Prestaciones sociales y ciudadanía corporativa
Las prestaciones sociales son, en gran medida, los alcances y comprensión del rol del capital humano en las organizaciones y un eje fundamental, vital, para la cohesión social en una sociedad determinada. Constituyen, las prestaciones sociales, un músculo del equilibrio interno y externo, pues en gran dimensión, alargan y sostienen una mejor calidad de vida a los empleados y trabajadores, ya que forjan un conjunto de remuneraciones indirectas. Las prestaciones sociales son la comprensión de que el capital humano es la mejor inversión en las organizaciones.
¿Qué son las prestaciones sociales? Dejemos que sea ese gran gurú de la Gerencia, Idalberto Chiavenato, que nos diga una de sus tantas definiciones, al respecto, en su libro Gestión del Talento Humano “Las prestaciones representan la compensación económica indirecta, pagada por medio de recompensas y servicios que proporciona la organización, además de los salarios, como los pagos de ley para la previsión social, los seguros, los planes de jubilación, los pagos por antigüedad en la compañía, los bonos por desempeño y una parte de los costos de servicios relacionados con la alimentación, el transporte, entre otros”.
Las prestaciones sociales son, en esencia, ese proceso de evolución del capitalismo que trae consigo el avance de la ciudadanía corporativa o lo que se denomina gobierno corporativo o Responsabilidad Social Empresarial. La Responsabilidad social corporativa es “aquel proceso mediante el que la empresa, de manera voluntaria incluye sus preocupaciones sociales y medioambientales en todas sus operaciones de negocios globales”. Hoy, el mecanismo medular de las empresas del Siglo XXI es buscar la necesaria interacción y vinculación entre un equilibrio dinámico de un buen rendimiento económico, un buen rendimiento social y un significativo rendimiento medioambiental; todo eso genera un verdadero rendimiento global, que se conducirá de manera más sólida y sostenible, coadyuvando a la satisfacción de todos los stakeholders, esto es, los diferentes grupos de intereses.
La Responsabilidad Social Empresarial o Ciudadanía Corporativa antes consistía, solo en la creación de empleos y pagos de impuestos. Luego, vendría otro eslabón en la escala de desarrollo económico y con ello, la asunción en la escala social: la filantropía. Esta era una dimensión donde los dueños del capital entendían que debían de asumir un mayor compromiso con toda esa riqueza que le genera la fuerza de trabajo. Un mayor hito societal para mejorar la comunidad o la sociedad, dando algo de toda la riqueza creada. Hoy, nos encontramos en el tercer nivel de la Responsabilidad social que consiste en las preocupaciones sociales y medioambientales.
De ahí que, en el mundo una buena parte de los empresarios se preocupan por temas cardinales de sus sociedades: educación, salud, medio ambiente, seguridad, etc. etc. Es asumir una adecuada política interna de gestión del talento humano y externa, con el cuerpo de la sociedad. Dicho de una manera más enfática, el empresario del Siglo XXI es un ciudadano en doble dimensión, con más responsabilidad, por la jerarquía que conforma en toda sociedad de clase y por el grado de educación promedio que tienen, por encima de los demás ciudadanos.
Las prestaciones sociales conducen, por simple obviedad, a la responsabilidad social de una organización en lo que tiene que ver con las políticas internas, al interior de una empresa; empero, al mismo tiempo, si esto conlleva a lo externo una preocupación por lo social y medioambiental, nos ayuda a mejorar el compromiso y por ende a un mejor equilibrio social y a una mirada más activa en el mejoramiento del capital social y la equidad.
Las prestaciones sociales son una manera de atraer, mantener y desarrollar el talento humano y de propiciar una mejor competencia de la organización con los demás competidores. Para una organización se da, en su variedad, de acuerdo con la capacidad de la empresa y de la visión de los empleadores. Hay prestaciones que vienen dada desde una perspectiva legal, cimentado en el Código de Trabajo, tales como: vacaciones, día feriado, días de descanso, horas por semanas y por mes, licencias por maternidad, etc. Tenemos las prestaciones espontáneas, dadas por la empresa más allá de las fórmulas legales: transporte, clubes, préstamos, servicios odontológicos, cooperativa, estacionamiento, comida, cafetería.
Las prestaciones sociales conducen, desde las perspectivas económicas, sociales y psicológicas, a satisfacer un conjunto de necesidades de los individuos (los factores de higiene y los factores motivacionales de Herzberg) para una mayor integración. Son el quid pro quo del salario emocional o lo que se denomina el contrato psicológico que es el que genera la lealtad y entrega del empleado, el verdadero compromiso, más allá del mero interés. En la Jerarquía de las necesidades de Abraham Maslow, de sus 5 escaleras: Fisiológicas, Seguridad, Afectos, Estima y Autorrealización, las prestaciones sociales, dado su alcance e impacto, colorea sociológicamente todas las dimensiones de las escalas sociales. Expresa, en su subjetividad, en el imaginario social de quienes las reciben, un grado de status, de simbología y de orgullo que solidifica y cimenta a los individuos en la organización y en la sociedad. Ayudan al encuentro con la satisfacción o no con la democracia de cada país. Son un baluarte de la previsión social y, por lo tanto, colchón y estabilidad del sistema, allí donde operen con sistematicidad y loable alcance.
Las prestaciones sociales y la ciudadanía corporativa resumen el espacio de negociación en una economía de libre mercado, en una sociedad capitalista, entre los dos principales actores; por ello, se visualiza en los escenarios de los rendimientos y en la responsabilidad compartida, vía la cooperación. Hoy, las prestaciones sociales trascienden el elemento de su origen: atraer, retener y evitar la rotación desde una óptica paternalista. Ahora, se colocan las prestaciones en el carril de la competitividad. De ahí la necesidad de ponderar realmente LA CESANTIA. El alcance ayer era como un fenómeno de prestaciones sociales obligatorias por ley, ante la ausencia de la seguridad social y con ello, de los planes de pensiones/jubilaciones.
En realidad, los hacedores de políticas públicas con mayor responsabilidad del Poder Ejecutivo que emitiría el Decreto 286-13 para las discusiones de la Reforma del Código de Trabajo, ya hace 5 años, debe de empujar un acuerdo de negociación más razonable donde la cesantía sea más sensata. Existía ayer, ante la ausencia de la seguridad social y los costos que ello implica. El empleador paga hoy la seguridad social y cuando se da el desahucio, tiene que cubrir todos los años del empleado. ¡Se requiere asumir el Artículo 31 de la Ley de Estrategia Nacional de Desarrollo en el literal 3; impulsando por el cumplimiento de las normativas que regulan en un Estado de Derecho!
¡Tenemos que movernos buscando fuentes de ventajas competitivas que nos desarrollen más formalmente, con más valor hacia el capital humano y más institucionalmente!
Cándido Mercedes | Deshojando paradigmas Sociologo. Experto en Gerencia. Especialidad en Gestion del Talento Humano; Desarrollo Organizacional y Gerencia Social y Sociologia Organizacional. Consultor e Instructor Organizacional. Catedratico Universitario. Director Maestrias de Administracion y de Recursos Humanos, de La UCE.
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