- ONU pidió al Gobierno suspender las deportaciones a embarazadas ilegales
Tras el llamamiento que hizo las Naciones Unidas (ONU) al Gobierno dominicano para que suspenda las deportaciones de parturientas haitianas por considerarlas violatorias de los derechos humanos, el Centro Montalvo convidó a las autoridades dominicanas a retomar la política de relaciones con Haití con apego a la legalidad.
La entidad consideró que el Gobierno dominicano debe actuar acorde a los grandes principios del derecho internacional y de la mejor experiencia diplomática, “resistiendo a la tentación de soluciones precipitadas y violentas, pero sobre todo injustas, en búsqueda de chivos expiatorios para ganar legitimidad política”.
Centro Montalvo cuestionó la capacidad de los incumbentes de Migración, Interior y Policía y el Ministerio de Salud Pública por sus pronunciamientos justificando las deportaciones, ignorando los acuerdos internacionales de organismos donde República Dominicana es signataria, o peor aún, desoyendo la propia legislación creada por el Congreso dominicano
“La reciente medida mediática de deportar mujeres haitianas embarazadas, apoyada sobre estadísticas inconsistentes del Ministro de Salud, y de torpezas discursivas del director de Migración y del Ministro de lo Interior, viola el propio ordenamiento constitucional, además de levantar cuestionamientos sobre la capacidad profesional e intelectual de importantes funcionarios de este gobierno”, indica el Grupo en comunicado difundido en los medios de comunicación y redes sociales.
Centro Montalvo detalló que con el trato dado a las mujeres embarazadas se violentan las siguientes normativas:
· Las normas de Migración y el Régimen de Extranjería. En su artículo 93, letra h establece que “En los casos que proceda la deportación o expulsión de extranjeros, se realizarán con el debido respeto a los derechos humanos, conforme lo disponen las leyes vigentes y los acuerdos ratificados por la República Dominicana”.
· Artículo 28, numeral 1: “Todo centro de salud que al momento de ofrecer su asistencia de parto a una mujer extranjera que no cuente con la documentación que la acredite como residente legal, expedirá una Constancia de Nacimiento de color rosado diferente a la Constancia de Nacimiento Oficial, con todas las referencias personales de la madre»
· Detención del inmigrante según artículo 134: “La detención será el último recurso, de modo que la autoridad migratoria sólo la utilizará en caso que se estimen insuficientes los demás recursos descritos de este Reglamento. La detención nunca será utilizada en los casos de menores de edad, mujeres embarazadas o lactantes, envejecientes y solicitantes de asilo”.
· Convención Americana sobre Derechos Humanos. En su artículo 28, numerales 8 y 9, lo siguiente: «8. En ningún caso el extranjero puede ser expulsado o devuelto a otro país, sea o no de origen, donde su derecho a la vida o a la libertad personal está en riesgo de violación a causa de raza, nacionalidad, religión, condición social o de sus opiniones políticas. 9. Es prohibida la expulsión colectiva de extranjeros». La expulsión en caliente de las embarazadas se ha hecho de manera colectiva”.
El organismo indicó que el comunicado de la ONU es una crónica de una muerte anunciada por lo que un acto responsable y razonable por parte del Estado dominciano sería acatar su petición.
“Sería una acto razonable y responsable de soberanía nacional consecuente con la Carta Internacional de los Derechos Humanos, de las que el país es signatario”.
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