Mostrando las entradas con la etiqueta UNATRAFIN. Mostrar todas las entradas
Mostrando las entradas con la etiqueta UNATRAFIN. Mostrar todas las entradas

miércoles, 14 de marzo de 2018

Liberación de Arsenio Quevedo y compartes generar críticas entre abogados



Liberación de Arsenio Quevedo y compartes generar críticas entre abogados




 7DIAS.COM.DOJUSTICIAARTÍCULO






SANTO DOMINGO (R. Dominicana).- La sentencia del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional que descarga al empresario del transporte Arsenio Quevedo y al exregidor Erikson de los Santos, acusados de asesinar a varios choferes, ha encontrado el repudio de sectores de la sociedad, incluyendo a la comunidad jurídica.
Sobre la decisión del tribunal, por “insuficiencia de pruebas”, reaccionaron el presidente del Colegio de Abogados, Miguel Surún, y los abogados Fabián Melo, Félix Portes, Manuel Sierra y Elizabeth Mateo, por vía telefónica en el espacio La Súper 7 en la Mañana, de La Súper 7 (107.7 FM).
A juicio de Surún, la sentencia tiene que llamar a reflexión porque nuevamente el sistema de justicia le falla a la sociedad en un caso sobre crimen organizado tras el Ministerio Público quedarse “corto” con la presentación de recursos para probar la culpabilidad de los imputados de “cuello blando”.
“Yo le garantizo a ustedes que si no se hubiese tratado de delincuentes de cuello blanco en este momento tuvieran compartiendo conde porque no hubiese existido la posibilidad de utilizar gran cantidad de conocimiento, defensa técnica; en la República Dominicana por desgracia existe un sistema de justicia que discrimina en situación financiera de los justiciados”, comentó .
En tanto que, Fabián Melo atribuye la puesta en libertad de los imputados, acusados de encargar distintos crímenes, a la debilidad estructural de Justicia, no necesariamente a falta de capacidad, porque es ilógico que a los autores materiales lo condenaran, no así a los autores intelectuales.
“No puede ser posible dentro de una lógica simple que a otros vinculados al proceso que prácticamente no tenían una responsabilidad tan seria, pues la Justicia los haya tratado distinto, o sea, en este caso vamos a suponer que si había una insuficiencia probatoria eso vinculaba a todos los del proceso, no necesariamente a los actores principales”, dijo Melo.
Cree que en el tratamiento de la investigación hecha por el Ministerio Público pudiera faltar armonía dejando alguna debilidad para que el sistema de justicia fallara de manera ineficaz como lo hizo.
Para Portes, la decisión del tribunal llama a suspicacia debido a que desde hace unos meses se tenía montada una campaña en la opinión pública de que no había pruebas vinculantes para condenar a Quevedo y compartes.
Sin embargo, el profesional del derecho dice que cuando se trata de un caso de crimen organizado, por la complejidad del caso ya los jueces tienen como doctrina o jurisprudencia valorar pruebas iniciarias, referenciales, contrario a un crimen normal o común, que las pruebas requeridas son directas.
Elizabeth Mateo cuestionó que el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condene a los sicarios pero no a los empleadores, porque los autores materiales actuaron por encargo y no por voluntad propia.
“Entonces el tribunal dice que esas personas cometieron el hecho, lo condena y deja a cuatro personas, no es que los condena como cómplices, sino que les da la libertad pura y simple, eso yo no lo entiendo como jurista ni como ciudadana”, dijo tras recordar que la Justicia es muy “blandita” en casos como el de Arsenio Quevedo y Erikson de los Santos porque son personas con dinero y vinculados al poder político.
En relación al caso también opinó el abogado Manuel Sierra, quien afirmó que el Ministerio Público cuando tramita un expediente débil en cualquier tribunal y no encuentra una sentencia satisfactoria se apoya en los medios de comunicación para culpar a los jueces que tomaron la decisión.
“Entonces, yo creo aquí que la gente cuando se encuentra con buenos abogados que discuten los temas, el Ministerio Público va forzado por esa situación…a caso no cuenta el Ministerio Público con todo el estándar estatal para hacer una adecuada investigación, tiene el DNI, la Policía, el Ejército, tiene inclusive un instituto que no debiera tener en sus manos, que es Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF), sostuvo Sierra.
Aseguró que en las fiscalías del país las cosas no se están haciendo bien, sino que lo que existe es mucha “farandulería”. “Fíjense que el Ministerio Público lo que está haciendo es negociaciones con los imputados y los tribunales, vayan para que ustedes vean que de 30 casos en los roles de audiencia el Ministerio Público negocia 25 audiencias”, insistió. http://www.7dias.com.do/portada/2018/03/14/i241116_liberacion-arsenio-quevedo-compartes-generar-criticas-entre-abogados.html#.WqmcJijwbIU

SE OBRÓ DE NUEVO la justicia dominicana...


SE CAGÓ DE NUEVO la justicia dominicana...

https://youtu.be/kxTkBXiqoMY Alcarrizos Digital

Publicado el 13 mar. 2018

SUSCRITO 51 MIL

SE CAGÓ DE NUEVO la justicia dominicana. FUENTEAUDIOZ101..

Por falta de pruebas tribunal absuelve a Quevedo y exregidor | #sicariato #JusticiaCooptada

Arsenio Quevedo fuertemente escoltado


Por falta de pruebas tribunal absuelve a Quevedo y exregidor

Publicado el: 14 marzo, 2018 Por:yelissa rosario y.rosario@hoy.com.do
Por insuficiencia de pruebas, el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional descargó al exregidor de Pedro Brand Ericson de los Santos Solís y al empresario del transporte Arsenio Quevedo, a quienes el Ministerio Público (MP) acusaba de dirigir una red de sicarios dentro del sector transporte y que habrían terminado con la vida de Mateo de Nieves, Ángel Javier y Overny Guerrero.
También absolvió por iguales motivos al coronel retirado de la Policía Nacional, Cristino Batista Roa, acusado de intento de asesinato.
Las juezas, en cambio, condenaron a 30 años de prisión al exraso de la Policía Nacional Amaury Cabrera Martínez y Danilo Octavio Reynoso encontrados culpables de la muerte de los choferes Guerrero y Javier. Deberán pagar 7 millones a las víctimas.
Las magistradas Yissel Soto, Leticia Martínez y Clara Castillo, quienes se tomaron unas dos horas para motivar su decisión, indicaron que el MP hizo acusaciones muy graves, sin embargo no llevó las pruebas de ello.
El tribunal criticó que la Fiscalía del Distrito Nacional asegurara que tenía evidencias de que se llamó, se ordenó y se ejecutó, pero no aportó el contenido de esas llamadas.
“Si no nos traen evidencias, no podemos condenar, porque el tribunal no puede inferir”, expresó una de las magistradas.
Motivaciones. Sobre el hecho del 14 de enero del 2015, donde murió Mateo Nieves y otros tres resultaron heridos, el MP en su acusación señalaba en la escena a Cabrera Martínez, Reynoso, Félix Lora (prófugo) y de los Santos.
El tribunal dice que para probar estos hechos el MP aportó los testimonios de las víctimas y testigos presenciales, Eddy Francisco, Ramón Peña Beltré y Manuel Emilio Romero, que dijo eran creíbles por la forma en que respondieron y que estos, durante el interrogatorio declararon que no vieron a quienes les agredieron.
Dijo sobre la prueba pericial del análisis balístico de la escena que los casquillos no eran compatibles con las armas que se trajeron al tribunal, atribuidas a Cabrera Martínez y Reynoso.
Sobre este hecho también se aportó el análisis de inteligencia electrónica sobre el mapeo o cruce de llamadas entre Quevedo, Cabrera Martínez y Reynoso y de los Santos Solís.
La magistrada Soto, presidenta del colegiado, dijo que el perito explicó que analizó de 80 a 90 días de los movimientos y llamadas de los acusados, pero al tribunal solo llevaron de dos días, que los acusadores dijeron eran clave para determinar que ellos fueron, indubitablemente, quienes ordenaron y ejecutaron a las víctimas.
Sobre esto el tribunal admite que ciertamente los procesados se comunicaron “¿y qué decía esa comunicación? se preguntó la jueza.
“Si ustedes lo saben, los felicitamos, porque el tribunal no la sabe”, expresó.
El tribunal citó este hecho en el marco de un conflicto por rutas de concho entre las grupos Fenatrapego, filial de Fenatrano, y Sinchosocri, afiliada a Unatrafin, según los testigos.
Hecho 15 de enero. Sobre este hecho, donde murieron Javier y Guerrero, que se llevó como testigo a Elvin Alberto Colón, el tribunal dio crédito a éste quien dijo que vio a Cabrera Martínez y Reynoso cuando llegaron a la parada y que se hizo el muerto.
Explican las juezas que en este caso sí pudo ser comprobada por la prueba balística, que dio con las armas ocupadas a estos dos, además de un video.
El único que situó a de los Santos en ese hecho fue el testigo Aníbal Pinales, que dijo que Cabrera Martínez y Reynoso llegaron con éste, según el tribunal fue contradictorio en sus declaraciones.
En el caso de Quevedo dijo que el cheque emitido por este a nombre de de los Santos Solís, como supuesto pago por la ejecución de ese día, no tenía concepto, además de que no hubo como constatar que el primero haya dado la orden al segundo.
Sobre Unatrafin, parte demandada civilmente, las juezas entendieron que la nómina incautada en el allanamiento a esa local, en el que figuraban los integrantes de la red como asalariados, no tenía validez porque no tenía membrete.
Sobre Cristino Batista Roa, señalado en el incidente el 19 de septiembre del 2013, en que resultó herido Belarminio Brito, el tribunal dijo que el video que aportó la Fiscalía para probar las acusaciones no correspondía a la fecha del hecho.
A su salida de la audiencia de los Santos y Quevedo dijeron que pasó lo que tenía que pasar y agradecieron a la justicia.
Sus defensas dijeron que se probó lo que tanto decían, que el MP no tenía caso.
http://hoy.com.do/por-falta-de-pruebas-tribunal-absuelve-a-quevedo-y-exregidor/
NOTICIAS RELACIONADAS 

Descargo a Quevedo y exregidor causa revuelo


SE OBRÓ DE NUEVO la justicia dominicana...

https://youtu.be/kxTkBXiqoMY Alcarrizos Digital

Publicado el 13 mar. 2018

SUSCRITO 51 MIL

SE CAGÓ DE NUEVO la justicia dominicana. FUENTEAUDIOZ101..

sábado, 18 de febrero de 2017

Leen la acusación contra Quevedo

JUICIO

Leen la acusación contra Quevedo

 - 
La provincia de Pedernales ofrece sus mejores playas, como Bahía de las Águilas,  la Laguna de Oviedo, ríos y otros recursos naturales para que el visitante descubra y disfrute de la magia de la naturaleza.
La provincia de Pedernales ofrece sus mejores playas, como Bahía de las Águilas, la Laguna de Oviedo, ríos y otros recursos naturales para que el visitante descubra y disfrute de la magia de la naturaleza. (Kelvin Mota)
La audiencia preliminar donde se conocía la solicitud de apertura a juicio contra el sindicalista Arsenio Quevedo, el exregidor de Pedro Brand, Ericson de los Santos Solís y otros imputados de sicariato fue recesada para el 3 de marzo a las 10:00 a.m.La decisión fue tomada por el Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional luego del inicio de lectura de la acusación por parte del Ministerio Público contra los imputados por sicariato y lavado de activos proveniente de la mafia de los combustibles subsidiados por el Gobierno a la Unión Nacional De Transportistas Afines (Unatrafin).
El fiscal actuante en el caso, David Ruiz confió en que en un tiempo razonable se dará apertura a juicio de fondo y los imputados serán condenados a 30 años de prisión. “La defensa no tiene manera de refutar las pruebas contundentes que hemos incluido en la acusación”, manifestó Ruiz.
Lectura de acusación
Durante la audiencia preliminar de ayer, el Ministerio Público leyó unas 70 páginas de la acusación, la cual consta de unas 108 páginas en total. Faltan por presentar todas las pruebas materiales y audiovisuales. En la próxima audiencia el Ministerio Público concluirá con su acusación. Le tocará el turno a los acusadores civiles y posteriormente a cada imputado le toca establecer sus medios de defensa.
La defensa de Quevedo presentó dos incidentes, incluyendo una solicitud de aplazamiento, los cuales fueron rechazados por el Séptimo Juzgado de la Instrucción presidido por Kenya Romero. Junto a Quevedo y De los Santos Solís también están imputados por el caso el exsargento de la Policía, Amaury Cabrera Martínez, el exmayor Cristino Batista Roa y Danilo Octavio Reynoso. En las afueras del Palacio de Justicia de Ciudad Nueva, choferes de varios sindicatos, principalmente de Fenatrano, reclamaron condena contra los imputados.
Imputados enfrentan cargos por sicariato
De los Santos Solís y Quevedo cumplen un año de prisión preventiva. El primero es imputado por presuntamente estar vinculado a la muerte de Mateo Nieve de Jesús, Overnys Guerrero y Ángel Javier. Mientras que Quevedo además de sicariato, también es acusado de lavado de activos proveniente de la mafia de los combustibles y de ser el cabecilla del grupo criminalhttp://www.elcaribe.com.do/2017/02/18/leen-acusacion-contra-quevedo

jueves, 14 de enero de 2016

Ministerio Público afirma Arias Valera le envió a Reyes Beltré caso de regidor para que lo liberara

Ministerio Público afirma Arias Valera le envió a Reyes Beltré caso de regidor para que lo liberara

Por Kharla Pimentel /Acento.com.do. 14 de enero de 2016  
“En fecha 2 del mes de noviembre del año 2015 la imputada Awilda Inés Reyes Beltré, le hizo entrega o mejor dicho devolución, al imputado Francisco Alberto Arias Valera de la suma de RD$350,000.00, que el mismo, le había entregado”.
i0000bwjzrxonc80jpg.jpg
Foto: Carmen Suárez/Acento.com.do / Los jueces implicados en prevaricación durante audiencia de coerción.
SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El exjuez del Cuarto Juzgado de la Instrucción de la provincia Santo Domingo, Francisco Arias Valera, recibió del imputado por sicariato Erikson de los Santos Solis (Ney) dinero para favorecerlo con una libertad a través de un habeas corpus, según manifestó el Ministerio Público en su solicitud de apertura a juicio contra éste y la suspendida jueza Awilda Reyes Beltré, ambos sometidos a la justicia.
El expediente acusatorio sometido por el Ministerio Público indica que del dinero que le habría entregado De Los Santos Solis, el juez Arias Valera entregó a su vez RD$350, 000 a la hoy suspendida jueza de la Cuarta Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera  Instancia del Distrito Nacional, Awilda Reyes Beltré.
Destaca que la investigación determinó que, efectivamente, después de esto resultó apoderada la Cuarta Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional presidida por la encartada Awilda Inés Reyes Beltré, de la referida solicitud de habeas corpus.
Recuerda que en fecha 30 del mes de octubre del año 2015, se materializó la orden de libertad acordada mediante Sentencia No.151-2005, lo que a todas luces señaló improcedente en virtud de lo que establecen los artículos 71 de la Constitución, 63 de la Ley de Procedimiento Constitucional y 381 del Código Procesal Penal; disposiciones que de manera clara establecen lo desacertado del habeas corpus si hay recurso ordinario abierto, como acontecía en el caso en cuestión.
Según detalla, ante varios reclamos la Suprema Corte de Justicia ordenó una investigación en contra de  la jueza Awilda Inés Reyes Beltré, lo que provocó un encuentro entre la nombrada jueza y Mariano Germán, presidente de la Suprema Corte de Justicia.
“En algunos casos, jueces accedían a sus pedimentos por ascensos o temor a represalias y en otros casos, a cambio de considerables sumas de dinero”
En la referida reunión, de conformidad a la declaración del magistrado juez presidente de la Suprema Corte, Reyes Beltré le confesó, haber recibido RD$350,000.00 como pago adelantado por la libertad de Erickson de los Santos Solís (Ney), dinero que constituía un avance del total y que fue entregado por el consejero Francisco Alberto Arias Valera.
En la misma, reconoció igualmente haber recibido y fallado los casos Torre Atiemar y aeronave caso Banco Peravia, por complacencia ante el requerimiento, “por supuestas órdenes superiores”, del acusado Francisco Alberto Arias Valera.
Destacaron que las sentencias son la numero 094-2015 de fecha 7 del mes de julio del año 2015, evacuada por la imputada Awilda Reyes Beltré en la que ordena la devolución de la aeronave CESSNA, matrícula N61MA a José Bacile, fue dictada por la imputada para favorecer las pretensiones del acusado Francisco Alberto Arias Valera.
En iguales circunstancias fue dictada la Sentencia No.118-2015, de fecha 30 del mes de octubre del año 2015, por la imputada Awilda Inés Reyes Beltré. En esta decisión, ordena mediante un amparo, la entrega de US$20,000,000.00 a la sociedad Prado Universal Corp, exclusivamente para favorecer el requerimiento del co-acusado Francisco Alberto Arias Valera.
Pruebas
Evidencia de traslados, ascensos, suspensiones de procesos disciplinarios, premios e impunidad, eran ofertados por el exjuez y miembro del Consejo del Poder Judicial, Francisco Arias Valera, a cambio de obtener de los jueces respuestas favorables a sus intereses,
“En algunos casos, jueces accedían a sus pedimentos por ascensos o temor a represalias y en otros casos, a cambio de considerables sumas de dinero que eran concertadas y entregadas por el imputado Arias Valera personalmente o a través de interpósitas personas”, indica la solicitud.
El informe resalta pruebas documentales, materiales, periciales y testimoniales en contra los jueces acusados de prevaricación Arias Valera y Reyes Beltré, como fotos y videos de entradas y salidas de estos a reuniones anteriormente citadas.
“Un disco compacto que contiene fotografías de un bolso, fajo de dinero y videos de entradas y salidas”, explica el expediente que a la vez señala esto pretende establecer el tránsito del dinero y personas.
Entre las pruebas periciales se encuentra el análisis de experticia caligráfica, a las firmas de los recibos constancias de la devolución del dinero fruto de la prevaricación que le firmaron ambos acusados al presidente de la Suprema a pesar de que estos no procedieron a tomarse las muestras requeridas con anterioridad.
Petición
Tras 25 páginas de desarrollo de los hechos y pruebas, el Ministerio Público bajo la firma del Procurador General de la República, Francisco Domínguez Brito, solicitó designar a un juez de la instrucción especial a fin de conocer la acusación y dar apertura a juicio contra los implicados, por los hechos punibles precedentes expuestos y que tipifican los crímenes de los que se les sindican.
Pidieron validar y admitir todas las pruebas, y mantener la medida de coerción que pesa contra estos, consistente en prisión preventiva por ser la única que garantiza que los mismos no se sustraigan al proceso.
Ambos sindicados guardan prisión en los centros correccionales de Najayo, desde el pasado 17 de diciembre tras el magistrado Ramón Horacio González Pérez conocer el caso luego de más de 12 horas de audiencia de coerción solicitada por el Ministerio Público.
Elementos de pruebas detallados en el documento:
  1. Oficio contiene anexo recibo firmado por ambos imputados, por pago soborno a cambio de libertad regidor…
  2. Disco compacto que contiene fotografías de un bolso, fajo de dinero y vídeos de entrada y salida de los jueces.
  3. DVD contiene fotos del dinero producto del delito y de la cartera que lo contenía remitidas por el Procurador General de la República; y videos de entrada y salida de los jueces de la Suprema Corte de Justicia.
  4. DVD contiene declaraciones de Mariano Germán, en la que establece que la imputada le admitió haber recibido dinero a cambio de liberar al regidor de Pedro Brand, Erikson de los Santos.
  5. Informe pericial que pretende demostrar que ciertamente las firmas que aparecen en los recibos, son ciertas y pertenecen a dichos imputados.
  6. Comunicación suscrita por la titular de la PEPCA, mediante la cual solicita experticias caligráficas al INACIF.
  7. Actos de alguacil notificándoles a ambos imputados comparecer al INACIF, a fines de toma de muestras caligráficas.
  8. Comunicación remitiendo dos certificaciones del INACIF donde se hace constar que los imputados no procedieron a tomarse las muestras caligráficas requeridas.
  9. Declaración de Justiniano Montero.
  10. Declaración de Edgar Eliezer Torres Reynoso.
  11. Declaración de Francisco José Juan Rafael Álvarez Valdez. http://acento.com.do/2016/actualidad/8315258-ministerio-publico-afirma-arias-valera-le-envio-a-reyes-beltre-caso-de-regidor-para-que-lo-liberara/

sábado, 28 de noviembre de 2015

PLD y Derechos Humanos certificaron “buena conducta” de Arsenio Quevedo

PLD y Derechos Humanos certificaron “buena conducta” de Arsenio Quevedo

Por Samuel Tapia /acento.com.do. 28 de noviembre de 2015  
Una información enviada por el PLD el 26 de noviembre, rubricada por Juan José Mateo Martínez, presidente de la Dirección Municipal de dicho partido, indica que el también subdirector de la Oficina Metropolitana de Servicios de Autobuses (OMSA), señala que goza de mayor simpatía y popularidad
i0000e1iwxv4ismjpg.jpg
Foto: Arsenio Quevedo con Reinaldo Pared
SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Tras el apresamiento del presidente de la Unión Nacional de Transportistas y Afines (Unatrafín), el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) se pronunció en su defensa, solicitando el apoyo de la población del municipio de Comendador, provincia Elías Piña.
Una información enviada por el PLD el 26 de noviembre, rubricada por Juan José Mateo Martínez, presidente de la Dirección Municipal de dicho partido, indica que el también subdirector de la Oficina Metropolitana de Servicios de Autobuses (OMSA), señala que goza de mayor simpatía y popularidad, no solo entre los electores sino también en la población de la provincia.
Asimismo, la Comisión de Derechos Humanos aseguró que nunca ha tenido que ver con nada que haga contraria a la justicia, por tal razón se hacen responsables a él.
“Certificamos que el Sr. Arsenio Quevedo nunca ha tenido que ver con nada que haga contraria a la justicia, por tal razón nos hacemos responsables a él, declarando que el mismo siempre ha tenido muy buena conducta dentro de la sociedad y su Conjunto”, puede leerse la comunicación con fecha del 26 de noviembre de este año, firmada por Virgilio Almanzar, presidente del Comité Dominicano de los Derechos Humanos.
Empero, este documento resalta que fue emitida a solicitud del también precandidato a diputado del municipio.
Ayer, el Juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional impuso un año de prisión preventiva contra Quevedo, por su presunta implicación en la muerte de varios transportistas.
 Quizá te pueda interesar http://acento.com.do/2015/actualidad/8303776-pld-y-derechos-humanos-certificaron-buena-conducta-de-arsenio-quevedo/