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sábado, 16 de marzo de 2019

Penas por difamación y reglas para redes sociales crean controversia

Pleno de la Junta Central Electoral de la República Dominicana
 De izquierda a derecha, Henry Mejía Oviedo, Carmen Imbert Brugal,
Julio César Castaños Guzmán,presidente, Roberto Saladín Selin y Rosario Graciano de los Santos.
Penas por difamación y reglas para redes sociales crean controversia
  • Leyes de Partidos y de Régimen Electoral establecen prohibiciones
  • Sectores temen que se afecte la libertad de expresión
La difamación y el uso de las redes sociales son centro de controversia por la relevancia que se les da en las leyes de Régimen Electoral y de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, en el adelantado proselitismo electoral que se vive.
Las corrientes políticas de los partidos, en especial en el Partido de la Liberación Dominicana (PLD), han sostenido un intenso enfrentamiento en las redes sociales por la candidatura presidencial.
Recientemente, ha generado un debate la creación por parte de la Junta Central Electoral del Observatorio Electoral de Redes Sociales,con el fin de controlar la divulgación de noticias falsas.
Esto ha creado alarma en el presidente de la Sociedad Dominicana de Diarios, Persio Maldonado, debido a las amenazas que pudiera tener contra la libertad de expresión del pensamiento.
El Tribunal Constitucional declaró de urgencia el pasado cuatro de febrero cinco expedientes de acción directa de inconstitucionalidadcontra la Ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos (33-18). El tribunal también dejó en estado de fallo los otros cinco casos del tema.
Uno de los artículos sometidos de la Ley de Partidos es el 44, que establece en el numeral 6 que está prohibido durante el período de la precampaña electoral “la difusión de mensajes negativos a través de las redes sociales que empañen la imagen de los candidatos será sancionada conforme a los artículos 21 y 22 de la Ley No.53-07, sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología”.
La Ley de Régimen Electoral en su artículo 187 y numeral 4 del párrafo 1 ordena “sancionar durante la campaña electoral a toda persona, candidato, agrupación o partido político que usare frases y emitiere conceptos, por cualquier medio de difusión, contrarios a la decencia, al decoro y a la dignidad de los candidatos, agrupaciones o partidos políticos adversos”.
También indica que con este fin, la Junta Central Electoral realizará amonestaciones a los candidatos, las agrupaciones o partidos que violen esta norma con derecho a requerir de la persona o empresa la divulgación, la identificación de la entidad política o su representante que autorizó la publicación.
Señala que a estos efectos, toda publicidad en los medios de comunicación de radio y televisión debe contener el pie de producción.
En el párrafo II indica que “con este fin, la Junta Central Electoral queda investida de la facultad para hacer amonestaciones a las agrupaciones o partidos políticos que violen esta norma de propaganda, con derecho a requerir de la persona o empresa de divulgación o comunicación de masas la identificación de la entidad política o su representante que autorizó a efectuar tal publicación, y publicar el desagravio o desmentido correspondiente según la Ley de Expresión y Difusión del Pensamiento”.
En la Ley de Régimen Electoral, artículo 161, se prohibe todo acto y uso de medios anónimos, sea cual fuere su naturaleza.
Por ellos se exige que todo acto de campaña electoral o propaganda deberá indicar la persona que lo autorizó, su pie de imprenta o de producción, según corresponda.
“La propaganda que no cumpla con esta disposición será sujeto de las medidas cautelares dispuestas por la Junta Central Electoral de conformidad con la presente ley”, indica la legislación.
https://www.diariolibre.com/actualidad/politica/penas-por-difamacion-y-reglas-para-redes-sociales-crean-controversia-AD12332460
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REDES SOCIALES
Advierten observatorio de redes en JCE puede violar la libertad de expresión
Persio Maldonado plantea evitar propagación noticias falsas
Rodríguez afirma que no debe estar en manos de la Junta
Abel Guzmán Then - 16 / 03 / 2019, 10:18 AM
$!Advierten observatorio de redes en JCE puede violar la libertad de expresión
La Junta Central Electoral creó el Observatorio Electoral de Redes Sociales el pasado 22 de febrero. 
Como una amenaza para la libertad de expresión es catalogada la creación de un Observatorio Electoral de Redes Sociales con el propósito de vigilar las informaciones falsas relativas a los procesos electorales, por parte de la Junta Central Electoral (JCE).
El presidente de la Sociedad Dominicana de Diarios y director de El Nuevo Diario, Persio Maldonado, advirtió que con la creación del Observatorio de Redes Sociales por parte de la Junta Central Electoral (JCE) se podría afectar el derecho a la libertad de expresión.
A su entender es poco eficaz ese método porque no está claro ni es una tarea fácil que se pueda determinar cuándo una información es falsa o verdadera en las redes sociales.
“Lo del Observatorio me parece bien, puede estarse mirando, pero pretender coartar como han introducido en la Ley de Partidos Políticos una especie de palo en la yugular de la opinión públicacomo para tenerla ahí pendiente me parece muy peligroso y al final es un atentado contra la libertad de expresión”, indicó.
Opinó que toda intención de que las informaciones sean verdaderas encontraría una mejor respuesta con una buena comunicación desde la Junta y los partidos porque se pudiera transgredir ámbitos que toquen los derechos de la libertad de expresión.
Maldonado estimó que los medios deben colaborar con el propósito de la Junta Central Electoral de cuidar que no se difundan noticias falsas, pero cuidando que no se toque el derecho de los ciudadanos de expresarse libremente.
Abogó por una implementación de políticas adecuadas de comunicación, a tiempo y con acceso a los medios, para no dar espacio a que los rumores e informaciones falsas puedan correr y difundirse.
Consideró que la JCE tiene que ser firme en su tarea de regular la propaganda política.
Violaría Constitución
El abogado Namphi Rodríguez sostuvo que la idea de un observatorio sobre noticias falsas en el organismo comicial podría no sólo violar la cláusula de no censura previa para la libertad de expresión como prevé el artículo 49 de la Constitución, sino que implica un riesgo para el derecho a la intimidad en redes como Whatsapp.
Rodríguez enfatizó en que la JCE debe tener muy en cuenta que el principio procesal que rige la materia de la libertad de expresión es el de responsabilidad ulterior, por eso no puede haber normas o políticas preventivas para evitar daños por delitos de palabra o por noticias falsas.
“Un observatorio para detectar las noticias falsas en el próximo certamen electoral no es una mala idea; pero no debe estar en manos de la Junta Central, pues ello daría la oportunidad a un órgano estatal de censurar noticias y opiniones sin control judicial previo”, enfatizó.
https://www.diariolibre.com/actualidad/politica/advierten-observatorio-de-redes-en-jce-puede-violar-la-libertad-de-expresion-LC12327840