viernes, 8 de mayo de 2015

Litis judicial de Félix Cabrera y George Nader por una villa de 1.9 millones de US

Por Servicios de Acento.com.do. 7 de mayo de 2015 -  
Se trata de los empresarios artísticos y promotores Félix Cabrera y George Nader. El caso comienza a ser abordado en los medios de comunicación, aparece con simpatizantes y adversarios
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Foto: Empresario Félix Cabrera
SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Una litis en materia civil por la compra de una villa en Casa de Campo, valorada en 1.9 millones de dólares, ha dejado por lo menos dos sentencias favorables a una de las partes, la resistencia del perdedor y la reconducción del caso hacia el área penal, con abogados e implicados enfrascados en choques que no se han materializado en acciones violentas, pero que cada día adquiere nuevos bríos.
Los implicados tienen precedentes en asuntos judiciales. Se trata de los empresarios artísticos y promotores Félix Cabrera y George Nader. El caso comienza a ser abordado en los medios de comunicación, aparece con simpatizantes y adversarios, como si en realidad se tratara de dos artistas de los que chocan por razones de mercado.
Félix Cabrera con el bachatero Frank Reyes
La historia se inicia con la firma de un contrato promesa de compra venta de una villa, entre George Nader, que vende, y Félix Cabrera, que compra, el primero de agosto del 2012, por la suma de 1.9 millones de dólares, de los cuales 1.6 millones serían utilizados directamente para el pago de un préstamo con garantía hipotecaria que pesaba sobre el inmueble, y que asumía el comprador, y el resto 387 mil dólares serían entregados directamente en tres pagos por Cabrera a Nader.
Nader, a través de sus abogados Frank Reynaldo Fermín Ramirez y Amaury Uribe Germán Miranda, denunciaron que Félix Cabrera “asumió una actitud de incumplimiento abierta y antijurídica, tratando de forzar la modificación de lo pactado, porque según él, era impropio e ilícito que Nader obtuviera beneficios del negocio realizado, negándose consistentemente a realizar pago alguno, tanto al Banco como a Nader, a pesar de las diversas diligencias amigables que realizó, a fin de éste cumpliera con su obligación , sin obtener ningún resultado”.
Mediante acto de alguacil se le requirió el pago de lo adeudado, pero Cabrera no solo rechazó el requerimiento, sino que demandó la nulidad del contrato y notificó oposición a la entrega de carta de radiación de hipoteca del inmueble. Lo hizo a través de sus abogados Julio Cury y Marcelle Peignand.
Nader le respondió con una demanda reconvencional en enero del 2014, y demandó por daños y perjuicio a su contrario.
La demanda principal y reconvencional fueron conocidas por la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, la cual dictó la sentencia Civil marcada con el No. 215 del 18 de Febrero del 2014.
El dispositivo de la sentencia fue el siguiente:
PRIMERO: DECLARA buena y válida, en cuanto a la forma, la demanda Principal en Nulidad de Contrato , lanzada por el señor FELIX CABRERA, de generales que constan, en contra de la señor REYNALDO YORGE NICOLAS NADER, de generales que figuran, por haber sido hecha conforme al derecho;
SEGUNDO: En cuanto al fondo de la demanda principal, RECHAZA la misma, por los motivos esgrimidos en las motivaciones de la presente decisión;
TERCERO: En cuanto a la demanda reconvencional, declara buena y válida la misma, por haber sido interpuesta conforme al derecho. En cuanto al fondo, la ACOGE en parte la y, en consecuencia, ORDENA al señor FELIX CABRERA dar cumplimiento a la obligación contraída mediante la PROMESA DE COMPRAVENTA INMOBILIARIA, suscrita en fecha 01 de Agosto del 2012, con el señor REYNALDO YORGE NICOLÁS NADER, por los motivos previamente expuestos;
CUARTO: CONDENA a la parte demandante, señor FELIX CABRERA, al pago de las costas del procedimiento, a favor de los LICDOS FRANCISCO MIRANDA y AMAURYS GERMAN, quienes afirman haberlas avanzado en su totalidad.
George Nader con Carlos Slim
Siguió la apelación
Evidentemente descontento con lo establecido por el tribunal de primer grado, Félix Cabrera procedió a interponer recurso de apelación contra la sentencia y recurrió ahora ante la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional.
Al mismo tiempo George Nader recurrió incidentalmente en parte la referida sentencia, ya que tampoco estuvo de acuerdo con lo estatuido por la misma.
Los aogados de Nader entregaron un documento en el que dice que “una vez instruido el proceso, la Tercera Sala de la Cámara Civil del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, dictaminó mediante sentencia 95/2015 de fecha 30 de marzo del 2015, lo siguiente:
PRIMERO: DECLARA buenos y válidos, en cuanto a la forma, los recursos de Apelación, el primero interpuesto de manera principal y de carácter general por el señor FELIX CABRERA y el segundo de manera incidental y de carácter parcial interpuesto por el señor REYNALDO YORGE NICOLAS NADER, ambos en contra de la sentencia civil No. 215 de fecha 18 del mes de febrero de; año 2014, dictada por la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, por haber sido hecho acorde a las normas procesales que rigen la materia.
SEGUNDO: En cuanto al fondo RECHAZA el recurso de apelación principal, interpuesto por el señor FELIX CABRERA, en contra de la sentencia impugnada.
TERCERO: ACOGE parcialmente el recurso de apelación incidental interpuesto por el señor REYNALDO YORGE NICOLAS NADER y en consecuencia modifica la sentencia civil No. 215 de fecha 18 de febrero del año 2014, en lo referente a la reparación de los daños y prejuicios solicitados, así como la condenación de astreinte: 
ORDENA al señor FELIX CABRERA restituir a favor del señor REYNALDO YORGE NICOLAS NADER, la suma de QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL CIENTO SESENTA Y OCHO DOLARES CON 95/100 ($539,168.95) o su equivalente en pesos dominicanos, conforme a la tasa oficial del Banco Central de al momento de la ejecución.
CONDENA al señor FELIX CABRERA restituir a favor del señor FELIX CABRERA a favor del señor REYNALDO YORGE NICOLAS NADER, al pago del 1.5% sobre la suma de QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL CIENTO SESENTA Y OCHO DOLARES CON 95/100 ($539,168.95) o su equivalente en pesos dominicanos, conforme a la tasa oficial del Banco Central de al momento de la ejecución, contados a partir de la fecha de la demanda reconvencional, hasta la ejecución de la presente decisión, para compensar los daños sufridos por el señor REYNALDO YORGE NICOLAS NADER, ante la incertidumbre en el cumplimiento de la obligación.
CUARTO: CONFIRMA en sus demás aspectos la sentencia impugnada.
QUINTO: CONDENA al señor FELIX CABRERA al pago de las costas del procedimiento, ordenando su distracción a favor y provecho de los LICDOS. AMAURY URIBE MIRANDA y FRANK REYNALDO FERMIN RAMIREZ, abogados de la parte recurrente incidental quienes afirman haberlas avanzado en su totalidad.
Y entonces viene la vía penal
Dada la imposibilidad de demostrar lo que no existe, el señor Félix Cabrera optó por la alternativa clásica: interponer una querella para tratar de intimidar y doblegar a NADER. Explican los abogados de Nader que tras este apoderamiento, irregular a todas luces, pues ya el tribunal civil había determinado que no existía dolo, dio curso a su querella por ante la Procuraduría Fiscal del Distrito Nacional.
Dicen que tras este nuevo derrumbe de su “tesis”, los abogados de Félix Cabrera, temerariamente, ahora apoderan no una ni dos, sino SEIS (6) veces ante cinco tribunales distintos el mismo expediente con la misma querella, aparentemente buscando un juez manipulable.
http://acento.com.do/2015/actualidad/8247308-litis-judicial-de-felix-cabrera-y-george-nader-por-una-villa-de-1-9-millones-de-us/

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