Mostrando las entradas con la etiqueta Ley 155-17. Mostrar todas las entradas
Mostrando las entradas con la etiqueta Ley 155-17. Mostrar todas las entradas

jueves, 26 de marzo de 2026

Aduanas detecta pasajero que intentó ingresar US$350,352.00 sin declarar en el Aeropuerto Internacional del Cibao

Aduanas detecta pasajero que intentó ingresar US$350,352.00 sin declarar en el Aeropuerto Internacional del Cibao

La detección se realizó mediante equipos de inspección no intrusiva (rayos X) y el caso está bajo investigación del Ministerio Público.

Santo Domingo, R.D., 24 de marzo de 2026. — La Dirección General de Aduanas (DGA) informó que, durante labores de control en el Aeropuerto Internacional del Cibao, fue detectado un pasajero que intentó introducir al país la suma de US$350,352.00 sin realizar la declaración correspondiente ante la autoridad aduanera.  

De acuerdo con el reporte preliminar, el monto —equivalente a aproximadamente RD$20.9 millones, a la tasa de cambio vigente— fue localizado en el interior del equipaje del pasajero, tras una alerta generada por los equipos de inspección no intrusiva (rayos X) operados por personal especializado de la DGA, quienes identificaron una irregularidad durante el proceso de revisión.

Ante este hallazgo, el Ministerio Público, en coordinación con la DGA y otros organismos de seguridad del Estado, inició las investigaciones correspondientes para determinar la procedencia de los fondos, establecer responsabilidades y agotar los procedimientos previstos por la normativa aplicable.

La DGA recordó que toda persona que ingrese o salga del país con dinero en efectivo, títulos o valores al portador por un monto superior a US$10,000 (o su equivalente en otras monedas) está obligada a declararlo mediante el formulario dispuesto para tales fines y a presentar documentación que justifique su procedencia lícita. Asimismo, la institución reiteró que el marco legal vigente contempla consecuencias por eludir el control aduanero o omitir la declaración de valores, en consonancia con las disposiciones de la Ley General de Aduanas y los estándares de prevención de ilícitos financieros.  

“Estas acciones forman parte de una política de Estado orientada a proteger la seguridad, la transparencia y la integridad del sistema económico, fortaleciendo el control del flujo de mercancías y valores en puertos y aeropuertos, con apoyo en tecnología, inteligencia y perfilamiento de riesgo”, indicó la DGA.

La institución reafirmó su compromiso de continuar robusteciendo la vigilancia y el control en los puntos de entrada y salida del país, en coordinación interinstitucional, para contribuir a la facilitación del comercio lícito y la prevención de actividades ilícitas.

Recordatorio al viajero: Si transporta más de US$10,000 (o su equivalente), declare a su llegada o salida conforme a las disposiciones de la DGA.  

Para más información: Manual del Viajero DGA: https://www.aduanas.gob.do/manual-del-viajero/ 


......................
EDITORIAL
Cuando el dinero cruza fronteras, también debe cruzar por la ley

Por Luis Orlando Díaz Vólquez

La reciente detección de US$350,352.00 que un pasajero habría intentado ingresar a la República Dominicana sin declararlos en el Aeropuerto Internacional del Cibao vuelve a colocar sobre la mesa una realidad que a veces se pasa por alto: en los puntos de entrada del país no solo se controla equipaje, también se protege la integridad del sistema económico y la seguridad nacional. En un mundo donde el crimen organizado, la evasión y las redes de lavado se alimentan de opacidad, el control aduanero no es una formalidad: es una línea de defensa del Estado. 

Conviene subrayar un punto esencial: transportar dinero no es ilegal por el simple hecho de ser una suma alta; lo que convierte el acto en un problema es omitir la declaración cuando la normativa lo exige. En la República Dominicana, la propia Dirección General de Aduanas (DGA) indica que si una persona ingresa o sale con más de US$10,000 (o su equivalente en otra moneda), está obligada a declararlo y a presentar documentación que justifique la procedencia lícita de esos valores. Esta obligación no es caprichosa: es un estándar internacional de control que busca impedir que el dinero sin trazabilidad se convierta en combustible para delitos financieros.

Por eso, que la detección se haya logrado mediante equipos de inspección no intrusiva (rayos X) es más que un dato técnico: constituye una señal de modernización del Estado, impulsada por el gobierno que encabeza el presidente Luis Abinader. La tecnología, aplicada con protocolos claros, permite equilibrar dos objetivos que deben convivir: facilitar el tránsito de pasajeros y mercancías lícitas y, al mismo tiempo, cerrar espacios a las operaciones irregulares. Este control inteligente —basado en el perfilamiento de riesgo y en herramientas de inspección— reduce arbitrariedades, aumenta la eficacia y protege derechos, porque enfoca la intervención donde existen indicadores objetivos, no donde predominan prejuicios.
En términos institucionales, este tipo de casos también pone a prueba la capacidad del Estado para actuar con coordinación y debido proceso. Cuando la Dirección General de Aduanas (DGA), dirigida por Nelson Arroyo, detecta valores no declarados, el paso siguiente es la intervención del Ministerio Público, encargado de investigar la procedencia del dinero, el propósito del traslado y cualquier posible vínculo con actividades ilícitas. Ese engranaje —DGA, Ministerio Público y organismos de seguridad— es precisamente lo que se espera de una política pública seria: que cada institución cumpla su rol, dentro de sus competencias, con base en evidencia y sin espectáculo.

Pero el debate de fondo va más allá del hallazgo puntual. La pregunta estratégica es: ¿qué se protege cuando se exige declarar? Se protege la competencia leal, la confianza en el sistema financiero, la reputación del país como destino de inversión y el cumplimiento de compromisos internacionales. La Ley General de Aduanas contempla como contrabando eludir el control aduanero al introducir o extraer del territorio nacional valores por encima del umbral establecido sin declararlos o declararlos falsamente. Y la legislación antilavado (Ley 155-17) refuerza la obligación de declarar ciertos instrumentos o valores cuando se exceden límites definidos, precisamente para crear trazabilidad y permitir verificación. En resumen: declarar no es un castigo; es un mecanismo de transparencia

A veces la ciudadanía interpreta estas medidas como un “peaje” o una barrera, pero la DGA ha sido clara: no se cobran impuestos por portar dinero; lo que se exige es declaración cuando se supera el umbral y, de ser necesario, documentación que sustente su origen lícito. Esa distinción es crucial para educar al viajero y para evitar que la desinformación alimente narrativas injustas contra los controles. En realidad, el objetivo es impedir que la frontera se convierta en un coladero para capitales sin identidad, sin destino claro y sin explicación verificable.

Este caso, además, sirve para recordar que la seguridad económica es parte de la seguridad nacional. En un país que apuesta por ser hub logístico y nodo regional de comercio y servicios, la reputación se construye con reglas claras y cumplimiento coherente. La inversión seria —la que crea empleo, innova y paga impuestos— huye de países donde el dinero entra y sale sin preguntas. Por eso, cada acción efectiva de control fortalece la narrativa de un Estado que se toma en serio la integridad de sus fronteras y la trazabilidad de los flujos. 

Ahora bien, el éxito de la política pública no se mide solo por decomisos o retenciones; se mide por prevención. Y la prevención comienza con algo simple: información clara para el viajero. La DGA mantiene un Manual del Viajero que especifica con precisión que el efectivo superior a US$10,000 debe declararse al entrar o salir del país. Si esa información se socializa mejor —aerolíneas, aeropuertos, señalización, campañas digitales— se reduce la “excusa del desconocimiento” y se promueve una cultura de cumplimiento. La transparencia no solo es del Estado hacia la ciudadanía; también es de los usuarios hacia el Estado cuando manejan montos relevantes.

Finalmente, hay una lección institucional que no debe perderse: el Estado debe actuar con firmeza, sí, pero también con proporcionalidad y legalidad. La confianza se refuerza cuando la ciudadanía ve que los controles son reales, que la investigación se hace sin privilegios y que los procedimientos se aplican con estándares, no con improvisación. Y, a la vez, se protege el nombre de quienes pudieran resultar inocentes, porque el debido proceso no es un detalle: es la base de la justicia.

En síntesis, la detección de estos fondos no declarados es una noticia que debe leerse como lo que es: un recordatorio de que la frontera es un espacio de soberanía, y que la transparencia financiera no es un lujo, sino una condición mínima para proteger la economía, la seguridad y la institucionalidad. Y en ese terreno, cuando el dinero pretende entrar sin declarar, la respuesta correcta del Estado es la que se espera de una democracia moderna: control, investigación y ley.

Aduanas detecta pasajero que intento ingresar 350 mil dólares sin declarar
En el Aeropuerto Internacional del Cibao mediante rayos X.

Santo Domingo, R.D., 24 de marzo de 2026.- Miembros de la Dirección General de Aduanas (DGA), detectaron unos US$350,352.00 que un pasajero trató de introducir al país sin la declaración correspondiente al arribar por el Aeropuerto Internacional del Cibao. 
Ese monto equivale a unos RD$20.9 millones de pesos, a la tasa de cambio actual. 
La detección fue posible con el uso de los equipos d
e inspección no intrusiva que opera el personal de la DGA en dicha terminal, quienes se percataron de una irregularidad en uno de los equipajes de dicho pasajero. 
A raíz de este hallazgo, tanto el Ministerio Público, en coordinación con la Dirección General de Aduanas (DGA) y otros organismos de seguridad del Estado, se encuentran realizando las investigaciones correspondientes, a los fines de determinar responsabilidades y agotar los procedimientos que establece la ley. 
La Dirección General de Aduanas reafirmó su compromiso con la vigilancia y control del flujo de mercancías y valores en los puntos en todos los puertos y aeropuertos del país. 
Dicha labor se realiza apoyada en tecnología y de inteligencia basada en perfilamiento de riesgos.  

🚨✈️ #ControlAduanero y transparencia en nuestros aeropuertos 🇩🇴@aduanard detectó en el @aeropuertocibao a un pasajero que intentó ingresar US$350,352.00 💵 sin declarar, equivalentes a más de RD$20.9 millones https://t.co/dPSEx1HMq8#AduanasRD #RayosX #Contrabando @nelsonarroyo pic.twitter.com/pV8omeAWQX

— Orlando Díaz, Luis (@LuisOrlandoDia1) March 24, 2026
++++++++++++++++++++

jueves, 24 de mayo de 2018

Entidades piden incluir a los partidos políticos en la Ley de Lavado de Activos

Donald Guerrero
Donald Guerrero

Entidades piden incluir a los partidos políticos en la Ley de Lavado de Activos

Por: El Día | Redaccion@eldia.com.do |  22 mayo, 2018 12:05 am
SANTO DOMINGO.-Regulación. Varias organizaciones de la sociedad civil y asociaciones empresariales solicitaron al Ministro de Hacienda, en su condición de presidente del Comité Nacional contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, incluir a los partidos políticos como sujetos obligados de la Ley n.º 155-17, para prevenir que esas organizaciones puedan ser financiadas con recursos de procedencia ilegal.
La solicitud fue hecha mediante una carta dirigida al ministro Donald Guerrero, en la cual plantean que “es necesario contar con mecanismos para regular el financiamiento de los partidos políticos”.
Entre las organizaciones están el Centro Juan XXIII, Participación Ciudadana, la Asociación de Empresas Industriales de Herrera y la Anje.
http://eldia.com.do/entidades-piden-incluir-a-los-partidos-politicos-en-la-ley-de-lavado-de-activos/#.WwQoJgkxEWY.twitter

lunes, 21 de mayo de 2018

Organizaciones piden incluir partidos políticos en Ley Lavado

Organizaciones piden incluir partidos políticos en Ley Lavado
Publicado el: 21 mayo, 2018
Por: Soila Paniagua | e-mail: s.paniagua@hoy.com.do
A1
Ocho organizaciones de la sociedad civil pidieron ayer que se incluya a los partidos políticos como sujetos obligados de la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos, para prevenir la penetración del crimen organizado en la actividad política por el riesgo que entienden, hay en esas entidades de incurrir en ese ilícito.
La solicitud fue hecha a través de una carta a Donald Guerrero Ortiz, ministro de Hacienda y presidente del Comité Nacional Contra Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, y plantea la urgencia de adoptar medidas y normas que garanticen los controles “para prevenir y contener la penetración del crimen organizado en la actividad política”.
Las organizaciones firmantes de la carta son el Centro Juan XXIII, el Centro de Reflexión y Acción Social Padre Juan Montalvo, SJ; Fundación Masada, Santiago Somos Todos, Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus), Asociación de Empresas Industriales de Herrera y Provincia Santo Domingo, Asociación Nacional de Jóvenes Empresarios (ANJE) y Participación Ciudadana (PC).
“Solicitamos formalmente que el Comité que usted preside dicte el reglamento correspondiente, para incluir a los partidos y agrupaciones políticas como sujetos obligados”, indica el documento.
Agrega que los partidos deben estar obligados a adoptar un programa de cumplimiento de políticas y procedimientos para evaluar los riesgos de lavado de activos, implementar metodologías de gestión de riesgo, monitorear los procesos, designar oficiales de cumplimiento y cumplir con otras obligaciones que establece la ley.
“Es necesario contar con mecanismos para regular el financiamiento de los partidos políticos. En el país el lavado de activos, vía el financiamiento político, debe prevenirse con todas las herramientas legales y en todas las instancias de la sociedad”. Exponen que los procesos electorales presentan grandes riesgos y múltiples posibilidades para el financiamiento ilegítimo de las campañas, por la ausencia de mecanismos de control, debilidades institucionales, falta de marco legal, por lo que muchos candidatos se convierten en Personas Expuestas Políticamente (PEP). Consideraron necesario tener en cuenta que el Grupo de Acción Financiera (GAFI) precisa a las PEP como individuos que han desempeñado aquí o en el extranjero funciones públicas importantes, como jefes de Estado o altos funcionarios. Instaron al Comité Nacional Contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo a cumplir sus funciones como órgano de coordinación, responsable del funcionamiento del sistema de prevención, detección, control y combate del lavado de activos en República Dominicana.
http://hoy.com.do/diputada-lucia-medina-buscaria-la-senaduria-de-san-juan-2/

viernes, 26 de enero de 2018

Gafilat concluye evaluación a República Dominicana por medidas antilavado

UNIDAD ANTILAVADO DE ACTIVOS | 26 ENE 2018, 12:00 AM |DIARIO LIBRE
Gafilat concluye evaluación a República Dominicana por medidas antilavado 
El equipo evaluador enviará informe aproximadamente en el mes de marzo El equipo de Gafilat junto al ministro de Economía, Donald Guerrero y otros funcionarios dominicanos.
El equipo de Gafilat junto al ministro de Economía, Donald Guerrero y otros funcionarios dominicanos.
SANTO DOMINGO. El Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (Gafilat) concluyó esta semana la visita in situ a la República Dominicana, en el marco del proceso de la IV Ronda de Evaluación que procura determinar el nivel de compromiso asumido por el país frente al lavado de activos, el financiamiento del terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva.
La delegación de Gafilat, encabezada por Marconi Melo, secretario ejecutivo de la entidad, sostuvo reuniones con el presidente del Comité Nacional Contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo (Conclafit), Donald Guerrero Ortiz; la Unidad de Análisis Financiero; representantes de la Procuraduría General de la República, las Fuerzas Armadas y la Policía; de Impuestos Internos y la Dirección General de Aduanas. Concluidas las entrevistas, el equipo evaluador deberá consensuar un informe preliminar que enviará al país aproximadamente en el mes de marzo a los fines de recibir los comentarios de las autoridades dominicanas.
El informe definitivo será presentado a la plenaria de Gafilat en el mes de julio del presente año, cuando el organismo decidirá la calificación final de la República Dominicana y si debe seguir en seguimiento intensificado o en seguimiento técnico, conforme a la efectividad de las políticas, controles y procedimientos que ha establecido para identificar, medir, controlar, mitigar y monitorear el riesgo de lavado de activos y financiamiento del terrorismo.
Sin embargo, no será hasta mediados de 2019, cuando la plenaria del Grupo de Acción Financiera (GAFI), organismo intergubernamental que promueve la aplicación efectiva de medidas legales para combatir el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo, decidirá sobre el procedimiento definitivo que se le seguirá al país. El presidente del Conclafit afirmó que el gobierno dominicano ha asumido un compromiso firme contra el lavado de activos, el financiamiento del terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva.
La promulgación de la Ley No.155-17 que obliga a los sectores de la economía, que han sido identificados como vulnerables por estándares internacionales, a implementar esquemas de identificación de sus clientes para evitar activos aparentemente legales, pero que en realidad provienen de actividades ilícitas es, sin lugar a dudas, la iniciativa más trascendental del sistema nacional de prevención y mitigación de delitos vinculados al lavado de activos. Sin embargo, no es la única.
Con la entrada en vigencia de los reglamentos de Congelamiento Preventivo, y de Aplicación de la Ley 155-17 contra el Lavado de Activos y Financiamiento al Terrorismo el 16 de noviembre del pasado año empezó a conformarse una estructura normativa que focaliza las acciones del Estado en la disminución de riesgos del lavado de activos y el terrorismo.
El reglamento para la aplicación del congelamiento preventivo de activos financieros y bienes, promulgado con el decreto 407-17, establece procedimientos puntuales para la identificación y aplicación de medidas para el congelamiento de bienes o activos, conforme a lo establecido en las resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas 1267 (1999) y 1988 (2011) y sucesivas.
“Esperamos que con el trabajo conjunto de todos los sectores involucrados, incluyendo el Congreso Nacional, los resultados sean acorde con los esfuerzos realizados. No obstante, estaremos presto para trabajar en las correcciones que surjan de los hallazgos del equipo evaluador”, indicó Guerrero Ortiz, quien además es ministro de Hacienda.
Las autoridades dominicanas procuran ser más efectivas en la persecución y la sanción de delitos que lesionan el patrimonio público, los bienes colectivos que el Estado debe tutelar, siempre respetando las garantías procesales y los derechos de los ciudadanos al debido proceso.
De igual modo, a través de la Ley No.249-17, que modifica la legislación del Mercado de Valores, se incorporaron flexibilidades en los plazos y procedimientos para el acceso a la información financiera para la Unidad de Análisis Financiero (UAF) y la Administración Tributaria para garantizar que esas instituciones estén en condición de cooperar de manera oportuna con otras jurisdicciones en el intercambio de información que reduzca la posibilidad de que delincuentes nacionales e internacionales utilicen el sistema financiero dominicano para ocultar recursos procedentes de actividades ilícitas.
Asimismo, en un esfuerzo sin precedentes junto a otras instituciones, el CONCLAFIT ha impulsado la capacitación de más 1,800 sujetos obligados en esta materia, además de haberse efectuado jornadas de socialización con jueces, representantes del Ministerio Público y asociaciones empresariales, entre otros actores importantes del país.
DGII publica normas
La Dirección General de Impuestos Internos hizo públicas cinco nuevas normas generales de cumplimiento obligatorio para los sujetos obligados, designados en la Ley 155-17 contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo. https://www.diariolibre.com/economia/gafilat-concluye-evaluacion-a-republica-dominicana-por-medidas-antilavado-XY9045880
MÁS NOTICIAS

lunes, 23 de octubre de 2017

Poder Judicial habilita al juez Vargas para tomar medidas sobre bienes provenientes del lavado activos

JUSTICIA | 23 OCT 2017, 3:41 PM |DIARIO LIBRE
Poder Judicial habilita al juez Vargas para tomar medidas sobre bienes provenientes del lavado activos
Explica que el magistrado posee conocimientos del tema de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo y sus reglamentos
El juez coordinador de los Juzgados de la Instrucción del Distrito Nacional, José Alejandro Vargas.
El juez coordinador de los Juzgados de la Instrucción del Distrito Nacional, José Alejandro Vargas.
SANTO DOMINGO. El Consejo del Poder Judicial (CPJ) habilitó al juez coordinador de los Juzgados de la Instrucción del Distrito Nacional, José Alejandro Vargas, para conocer de todas las medidas relacionadas con el congelamiento preventivo de bienes provenientes del lavado de activos y financiamiento del terrorismo.
En una comunicación de prensa, el CPJ argumentó que el artículo 73 del Código Procesal Penal dispone que corresponde a los jueces de la Instrucción resolver todas las cuestiones en las que la ley requiera la intervención de un juez durante el procedimiento preparatorio, dirigir la audiencia preliminar, dictar las resoluciones pertinentes y sentencia conforme a las reglas del procedimiento abreviado.
Asimismo, designó como enlace en representación del Poder Judicial de la República Dominicana a la magistrada Kenya Scarlett Romero, juez titular del Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, para todo lo referente en las mesas multisectoriales con el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), ante el grupo de Latinoamérica GAFILAT.
La medida del Poder Judicial fue dada en virtud de las resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, contenidas en la Ley 155-17, contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo y sus reglamentos.
La decisión está contenida en la Resolución núm. 24/2017 del CPJ, para la ejecución de la Ley 155-17, contra Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.
Dice que los magistrados José Alejandro Vargas y Kenya Scarlett Romero poseen conocimientos del tema de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo y sus reglamentos.
República Dominicana es compromisaria de las 40 recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) y adopta las realizadas por el Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT), para prevenir y combatir el lavado de dinero, bienes y activos provenientes de actividades ilícitas y financiamiento al terrorismo, informó el CPJ.
Plantea también que la Convención Interamericana contra el Terrorismo tiene por objeto prevenir, sancionar y eliminar el terrorismo a través de medios compatibles con la vigencia del Estado de Derecho y las libertades públicas.
https://www.diariolibre.com/noticias/justicia/poder-judicial-habilita-al-juez-vargas-para-tomar-medidas-sobre-bienes-provenientes-del-lavado-activos-CN8438477