lunes, 30 de septiembre de 2024

Jus sanguini | OPINION | El Nacional

OPINION

Jus sanguini

Por El Nacional septiembre 30, 2024 11:25 |

Jus sanguini

El compromiso de solventar la soberanía nacional pasa por la aplicación de la sentencia 168 del Tribunal Constitucional, que no reconoce la nacionalidad dominicana a hijos de inmigrantes indocumentados, y la Ley de Inmigración que dispone veda a la entrada o expulsión del territorio nacional a extranjeros sin papeles.

Ambos estatutos, amparados por la Constitución de la República, son de aplicación continua, como también es constante el ingreso de inmigrantes ilegales que instalan familias aquí y cuyos descendientes mantienen el gentilicio del país de origen, sin obtener la ciudadania dominicana de manera automática.

En un escenario diferente confluiría el desenfreno migratorio con la interpretación anárquica de que se obtendría la nacionalidad con solo nacer en suelo nacional, aunque el extranjero inscriba a su vástago en el Libro de Extranjería.

Es obvio que en una nación impactada por un gran desorden inmigratorio derivado de una frontera porosa de 392 kilómetros terrestres, no sería posible que el principio del jus soli (derecho de suelo) supere al jus sanginis (derecho de sangre), porque sería adelantar la unificación política de la isla.

Aquí se incumple la ley que otorga estatus laboral especial a trabajadores extranjeros, que incluye su contratación en un 20 % en proporción a la dominicana, por lo que la mano de obra haitiana se torna ascendente o mayoritaria en los sectores agrícola, pecuario, construcció y servicios.

La contratación de trabajadores extranjeros resultaría imprescindible para impulsar el desarrollo de la economía, pero está regulada por leyes que no se cumplen ni se aplican porque los empleadores se benefician de los bajos salarios o jornales en detrimento también de los obreros dominicanos.

La sentencia del TC no generó apatridia, como se arguye porque los afectados, estimados en 130 mil, poseen la nacionalidad de su país de origen, y porque en ese mismo estatuto se dispone que los ya inscritos en el Registro Civil podían obtener la ciudadania dominicana por vía de la naturalización.

El desenfreno migratorio provoca un desmesurado incremento de indocumentados que degrada servicios básicos como educación, salud, vivienda, trabajo, transporte y seguridad, pero también obliga a reeditar la necesaria aplicación de una sentencia que resguarda la soberanía nacional al imponer la jerarquía del jus sanguinis sobre el jus soli.

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