El Tribunal Superior Electoral anuló la asamblea ordinaria del Partido Reformista Social Cristiano (PRSC), celebrada el pasado 17 de septiembre en el coliseo Carlos- Teo- Cruz donde fueron ratificados Federico Antún Batlle y Ramón Rogelio Genao como presidente y secretario general de esa organización respectivamente.
La demanda fue incoada por los dirigentes Ramón Pérez Fermín, Joaquín Ricardo García y Miguel Alberto Bogaert Marra y como interviniente voluntario Modesto Guzmán.
La demanda fue incoada por los dirigentes Ramón Pérez Fermín, Joaquín Ricardo García y Miguel Alberto Bogaert Marra y como interviniente voluntario Modesto Guzmán.
Los jueces del TSE consideraron que dicha asamblea es violatoria al artículo 52, párrafo I del estatuto de esa organización que señala que “todo dirigente del partido que ostentando la posición de presidente, secretario general, secretario de organización o secretario de asuntos electorales, aspire a algún cargo directivo o de elección popular, cesará en el ejercicio de sus funciones hasta que concluya el proceso eleccionario, a partir del momento en que formalice su inscripción”.
La sentencia indica que, de acuerdo a la documentación aportada, la asamblea fue conducida por Antún Batlle y Rogelio Genao.
“El proceso estuvo viciado. Y es que la normativa interna, particularmente el párrafo I del referido artículo 52, es clara… Hay, pues, poco espacio para interpretación: la asamblea fue celebrada en contravención de los estatutos vigentes, al haber sido conducida por individuos que se habían postulado como candidatos a los puestos que habrían de ser sometidos a discusión y deliberación de los miembros en el proceso interno que en la especie se impugna”, señala.
“El proceso estuvo viciado. Y es que la normativa interna, particularmente el párrafo I del referido artículo 52, es clara… Hay, pues, poco espacio para interpretación: la asamblea fue celebrada en contravención de los estatutos vigentes, al haber sido conducida por individuos que se habían postulado como candidatos a los puestos que habrían de ser sometidos a discusión y deliberación de los miembros en el proceso interno que en la especie se impugna”, señala.
El dispositivo contó con el voto disidente del presidente de la alta corte, Román Jáquez Liranzo, quien consideró que la demanda debía ser declarada inadmisible por extemporánea.
En la anulada asamblea “Elías Castro Silverio”, fue elegido como presidente en funciones, Eddy Alcántara, en sustitución de Víctor (Ito) Bisonó, quien lidera la otra facción del PRSC.
También Máximo Castro Silverio, como primer vicepresidente; Wellington Mejía, subsecretario; Jacqueline Peña, segundo subsecretario y Manuel Olivero, como tercer subsecretario. Ricardo Espaillat primer vicepresidente, y Sergia Elena de Séliman, como segunda vicepresidente.
Quique Antún expresó que el PRSC emitirá su opinión de la sentencia en lo adelante y dijo que la organización no se queda sin autoridades.
Antún fue electo presidente en la asamblea de enero del 2014 y de acuerdo con los estatutos será por cuatro años, es decir, hasta enero del 2018.
Ito y Modesto dicen que es tiempo de unidad
El dirigente Modesto Guzmán dijo el fallo debe ser tomado como una oportunidad de “unidad y reencuentro”. Expresó que “no hay júbilo, no hay soberbia, porque no se le gana a un amigo, a un compatriota, sino que debemos entender esta sentencia como una oportunidad de conversar”. En tanto que Víctor- Ito- Bisonó saludó la sentencia y dijo que espera “se cierre el capítulo de confrontaciones, abriendo paso al debate de políticas públicas”. http://elcaribe.com.do/2018/04/07/tse-anula-asamblea-que-ratifico-quique-presidente-del-prsc/
Tribunal Superior Electoral anuló asamblea del PRSC; igual que la del PRD
https://www.diariolibre.com/noticias/politica/tribunal-superior-electoral-anulo-asamblea-del-prsc-igual-que-la-del-prd-HB9571393
SANTO DOMINGO. El Tribunal Superior Electoral anuló ayer la asamblea en la que fueron electas las actuales autoridades del Partido Reformista Social Cristiano (PRSC) el 17 de septiembre de 2017.
Con esta suman dos sentencias con las que el tribunal ha anulado asambleas en las que fueron elegidas autoridades de dos partidos tradicionales, como ocurrió con la decisión del pasado 22 de marzo que anuló la que realizó el Partido Revolucionario Dominicano (PRD) en la que fue reelecto Miguel Vargas el 3 de diciembre de 2017.
El aspirante presidencial Víctor -Ito- Bisonó valoró la sentencia de ayer sobre el PRSC y dijo esperar que se cierre el capítulo de confrontaciones, abriendo paso al debate sobre políticas públicas que a su entender es el que verdaderamente interesa. Bisonó afirmó que en la sociedad de hoy, ningún partido tiene garantizado su espacio. “La legitimidad no la da la historia, esa se gana día a día. Solo quienes logren entender eso serán reconocidos como verdaderos intérpretes de los anhelos de las grandes mayorías”, expresó.
El secretario general del PRSC, Ramón Rogelio Genao, aseguró que “en virtud de la Constitución y legislación vigente las autoridades del PRSC son las elegidas por la asamblea del 26 de enero del 2014 ... no hay ningún vacío, el reformismo tiene una dirección”.
Pero el dirigente reformista Modesto Guzmán dijo que el fallo debe ser tomado como una oportunidad de unidad y reencuentro de la dirigencia del partido reformista, “que asumimos con criterio, y hago un llamado a toda la dirigencia porque tenemos que abocarnos de inmediato a celebrar nueva asamblea”.
Guzmán, quien es miembro del Directorio Central del PRSC, añadió que con el fallo “ha ganado la democracia, y le hago un llamado a que aprovechemos esta sentencia como un elemento de unidad, de reencuentro, de reunificación”.
Sentencia
El fallo leído ayer por el presidente del TSE, Román Jáquez Liranzo, acogió como buena y válida la demanda de nulidad incoada por Ramón Pérez Fermín, Joaquín Ricardo García y Miguel Alberto Bogaert y anuló “con todas sus consecuencias jurídicas la citada asamblea, por haber sido celebrada en violación a las disposiciones del artículo 52, párrafo I” del estatuto del PRSC.
Sin embargo, el juez Jáquez Liranzo, emitió un voto disidente sobre el fallo en razón de que no compartió la solución dada a la excepción de inconstitucionalidad planteada por los demandantes como otros motivos.
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