Las ARS, sin embargo, argumentaron posibles riesgos en la calidad del servicio y violaciones a derechos fundamentales. La sentencia del Tribunal Constitucional mantiene la norma, reafirmando el compromiso con la salud pública. 💪⚖️ #Ley12315 #ARS #SaludPública
1/🏛️ Tribunal Constitucional declaró ADMISIBLE la acción de inconstitucionalidad presentada por las ARS.
El caso se centró en la obligatoriedad de contratar con establecimientos del SNS y su posible impacto en la calidad de los servicios de salud.
2/📜 Las ARS argumentaron que la norma violaba derechos fundamentales a la seguridad social y a la salud (artículos 60 y 61 de la Constitución), al favorecer a los establecimientos públicos en detrimento de los privados.
3/📚 Además, las ARS alegaron violaciones a principios constitucionales como supremacía, legalidad y sometimiento al ordenamiento jurídico. Sin embargo, no pudieron establecer la relación entre la norma y el atentado constitucional.
4/ ⚖️El Tribunal encontró INSUFICIENTES los argumentos de las ARS, considerando que no demostraron la violación flagrante de los derechos fundamentales y que la crítica se basa en una percepción subjetiva. RECHAZANDO.
5/ 🎯 En resumen, el Tribunal RECHAZÓ la acción de inconstitucionalidad y VALIDÓ la norma que establece la obligatoriedad de contratar con establecimientos del SNS para las ARS, garantizando el acceso a servicios de salud de calidad para todos los ciudadanos.
6/ 🗳️ La decisión fue adoptada por la mayoría de los jueces del Tribunal.
7/💡 Esta sentencia es CRUCIAL en la promoción de la equidad y acceso universal a la atención médica en la República Dominicana. Refuerza el compromiso del país con la salud pública y establece un precedente en la protección de los derechos fundamentales.
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