viernes, 30 de junio de 2017

Letra muerta? - Por Orlando Jorge Mera

¿Letra muerta?

Por: Orlando Jorge Mera orlandojorgemera@yahoo.com
e-mail: redaccion[@]elnacional.com.do Publicado el: 29 junio, 2017  


Hemos sido testigos de cómo en el presente gobierno, funcionarios ejercen actividades de comercio con el Estado, olvidando las disposiciones de la Ley No.340-06 sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios , Obras y Concesiones. Esta ley que ha venido a llenar un espacio importante en la sociedad, luce en ocasiones que es letra muerta cuando se trata de corregir situaciones en las que se involucran funcionarios del gobierno.
El Artículo 14 de la Ley de Compras Gubernamentales establece claramente que “No podrán ser oferentes ni contratar con el Estado las siguientes personas: 1) El presidente y vicepresidente de la República, los secretarios y subsecretarios de Estado, los senadores y diputados del Congreso de la República, los magistrados de la Suprema Corte de Justicia, de los demás tribunales del orden judicial, de la Cámara de Cuentas y de la Junta Central Electoral, los síndicos y regidores; el contralor general y el subcontralor de la República, el director y subdirectores de Presupuesto; el director nacional y el subdirector de Planificación; el procurador general de la República y los demás miembros del ministerio público; el tesorero nacional y el subtesorero y demás funcionarios del Gobierno Central y de las instituciones incluidas en el Artículo 2 de la presente ley, se ejerzan honorífico o no;”.
“6) Las personas jurídicas en las cuales las personas naturales a los que se refieren los numerales 1), 2) y 3) tengan una participación superior al diez por ciento (10%) del capital social, dentro de los seis meses anteriores a la fecha de la convocatoria; “.
Es decir que una empresa que pertenezca a un funcionario público, de los descritos en el numeral 1) del Artículo 14 de la Ley 340-06, en más de un diez por ciento (10%) del capital social, no pueden participar en convocatoria de concursos ni de licitaciones para ejecutar obras o concesiones del Estado.
Esta ley es tan clara que también impide que un funcionario del Estado pueda obtener préstamos o financiamiento del Banco del Estado para comprar un inmueble que sea propiedad del mismo Estado.
¿Hasta dónde es que vamos a llegar en este país, sin que exista la igualdad de todos ante la ley?
Finalmente, es esta ley la que prohíbe en su artículo 11 que toda empresa acusada de actos de corrupción pueda participar en actividades comerciales con el Estado. ¿Hasta cuándo seguirá siendo letra muerta?
http://elnacional.com.do/letra-muerta-2/

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