TRÁNSITO
Remover 15 mil vehículos del canódromo, tarea que el Intrant busca lograr
De acuerdo a la ley, los vehículos que pasen de 90 días sin ser reclamados por el propietario deberán ser subastados por el Poder Ejecutivo
En el Centro de Retención Vehicular (Canódromo) hay 15 mil vehículos retenidos que deberían ser subastados tras quedarse años sin ser removidos ni por los propietarios, ni por las autoridades.
Este número de vehículos es el que el director del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant), Rafael Arias, asegura que buscan sacar del canódromo pero a través de un procedimiento para la cual ha pedido recomendación del Ministerio de Medio Ambiente y está en conversación con la consultoría jurídica del Poder Ejecutivo.
Ante el rebote de la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett), por la cantidad de vehículos, la mayoría en mal estado en el canódromo al Intrant, quien por ley tiene la facultad de subastarlos, Arias aseguró que se están dando los pasos para ese fin.
Explicó que la Ley 63-17 de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial, declara que los vehículos retenidos con más de 90 días deben ser subastados uno a uno, pero al tratarse de unos 15 mil, es imposible.
“Imagínese ustedes lo que significaría hacer una licitación de 15 mil vehículos retenidos, estamos buscando un procedimiento que pueda dar una solución a todos los vehículos retenidos por lo que estamos buscando una solución a todos, porque uno a uno es imposible”, expresó.
Reiteró que los pasos se están dando para solucionar el problema de años, y se quejó de que si no siguen los pasos correctamente, se podría llegar a decir que “sacaron de circulación los vehículos retenidos porque había un negocio”.
Lo que dice la ley
La cantidad de vehículos en los centros de retención de la Digesett, se han convertido en chatarra debido a la cantidad de años retenidos, es decir, que la mayoría han pasado el tiempo que establece la ley para ser reclamado por el propietario, que son 90 días.
En el artículo 243 indica que el Intrant debe publicar cada mes un listado de todos los vehículos que se hayan removido temporalmente en los medios digitales y en su página web.
“Cuando el propietario de un vehículo removido no lo haya reclamado en el plazo de 90 días, el Poder Ejecutivo podrá venderlo en pública subasta para cubrir los gastos del servicio del remolque, depósito y de la publicación”, sostiene en el párrafo uno
Asimismo, dice que en el caso de que se genere un sobrante de la pública subasta, luego de cubrir el importe de dichos servicios, será entregado al dueño del vehículo según indique en la matrícula o a quienes figuren como compradores en caso de comunicación de venta o traspaso, dentro de un plazo de 30 días.
Si el dueño no lo reclama en este plazo, dicho sobrante ingresará a la cuenta única del Estado
https://acento.com.do/el-financiero/remover-15-mil-vehiculos-del-canodromo-tarea-que-el-intrant-busca-lograr-9051901.html
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