martes, 2 de diciembre de 2014

¡Presidente asume el Estado Laico! - Por Argelia Tejada Yangüela

Por Argelia Tejada Yangüela. 2 de diciembre de 2014 - 12:13 am http://acento.com.do/2014/opinion/8200440-presidente-asume-el-estado-laico/
Me uno por este medio a todas las organizaciones que han expresado su apoyo a la decisión del Presidente Medina, las organizaciones feministas, las profesionales de la salud, y el apoyo expreso de la Fiscal Yeni Berenice Reynoso.
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Argelia Tejada Yangüela

Doctora en Sociología Cuantitativa y del Conflicto, PhD Investigadora social, ex -profesora pre-universitaria y universitaria, Publicaciones sobre Evaluaciones de Impacto, Sociología Rural y Sociología de la Religión
Danilo Medina devolvió al presidente de la Cámara de Diputados, Abel Martínez, la Ley del Código Penal, con el objetivo de que se modificaran los artículos 107, 108, 109 y 110 que tratan sobre el aborto.  El Presidente fundamentó su observación en que la Ley violaba los principios del Estado democrático de Derecho.  Principios que constituyen la esencia del Estado Laico.
En su comunicación, Medina afirma:  “En el caso de la interrupción del embarazo como figura penal, esa ausencia de precisión es palpable ya que no se indica en su contenido aquellas situaciones excepcionales que ponen en juego derechos fundamentales de mujeres embarazadas como lo constituyen el derecho a la vida y la salud, el derecho de su integridad humana, psíquica y moral, constituirían auténticas situaciones eximentes de responsabilidad penal”.
Adicionalmente, el Presidente recoge la preocupación de los profesionales de la salud en casos de abortos, debido a la criminalización del personal que asista a la embarazada:  “Adicionalmente, el desconocimiento de la exigencia en las conductas tipificadas como infracción penal de ese carácter preciso e inequívoco, extiende sus consecuencias en el ámbito de los profesionales de la salud, así como de los familiares en caso de menores de edad, que ante la indeterminación normativa se cohibirían de cumplir su misión principal de preservar la salud de las personas para evitar ser pasibles de las sanciones penales que establecen los artículos 107 y 109”.
Medina, contrariamente a lo planteado por la Iglesia Católica, reconoce el derecho a la vida de la mujer embarazada y el respeto a su dignidad humana:  “Entendemos que la complejidad específica de la infracción relativa a la interrupción del embarazo, en la que entra en juego la vida de la madre, exige ineludiblemente hacer explícitos los supuestos excepcionales en que debe prevalecer el derecho fundamental a la vida de la mujer embarazada, o el derecho al respeto de su dignidad humana y de su integridad psíquica y moral, resguardándose al mismo tiempo también la seguridad jurídica de
quienes tienen la obligación de brindar asistencia médica en el caso de estos eventos excepcionales”.
El proceso previo a la publicación de la Ley por ambas cámaras muestra la forma antidemocrática en que la Iglesia Católica intervino para que rápidamente los Congresistas cambiaran de opinión y mantuvieran la criminalización absoluta del aborto sin considerar el “estado de necesidad” para defender la vida de la mujer.  Durante las vistas públicas, diversas organizaciones y personas presentaron sus argumentos a través de un proceso participativo que determinó la aprobación del proyecto de Ley original en la Cámara de Diputados y en el Senado de la República, que lo aprobó en primera lectura.
Lo ocurrido a continuación, fue denunciado por Francisco Álvarez Valdez, en su artículo del 16 de julio pasado, titulado Reinaldo Pared y la mujer:  “De esta manera, el padre Manuel Ruiz, con su título de Enlace de la Iglesia Católica ante el Poder Ejecutivo, presentó a Reinaldo Pared un documento por debajo de la mesa, fuera de los espacios transparentes que el propio Congreso había utilizado para discutir el proyecto”.  Bastó una observación de la Iglesia Católica, para que los Congresistas repitieran la historia del 2009, y criminalizaran los dogmas que la Iglesia considera pecados.
Con esta acción, el Congreso regresó la República al paradigma Medieval; donde el poder divino del Rey aplicaba las torturas o muertes que la Iglesia Católica demandaba a través de la Inquisición.  Es bien conocida la historia de persecución y muerte de herejes y descreídos, y de mujeres acusadas de brujas, torturadas y quemadas en la hoguera por leyes religiosas impuestas por monarquías católicas.  La alianza de la Iglesia y la nobleza fue derribada por las revoluciones liberales del Siglo XVIII con el grito de libertad, igualdad y solidaridad.  Pero en las Colonias de España y Portugal, la Cristiandad se mantuvo según el Derecho Romano y el Código Napoleónico, que ven a las mujeres como seres necesitados de la tutela del pater familias y en cuya honra reside la dignidad de la familia.
La decisión de Medina es indudablemente la más significativa que se ha tomado en defensa de los derechos humanos y la libertad de conciencia de ciudadanos y ciudadanas.  Medina ha afirmado el Estado de Derecho, haciendo “lo que nunca se ha hecho”:  cumplir con la Constitución.  Las razones que ofrece para objetar la nueva Ley del Código Penal manifiestan que bajo su gobierno, la Constitución debe proteger los derechos humanos de la mujer, y su gobierno respetar los Acuerdos Internacionales de los cuales la República Dominicana es Signataria.
La decisión de Medina contrasta con la decisión adoptada por el ex -presidente Leonel Fernández en Septiembre del 2009, cuando la Asamblea Revisora de los Congresistas introdujo el cambio al Artículo 30 de la Constitución vigente.  En esa ocasión, se introdujo el cambio constitucional para criminalizar el aborto bajo todas circunstancias y para negar el matrimonio entre personas del mismo sexo.  Y esto a pesar de que La Coordinadora Nacional de Resistencia al Retroceso Constitucional y el Foro de Mujeres por la Reforma Constitucional, en un comunicado dirigido a la Asamblea Revisora del Congreso y al Pueblo Dominicano presentaron datos irrefutables sobre la preferencia del pueblo obtenidos a través de una encuesta independiente realizada por la firma Gallup-Hoy en julio del 2009.  Un 80% de la población estuvo de acuerdo con que la mujer pueda interrumpir su embarazo cuando su vida peligra y apenas un 14% favoreció la regulación del aborto por la vía constitucional.
En el 2009, el aborto ya estaba penado por el Código Penal en todos los supuestos, pese a esto, era la cuarta causa de muerte materna.  El Instituto Alan Guttmacher, en su estudio Aborto Clandestino:  Una Realidad Latinoamericana, estimaba que a mediados de los ‘90 se practicaban 90.000 abortos al año en el país y que uno de cada cuatro embarazos terminaba en aborto.  Según la Encuesta Demográfica y de Salud (ENDESA) de 2002, el 19% de las muertes maternas en el país ocurrían por complicaciones relacionadas con el aborto.
Me uno por este medio a todas las organizaciones que han expresado su apoyo a la decisión del Presidente Medina, las organizaciones feministas, las profesionales de la salud, y el apoyo expreso de la Fiscal Yeni Berenice Reynoso.  La observación del Presidente representa un avance no solo en defensa de los derechos reproductivos de la mujer, sino en su derecho a la salud, a la seguridad, y en última instancia, a preservar su vida misma.  No menos relevante es el derecho de la mujer a la libertad, a su integridad física, a decidir sobre su propio cuerpo, y a no ser discriminada por su género.

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