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miércoles, 13 de septiembre de 2017

Código de Trabajo, una de las leyes más violadas

Código de Trabajo, una de las leyes más violadas
Violaciones. No cumplen con la cuota del 80% para nacionales y 20% para extranjeros; exceden la cantidad de horas semanales, y no realizan contratos conforme a la Ley.
Código de Trabajo, una de las leyes más violadas
El sector inmobiliario construye viviendas con mano de obra haitiana, barata e ilegal. / fuente externa.
Código de Trabajo, una de las leyes más violadas
Por Martín Adames  martes 12 de septiembre del 2017, a las 19:21
Es incuestionable la riqueza en materia legal de la que goza la República Dominicana, la actualización y modernismo de su Constitución, leyes, códigos y reglamentos frente a otros países, sin embargo, no posee la institucionalidad ni el régimen de consecuencia para aplicar muchas de ellas.
La doble moral de las instituciones las han llevado a denunciar el gran flujo de extranjeros que están llegando al país por diferentes vías, de diversos países, pero ni los empresarios, ni el Estado denuncia el beneficio que obtiene por esa migración.
Esta problemática es más observable en empresas agroalimentarias, que utilizan mano de obra haitiana para realizar el trabajo de campo, sin ningún tipo de contrato, sin pago a la Tesorería de la Seguridad Social y sin seguro médico para sus empleados.
De igual manera, el sector construcción utiliza mano de obra extranjera, en su mayoría haitiana, violando la Ley 16-92 en su artículo 135 sobre nacionalización del trabajo, donde se establece que “El ochenta por ciento, por lo menos, del número total de trabajadores de una empresa debe estar integrado por dominicanos”.
Con los pagos irregulares y fuera de contrato también se viola el artículo número 201 donde se disponen los descuentos legales a los salarios.
MetroRD conversó con una abogada experta en temas laborales y ella explica que muchas compañías agrícolas y constructoras violan algunas disposiciones del Código de Trabajo valiéndose de que el ministerio responsable no tiene los recursos ni el personal para regular la actividad laboral a nivel nacional.
“La mayoría de violaciones a la Ley 16-92 son consideradas como delitos menores, que  en la mayoria de los casos los tribunales resuelven con un acuerdo entre las partes”, señala la abogada que solicitó mantenerse en el anonimato.
Otras violaciones
Otro de los artículos más violados es el 205 que reza: “Cuando por convención entre las partes, el trabajador preste servicios en un día declarado legalmente no laborable, recibirá como retribución el salario a que tiene derecho aumentado en un ciento por ciento”. Esta disposición es comúnmente violada por Zonas Francas y centrales de llamadas (call centers).
“Cuando un trabajador ocupe temporal o definitivamente un empleo de mayor retribución que el suyo, debe percibir el salario que corresponda al primero”, establece el acápite número 206.
Salarios
El salario mínimo depende del valor de los bienes o dimensión de la empresa, sin embargo, hay medianos y grandes empresarios que pagan como pequeñas empresas.
Se establece que los empleados que laboren en empresas que tengan más de cuatro millones de pesos en utilidades devengarán un salario mínimo de RD$15,447.60 mientras que los que laboren en empresas que tengan de 2 a 4 millones de pesos en capitales devengarán 10,620 pesos mensuales. Las pequeñas empresas cuyas utilidades sean de o a 2 millones de pesos de capital podrán pagar cada mes, como sueldo mínimo, RD$9,411.60.
En la última actualización, el Comité Nacional de Salarios estableció para los guardianes privados, un salario mínimo de RD$13.032.00, mientras los trabajadores del campo deberán devengar RD320.00 diarios mínimo.
Horas de trabajo
Respecto a las horas de trabajo, muchos empleadores realizan exigencias a sus empleados en contradicción a la Ley.
El articulo 147 sobre la jornada de trabajo plantea que “La duración normal de la jornada de trabajo es la determinada en el contrato. No podrá exceder de ocho horas por día ni de 44 horas por semana. La jornada semanal de trabajo terminará a las doce horas meridiano del día sábado”.
Pese a esa disposición, el Ministerio de Trabajo podrá disponer mediante resolución que, en atención a los requerimientos de ciertos tipos de empresas o negocios y a las necesidades sociales y económicas de las distintas regiones del país, y previa consulta con los representantes de los trabajadores, la jornada semanal de determinados establecimientos podrá terminar a una hora diferente a la arriba señalada, según el mismo artículo.
Dicho esto, la empresa que no haga los previos requerimientos al MT, e imponga una cantidad de horas de trabajo mayor a las 8 diarias o 44 semanales está incurriendo en una ilegitimidad.
https://www.metrord.do/do/destacado/2017/09/12/codigo-trabajo-una-las-leyes-mas-violadas.html

martes, 12 de septiembre de 2017

Rechazan ampliar cuota de mano de obra extranjera

CÓDIGO LABORAL | 12 SEP 2017, 12:00 AM |SUHELIS TEJERO
Rechazan ampliar cuota de mano de obra extranjera
Consideran que la alta informalidad en construcción provoca el incumplimiento del 80/20.
Consideran que la alta informalidad en construcción provoca el incumplimiento del 80/20.
SANTO DOMINGO. Deficientes condiciones para los trabajadores en sectores con altas tasas de informalidad y, con ello, unos costos laborales más bajos serían las causas del incumplimiento de las cuotas de trabajadores extranjeros en algunas actividades.
Al menos en ello coinciden el presidente de la Confederación Nacional de Unión Sindical (CNUS), José “Pepe” Abreu, y el ex director de Migración, José Ricardo Taveras, al opinar sobre la propuesta de la Asociación de Promotores y Constructores de Viviendas del Cibao (Aprocovici) de ampliar el porcentaje de 20% de mano de obra permitido por el Código Laboral.
Al ser consultado por Diario Libre, Abreu dijo que el sector sindical no está cerrado a revisar la proporción de trabajadores extranjeros en las empresas dominicanas, pero destacó que antes deben analizarse las razones que han llevado a que en ciertas actividades se incumplan las cuotas.
“En la construcción se carece de la aplicación de la Ley de Seguridad Social, de las prestaciones. Si ellos (los constructores) aplicaran toda esa norma, y aun así el trabajador dominicano no aceptara, entonces sí tendríamos que pensar en hacer una reforma en ese sentido”, dijo el dirigente sindical.
Pero la posición del ex director de Migración es más contundente: Taveras cree que promover la ampliación de la cuota es impertinente. Recordó que el artículo 145 del Código Laboral favorece permisos para trabajadores extranjeros que deben ajustarse a ciertos protocolos que evidencien la necesidad de suplir la mano de obra. Taveras dijo que el sector construcción quizás tenga otras razones, como el abordaje de las prestaciones laborales, pero no el 80/20.
De acuerdo a estudios, los trabajadores inmigrantes en RD representan 21% de la fuerza laboral.
https://www.diariolibre.com/economia/rechazan-ampliar-cuota-de-mano-de-obra-extranjera-AC8136626 
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Constructores de Santiago piden revisar el 80-20 del Código Trabajo

viernes, 8 de septiembre de 2017

Constructores de Santiago piden revisar el 80-20 del Código Trabajo

El presidente de Aprocovici aboga por medidas para regular el uso de mano de obra extranjera

Constructores de Santiago piden revisar el 80-20 del Código Trabajo

Publicado el: 8 septiembre, 2017 Por: José Alfredo espinal
Santiago
La Asociación de Promotores y Constructores de Viviendas del Cibao (Aprocovici), llamó al Gobierno y al Congreso Nacional a modificar la Ley 137 del Código de Trabajo que establece que el 80% de los empleos en las empresas es para los trabajadores nativos y el 20% para los extranjeros, lo que se conoce en nuestra legislación como el “80-20”, que no cumple.
El presidente de Aprocovici, ingeniero Nicolás Polanco, dijo que en la actualidad se hace muy difícil cumplir con dicha disposición de ley.
Asimismo, se quejó de que los inspectores del Ministerio de Trabajo realizan constantes notificaciones y sometimientos a los constructores.
“Se hace necesario un incremento en la proporción de la participación de la mano de obra extranjera, en el mercado laboral”, dijo el ingeniero Polanco.
A juicio del empresario de la construcción, históricamente se da una realidad con la inmigración y es que el trabajo más pesado pasa a ser ocupado por los inmigrantes, y el sector construcción no es la excepción, por lo que las labores de albañilería, (colocación de bloques, pañete, obreros no calificados), ha estado siendo dominado por los extranjeros.
Asimismo, el presidente de Aprocovici dijo entender que otra manera de regularizar el uso de mano de obra extranjera es con la implementación de permisos temporales para obras específicas, vía la Dirección General de Migración.
También Polanco citó otro aspecto como el acercamiento a instituciones como INFOTEP, ISA, PUCMM, para motivar e implementar cursos técnicos relacionados con el sector de la construcción.
Declaró que las áreas que han trabajado en esa capacitación son plomería, electricidad, carpintería, albañilería, formaletas, estructuras ligeras (Sheet-rock, densglass) maestro constructor, para contar con mano de obra calificada.
El Código de Trabajo establece en su artículo 135, que el 80% por lo menos, del número total de trabajadores de una empresa debe estar integrado por dominicanos.
http://hoy.com.do/constructores-de-santiago-piden-revisar-el-80-20-del-codigo-trabajo/