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sábado, 25 de enero de 2020

El voto preferencial en el exterior - Por Dr. Ramón Ceballo


El voto preferencial en el exterior


Por Dr. Ramón Ceballo
Los pueblos siempre han luchado por tener el derecho de elegir a quienes deben representarlos, es así, como surge que los votantes tengan el voto preferencial o selectivo para escoger a los candidatos de su preferencia.
A través del voto preferencial, el elector puede privilegiar con su voto a uno o más candidatos.
En el voto preferencial se habla de la existencia de listas no bloqueadas la cual le permite al elector ignorar o hacer caso omiso del orden en que fueron presentados los candidatos, al ejercer el sufragio de manera selectiva sobre uno o más candidatos.
El actual modelo de elección en el exterior, viola el derecho al voto directo consagrado en el artículo 208 de la Constitución, tal y como está preconcebida la elección de los legisladores del exterior en este momento impide que el elector exprese su voluntad
Ese método viola el derecho de los ciudadanos al voto libre, debido a que impone al votante un candidato, sin que este pueda expresar su voluntad de manera libre y soberana.
El sistema de votación existente en el exterior para escoger  diputados y diputadas, priva a los electores el derecho a escoger a sus  candidatos legislativos de su preferencia, limitando irrazonablemente la configuración del derecho a elegir de manera directa a los aspirantes a  la Cámara de Diputados.
Esperamos que el Tribunal Constitucional de la República  Dominicana evacúe una sentencia disponiendo la nulidad del sistema de voto de arrastre en el exterior; declarando inconstitucional, el artículo 7 de la ley No. 136-11 para la elección del diputados/as en el exterior de fecha Julio 06, 2011.
Además, el párrafo 2 del artículo 6 del Reglamento para la aplicación de la ley 136-11 sobre la elección de los diputados y diputadas representantes de  la comunidad dominicana en el exterior, publicado el 22 de Septiembre del año 2011.
La comunidad dominicana residente en el exterior está confiada que el recurso sometido al TC, será acogida por los jueces, debido a que en esencia, demuestra que la actual ley 136-11 vulnera los derechos civiles y constitucionales de los dominicanos en el exterior, porque les arrebata el derecho de elegir democráticamente a sus candidatos de preferencia.
Los dominicanos en el exterior estamos muy confiados y esperanzados en que éste importante recurso, TC-01-2019-0042, sentará un precedente en defensa de la comunidad en el exterior, por lo tanto será acogido por los magistrados del TC dando un veredicto justo, equilibrado, el cual le devolverá las prerrogativas constitucionales a los ciudadanos dominicanos que votan en el exterior.
Porqué si en la República Dominicana el Voto es preferencial, en el Exterior nohttps://www.tribunadominicana.net/?p=23573

martes, 3 de septiembre de 2019

El TC anula resolución de JCE sobre arrastre de senadores

El TC anula resolución de JCE sobre arrastre de senadores

Tribunal Constitucional Rep.Dom.

Tribunal Constitucional Rep.Dom.
El Tribunal Constitucional (TC) declaró inconstitucional la resolución número 08-2019 emitida por la Junta Central Electoral (JCE), en la que dejaba el arrastre entre senadores y diputados en cinco provincias y el Distrito Nacional y lo eliminaba en 26 demarcaciones.
La alta corte dio la información a través de un comunicado.
La decisión de la JCE ordenaba que en las provincias divididas en circunscripciones electorales para la elección de diputados, serían computados todos los votos obtenidos por el partido a los candidatos a senadores, lo que mantenía el arrastre en el Distrito Nacional, Santo Domingo, San Cristóbal, Santiago, La Vega y Puerto Plata.
El TC señaló en el documento que la sentencia íntegra del caso señalado, con sus votos particulares, será publicada próximamente en el portal de ese órgano extrapoder.
La decisión del TC fue atendiendo a una acción directa de inconstitucionalidad incoada por el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) contra la resolución número 08-2019, que instituye el método para la elección de senadores en las elecciones de 2020.
La instancia la conoció el TC en audiencia pública el 21 de junio de este año.

jueves, 22 de agosto de 2019

Doce senadores PLD peligran

Doce senadores PLD peligran

La Cámara de Diputados aprobó este martes en primera lectura las modificaciones a nueve artículos del Código de Niños, Niñas y Adolescentes o Código del Menor, los cuales endurecen las penas a los menores involucrados en hechos delictivos.

 


Los diputados introdujeron modificaciones de la ley 136-03 en los artículos 223, 224, 279, 280, 291, 296, 339, 340 y 380.En Foto.Diputado Francisco Matos En Su Intervención.HOY.Alina Mieses. 8.11.2011.

La Cámara de Diputados aprobó este martes en primera lectura las modificaciones a nueve artículos del Código de Niños, Niñas y Adolescentes o Código del Menor, los cuales endurecen las penas a los menores involucrados en hechos delictivos. Los diputados introdujeron modificaciones de la ley 136-03 en los artículos 223, 224, 279, 280, 291, 296, 339, 340 y 380.En Foto.Diputado Francisco Matos En Su Intervención.HOY.Alina Mieses. 8.11.2011.
El diputado del Partido de la Liberación Dominicana Francisco Matos afirmó ayer que la sentencia del Tribunal Constitucional que elimina el voto de arrastre del diputado al senador en todas las provincias, como establecía la Ley 157-13, pone en peligro a 10 o 12 senadores del PLD, quienes podrían quedar fuera del proceso electoral por no tener el respaldo de diputados de sus comunidades.
No quiso citar los nombres de los senadores. Empero expresó que se ven obligados con el fallo a apoyar a los diputados de sus demarcaciones, para que puedan trabajar por sus candidaturas y proyectos políticos.
Declaró que con el arrastre no era obligado tener el cariño de cada diputado de sus comunidades, sino que por el contrario, “algunos se dedicaban a apoyar a diputados en detrimentos de otros, porque sabían que era obligado trabajar. Porque si el diputado quería salir, no importaba que se le pegara al senador su voto”.
Sostuvo que la sentencia del TC cambia totalmente la dinámica política-electoral entre el diputado y el senador, dado que a partir de ahora, el diputado tiene una importancia capital para el senador.
Relató que en lo adelante si el senador quiere que la gente de un diputado vote por él tiene que llevarse bien con el diputado, lo que antes no era necesario. “Antes, el senador se daba el lujo de apoyar a quien le diera su gana en detrimento de otros”. Además, sostiene que antes, cualquier senador que veía a un diputado como su amenaza para ganar la curul, lo aplastaba para que no fuera votado. Declaró que ahora que el diputado no arrastra al senador, en la práctica es cuando más depende que le suma o resta votos, porque tiene poder para decidir si envía a sus militante a votar o no por el senador. https://hoy.com.do/doce-senadores-pld-peligran/

sábado, 6 de abril de 2019

Paliza alerta voto arrastre viola Carta | @JosePaliza @PRM_oficial

Paliza alerta voto arrastre viola Carta

El pais.El presidente del Partido Revolucionario Moderno (PRM), José Ignacio Paliza, en una juramentación de un grupo de dirigentes del PRD de Gaspar Hernández y localidades de la provincia Espaillat.Hoy/Pablo Matos    3-04-2019

El pais.El presidente del Partido Revolucionario Moderno (PRM), José Ignacio Paliza, en una juramentación de un grupo de dirigentes del PRD de Gaspar Hernández y localidades de la provincia Espaillat.Hoy/Pablo Matos 3-04-2019
El presidente del Partido Revolucionario Moderno (PRM), José Ignacio Paliza, afirmó ayer que el voto de arrastre entre diputados y senadores viola la Constitución porque éste establece el voto directo para todos los legisladores.
“El ciudadano tiene constitucionalmente el derecho de votar por quien entienda, sin ataduras, sin arrastre y sin ningún elemento que pueda influenciar en la votación”, aseguró el también senador por Puerto Plata.
Argumentó, además, que la Ley de Régimen Electoral “eliminó el arrastre porque creó cuatro niveles de elección totalmente separados entre sí”.
Desconcentrar el poder. Paliza también adujo que la supresión de este método de escogencia fortalece la democracia al desconcentrar el poder que se ejerce desde el Ejecutivo.
“Como está hoy establecido el sistema, quien gana la Presidencia lo tiene todo, porque ganaría el Senado y la Cámara de Diputados, y se concentraría todo el poder en una organización política. Si se elimina el arrastre, es el ciudadano que determina cómo se distribuye el poder”, manifestó el dirigente político.
Juramentan a 60 del PRD. Paliza manifestó estas consideraciones durante el acto de juramentación de 60 dirigentes del Partido Revolucionario Dominicano (PRD) que pasaron a las filas del PRM.
Los nuevos militantes perremeístas formaban parte de la estructura que tenía el PRD en el municipio Gaspar Hernández, provincia Espaillat, encabezados por su presidente, Félix Burgos.
“En todo el territorio nacional en las últimas semanas se ha estado produciendo la unificación de la familia revolucionaria alrededor del Partido Revolucionario Moderno”, apuntó Paliza. http://hoy.com.do/paliza-alerta-voto-arrastre-viola-carta/

lunes, 1 de abril de 2019

PC rechaza voto de arrastre y llama a la JCE a garantizar el voto directo vía reglamentaria


PC rechaza voto de arrastre y llama a la JCE a garantizar el voto directo vía reglamentaria
PC rechaza voto de arrastre y llama a la JCE a garantizar el voto directo vía reglamentaria
PC rechaza voto de arrastre y llama a la JCE a garantizar el voto directo vía reglamentaria
POR: NOTICIAS SIN | JUEVES 28 MARZO, 2019 - 11:14 AM
SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El movimiento cívico no partidista y capítulo dominicano de Transparencia Internacional, Participación Ciudadana, afirmó que apoya la solicitud realizada a la Junta Central Electoral (JCE), para que apruebe el reglamento relacionado con las boletas y señaló que, de acuerdo al art. 92 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral No 15-19, debe existir una boleta a nivel senatorial, separada de la del nivel de diputaciones.
PC reiteró la necesidad de la eliminación del antidemocrático sistema del arrastre de los votos del candidato/a a diputado/a de un partido al candidato/a a senador/a del mismo partido, indicando que “no cabe duda de que la JCE tiene poder reglamentario para establecer que a nivel senatorial habrá una boleta diferente a la del nivel de diputaciones”.
El Consejo Nacional de PC expresó que “la base legal para ello viene dada por el artículo 92 de la Ley No 15-19, que separa el nivel senatorial del de las diputaciones, además del artículo 97 de la misma ley que dispone que ‘las boletas se elaboraran en la forma y condiciones que establezca la Junta Central Electoral, mediante resolución motivada’. La ciudadanía tiene derecho a saber cuántos votos obtuvo por sí mismo cada candidato/a a senador/a y no hay texto legal alguno que impida conocer este dato, que se facilitaría con la boleta senatorial que se desprende del artículo 92 de la misma Ley”.
Sostuvo que el artículo 104.III de la Ley Orgánica de Régimen Electoral, prohíbe que los votos a un/a candidato/a en una circunscripción determinada le sean sumados a candidatos de otras circunscripciones, aunque sean del mismo partido y que el párrafo IV del mismo artículo hace una excepción con los/as candidatos/as a senadores/as, “a quienes se les computarán todos los votos obtenidos por el partido en la provincia”, lo que implica un choque entre dos disposiciones legales, la que prevé el nivel senatorial separado del nivel de diputaciones, y la que establece el arrastre a favor de los senadores, lo que obligaría a una interpretación de los textos legales.
Participación Ciudadana señaló que, para favorecer el arrastre, no basta con señalar la Ley 157-13 sobre voto preferencial, que ciertamente permite sumar a favor del candidato/a a senador/a los votos obtenidos por los candidatos/as a diputados/as de su partido en cada provincia, pues habría previamente que determinar cuál es el alcance del voto directo previsto en la Constitución.
El Consejo Nacional de PC entiende que: “La interpretación de las disposiciones legales en contradicción debe basarse en los principios constitucionales que rigen la materia, entre los que se encuentra, de manera destacada, el derecho de los electores al voto directo, contemplado en el artículo 77 constitucional cuando dice que ‘la elección de los senadores y diputados se hará por sufragio universal directo en los términos establecidos en la ley’ y reiterado en el artículo 208 constitucional”.
“El voto directo es aquel que permite al elector sufragar a favor del candidato de su preferencia, sin utilizar intermediarios u órganos que decidan por él, aunque este órgano sea un partido. No cabe duda de que, cuando se pretende que el voto a un diputado también se le atribuya a un candidato a senador por el cual no se ha votado, se rompe el principio del voto directo y se coloca al elector en la obligación de votar por un candidato a senador, sin que necesariamente esa sea su voluntad, lo que nos llevaría a la vulneración de otro principio constitucional, que es la libertad del voto, contemplado en el artículo 298 constitucional”, manifestó el Consejo Nacional de PC en un comunicado de prensa.
PC indicó que, debido a esto, el choque entre las disposiciones legales descritas debe zanjarse haciendo prevalecer la Constitución y la voluntad del elector e interpretando el artículo 104.IV de la Ley Orgánica de Régimen Electoral, en el sentido de que los votos que se computarán a favor del candidato/a a senador/a son los que obtenga el partido, pero en la boleta a nivel senatorial. https://noticiassin.com/pc-rechaza-voto-de-arrastre-y-llama-a-la-jce-a-garantizar-el-voto-directo-via-reglamentaria/#.XJznfWErVno.twitter

Sin arrastre de los senadores | por Juan Bolívar Díaz @JBolivarDiaz

ELECTORAL | JUAN BOLÍVAR DÍAZ

Sin arrastre de los senadores

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Es una buena iniciativa del Partido Revolucionario Moderno (PRM) su solicitud a la Junta Central Electoral (JCE) para que haga prevalecer el derecho a elegir de los ciudadanos en los comicios del año próximo respecto a los senadores, una demanda democrática de hace varias décadas, fundamentada en el principio constitucional del derecho a la elección directa, pero regateada cada vez que se planteaba alguna reforma al sistema electoral dominicano.
Me cuento entre quienes entendimos que el arrastre de los senadores por el voto a los diputados había prevalecido en la nueva Ley Orgánica del Régimen Electoral 15-19, en base al enunciado de su artículo 104, que en su párrafo IV autoriza a computar “en beneficio de los senadores todos los votos obtenidos por su partido en la provincia”, aunque refiriéndose a las circunscripciones electorales.
Sin embargo juristas y políticos habían advertido que la Ley 15-19 es contradictoria, fruto de la prisa con que fue sancochada aunque su modificación había quedado impelida por la Constitución del 2010, porque la nueva legislación establece sin ninguna duda que la elección del senador constituye un nivel diferente a la de los diputados, como figura claramente dos veces en el artículo 92 y se ratifica en el 130.
El numeral 5 del artículo 92, define el nivel de elecciones como “el que contiene candidaturas individuales indivisibles o no fraccionables en sí mismas, para en los numerales siguientes precisar cuatro niveles separados, primero el presidencial, luego el senatorial, después el de los diputados y finalmente el municipal.
La separación de las boletas para elegir los senadores y los diputados queda de nuevo ratificada en el párrafo I del mismo artículo 92, al instituirse que “En el caso de la elección de representantes ante parlamentos internacionales, serán escogidos en las mismas boletas utilizadas para la escogencia de los senadores”.
En el artículo 130 de la misma ley, referido a las modalidades de alianzas, vuelve a quedar manifiesta la intención del legislador de separar la elección del senador y los diputados. El texto reza que “Las alianzas o coaliciones de partidos pueden producirse sólo dentro de las modalidades siguientes, sin que se permita en ningún caso el fraccionamiento del voto para candidaturas de un mismo nivel”, señalando a continuación “para las candidaturas del nivel presidencial, para las candidaturas del nivel senatorial, para las candidaturas del nivel de diputados y para las candidaturas del nivel municipal”.
Dado que el nivel de senadores aparece tres veces en la ley, y tomando en cuenta el derecho a la elección directa, la JCE tendrá que decantarse por la prevalencia del principio constitucional, que a nadie ofende. En cambio irse por la excepción de contar todos los votos provinciales al candidato a senador, desconoce un derecho básico y resulta impracticable con la división de niveles de elección.
Será el reglamento de la ley que deberá dictaminar la JCE el instrumento para dilucidar el elemento contradictorio, evitando que los defensores del derecho a elegir puedan recurrirlo ante el Tribunal Superior Electoral y eventualmente ante el Tribunal Constitucional. En cambio, no se advierte quién pueda tener derecho a mantener que los senadores no deban ser electos por méritos propios, independientemente del diputado preferido. Es una contradicción flagrante que el elector pueda escoger el diputado preferido y no el senador. Algo indiscutible es que la ley 15-19 derogó la ley 157-13 sobre voto preferencial para los diputados, que establecía el arrastre de los senadores, al instituir el nivel de elección senatorial.
La JCE no puede irse por lo más fácil, de evitar colocar una boleta separada adicional, después de la institución de las elecciones primarias simultáneas y del voto preferencial por los regidores y vocales municipales, cuestiones mucho más complejas y que anteceden la elección presidencial y congresual.
Por demás son varias las objeciones pendientes de dictámenes del Tribunal Constitucional, declaradas en enero de urgencia, y que según fuentes bien informadas son de inminente publicación, algunas de gazapos aparatosos, como el condicionar la postulación a cargos públicos a una previa militancia en un partido, o la sanción hasta con dos años de cárcel a quien “empañe la imagen de un candidato”, para dejarlo en las más grotescas.-
http://hoy.com.do/sin-arrastre-de-los-senadores/

jueves, 28 de marzo de 2019

No al arrastre | Orlando Jorge Mera | @orlandojm

Orlando Jorge Mera 

No al arrastre

Publicado el: 27 marzo, 2019 | Por: Orlando Jorge Mera 
@orlandojm orlandojorgemera@yahoo.com | e-mail: redaccion[@]elnacional.com.do



Uno de los mayores logros que tiene la Constitución (2010, 2015) es el reconocimiento al ejercicio del sufragio, en su artículo 208, cuando dispone que el “voto es personal, libre, directo y secreto”. Hasta las elecciones de 2016, los dominicanos no podíamos ejercer el voto directo a nivel congresual, por el efecto del “arrastre” o “cascada”, que disponía que el voto por un diputado se sumaba al senador de ese mismo partido. En esencia, se votaba indirectamente por el senador, con lo cual se contradecía el texto constitucional.
Afortunadamente, la nueva Ley Orgánica Electoral No. 15-19, en su artículo 92, numeral 5, crea cuatro niveles de elecciones, separados e independientes, que son: presidencial, senatorial, de diputados y municipal, lo cual significa que por disposición legal quedó eliminado el sistema de “arrastre” en las votaciones de los diputados con respecto a los senadores.
En atención a lo anterior, el Partido Revolucionario Moderno (PRM) le ha solicitado a la Junta Central Electoral (JCE), en su calidad de órgano encargado de organizar y dirigir las elecciones, disponer la modificación de la boleta electoral a fin de que en las elecciones del tercer domingo de febrero del 2020 y las elecciones del tercer domingo de mayo de 2020, queden individualizados los cuatro niveles de elección creados por la ley: presidencial, senatorial, de diputados y municipal.
Esta nueva modalidad dispuesta por la ley había constituido un reclamo del PRM, así como de otras organizaciones políticas y gran parte de la población electoral del país por ser, este método, más acorde con las disposiciones constitucionales vigentes; más democrático y respetuoso de la voluntad de los votantes.
Si bien la JCE puede disponer la elaboración de las boletas una vez los partidos políticos hayan sometido las propuestas de sus candidatos, resulta de utilidad para las organizaciones políticas que la JCE asuma públicamente que de conformidad con la ley existirán boletas separadas para los niveles senatorial y de los diputados.
Con su capacidad reglamentaria, la JCE podrá definir y delimitar los artículos 92, 104 y 265 de la Ley 15-19, a partir de la separación de la boleta senatorial y la boleta de diputados, y así contribuir con que cada voto cuente, eliminando el voto indirecto, y acentuando el voto directo, consagrado constitucionalmente.
Tal como advierte el Diccionario Electoral (IIDH, Capel 2018), “los sistemas electorales están llamados a producir la mejor representación posible de las posiciones políticas de la comunidad” (p. 1173). La eliminación del arrastre, que tanto daño le ha hecho a la democracia dominicana, es sin dudas, un paso de avance importante de cara a la renovación y regeneración de la democracia.
https://elnacional.com.do/no-al-arrastre/

miércoles, 27 de marzo de 2019

Pleno JCE estudiará eliminar “arrastre”

Pleno JCE estudiará eliminar “arrastre”

27 marzo, 2019

Por: PILAR MORENO pilarmoreno26@hotmail.com | e-mail: redaccion[@]elnacional.com.do

El presidente de la Junta Central Electoral (JCE), Julio César Castaños Guzmán, señaló hoy que el Pleno de ese organismo deberá pronunciarse en los próximos días sobre la petición del Partido Revolucionario Moderno (PRM) de que la elección de los senadores y los diputados se realice a través de boletas diferentes, en las elecciones del 2020, para eliminar el arrastre.
Hablando a través de la vocera de la JCE, Laura Castellanos, Castaños Guzmán manifestó que el Pleno de esa entidad podría reunirse a más tardar la próxima semana para emitir una resolución sobre el tema.
El funcionario electoral, que se encuentra en México participando en un foro internacional, indicó que “ese es un tema que va a tratar el Pleno de la JCE”.
“Se va a reunir, posiblemente, la próxima semana”, siguió diciendo.
La presente semana, el PRM solicitó ante la JCE que separe las boletas para los niveles de senadores y diputados, para evitar que los senadores sean electos con los votos de los dipùtados, o sea, mediante el denominado arrastre, en los próximos comicios.
El partido opositor, a través de su delegado político ante la JCE, doctor Orlando Jorge Mera, depositó la solicitud ante la secretaría general del organismos comicial.
Argumentó que el artículo 92, numeral 5, de la Ley Orgánica del Régimen Electoral, crea cuatro niveles de elecciones, separados e independientes.
También pidió que el organismo electoral emita una resolución que establezca que para los cuatro niveles de elección, en febrero y mayo del 2020, a los votantes se les darán cuatro boletas individualizadas.
La solicitud del PRM fue respaldada por diputados del Partido de la Liberación Dominicana (PLD).
Gustavo Sánchez, vocero del PLD en la Cámara de Diputados, dijo que la JCE tiene el instrumento para tomar la decisión, con una resolución.
Sánchez, miembro de la corriente que lidera el presidente Danilo Medina en el PLD, apeló también a la Ley de Regimen Electoral, en ese sentido.
Asimismo, el diputado peledeísta Henry Merán, de la corriente que lidera en el PLD el expresidente Leonel Fernández, favoreció que existan cuatro niveles de elección en las elecciones del 2020, “ya sea por interpretación de la JCE o por modificación de la Ley de Régimen Electoral”.
“Creo que la JCE tendrá que definir la modalidad que prima, partiendo de que lo que aprobó la Comisión Bicameral de este proyecto, fue para mantener el doble arrastre en la boleta electoral”, manifestó Merán.
También, favorece la petición del PRM el vocero de ese partido en la Cámara de Diputados, Ronald Sánchez.
El párrafo 4 del artículo 104 de la Ley Electoral, expresa que a los candidatos a senadores se les computarán todos los votos obtenidos por el partido en la provincia https://elnacional.com.do/pleno-jce-estudiara-eliminar-arrastre/

VOTO PREFERENCIAL | Eddy Olivares: “Arrastre de senadores es vergonzosa aberración”

VOTO PREFERENCIAL
Eddy Olivares: “Arrastre de senadores es vergonzosa aberración”
Defiende propuesta del PRM de aplicar boletas separadas
Diario Libre - 26 / 03 / 2019, 05:57 PM
$!Eddy Olivares: “Arrastre de senadores es vergonzosa aberración”
Eddy Olivares, dirigente del PRM. 
El dirigente del Partido Revolucionario Moderno (PRM) y ex miembro de la Junta Central Electoral, Eddy Olivares, manifestó que la decisión del Partido Revolucionario Moderno de solicitarle a la Junta Central Electoral, aplicar la ley 15-19 y eliminar el arrastre del diputado al senador, “es correcta y muy cortés”, tomando en consideración que el órgano electoral está en la obligación de aplicar y cumplir de manera integral la Ley Orgánica del Régimen Electoral.
Olivares opinó que el mecanismo de arrastre de los diputados a los senadores, que solo se aplica en la República Dominicana, “constituye una de las más vergonzosas aberraciones del Sistema Electoral Dominicano”.
Dijo que los primeros que debieron reclamar su eliminación son los senadores que cuentan con liderazgos suficientes como para no necesitar que los diputados de sus partidos los mantengan en la Cámara Alta.
“Sin embargo, el Partido de la Liberación Dominicana se ha empecinado en mantener el arrastre, por encima de lo constitucionalmente correcto, porque estima que es más fácil y efectivo comprar la voluntad de los electores, con los recursos del Estado, por medio de los diputados que de los propios senadores. Esta es la razón por la que el partido de gobierno obtiene casi la totalidad de los escaños del Senado de la República”, indicó.
Argumentó que no obstante, debido al apresuramiento con que fue aprobada la Ley No. 15-19, Orgánica del Régimen Electoral, a los dirigentes del PLD que tuvieron a cargo su elaboración, así como a los propios senadores, se les escapó asegurar el arrastre de los diputados a los senadores.
Explicó que por el contrario, en el artículo 92, sobre las elecciones, aprobaron el nivel senatorial y el nivel de diputaciones, por separado. Una interesante novedad de la Ley 15-19. Lo que deja claramente establecida la separación del voto del senador del voto del diputado.
“Como para despejar cualquier duda, la nueva Ley Orgánica del Régimen Electoral establece en su artículo 267, la utilización de la Ley 157-13, sobre Voto Preferencial, para la asignación de los escaños correspondientes a los representantes electos para la Cámara de Diputados, Concejos de Regidores y Juntas de Vocales. Nada que ver con los senadores, a pesar de que esta ley fue la que consagró el arrastre de los diputados a los senadores, al disponer que cuando el elector decidía marcar al candidato a diputado favorecía al candidato a senador del mismo partido”, indicó.
Sostuvo que no cabe duda que la Ley 157-13, sobre el voto preferencial, en lo referente al referido párrafo, que exigieron los senadores como condición para aprobarla, está viciada de inconstitucionalidad, debido a que viola la Constitución Política en su artículo 77, que establece que la elección de senadores y diputados se hará por sufragio universal directo.
“En ese sentido, la aberración que bien pudo corregir el Tribunal Constitucional, la ha corregido, oportunamente, el propio legislador, al disponer, en la Ley Orgánica del Régimen Electoral, un nivel de elección para los senadores, expuso.
A su entender debe estar fuera de discusión que a partir de las próximas elecciones los senadores tendrán que ser elegidos con el voto directo de los electores, es decir, con sus propios votos.
https://www.diariolibre.com/actualidad/politica/eddy-olivares-arrastre-de-senadores-es-vergonzosa-aberracion-FF12423556
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Finjus deplora arrastre electoral de nueva ley

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viernes, 16 de noviembre de 2018

Presidente Fedomu respalda voto preferencial para 2020

Sede de la Federación Dominicana de Municipios (Fedomu
Presidente Fedomu respalda voto preferencial para 2020
Sede de la Federación Dominicana de Municipios (Fedomu
Publicado el: 16 noviembre, 2018 Por: Juan María Ram­írez e-mail: j.ramirez@hoy.com.do
El presidente de la Federación Dominicana de Municipios (Fedomu) Rafael Hidalgo, respalda que se aplique el voto preferencial en las elecciones municipales programadas para febrero de 2020, tal como lo establece la ley, tras considerar que acerca aun más al ciudadano con la autoridad local.
Hidalgo estima que el Congreso Nacional tiene que pensar muy bien antes de aprobar cualquier proyecto de ley, para evitar que luego estas no se puedan aplicar.
Entiende la preocupación de la Junta Central Electoral (JCE) por la aplicación de la ley, debido a la complejidad, pero ya que existe hay que cumplirla.
Precisa que el voto preferencial está plasmado en la Constitución desde 2015, por lo que ha habido tiempo suficiente para prepararse y cumplir con esa disposición.
“Eso da la oportunidad al pueblo de decidir democráticamente quienes son sus verdaderos representantes, aumentará el contacto y el compromiso del liderazgo formal de los concejos de regidores con los ciudadanos”, sostuvo.
El presidente de Fedomu, estima que también se quita un dolor de cabeza a los partidos y al alcalde que encabeza la boleta, ya que no se culpará a este de que un candidato a regidor que ganó sea despojado por una alianza con otras fuerzas.
“Somos abanderado de que se de cumplimiento a esa disposición que emana de la Constitución de la República y que la Junta Central Electoral tiene que cumplir”, señala.
http://hoy.com.do/presidente-fedomu-respalda-voto-preferencial-para-2020/

jueves, 15 de noviembre de 2018

OPINION | Un país realmente inverosímil | por Juan Bolívar Díaz @JBolivarDiaz

JUAN BOLÍVAR DÍAZ

Un país realmente inverosímil

15_11_2018 HOY_JUEVES_151118_ Opinión12 A

Publicado el: 15 noviembre, 2018 | Por: Juan Bolivar Díaz e-mail: juanbolivardiaz@gmail.com

Hace más de seis décadas que el poeta nacional Pedro Mir escribió el más preciado de todos los poemas dominicanos, “Hay un País en el Mundo”, quejándose de que “este es un país que no merece el nombre de país, sino de tumba, féretro, hueco o sepultura…país inverosímil donde la tierra brota, cruje y se derrama como una vena rota, donde alcanza la estatura del vértigo”…

Tanto tiempo ha transcurrido y los dominicanos seguimos siendo un amasijo humano que no sale de una garata, incapaces de aceptar el imperio de la Constitución y de cumplir el ordenamiento legal que nos damos una y otra vez, renegadores de los compromisos y pactos, desconocedores de consensos y propósitos, saltipanquis impostores de la ley de la conveniencia, cínicos desvergonzados.
Los mismos que después de dos años de incontables consultas aprobaron la Constitución de la postmodernidad para el siglo 21, empezaron de inmediato a renegarla, y que poco después compraron una modificación para auspiciar una reelección bajo el juramento de nunca jamás, ya están empeñados en convencernos de que tal predicamento es discriminatorio, buscando una cuadragésima reforma constitucional en aras del continuismo en el poder.
En esa Constitución del Estado de Derechos instituimos que a partir del 2020 la elección de las autoridades municipales estaría separada por tres meses de las congresuales y presidenciales. Pero antes de la primera prueba ya sus mismos propulsores se empeñan en reunificarlas, bajo el argumento de que serían complicadas. Se trata de un pretexto para abrir la posibilidad de colar otras reformas constitucionales acomodaticias.
Todas las mediciones, nacionales o internacionales, revelan el descrédito de la democracia dominicana, que en la muy reciente de Latinobarómetro, cayó del 60 al 44 por ciento en sólo dos años. Pero el liderazgo político sigue convencido de que la sociedad dominicana le otorga un gran aval para continuar por la senda del despeñadero.
Nos pasamos año y medio discutiendo sobre cómo elegir los candidatos hasta imponer por mandato presidencial que pudiera ser con padrón abierto o cerrado, indistintamente para todos los partidos, simultáneamente y bajo organización y escrutinio de la Junta Central Electoral. Nos hemos negado a reconocer que estamos abriendo una caja de pandora, porque si antes fue tres veces imposible contar, ni en dos semanas, los votos preferenciales para190 diputados, con un candidato por partido, ahora imponemos contar los votos individuales para 10 o 12 mil precandidatos por partido, unos con padrón universal y otros con el propio, no se sabe con cuántas urnas. Ya dos partidos decidieron que van con el padrón abierto y un tercero con el propio o cerrado.
Pero apenas promulgada la ley 33-18, llamada a producir un pandemónium político si no revalidamos un voto electrónico que ni a medias pudimos implementar hace dos años, estamos descubriendo que no se puede cumplir otra ley, la 157-13, que instituye el voto preferencial en la elección de las autoridades municipales, porque el escrutinio sería complejo, aunque en esta sólo serían 3 mil 800 candidatos por partido.
Después de años de discusión de la Ley de Partidos parimos un adefesio con claros indicios de inconstitucionalidades, pero seguimos dando largas a la más importante Ley del Régimen Electoral que debería auspiciar una real competencia, con la equidad, transparencia y justicia que manda el ordenamiento constitucional. No se encuentra explicación a que no se discutiera una reforma integral del sistema político-electoral.
En vez de auspiciar más democracia, separando el arrastre en la elección de los diputados y el senador y de los regidores y el alcalde, pretendemos dar un salto hacia atrás eliminando el voto preferencial.
Oh Dios! Por qué nos diste un país tan inverosímil, tan reiterativo en sus miserias institucionales y en manipulaciones.- 
http://hoy.com.do/un-pais-realmente-inverosimil/

viernes, 9 de noviembre de 2018

POLÍTICA | Voto electrónico resolvería trauma del preferencial | #RDdecide

VOTO ELECTRÓNICO
Voto electrónico resolvería trauma del preferencial
Experto dice que su uso probaría factibilidad de cara al 2020
Jorge Pérez Orsini - REPÚBLICA DOMINICANA 09 / 11 / 2018, 09:29 AM
$!Voto electrónico resolvería trauma del preferencial
Fotografía de archivo del pasado torneo electoral. 
SANTO DOMINGO. La única manera de aplicar el sistema del voto preferencial para la elección de los candidatos a vocales y a regidores de los comicios del año 2020, sin modificar la Ley 157-13, es utilizando una metodología de votación electrónica en las primarias que celebrarán los partidos políticos en octubre del 2019, como lo ordena la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.
Así lo planteó en una entrevista a este medio José Delio Ares, un experto en informática que desempeñó varios cargos en el área en la Junta Central Electoral (JCE) a propósito del debate que ha generado el órgano rector luego de que su presidente, Julio César Castaños Guzmán, sugiriera posponer el empleo del procedimiento en el nivel municipal para las elecciones del año 2024.
“No se puede hacer de otra manera. No veo otra alternativa. O se hace con voto electrónico, o no se hace. O se haría por listas, como se ha hecho anteriormente”, argumentó Ares.
Y es que para él la aplicación del voto electrónico, en el caso de los partidos que decidan ampararse en la modalidad del padrón abierto (como lo decidió el PLD), definiría sin traumas mayores el listado de los candidatos a puestos electivos en las boletas A, B y C, y probaría, por sus resultados, la factibilidad de su uso en las elecciones generales del 2020.
Las bondades del voto uninominal
El Pleno de la JCE favorece la eliminación del voto preferencial para los comicios del 2020.
El Pleno de la JCE favorece la eliminación del voto preferencial para los comicios del 2020. ( )
Dijo también que en ocasiones anteriores, el voto preferencial ‘‘ha fallado’’ por la manera en que se ha pretendido aplicar.
‘‘En la mayoría de los países se utiliza el voto uninominal, no plurinominal. Las regiones electorales son tan pequeñas que sólo llevan un candidato. Aquí hemos dejado las regiones grandes y las áreas no están delimitadas. Los candidatos no están segmentados por territorios específicos’’, sentenció el experto.
José Delio Ares:
‘‘Las dificultades en el proceso pasado con los escáneres se debieron a que no se agotaron las pruebas debidas’’.
https://www.diariolibre.com/actualidad/politica/voto-electronico-resolveria-trauma-del-preferencial-DF11270939

POLÍTICA | Foro apoya eliminar el voto preferencial

VOTO PREFERENCIAL
Foro apoya eliminar el voto preferencial
Diario Libre - SANTO DOMINGO 09 / 11 / 2018, 12:32 AM
$!Foro apoya eliminar el voto preferencial
El Fopppredom agrupa a 37 organizaciones, entre ellas a 22 partidos políticos reconocidos.
El Foro Permanente de Partidos Políticos de la República Dominicana (Foppredom) expresó su apoyo a la solicitud del presidente de la Junta Central Electoral, Julio César Castaños, para que sea pospuesto el voto preferencial en el nivel municipal, y no aplicarlo en los próximos comicios para elegir a los regidores y a los vocales de distritos municipales.
Consideraron que sería un reto difícil de cumplir para la Junta Central Electoral, porque se han presentado dificultades en el orden congresual en la elección de los diputados.
Manifestaron que el organismo electoral no podría concluir de contar los votos para los regidores y vocales, cuando ya tendría que organizar el proceso electoral en el que se elegirá al presidente, vicepresidente, diputados y senadores de la República, que se producirá tres meses después el 17 de mayo.
Además plantearon que, como este año habrá primarias para elegir a los candidatos, las elecciones con voto preferencial municipal se convertirían en otras primarias. AGT
https://www.diariolibre.com/actualidad/politica/foro-apoya-eliminar-el-voto-preferencial-BE11263561

jueves, 8 de noviembre de 2018

PRSC rechaza eliminación del voto preferencial para regidores

PRSC rechaza eliminación del voto preferencial para regidores

Federico Antun B

El Partido Reformista Social Cristiano (PRSC) rechazó hoy la propuesta de que el voto preferencial para regidores y vocales sea eliminado o transferida su ejecución para las elecciones del 2024.
Federico Antún Batlle (Quique), presidente del PRSC, consideró que es “impropia” esa propuesta, tras indicar que el voto preferencial de los diputados es el mismo que establece la Ley 153-13 para regidores y vocales.
Antún Batlle indicó que existe un principio general de que la ley es de aplicación obligatoria para todos los ciudadanos, “por lo que constituye una acción inconstitucional establecer privilegios o discriminaciones en la aplicación de una determinada ley”.
Expresó que no es justo que la Junta Central Electoral (JCE) proponga eliminar el voto preferencial para regidores y vocales, “cuando ha cumplido con la parte legislativa y faltan apenas seis meses para la apertura de las precampañas internas de los partidos políticos”.
“La JCE ha dicho que puede organizar primarias simultáneas de los partidos, lo que es mucho más complejo que implementar el voto preferencial en las elecciones generales“, indicó.
consideró que la JCE tiene que cumplir con su responsabilidad, como se comprometió, de organizar las primarias que establece la Ley 153-13 y no alegar que “constituyen un reto administrativo organizar unas elecciones con voto preferencial en el nivel municipal”.
“Estamos a tiempo para implementar el voto preferencial de los regidores y vocales, y que para ello bastaría con hacer ajustes en el calendario y procesos administrativos de la JCE, además de automatizar el conteo de los votos, tecnología que el organismo electoral viene implementando hace tiempo”, expresó.
Dijo que proponer que el Congreso dedique su atención a derogar o modificar esa ley, “sin tan siquiera haberse aprobado la Ley del Régimen Electoral, ni dado respuestas adecuadas a las numerosas incógnitas aun no despejadas con relación a las circunscripciones para diputados y la nueva Ley de Partidos, es complejizar mucho más el próximo proceso electoral”.
http://hoy.com.do/1831286-2/