domingo, 23 de abril de 2017

Ante la amenaza de la Influenza Aviar sectores público y privado harán cumbre avícola nacional

Ante la amenaza de la Influenza Aviar sectores público y privado harán cumbre avícola nacional
23 de abril de 2017. SANTO DOMINGO
La producción de pollos y huevos se ha convertido en la principal industria alimenticia de la República Dominicana al suministrar las fuentes de proteína animal necesarias al organismo, además de ser los productos de más bajo precio y asequibles para todos los sectores de la sociedad, por lo que la amenaza de la influenza aviar obliga al sector productor nacional a buscar soluciones para enfrentarla.
Ante la situación, la Asociación Dominicana de Avicultura (ADA) en coordinación con la Dirección General de Ganadería (DIGEGA), realizarán una cumbre dirigida a los productores nacionales a fin de mantener la industria avícola a plena capacidad.
La actividad se llevará a cabo este martes 25 de abril, en el Salón de Eventos Palo Alto, en Santiago, con horario de 2 a 6 de la tarde, y se tratarán temas de especial relevancia, como medidas de prevención de contaminación de instalaciones; cómo reaccionar ante una posible infección con el virus, así como los riesgos que enfrenta la producción avícola nacional y medidas de control para evitarla la amenaza.
Aunque el país fue declarado en 2015 libre de influenza aviar por la Organización Internacional de Epizootia (OIE), la aparición de brotes en ciertos estados de Estados Unidos, obligan, tanto a las autoridades del Ministerio de Agricultura, a través de las entidades encargadas del seguimiento a la labor agropecuaria, como al sector productor nacional, a mantener una estricta vigilancia para evitar la aparición del temido mal, que puede afectar e impactar negativamente no solo en la economía sino también en la alimentación de la población.
En tal virtud, el Ministerio de Agricultura emitió, el pasado 15 de marzo la Resolución DSA-053/17, que suspendió la importación desde Estados Unidos de aves de corral, silvestres y productos cárnicos derivados de éstas, durante 90 días, hasta tanto las autoridades sanitarias de esa nación notifiquen a las dominicanas las medidas, acciones y control total de la influenza o gripe aviar.

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