se había computado en Wayne 33 muertes de hombres jóvenes a quienes torturaba, violaba y posteriormente asesinaba. Muchos de los cuerpos de sus víctimas se encontraron enterrados en su propia vivienda y algunos de ellos en otros lugares.

Sorprende en la personalidad de John Gacy su meticulosa y fría manera de obrar; se trataba de un depredador homosexual que gustaba de víctimas jóvenes. Después de su ejecución, la historia registra que el cerebro de Gacy fue extraído con el propósito de hacerle diversos estudios. Para ello, fue contratado por parte de sus abogados un psiquiatra forense que pudiera determinar si en Pogo el Payaso había alguna anomalía que justificara su perfil criminal. No hubo hallazgos de anormalidades. Durante su vida, Gacy fue un hombre funcional, llegó a contraer matrimonio en dos ocasiones y participó de actividades políticas propias del Partido Demócrata. Nunca se sabrá el motivo de sus crímenes.

En Pogo el Payaso, así como en Ted Bundy, destacó la impavidez mostrada por ellos incluso en el momento de su sentencia; eran personajes indiferentes e incapaces de mostrar arrepentimiento o alguna señal de emoción.

Es precisamente esa la principal característica del psicópata; se trata de una persona que, si bien no se encuentra suprimido en él o ella el elemento cognitivo, aquel que le permite determinar la realidad de la fantasía, o diferenciar los conceptos del bien y el mal, son incapaces de conmocionarse ante cualquier evento, situación o realidad.

Naturalmente, no se puede concluir que la psicopatía es una condición imprescindible en el criminal para configurar su perfil psicológico delictivo, pero sí que muchos criminales son esencialmente psicópatas. En este sentido, debe tomarse en cuenta que un psicópata puede ser cualquier persona antipática y ajena a la realidad del prójimo, puede ser el obrero, el profesor, medico, abogado o político, pero si es el que desarrolla una conducta criminal se caracterizará por una frialdad casi inhumana.

El dilema que en ocasiones se presenta en el ámbito del Derecho Penal es si el Psicópata reúne las condiciones para eximentes o exculpaciones de sus actos. Para ello, se ha delegado a la Psiquiatría Forense la responsabilidad de determinar aquella posibilidad.

Sabemos que las causas de inimputabilidad son reguladas conforme al ordenamiento penal de cada país, pero a la luz de la doctrina penal existe prácticamente un consenso en determinar que los estados de demencia constituyen circunstancias exculpatorias.

No obstante, ha quedado demostrado que la Psicopatía no es sinónimo de demencia, sino que se trata de una deformación de la personalidad comúnmente aceptada. La demencia implica la supresión por completo de la culpabilidad en la ejecución de delitos, esto así en virtud de que el enajenado ha perdido todo sentido de razón y por lo tanto es inimputable.

Contrario aquel razonamiento, se cuenta con versiones contrapuestas como la que sostiene Eugenio Zaffaroni, quien plantea una concepción del psicópata orientado a establecer su inimputabilidad. Para el jurisconsulto argentino, si por psicópata se considera a una persona que tiene una atrofia absoluta del sentido ético, entonces él no tendrá la capacidad de comprender la antijuricidad de su conducta, y por tanto se constituye en un sujeto inimputable.


  Juan Alberto Liranzo

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JUAN ALBERTO LIRANZO

 jliranzo@acento.com.do

Abogado, conferencista y profesor de Historia de las Ideas Políticas. Fiscal por el Distrito Judicial de la Provincia de Santo Domingo. Maestría en Ciencias Penales (ENMP/UASD) y curso especializado en investigación de Crímenes y Delitos con enfoque de género. Miembro del Consejo Técnico-Académico de la Escuela Nacional del Ministerio Público.

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