La despenalización del aborto en tres causales. Una mirada desde los Derechos Humanos
Desde mi perspectiva, cuando abordamos el tema del aborto lo hacemos erróneamente, ya que el enfoque no es, si estamos a favor o en contra del aborto, así planteadas las cosas me declaro inmediatamente contrario al aborto, el problema en discusión no es ese, el tema es si estamos a favor o en contra de despenalizar el aborto en tres causales, esto es, el aborto eugenésico que se produce cuando hay inviabilidad de vida del feto una vez nacido; aborto terapéutico cuando la vida de la madre corre serio peligro o cuando el embarazo es fruto de una violación y en estos casos, me declaro abiertamente partidario de despenalizar el aborto.
Mis razones son varias y trataré de sintetizarlas en este breve artículo.
Primero, prestigiosos organismos defensores de los derechos humanos como son por ejemplo,La Organización Mundial de la Salud, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la Corte Europea de Derechos Humanos, el Comité de la ONU contra la Tortura, han declarado que la penalización del aborto cuando la vida o salud de la madre corren peligro o cuando el embarazo es producto de una violación, constituye un acto que viola los derechos humanos básicos de las mujeres
Segundo, los Derechos Humanos, son derechos subjetivos que reconocen a su titular poderes o prerrogativas que sólo pueden ser limitadas con el fin de proteger otros derechos humanos, así lo ha sostenido la teoría y filosofía política desde el siglo XVIII. Esta afirmación nos lleva a dos importantes conclusiones:
- a) Que sin importar lo mayoritario que puedan resultar, los derechos humanos no son restringibles o anulables con la finalidad de proteger intereses colectivos, utilitariosy o valores de grupos religiosos o ideológicos.
- b) Para pesar la coherencia de la despenalización del aborto con los derechos humanos y consecuentemente su eventual legitimidad moral, tenemos que saber identificar, un derecho del embrión o feto en tanto persona, si esto no resultare posible, identificarlo al menos como ente independientecon algún interés jurídicamente protegible, contraponiéndolo con los derechos humanos de las mujeres.
Tercero, en la línea de lo recién expuesto, resulta muy interesante considerar las conclusiones que nos ofrece el Colegio de Bioética de México que señala, cito textualmente:“Los conocimientos científicos sobre el genoma, la fertilización, el desarrollo del embrión humano y la fisiología del embarazo indican que el embrión de 12 semanas no es un individuo biológico ni mucho menos una persona, porque:
- a) Carece de vida independiente, ya que es totalmente inviable fuera del útero;
- b) Si bien posee el genoma humano completo, considerar que por esto el embrión de 12 semanas es persona, obligaría a aceptar como persona a cualquier célula u órgano del organismo adulto, que también tienen el genoma completo. La extirpación de un órgano equivaldría entonces a matar a miles de millones de personas;
- c) A las 12 semanas el desarrollo del cerebro está apenas en sus etapas iniciales y no se ha desarrollado la corteza cerebral ni se han establecido las conexiones nerviosas hacia esa región que son indispensables para que puedan existir las sensaciones;
- d) Por lo anterior, el embrión de 12 semanas no es capaz de experimentar dolor ni ninguna otra percepción sensorial, y mucho menos de sufrir o de gozar”
Si la restricción de derechos requiere ser justificada sobre la base del dualismo “persona-persona“, la evidencia científica expuesta,parece hacer razonable y coherente la teoría de los derechos humanos que hasostenido que la penalización del aborto viola los derechos humanos básicos de las mujeres.
Concluyendo, no es a través de la penalización y la criminalización de la mujer que se resuelve esta grave problemática, en los hechos, la penalización del aborto no ha hecho avanzar a la sociedad dominicana ni un centímetro, en pos de una solución de este flagelo social.
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