AMÉRICA LATINA
Supremo de México favorece a Carlos Slim
La Suprema Corte de Justicia de México favoreció a América Móvil, propiedad de Carlos Slim, al declarar inconstitucional el artículo de la Ley Federal de Telecomunicaciones que establece la tarifa cero de interconexión.
Este miércoles (16.8.2017), un fallo unánime de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de México (SCJN) declaró inconstitucional el artículo 131 de la Ley Federal de Telecomunicaciones que establece la tarifa cero de interconexión, alegando que el Congreso nacional no tenía competencia para pronunciarse al respecto. Esa sentencia favorece a la empresa , propiedad del magnate Carlos Slim.
La SCJN indicó que, desde la reforma de 2013, es el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) el que debe declarar la existencia de una empresa preponderante en el sector de las telecomunicaciones e imponerle a esa firma "la regulación asimétrica correspondiente”. El Congreso emitió la Ley Federal de Telecomunicaciones y de Radiodifusión, en vigor desde 2014, que fijó "directamente” la tarifa de interconexión.
Ahora entra en juego el IFT
Con ello, el Congreso le ordenó al agente preponderante que "no podrá cobrar tarifa alguna por el uso de su red”. Eso se conoce como tarifa cero e implicaba hasta ahora que Telcel y Telmex, subsidiarias de América Móvil, no podían cobrar un precio de interconexión a ninguno de sus competidores, cuando estos sí lo hacen. La Suprema Corte resolvió sólo una parte del amparo presentado por América Móvil.
La sentencia no se pronuncia sobre si es válido o no que haya una tarifa cero, sino que se limita a resolver el "problema competencial”. "Corresponderá al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) –bajo el mandato constitucional de reconocer la asimetría– establecer la regulación tarifaria (la llamada tarifa cero o cualquier otra) que defina conforme al ejercicio de sus facultades constitucionales”, apuntó el tribunal.
La corte reconoce que el Congreso tiene facultades para legislar en materia de telecomunicaciones, pero no en este punto. Además, la sentencia establece "que no habrá ajustes tarifarios por los años transcurridos y, por el contrario, señala con toda claridad que la decisión que tome el IFT sobre este tema, regirá a futuro”. Este fallo no blinda el planteamiento de América Móvil de que la tarifa cero es inconstitucional.
América Móvil: la tarifa cero "es confiscatoria”
América Móvil alega que la tarifa cero "es confiscatoria, carece de razonabilidad objetiva y constituye una restricción desproporcionada a la libertad de comercio”. Pero el IFT informó en un comunicado que, una vez publicada la sentencia del Supremo, analizará sus efectos "para darles cabal cumplimiento y resolver lo conducente sobre las tarifas de interconexión aplicables al agente económico preponderante”.
La reforma de telecomunicaciones, impulsada por el presidente Enrique Peña Nieto (2012-2018), generó una caída de las tarifas de los servicios de telefonía del 29 por ciento, uno de los objetivos que perseguía. Según datos de la Cámara Nacional de la Industria Electrónica de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información (Canieti), desde la reforma la inversión privada en el sector llegó a unos 13.790 millones de dólares.
La inversión extranjera directa aumentó en un 800 por ciento. No obstante, no se ha logrado disminuir la cuota de mercado. Al cierre del 2016, América Móvil tenía el 64,9 por ciento del mercado en telefonía móvil y Telmex, en telefonía fija, controlaba el 63,2 por ciento del mercado.
ERC ( EFE / El Universal )
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- Fecha 17.08.2017
- Temas México, Violencia en México, TLCAN (NAFTA), Alfredo Daza, Náhuatl
- Palabras clave México, Suprema Corte de Justicia, SCJN, Ley Federal de Telecomunicaciones, tarifa cero,interconexión, telefonía, Congreso mexicano, América Móvil, Carlos Slim, Instituto Federal de Telecomunicaciones,regulación asimétrica, Telcel, Telmex
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