SISALRIL: Traspaso a SeNaSa es cosa juzgada y no como dicen las ARS
SANTO DOMINGO, República Dominicana.- “No nos toca interpretar las leyes y menos aún opinar sobre las decisiones del sistema judicial. Solo nos resta acatar y aplicar”, subrayó Castellanos al comentar la posición del gremio que representa a los seguros médicos, la Asociación Dominicana de Administradoras de Riesgos de Salud (ADARS).
La ADARS y algunas de las ARS que asocia aseguran que la sentencia que el Tribunal Constitucional (TC) emitió en diciembre y publicó este mes -mediante la cual se declaró inadmisible un recurso contra la decisión de que los funcionarios públicos y sus familiares pasen al SeNaSa- no alude al asunto de fondo por lo que no es cosa juzgada que la cartera de la aseguradora estatal reciba a estas personas bajo sus coberturas.
“Ejecutar el traspaso forzoso de estos afiliados -sostuvo la ADARS- constituiría una violación a los derechos fundamentales de legalidad, igualdad, seguridad jurídica y libertad de empresa (que incluye la libre y leal competencia) que han sido protegidos desde 2008 (…), garantizando a favor de los afiliados de la Seguridad Social, sin distinción ni discriminación alguna, la libre elección” de la empresa aseguradora de su gusto y conveniencia.
Castellanos calculó que dos tercios del universo de 1,2 millones de empleados públicos afiliados como principales y que cotizan ya forman parte de SeNaSa, así como sus familiares, por lo que solo resta el traspaso del último tercio, unos 400 mil.
“Tenemos que trabajar ahora con prudencia, respetando los derechos de los afiliados, ir paso por paso porque este proceso (de emigrar a la aseguradora pública) no es de un día para otro, sino que necesariamente será progresivo. No hay que alarmar, hay que tener prudencia”, remarcó el titular de SISALRIL.
El Gobierno no se ha planteado el fin de la intemediación
Consultado sobre las voces que piden dejar de lado la intermediación entre el trabajador y los servicios de salud; es decir, que se acaben las ARS, Castellanos sostuvo que “no es algo que el Gobierno esté planteando en este momento”.
El fin de la intermediación se discute a propósito de las reformas a la Ley 87-01 que creó la seguridad social, algo sobre lo que se debate en la actualidad.
El superintendente añadió al respecto que “es un derecho pensar” que hay que reformar la ley “aquí o allá”, pero que mientras el Congreso Nacional no la cambie “está para cumplirse”.
“En esta ley hay cosas positivas y otras que se pueden mejorar. Hay que revisar, pero esas son decisiones del Congreso”, insistió.
El artículo 31 de la Ley número 87-01 establece que SeNaSa tendrá a su cargo a todos los empleados de las instituciones públicas, autónomas o descentralizadas, y a sus familiares directos, por lo que no existen los impedimentos jurídicos ni la ilegalidad argumentada por la ADARS, insistió Castellanos.
El funcionario recordó que la Suprema Corte de Justicia ya se pronunció al respecto, y lo hizo en dos ocasiones, y que ahora lo hizo el Tribunal Constitucional, con lo cual ya no hay espacio para dudar de que la ARS estatal SeNaSa los debe cobijar.
SeNaSa ha dicho a su vez que tiene capacidad para garantizar servicios de calidad a todos sus afiliados, exhibiendo altos estándares de calidad en la gestión, por ser una ARS con certificación de calidad internacional ISO 90001:2015. Además, ha recordado, recibió la medalla de plata en el Premio Iberoamericano a la calidad.
https://acento.com.do/2019/salud/8647242-sisalril-traspaso-senasa-cosa-juzgada-no-dicen-las-ars/
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