Mostrando las entradas con la etiqueta Suprema Corte de Justicia (SCJ). Mostrar todas las entradas
Mostrando las entradas con la etiqueta Suprema Corte de Justicia (SCJ). Mostrar todas las entradas

miércoles, 7 de enero de 2026

Celebración de Audiencia Solemne en el Día del Poder Judicial: ritual republicano, rendición de cuentas y agenda de reforma

Celebración de Audiencia Solemne en el Día del Poder Judicial: ritual republicano, rendición de cuentas y agenda de reforma

| Por Luis Orlando Díaz Vólquez

Cada 7 de enero, la República Dominicana consagra un momento de alta significación cívica y constitucional: la Audiencia Solemne de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) en ocasión del Día del Poder Judicial, instituido por el párrafo del artículo 40 de la Ley Núm. 327‑98 sobre Carrera Judicial. En este acto, el presidente de la SCJ expone logros, retos y líneas de acción del sistema de justicia, acompañado de ceremonias como la Misa Roja y la ofrenda floral al Altar de la Patria, conforme detalla el propio portal institucional del Poder Judicial y su página temática dedicada a la conmemoración. La agenda nacional —con transmisión abierta y actos simultáneos en los departamentos judiciales— refuerza la vocación de accesibilidad y participación pública, como reseñan medios nacionales al anunciar horarios y cobertura de la jornada.

Más allá del protocolo, la Audiencia Solemne opera como un mecanismo anual de legitimación democrática y de rendición de cuentas del gobierno judicial. La presencia de autoridades de los tres poderes del Estado y de actores del ecosistema jurídico no debe interpretarse como intromisión, sino como expresión de un diálogo interinstitucional que fortalece el Estado de derecho y alinea políticas públicas en justicia, seguridad y derechos humanos. La visibilidad de la ceremonia —transmitida en plataformas abiertas y con agenda pública— convierte la rendición de cuentas judicial en un compromiso de escrutinio ciudadano, según destacan crónicas y editoriales que enmarcan la efeméride en la cultura de transparencia y evaluación del desempeño.

La práctica reciente confirma que el contenido de los discursos presidenciales en la Audiencia Solemne articula una evaluación anual con metas verificables: reducción de la mora judicial, masificación de firma digital, ampliación del Portal de Acceso Digital, auditorías externas y planificación de infraestructura, hitos que se documentaron en la memoria institucional de 2025 y en el discurso íntegro de ese año, y que han sido retomados como línea de trabajo para el ciclo 2026. La continuidad de esta agenda se evidencia en los anuncios y horarios de la conmemoración, con Audiencia a las 8:30, Misa a las 10:30 y ofrenda a las 11:30, y en la participación de autoridades y comunidad jurídica, como reseñan los medios nacionales y el portal especializado del Día del Poder Judicial.

La dimensión simbólica de la fecha es un componente clave del fortalecimiento institucional. La Misa Roja y la ofrenda al Altar de la Patria insertan el acto judicial en un imaginario republicano que vincula justicia, memoria nacional y ética pública, recordando que el Derecho es escudo de la convivencia democrática. Esa ritualidad cívica —que honra a Duarte, Mella y Sánchez— coloca a la judicatura como garante de constitucionalidad y estabilidad, tal y como enfatizan las notas oficiales y periodísticas que describen el sentido de las ceremonias y la participación de los cuerpos colegiados y autoridades invitadas.

La coyuntura de 2026 añade un vector de transformación con la separación de funciones administrativas y procesales, marcada por la creación del Ministerio de Justicia. Esta reingeniería —reseñada por la prensa nacional como parte de una reforma profunda que permitirá al Ministerio Público enfocarse en la investigación penal mientras el nuevo órgano centraliza la representación del Estado, la coordinación con el Poder Judicial, la política penitenciaria y los servicios registrales y notariales— apunta a optimizar recursos, clarificar competencias y reducir cuellos de botella. La implementación exige capacitación, interoperabilidad y ajustes normativos y operativos, cuestión que los voceros judiciales han colocado como desafío inmediato ante la entrada en vigor de reformas clave del ordenamiento penal y procesal.

Persisten, no obstante, retos que demandan una mirada académica sostenida. La mora judicial, si bien con avances, requiere métricas homogéneas por jurisdicción y territorio, gestión de cargas de trabajo y presupuestos vinculados a resultados, con metas SMART publicadas ex ante y evaluadas ex post. La accesibilidad y la transformación digital necesitan dar el salto de habilitadores a garantías efectivas, con interoperabilidad entre órganos, cobertura nacional y alfabetización digital para usuarios vulnerables; la transmisión abierta de la Audiencia y la publicación de memorias deberían ampliarse a tableros de datos abiertos y reportes en tiempo real de indicadores críticos. El portal del Día del Poder Judicial y la memoria 2025 ofrecen bases para esa cultura de datos, que la prensa ha reconocido como parte del clima de reforma y transparencia que acompaña la efeméride.

Consolidar la Audiencia Solemne como evaluación pública anual —sin perder su carácter simbólico— tendría efectos virtuosos: metas verificables por jurisdicción, presupuestos por desempeño, auditorías externas, cohortes de innovación interinstitucional y una agenda robusta de comunicación pública que convierta el rito en un mecanismo estable de seguimiento ciudadano. En un país que avanza hacia una arquitectura institucional más especializada, la integración de esta evaluación con el rediseño que supone el Ministerio de Justicia podría elevar la legitimidad del Poder Judicial, mejorar la experiencia del usuario y consolidar la confianza democrática necesaria para un Estado de derecho funcional y sostenible.

7 de enero de 2025

.............................
⚖️🇩🇴 Celebración de Audiencia Solemne en el #DíaDelPoderJudicial: ritual republicano, rendición de cuentas y agenda de reforma.

Hoy, 7 de enero, el Poder Judicial presenta logros y metas para fortalecer el Estado de derecho: reducción sostenible de la mora, expansión de justicia digital y coordinación interinstitucional. La jornada cívica (Audiencia, Misa Roja ⛪️ y ofrenda floral 🌺) reafirma transparencia, memoria republicana y compromiso con la ciudadanía. 🏛️📊💻

#AudienciaSolemne #PoderJudicialRD #JusticiaAbierta #Transparencia #RendiciónDeCuentas #ReformaJudicial #MoraJudicial #MinisterioDeJusticia #RepúblicaDominicana

``

Celebración de Audiencia Solemne en el Día del Poder Judicial: ritual republicano, rendición de cuentas y agenda de reforma

Resumen.
Cada 7 de enero, la República Dominicana consagra un momento de alta significación cívica y constitucional: la Audiencia Solemne de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) en ocasión del Día del Poder Judicial, instituido por el párrafo del artículo 40 de la Ley Núm. 327‑98 sobre Carrera Judicial. En este acto, el presidente de la SCJ expone logros, retos y líneas de acción del sistema de justicia; se acompañan ceremonias como la Misa Roja y la ofrenda floral al Altar de la Patria. Más allá del protocolo, el rito anual cumple una función de legitimación democrática, rendición de cuentas y orientación estratégica del Poder Judicial, hoy en un contexto de digitalización, reducción de mora y rediseño institucional (incluida la creación del Ministerio de Justicia). [poderjudicial.gob.do], [listindiario.com]


I. Marco normativo y sentido institucional del rito

La efeméride del 7 de enero está recogida en el portal oficial del Poder Judicial: se celebra con ofrenda floral, misa de acción de gracias y Audiencia Solemne donde el magistrado presidente rinde cuentas del año anterior y presenta metas, planes y programas para el nuevo año judicial. Este esquema no es mera tradición: se integra al deber de publicidad y al principio de transparencia de la función jurisdiccional. [poderjudicial.gob.do]

La jornada nacional se estructura en actos simultáneos en los departamentos judiciales y en una ceremonia central en la Sala Augusta de la SCJ, con transmisión en plataformas abiertas para facilitar el seguimiento ciudadano. Este despliegue territorial y comunicacional subraya una vocación de accesibilidad y de participación pública en el gobierno judicial. [hoy.com.do], [dominicanoshoy.com]


II. La Audiencia Solemne como ejercicio de rendición de cuentas

La práctica dominicana ha consolidado la Audiencia Solemne como espacio de evaluación anual del desempeño institucional (mora judicial, gestión de casos, digitalización, infraestructura, integridad y carrera). En 2025, por ejemplo, el discurso presidencial destacó la reducción histórica de la mora, la operación universal de firma digital y la ampliación del Portal de Acceso Digital; también anunció metas como la digitalización retrospectiva de fallos y un Plan Nacional de Infraestructura Judicial. Aunque datos puntuales varían año a año, la función evaluativa y programática se mantiene constante. [presidencia.gob.do], [noticiassin.com]

En 2026, la conmemoración vuelve a colocar estos ejes sobre la mesa, con una agenda que inicia con la Audiencia Solemne (8:30 a. m.), seguida de la Misa Roja (10:30 a. m.) y la ofrenda floral (11:30 a. m.), con la presencia de autoridades de los tres poderes del Estado y del ecosistema de justicia. La visibilidad del acto —incluida su transmisión abierta— refuerza la idea de que la rendición de cuentas judicial no es un ejercicio intramuros, sino un compromiso de escrutinio público. [listindiario.com], [eldia.com.do]


III. Dimensión simbólica: ritual republicano y cohesión cívica

Las ceremonias de Misa Roja y ofrenda al Altar de la Patria insertan el acto judicial en un imaginario republicano que vincula justicia, memoria nacional y ética pública. Al honrar a Duarte, Mella y Sánchez, el Poder Judicial se reconoce como garante del Estado de derecho y de la convivencia democrática; la liturgia cívica funciona como recordatorio de la legitimidad del Derecho frente al conflicto social. [eldia.com.do], [hoy.com.do]


IV. Coyuntura 2026: separación de funciones y nuevo Ministerio de Justicia

La celebración 2026 se produce en un contexto de reforma profunda: el país avanza hacia un modelo que separa funciones administrativas de las procesales, con el inicio de la era del Ministerio de Justicia (creado por la Ley 80‑25), que centralizará tareas como representación judicial del Estado, coordinación con el sistema de justicia, política penitenciaria y servicios registrales y notariales. La especialización funcional busca que el Ministerio Público se enfoque en la investigación penal, mientras el Poder Judicial concentra su función jurisdiccional; una reingeniería que, bien implementada, puede optimizar recursos y reducir cuellos de botella. [listindiario.com]

Desde la perspectiva de gobernanza, el rediseño exige capacitaciones, ajustes operativos y alineación normativa (incluidos futuros cambios procesales), preparando al sistema para un nuevo ciclo de política pública en justicia y seguridad. [cdn.com.do]


V. Desafíos persistentes: mora, acceso y gestión basada en datos

Tres frentes merecen un enfoque académico-crítico en la agenda 2026:

  1. Mora judicial y tiempos de respuesta. Aun con avances, la reducción sostenible de mora requiere métricas homogéneas —por jurisdicción y territorio—, gestión de cargas de trabajo y presupuestos vinculados a desempeño. La experiencia 2019‑2025 muestra mejoras en cortes y primera instancia, pero persisten brechas en jurisdicciones críticas (penal, inmobiliaria). La Audiencia Solemne debe profundizar el compromiso con metas verificables y auditorías de flujo procesal. [presidencia.gob.do]

  2. Accesibilidad y transformación digital. La firma digital y el portal de acceso son habilitadores de transparencia y eficiencia; su masificación exige interoperabilidad entre órganos, cobertura nacional y alfabetización digital para usuarios vulnerables (defensa pública, comunidades rurales). La transmisión abierta de la Audiencia es un signo de cultura de datos y transparencia que debería ampliarse a tableros estadísticos abiertos y a la publicación en tiempo real de indicadores clave. [presidencia.gob.do], [hoy.com.do]

  3. Gobernanza colaborativa inter-poderes. La presencia de autoridades del Ejecutivo y del Legislativo en la ceremonia no debe leerse como injerencia, sino como diálogo institucional para articular políticas penitenciarias, registros, seguridad y derechos humanos, ahora bajo el paraguas del nuevo Ministerio de Justicia. El reto es preservar la independencia judicial mientras se logra coordinación efectiva. [listindiario.com]


VI. Propuesta de enfoque: de ritual a evaluación pública anual

Como académico y observador de políticas públicas, propongo consolidar la Audiencia Solemne como una evaluación pública anual, con cinco elementos:

  • Metas SMART (específicas, medibles, alcanzables, relevantes y temporizadas) por jurisdicción y departamento judicial; publicación ex ante y ex post. [diadelpode…ial.gob.do]
  • Presupuesto por resultados: vincular partidas a indicadores de desempeño (tiempos de sentencia, tasa de ejecución, satisfacción del usuario). [presidencia.gob.do]
  • Tableros abiertos y auditorías externas de procesos clave (selección y promoción de jueces, infraestructura, digitalización). [presidencia.gob.do]
  • Cohorte de innovación interinstitucional (Poder Judicial–Ministerio de Justicia–Ministerio Público) para proyectos piloto en oralidad, gestión penitenciaria y justicia abierta. [listindiario.com]
  • Agenda de comunicación pública: ampliación de transmisiones y formatos de datos, con participación de academia, gremios y sociedad civil. [hoy.com.do]

Conclusión

La Audiencia Solemne del 7 de enero es mucho más que un acto protocolar: es un ritual republicano que cohesiona símbolos, responsabilidades y visión de futuro del sistema de justicia. En la coyuntura 2026 —marcada por la separación de funciones y la creación del Ministerio de Justicia— el país tiene una oportunidad para transformar este rito en mecanismo estable de evaluación pública, con metas medibles, datos abiertos y articulación interinstitucional. Fortalecer este diseño elevará la legitimidad del Poder Judicial, mejorará la experiencia del usuario y consolidará la confianza democrática que todo Estado de derecho requiere. [listindiario.com], [poderjudicial.gob.do]


Referencias seleccionadas

 Luis. +++++++++++++++++++

lunes, 22 de diciembre de 2025

CNM y la Suprema Corte: una oportunidad para fortalecer la independencia y la calidad judicial | CNM, presidido por el presidente Abinader, juramenta nuevos jueces de la Suprema Corte de Justicia, tras concluir proceso de evaluación

Presidente Abinader

CNM y la Suprema Corte: una oportunidad para fortalecer la independencia y la calidad judicial

Editorial | @GuasabaraEditor Luis Orlando Díaz Vólquez

La juramentación de los nuevos magistrados de la Suprema Corte de Justicia por parte del Consejo Nacional de la Magistratura, presidido por el presidente de la República, Luis Abinader Corona, constituye un momento institucional de gran relevancia para el sistema de justicia dominicano. Más allá del acto protocolar, la culminación de un proceso de evaluación que incorpora a jueces de carrera y a abogados en ejercicio ofrece la posibilidad de consolidar principios esenciales: mérito, pluralidad de experiencias y renovación técnica en la cúspide del poder judicial. Si se aprovecha con rigor y transparencia, esta renovación puede contribuir a restaurar la confianza ciudadana en la administración de justicia y a robustecer la separación de poderes que sustenta el Estado de derecho.

La composición anunciada —con tres magistrados provenientes de la carrera judicial y dos juristas de reconocida trayectoria profesional— responde a la lógica constitucional que busca equilibrar la experiencia acumulada en los tribunales con aportes doctrinales y prácticos desde la abogacía y la academia. Ese equilibrio es valioso: los jueces de carrera aportan conocimiento procesal y continuidad institucional; los abogados y académicos introducen perspectivas especializadas en derecho económico, tributario y público que enriquecen la deliberación colegiada. La diversidad de perfiles debe traducirse en deliberaciones más sólidas y en decisiones que integren técnica jurídica con sensibilidad social y económica.

No obstante, la legitimidad de cualquier designación judicial depende tanto de la calidad de los seleccionados como de la percepción pública sobre la transparencia y la imparcialidad del proceso. En este sentido, el CNM enfrenta la responsabilidad de documentar y comunicar con detalle los criterios de evaluación, las pruebas aplicadas y las razones que llevaron a la selección final. La publicidad razonada del proceso no solo protege a los magistrados frente a cuestionamientos infundados, sino que también fortalece la confianza colectiva en la justicia como institución autónoma y sometida a estándares objetivos de mérito.

La presencia del presidente de la República al frente del CNM y la participación de altos representantes del poder judicial y del legislativo subrayan la naturaleza institucional del mecanismo, pero también plantean la necesidad de salvaguardas que preserven la independencia judicial. La designación de jueces no debe percibirse como un acto de reparto político, sino como la culminación de una evaluación técnica que priorice la idoneidad profesional, la integridad ética y la capacidad para resolver con imparcialidad. En sociedades donde la justicia es vista como garante de derechos y freno a la arbitrariedad, la independencia judicial es un bien público que exige protección activa.

Los perfiles de los magistrados juramentados muestran trayectorias sólidas en la judicatura, la academia y la gestión pública. Esa combinación es prometedora para una Suprema Corte que enfrenta retos complejos: interpretación constitucional en materia de derechos fundamentales, resolución de conflictos económicos y comerciales de alta complejidad, y supervisión de la coherencia normativa del Estado. La experiencia en derecho procesal, constitucional y administrativo, así como el conocimiento en derecho económico y tributario, son herramientas necesarias para una Corte que debe responder con criterios técnicos a demandas sociales crecientes y a la exigencia de seguridad jurídica para la inversión y el desarrollo.

Sin embargo, la excelencia individual no basta. Es imprescindible que la nueva composición de la Suprema Corte impulse prácticas institucionales que mejoren la eficiencia y la transparencia del tribunal: motivación exhaustiva de sentencias, publicación oportuna de criterios jurisprudenciales, gestión de cargas procesales y mecanismos efectivos de control disciplinario. La modernización administrativa y la profesionalización de la gestión judicial son complementos indispensables para que la calidad de las decisiones se traduzca en acceso efectivo a la justicia para la ciudadanía.

La formación continua y la evaluación del desempeño judicial deben ocupar un lugar central en la agenda del Poder Judicial y del CNM. La selección por mérito debe ir acompañada de programas de actualización doctrinal y de evaluación objetiva que midan no solo productividad, sino también calidad jurídica, respeto a garantías procesales y coherencia jurisprudencial. Estas prácticas consolidan una carrera judicial basada en el mérito y la responsabilidad, y reducen la tentación de recurrir a criterios clientelares o a presiones externas.

Finalmente, la sociedad civil, la academia y los colegios profesionales tienen un rol activo que ofrecer: vigilancia crítica, aportes técnicos y colaboración en iniciativas de formación y transparencia. Un sistema de justicia robusto se construye con la participación informada de múltiples actores que exijan estándares elevados y ofrezcan propuestas de mejora. La juramentación de nuevos magistrados es una oportunidad para renovar ese pacto social en torno a la justicia: no como privilegio institucional, sino como servicio público esencial para la convivencia democrática y el desarrollo.

La reciente designación abre una ventana para fortalecer la credibilidad y la eficacia de la Suprema Corte. Si el CNM y las autoridades involucradas consolidan prácticas de evaluación transparentes, promueven la independencia judicial y acompañan la renovación con medidas de gestión y formación, el país ganará en seguridad jurídica y en confianza institucional. Ese es el desafío y la promesa que hoy se ponen en manos de los nuevos magistrados y de quienes tienen la responsabilidad de garantizar que la justicia sea, en efecto, imparcial, competente y accesible para todos.

22 de diciembre de 2025

NOTICIA RELACIONADA:

CNM, presidido por el presidente Abinader, juramenta nuevos jueces de la Suprema Corte de Justicia, tras concluir proceso de evaluación

22 de Diciembre 2025 Institucionalidad

Santo Domingo.– El Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), presidido por el presidente Luis Abinader, juramentó este lunes a los nuevos jueces seleccionados para integrar la Suprema Corte de Justicia (SCJ), tras concluir el proceso de evaluación correspondiente.

El acto se realizó en el Salón de Embajadores del Palacio Nacional, donde fueron juramentados los magistrados Edyson Alarcón Polanco, Miguelina Ureña Núñez, Manuel Hernández Victoria, Yorlin Vásquez Castro y Namphi Rodríguez.

También, fue juramentada como segunda sustituta del presidente de la Suprema Corte de Justicia, la magistrada Nancy Salcedo Fernández, actual jueza de la alta corte, de conformidad con el artículo 180, párrafo I, de la Constitución de la República.

Además estuvo presente el consultor jurídico del Poder Ejecutivo, Antoliano Peralta Romero.

Del grupo designado, tres magistrados pertenecen a la carrera judicial y se desempeñaban, hasta el momento, como jueces de cortes de apelación, mientras que los otros dos completan la cuota correspondiente a abogados en ejercicio, de acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 180 de la Constitución.

Los magistrados Edyson Alarcón Polanco y Miguelina Ureña Núñez fungían como jueces de la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, mientras que Manuel Hernández Victoria se desempeñaba como juez de la Primera Sala de la Cámara Penal de la misma corte. En tanto, los abogados y académicos Yorlin Vásquez Castro y Namphi Rodríguez son juristas de reconocida trayectoria profesional. Vásquez Castro es especialista en derecho económico y tributario, mientras que Rodríguez se ha destacado en el ámbito del derecho público.

Perfiles profesionales

Edyson Alarcón Polanco

Con más de 30 años de carrera judicial, es reconocido por su especialización en Derecho Civil y propiedad intelectual. Se graduó como abogado a los 20 años y a los 26 fue designado juez de la Corte de Apelación, convirtiéndose, en 1998, en el magistrado más joven en alcanzar ese nivel. Antes de su llegada a la Suprema Corte de Justicia, presidió la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional. Además de su trayectoria en la judicatura, ha desarrollado una amplia labor académica como docente y coordinador del área de Derecho Privado y Administrativo en la Escuela Nacional de la Judicatura, así como profesor en la Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra, Universidad Iberoamericana y la Universidad Central del Este. También participó en la redacción del proyecto de Ley de Derecho Internacional Privado y presidió la Asociación Dominicana de Derecho Internacional Privado.

Miguelina Ureña Núñez

Con más de 25 años de servicio en el Poder Judicial, es una jueza de carrera con amplia experiencia en el ámbito civil y comercial. Inició su trayectoria en 1992 como jueza de paz, laboró durante 17 años en la Cámara Civil y Comercial de Santiago y, previo a su ascenso a la Suprema Corte de Justicia en 2025, se desempeñó como jueza de la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, destacándose en responsabilidad civil, contratos y derecho comercial. En el plano académico, ha tenido una participación relevante en la formación jurídica del país. Es coordinadora de programas de maestría en la Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra y docente en la Escuela Nacional de la Judicatura, con formación de posgrado en derecho civil, societario, comercial y constitucional.

Manuel Hernández Victoria

Cuenta con más de 28 años de carrera judicial. Antes de su ascenso a la alta corte en 2025, fue presidente de la Segunda Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación de Santo Domingo y segundo sustituto de presidente de esa jurisdicción, desarrollando una trayectoria como juez de carrera desde juez de paz hasta juez de primera instancia en materias civil y comercial. En el ámbito académico, posee un doctorado por la Universidad del País Vasco, así como maestrías en Derecho Constitucional y Procesal Constitucional por la Universidad Autónoma de Santo Domingo y en Sociedad Democrática, Estado y Derecho. Su formación se complementa con estudios especializados en Derecho Procesal Penal y Civil cursados en instituciones internacionales.

Yorlin Vásquez Castro

Su trayectoria se caracteriza por una sólida formación en derecho y finanzas. Es licenciada en Derecho Magna Cum Laude por la Universidad Abierta para Adultos y licenciada en Contabilidad por la Universidad Nacional de las Ciencias Exactas, lo que respalda un enfoque integral en el ejercicio jurídico. Posee experiencia en Derecho Tributario, Derecho Económico y gestión pública. Antes de su designación en la Suprema Corte de Justicia, se desempeñó como subdirectora jurídica de la Dirección General de Impuestos Internos, además de ejercer como jueza de paz y jueza de tránsito en el Distrito Nacional.

Namphi Rodríguez

Reconocido como uno de los juristas más influyentes en materia de Derecho Público, se ha destacado por sus aportes a la libertad de expresión y al derecho constitucional, con una incidencia significativa en la defensa de los derechos fundamentales. Ha sido presidente de la Fundación Prensa y Derecho y catedrático de Derecho Constitucional y Administrativo en la Universidad Autónoma de Santo Domingo. Cuenta con formación especializada en universidades de España, Estados Unidos y Colombia, y es autor de diversas obras jurídicas, entre ellas el Glosario del Proceso Contencioso-Administrativo.

El Consejo Nacional de la Magistratura está integrado, además, por los presidentes de la Suprema Corte de Justicia, Luis Henry Molina; del Tribunal Constitucional, Napoleón Estévez; del Senado de la República, Ricardo de los Santos, y de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, así como por la magistrada Nancy Salcedo, el senador Omar Fernández y el diputado Tobías Crespo.

https://presidencia.gob.do/noticias/cnm-presidido-por-el-presidente-abinader-juramenta-nuevos-jueces-de-la-suprema-corte-de DIPP Consejo Nacional de la Magistratura



miércoles, 1 de junio de 2022

Diputados aprueban en primera lectura proyecto ley sobre uso de medios digitales en el Poder Judicial

El Caribe | 31 mayo, 2022 3 minutos de lectura
Diputados aprueban en primera lectura proyecto ley sobre uso de medios digitales en el Poder Judicial
ESCUCHA ESTA NOTICIA

SANTO DOMINGO. – La Cámara de Diputados declaró de urgencia y aprobó en primera lectura el proyecto de ley sobre el uso de medios digitales en el Poder Judicial y lo devolvió a la comisión especial, para que haga algunos ajustes.

La iniciativa fue remitida a la comisión especial de la Cámara de Diputados con plazo fijo hasta el próximo martes. El proyecto de la autoría de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) contó con el voto favorable de los diputados de las diferentes bancadas partidarias.

El proyecto tiene por objeto habilitar el uso de medios digitales para todos los procesos judiciales y administrativos que se tramitan ante los órganos del Poder Judicial.

 La pieza legislativa en su artículo 4 señala que el uso de los medios digitales queda habilitado para ofrecer sus servicios a través de plataformas digitales, de acuerdo a la reglamentación que disponga el Pleno de la Suprema Corte de Justicia.

Asimismo, en el artículo se contempla que los trámites realizados en forma digital tendrán los mismos efectos jurídicos que los realizados hasta ahora mediante mecanismos tradicionales y convencionales.

La ley también expresa en su artículo 6 que el Consejo del Poder Judicial pondrá a disposición de los usuarios un portal transaccional que permitirá realizar solicitudes, someter asuntos y dar acceso a toda la información relacionada con procesos, procedimientos, sentencias públicas, roles de audiencias y todo tipo de documentos que tengan carácter público, sin necesidad de tener que acudir presencialmente al tribunal o a los órganos administrativos del Poder Judicial.

La pieza legislativa señala que ninguna audiencia puede ser realizada de manera virtual sin el consentimiento de todas las partes. En caso de controversia el juez apoderado del caso podrá decidir la modalidad más conveniente para que la misma se realice de manera satisfactoria.

Otra iniciativa

La Cámara de Diputados aprobó este martes en segunda lectura proyecto de ley que designa el hospital municipal de Boca Chica con el nombre de Dr. Francisco Vicente Castro Sandoval.

La iniciativa de la diputada Dulce Quiñonez en uno de sus considerandos establece que el doctor Francisco Vicente Castro Sandoval, se graduó de Dr. En medicina en el año 1961, mismo año en el que fue nombrado como director de la Policlínica de Andrés Boca Chica y convirtiéndose así en el primer médico de Boca Chica, primer director nativo y el primer profesional graduado de la UASD en esta localidad.

Otro de los considerandos señala que el galeno prestó sus servicios como médico en las policlínicas zona A y zona B y fue director de la policlínica zona E durante 21 años mientras brindaba servicios médicos en el sindicato de trabajadores azucareros del ingenio de Andrés Boca Chica.

https://www.elcaribe.com.do/panorama/pais/diputados-aprueban-en-primera-lectura-proyecto-ley-sobre-uso-de-medios-digitales-en-el-poder-judicial/

lunes, 16 de mayo de 2022

SCJ confirma padres son responsables civilmente de los daños cometidos por sus hijos menores

PADRES

SCJ confirma padres son responsables civilmente de los daños cometidos por sus hijos menores

La sentencia del alto tribunal resolvió un recurso de casación interpuesto por una pareja

Marisol Aquino 

Santo Domingo - may. 16, 2022 | 12:12 p. m. | 5 min de lectura

SCJ confirma padres son responsables civilmente de los daños cometidos por sus hijos menores
Shutterstock

La Suprema Corte de Justicia (SCJ) rechazó un recurso de casación interpuesto por los padres de un adolescente que buscaban anular una sentencia que los condenaba a pagar una indemnización de RD$750,000.00, como reparación civil, por la muerte de una señora causada por su hijo.

Con la sentencia, SCJ-SS-22-0038, del 31 de enero de 2022, la alta corte confirmó que los padres son civilmente responsables de los daños que comentan sus hijos menores de edad cuando la culpa se atribuya a la falta de vigilancia.

Ratificó así la decisión de la Corte de Apelación de Niños, Niñas y Adolescentes de San Francisco de Macorís que impuso al menor un año de privación de libertad con pena suspendida en su totalidad y el pago de una indemnización de los setecientos cincuenta mil pesos dominicanos (RD$750, 000.00).

La corte de apelación consideró que no había “sido correcta la decisión tomada por la jueza de primer grado de condenar al adolescente infractor y no a los padres de éste al pago de una indemnización pecuniaria en favor de los padres de la víctima, toda vez que los padres son responsables civilmente de los daños y perjuicios causados por una persona adolescente no emancipada, a menos que éste tenga patrimonio propio, y en el caso de la especie no se comprobó que el adolescente imputado tenga patrimonio propio, de acuerdo con el contenido del artículo 242 de la Ley 136-03”.

La Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial Hermanas Mirabal, en funciones de Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes, había condenado al adolescente Randy Bladimir Gutiérrez (quien es ya adulto), a una pena de dos años, de la que le suspendió seis meses de prisión; imponiéndole además una indemnización de un millón de pesos, luego de determinar su responsabilidad en el accidente de tránsito, por la conducción de una motocicleta a alta velocidad, produciendo la muerte de la señorita Lisaura Andreina Henríquez Espinal.

La sentencia del tribunal de primera instancia “fue modificada por la jurisdicción de apelación, para lo cual redujo la pena a un (1) año de prisión, suspendido, y la indemnización a Setecientos Cincuenta Mil Pesos (RD$ 750,000.00), en este caso, la indemnización fue impuesta a los padres del penalmente responsable, quien al momento del accidente era adolescente”.

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia fundamentó su rechazo al recurso de casación en lo establecido en el artículo 1384 del Código Civil sobre la responsabilidad de los daños causados por la persona por la cual se debe responder; también el artículo 69 de la Ley núm. 136-03 que crea el Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes, sobre la responsabilidad parental, así como el artículo 242 de la citada ley sobre la acción civil que recae en los padres, a menos que el NNA tenga patrimonio propio.

El artículo 1384 del Código Civil dispone que “no solamente es uno responsable del daño que causa un hecho suyo, sino también del que se causa por hechos de las personas de quienes se debe responder, o de las cosas que están bajo su cuidado. El padre, y la madre después de la muerte del esposo, son responsables de los daños causados por sus hijos menores, que vivan con ellos. Los amos y comitentes, lo son del daño causado por sus criados y apoderados en las funciones en que estén empleados”.

La decisión de la Segunda Sala de la Suprema Corte fue tomada por los magistrados Francisco Antonio Jerez Mena, presidente de la citada sala, Nancy Salcedo Fernández, Fran Euclides Soto Sánchez y Francisco Antonio Ortega Polanco.

La pareja, padres del adolescente que mató a la señora en una motocicleta, alegaban que la de Corte de Apelación de Niños, Niñas y Adolescentes de San Francisco de Macorís había “vulnerado los principios de la personalidad de la persecución y responsabilidad individual, al haber sancionado con una indemnización a terceros que no cometieron un hecho y no son responsables por el mismo”.

https://www.diariolibre.com/actualidad/justicia/2022/05/16/padres-responsables-civilmente-de-danos-causen-hijos-menores/1831737

martes, 8 de junio de 2021

La mayoría de los reclamos de los usuarios del sistema financiero es por cargos aplicados sin su autorización

 Economía & Negocios martes, 08 de junio de 2021

La mayoría de los reclamos de los usuarios del sistema financiero es por cargos aplicados sin su autorización

Más del 25% de las reclamaciones registradas en la SIB entre enero y marzo de este año fueron por este motivo

La mayoría de los reclamos de los usuarios del sistema financiero es por cargos aplicados sin su autorización

La mayoría de los reclamos de los usuarios del sistema financiero es por cargos aplicados sin su autorización

Lilian Tejeda / Santo Domingo, RD

Una de las acciones que genera más incomodidad en los usuarios del sistema financiero es que las entidades efectúen operaciones sin su consentimiento, así lo evidencian las estadísticas más recientes de la Superintendencia de Bancos (SIB).

Entre enero y marzo de este año más del 25% de las reclamaciones registradas en la SIB tuvieron que ver con cargos, cobros o débitos no autorizados por los clientes.

El 24.17% de los reclamos efectuados por los usuarios en el citado período fue porque las entidades les habían aplicado cargos que ellos no reconocían o no estaban estipulados o autorizados en sus contratos.

Un 2.42% de las reclamaciones fue por el cobro de penalidades no estipuladas; un 1.10% por débitos de cuentas no autorizados; un 0.33% por cambio de tasa sin notificación previa por escrito; y un por 0.15% por la creación de tarjetas de crédito sin el consentimiento por escrito por parte del cliente.

En conjunto, estos motivos representan el 28.17% de los reclamos efectuados en el primer trimestre de este año y todos tienen que ver con la realización de operaciones sin la autorización del titular. Estos datos demuestran que esto genera molestias en los usuarios.

Otra causa común de quejas, aunque no aparece en los registros de la SIB, es cuando las entidades aumentan el límite o activan créditos adicionales a sus tarjetas sin ni siquiera haberle consultado.

Recientemente la primera sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) dispuso que ninguna entidad bancaria o financiera puede debitar de las cuentas de los depositantes ningún valor sin la debida notificación, autorización o conocimiento del titular de la cuenta.

Es una acción ilegítima

La SCJ estableció que esa acción ilegítima constituye violación de derechos y podría derivar en demanda por responsabilidad civil.

“Constituye una falta atribuible la realización del débito de la cuenta de ahorros sin la participación del cuentahabiente”, indica un comunicado del organismo.

https://listindiario.com/economia/2021/06/08/674006/la-mayoria-de-los-reclamos-de-los-usuarios-del-sistema-financiero-es-por-cargos-aplicados-sin-su-autorizacion

Bancos señalan que débitos por deudas de clientes están autorizados en contratos firmados

 Economía & Negocios martes, 08 de junio de 2021

Bancos señalan que débitos por deudas de clientes están autorizados en contratos firmados

Bancos señalan que débitos por deudas de clientes están autorizados en contratos firmados

Santo Domingo, RD

Bancos señalan que débitos por deudas de clientes están autorizados en contratos firmados

La Asociación de Bancos Múltiples de la República Dominicana (ABA) emitió un comunicado en el que señala que en los contratos de los bancos múltiples se “establece expresamente la autorización del titular al banco para debitar o compensar las sumas y valores que el cliente adeude a la EIF (entidad de intermediación financiera) por concepto de capital, intereses o accesorios”.

La organización precisa que sus contratos con los clientes, tanto de cuentas como de préstamos, están debidamente autorizados y registrados en el Departamento de Protección al Usuario de la Superintendencia de Bancos (SIB).

Al referirse a la disposición de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) de que ninguna entidad bancaria o financiera puede debitar de las cuentas de los depositantes ningún valor sin la debida notificación, autorización o conocimiento del titular de la cuenta, la ABA indica que esta no es una disposición nueva “ni revela incumplimiento de las normativas por parte de las entidades financieras”, sino que confirma el manejo que de los bancos en cuanto a la autorización de los clientes para debitar fondos de sus cuentas.

“Lo señalado en la nota de prensa que comparte la SCJ solo reitera lo ya establecido en las normativas bancarias desde hace años y obedece a una práctica común en las entidades financieras, en fiel cumplimiento a la ley, razón por la cual la sentencia sólo confirma el correcto proceder del banco”, dice la nota.

Sobre el caso

Sobre el caso respecto al cual la SCJ informó sobre la disposición la ABA explica que el fallo del tribunal se produce como consecuencia de una demanda en “Devolución de Valores y Daños y Perjuicios” interpuesta por un usuario en contra de una entidad de intermediación financiera (EIF) en el año 2012 en el cual se comprobó que el cliente recibió en su cuenta nómina un crédito por error de parte de su empleador, quien contactó al banco para que procediera con el débito y acreditara dicho monto en la cuenta correcta, a lo cual la EIF procedió de inmediato.

Según la ABA las sentencias de primera instancia, de la corte de apelación y de la SCJ descargan de responsabilidad al banco porque no se puede alegar daños y perjuicios cuando los fondos debitados de su cuenta no corresponden al cliente.

https://listindiario.com/economia/2021/06/08/674038/bancos-senalan-que-debitos-por-deudas-de-clientes-estan-autorizados-en-contratos-firmados

viernes, 26 de marzo de 2021

Suprema Corte recompone sus salas con objeción de un juez

Por El Día -26 marzo, 20212

Suprema Corte recompone sus salas con objeción de un juez

Modificación. Reestructuración se produjo por cambio del representante en el Consejo Judicial Queja. El magistrado Ferrer se oponía a que lo movieran.  

El presidente de la SCJ, Luis Henry Molina, y el vicepresidente Herrera Carbuccia.

Santo Domingo.-El Pleno de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) reconformó ayer sus tres salas al producir una especie de movimiento en cascada en la que tres jueces cambiaron de ámbito y otro nuevo magistrado pasa a representar a sus pares ante el Consejo del Poder Judicial.

El juez Blas Fernández, hasta ahora miembro de la Sala Civil y Comercial, fue elegido por sus colegas para que formara parte del Consejo del Poder Judicial en sustitución de Nancy Salcedo Fernández.

Fernández será sustituido en la Sala Civil y Comercial por Vanessa Acosta, hasta ahora miembro de la Sala Penal, a la que a su vez fue cambiado Moisés Ferrer, quien estaba en la Sala de Tierras, Laboral, Contencioso Tributario y Contencioso Administrativo.

A la posición anterior de Ferrer pasa ahora la magistrada Nancy Salcedo, quien estaba representando al Pleno ante el Consejo del Poder Judicial. Al juez que ocupa esa posición no se le asignan responsabilidades jurisdiccionales.

De los 17 jueces que conforman el Pleno de la Suprema, dos de ellos (su Presidente y el representante ante el Consejo del Poder Judicial) no forman parte de ninguna de las tres salas.

Protesta
Lo que debió ser un cambio rutinario adquirió ribetes de conflicto porque previo a esa sesión del pleno el magistrado Ferrer remitió una comunicación en la que se resistía a ser cambiado de sala por considerar que eso violaba el principio de inamovilidad de los jueces.

El magistrado alegaba que con su traslado serían vulnerados principios constitucionales y calificó como una arbitrariedad esa acción.

La reacción de Ferrer sorprendió a los demás miembros de la Suprema, pues se tenía entendido que los movimientos de salas habían sido informados previamente pues los mismos debían producirse tras el cambio de representante ante el Consejo del Poder Judicial.
Ferrer alegaba que en ese caso la magistrada Salcedo debía ocupar el de Blas Fernández en la Sala Civil y Comercial.

Tras la reunión del pleno de ayer, la Suprema informó los cambios, los cuales serán efectivos luego de efectuada la juramentación del magistrado Blas Fernández ante el Consejo del Poder judicial (CPJ).

Indica que durante la sesión, los jueces y juezas del Pleno de la Suprema Corte de Justicia expresaron sus preferencias al magistrado presidente Luis Henry Molina Peña, respecto a la nueva composición de las Salas.

Indica que luego de escuchar a cada juez y jueza manifestar su preferencia, el presidente del Pleno, en ejercicio de sus atribuciones legales, realizó una propuesta sobre la composición de las Salas de la Suprema Corte de Justicia, la cual sometió a votación, alcanzando esta la mayoría de los votos.

Disidencia

— Críticas
No es la primera vez que uno de los jueces de la Suprema Corte de Justicia saca a relucir diferencias internas. En el pasado uno de ellos cuestionó la decisión de la virtualidad de los servicios del Poder Judicial.

https://eldia.com.do/suprema-corte-recompone-sus-salas-con-objecion-de-un-juez/