Senado aún tiene 8 días para enviar Ley a diputados
Hoy se cumplen ocho días de la aprobación de la pieza, pero el plazo final de envío es hasta el 3 de mayo, de acuerdo a la citada normativa.
En su párrafo uno, el citado artículo establece que “si la iniciativa aprobada por el Pleno requiere su tramitación a la Cámara de Diputados o al Poder Ejecutivo, el plazo para remitirla a dichas instancias no será mayor de quince días, desde la fecha de aprobación del mismo”.
Pero estos plazos no aplicarían para los casos sobre proyectos pertenecientes a la agenda legislativa priorizada, los asuntos declarados y aprobados de urgencia y cualquier proyecto de interés inmediato, los cuales serán tramitados con plazos abreviados, según establece el párrafo ll, del artículo 180 de los reglamentos del Senado.
Se establecen además otros plazos como que la Secretaría General Legislativa remitirá la iniciativa sancionada al Departamento de Transcripción Legislativa en un plazo de un día hábil, después de celebrada la sesión.
“2) El Departamento de Transcripción Legislativa dispone de tres días hábiles para la transcripción y tramitación a la Auditoría Legislativa. 3) El Departamento de Auditoría Legislativa tiene un plazo de tres días hábiles para comprobación y validación del texto transcrito y la remisión para las firmas del bufete directivo actuante. 4) El Presidente y los secretarios firmantes disponen de un plazo no mayor de tres días hábiles cada uno para revisar y firmar el texto remitido. 5) Una vez firmados, el Departamento de Auditoría Legislativa lo remite al Departamento de Archivo y Correspondencia en un día hábil, para el trámite o archivo correspondiente. 6) El Departamento de Archivo y Correspondencia lo remite al Secretario General Legislativo, para que el mismo, en un plazo de un día hábil, certifique el expediente al dorso de cada hoja”.
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