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lunes, 14 de mayo de 2018

PRSC pide rechazar posposición de voto preferencial

PRSC pide rechazar posposición de voto preferencial

Publicado el: 14 mayo, 2018
Rogelio Genao, secretario PRSCEl Partido Reformista Social Cristiano (PRSC) pidió ayer al Senado de la República rechazar el proyecto de ley del senador Félix Bautista, que propone voto preferencial para el nivel municipal en las elecciones de 2024 y no en las de febrero de 2020, tal como ordena la ley.
Rogelio Genao, secretario general de ese partido, señaló que el voto preferencial en el nivel municipal es una conquista democrática de los dominicanos que busca cualificar y hacer más representativos los gobiernos municipales.
“Ese voto es la interpretación de un mandato constitucional y no un capricho de nadie, pues nuestra Carta Magna define el sufragio como un derecho y un deber indelegable que debe ejercerse personal, de manera directa y en secreto por lo que no es posible eliminarlo, menos dilatarlo con falsos subterfugios”, expresó.
Dijo que la JCE debe aprovechar y eliminar el doble voto en los distritos municipales. http://hoy.com.do/prsc-pide-rechazar-posposicion-de-voto-preferencial/

jueves, 22 de febrero de 2018

La oposición plantea voto preferencial para senadores, y obligatorio

LEY ELECTORAL | 19 FEB 2018, 12:00 AM |ABEL GUZMÁN THEN
La oposición plantea voto preferencial para senadores, y obligatorio


Los partidos de la oposición no quieren arrastre en el 2020.

SANTO DOMINGO. El bloque de partidos de oposición propuso que en la Ley Electoral se establezca el voto obligatorio y el voto preferencial también para los senadores a partir de los próximos comicios del 2020.
El voto preferencial para los senadores agregaría otra boleta a las elecciones, que han sido definidas como complejas por la Junta Central Electoral (JCE), debido al voto preferencial para los regidores y vocales.
Las organizaciones opositoras plantean separar la elección de senadores y diputados, con el argumento de que se debe cumplir la disposición constitucional que establece el voto directo para todos los representantes, “y no mediante el método inconstitucional de arrastre”.
Proponen así modificar el sistema de escaños, e incorporar para su distribución el Sistema Integral de Cociente y Resto Mayor, o Cociente Hare, porque a su entender es menos perjudicial para las minorías, en sustitución del sistema conocido como Método de Hondt que se utiliza en la actualidad y que favorece a la mayoría.
Argumentaron que se debe establecer la obligatoriedad del voto en virtud de lo establecido en la Constitución de la República, ya que, en efecto, en su parte capital, el artículo 75 de la Constitución incluye el ejercicio del voto entre los deberes que forman parte “de un orden de responsabilidad jurídica y moral, que obliga la conducta del hombre y la mujer en sociedad”.
Piden establecer que, salvo las provincias de dos diputaciones, la división de las provincias en circunscripciones electorales por parte de la Junta Central Electoral, sólo podrá hacerse para la elección de tres o más diputaciones.
Otro de los puntos novedosos que proponen es instituir el voto electrónico y descentralizar y depurar las Juntas Municipales Electorales.
Plantean sancionar debidamente el financiamiento ilícito y/o extranjero de las campañas; fijar topes de gastos, a fin de limitar “el costo multimillonario de las campañas”, así como su duración y establecer el transporte público urbano e interurbano gratuito para las elecciones.
Sugieren establecer la obligatoriedad de los debates electorales, regular las encuestas y sondeos electorales, regular las campañas y las precampañas, fijar el tiempo para suscribir las alianzas.
Muerte civil
Hacer efectiva la degradación o muerte civil, sancionar el clientelismo y el transfuguismo, establecer el escrutinio o conteo público, eliminar la inequidad en el acceso a la propaganda y a los medios de comunicación.
En la Ley de Partidos piden, además, asegurar el control y vigilancia de las contribuciones públicas y privadas, adecuar y asegurar el cumplimiento de las cuotas de género, establecer las elecciones primarias voluntarias, simultáneas, con padrón cerrado y con resultados de carácter vinculante.
“Esto implica que los partidos políticos que así lo decidan, celebrarán la escogencia de su directiva y de las candidaturas a elección popular, con el debido respeto a la ley y atendiendo a lo que señalen sus estatutos”, indicaron.
También reclaman las garantías para realizar una estricta rendición de cuentas y una efectiva democracia interna en los partidos y adecuar el régimen de consecuencias.
El voto de rechazo
El voto de rechazo
El politólogo Rafael Toribio considera que “más importante que el voto obligatorio para incentivar ejercer el derecho a votar sería contabilizar el voto de rechazo”.





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sábado, 15 de agosto de 2015

Senadores, diputados y arrastre | Por Eddy Olivares Ortega

Senadores, diputados y arrastre

Por Eddy Olivares Ortega. 14 de agosto de 2015 - 12:04 am -  1
eolivares

Eddy Olivares Ortega

Licenciado en Derecho y Postgrado en Derecho Penal, Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), Magíster en Derecho Constitucional y Derechos Fundamentales, Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra (PUCMM) y Maestría en Derecho Constitucional y Derechos Fundamentales, Universidad de Castilla La Mancha (UCLM), España. Desde el año 2006 Miembro Titular de la Junta Central Electoral (JCE).
En el nivel congresual, el ciudadano, ha sido condicionado por nuestro Sistema Electoral a votar, aun en contra de su voluntad, por el candidato a senador del partido por el que ha sido postulado el diputado de su preferencia, o abstenerse de sufragar.
Esta disposición de la Ley 157-13 que instituyó el voto preferencial, se encuentra contemplada en su artículo 2, de la manera siguiente: “Cuando el elector decide marcar la fotografía del candidato o la candidata a diputado(a) de su preferencia está favoreciendo con su voto al partido de éste(a) y por ende al candidato(a) a senador(a) de dicho partido”.  Es decir, tanto los senadores como los diputados son elegidos con el mismo voto.
Sin embargo, como una muestra de su contrasentido, la misma ley define el voto preferencial como “aquel que se realiza por medio de listas cerradas y desbloqueadas, lo que permite que el elector escoja el candidato o la candidata de su preferencia sin importar la posición que tenga en la lista propuesta por el partido político”.
La inserción del referido artículo, significó una valiosa concesión en beneficio de los senadores, los cuales en correspondencia con la misma la aprobaron a unanimidad. El esfuerzo del candidato a senador resulta insignificante en relación con el de los candidatos a diputados, en quienes descansa la posibilidad de su triunfo o de su fracaso. Esta es la única razón por la que el voto preferencial para elegir los diputados se convirtió, al mismo tiempo, en un voto de arrastre para los senadores.
Con esta decisión se consagró el secuestro de la voluntad política del elector al momento de escoger al senador y se redujo la participación política a la elección de los diputados, al momento de la escogencia del Poder Legislativo, el cual está conformado por la Cámara de Senadores y la Cámara de Diputados.
A propósito de nuestro particular método de elección de los senadores, en su aporte al Diccionario Electoral del IIDH-CAPEL, Dieter Nohlen, resalta que “de los diez países latinoamericanos con sistema bicameral solo en la República Dominicana, el Senado se elige por mayoría relativa en circunscripciones uninominales”.  Esta es la principal razón por la que, como ha acontecido en los últimos certámenes electorales, un partido puede alzarse con prácticamente la totalidad de los escaños de la Cámara Alta.
Sin lugar a dudas, el arrastre de los diputados a los senadores es el más relevante,  pero no el único de nuestro sistema.  En ese sentido, cuando el elector sufraga en el nivel municipal, al mismo tiempo elige al alcalde y a los regidores, hasta las elecciones del 2020 en que para ese nivel de elección entrará en vigencia la citada Ley del Voto Preferencial. Lo mismo ocurre cuando se escoge a los directores y vocales de los distritos municipales, cuyos votos también se les suman a los candidatos del municipio.
Para las elecciones del 2016, además del arrastre directo al que nos hemos referido, los electores se verán expuestos al arrastre indirecto que como consecuencia de la unificación de las elecciones generará la candidatura presidencial sobre las demás.
Contribuir con la transformación del voto irreflexivo en informado debe ser la meta de todos para tratar de disminuir los efectos perjudiciales del arrastre. http://acento.com.do/2015/opinion/8275154-senadores-diputados-y-arrastre/