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lunes, 10 de septiembre de 2018

Lo que hicieron agentes con maletas de profesores UASD tras detener autobús oficial | @UniversidadUASD

Lo que hicieron agentes con maletas de profesores UASD tras detener autobús oficialUn agente de la DNCD mientras requisa la maleta de un docente de la UASD.

Un agente de la DNCD mientras requisa la maleta de un docente de la UASD.
La vicedecana de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad Autónoma de Santo Domingo, Rosalía Sosa Pérez, denunció la presunta acción arbitraria de las autoridades policiales y militares en el puesto de chequeo militar Jicome, al detener el autobús oficial donde se transportaban profesores extensionistas desde el Sub-centro UASD Santiago Rodríguez y el Centro UASD-Mao, hacia la sede central de la academia.
Sosa Pérez, ex director de Participación Ciudadana, lamentó que en ese proceso se llegó al extremo de inspeccionar las maletas de los docentes transportados, situación que lamentó. “Es una acción oprobioso y abusiva, donde no se aplicó ningún protocolo de actuación ni procedimientos legales para realizar dicha inspección, por lo que calificamos como un hecho grave de los agentes actuantes”, significó.
Resaltó que pese a que la ley reconoce métodos de inspección, no justifica a las autoridades actuantes a realizar los mismos, ya que están obligados a respetar los procedimientos y medios permitidos por el ordenamiento jurídico.
Citó que los docentes universitarios inspeccionados viajan todas las semanas a los recintos, centros y subcentros de la UASD, a impartir docencia, y después de haber agotado jornadas de trabajo, fueron obligados a abrir el maletero del autobús y sin ofrecer ninguna explicación procedieron a requisar las maletas e inspeccionar el contenido de las mismas.
“La docente universitaria reconoce que es una práctica diaria en el país las inspecciones arbitrarias y requisas ilegales, sin agotar los procedimientos y los protocoles de actuación”.
Llamó a las autoridades a detener estas acciones que calificaron como violatorias de los derechos de las personas, “conductas que contribuyen al descrédito de las autoridades policiales y militares, e invitó a rechazar la improvisación y a formular estrategias de abordaje de política criminal”. http://hoy.com.do/lo-que-hicieron-agentes-con-maletas-de-profesores-uasd-tras-detener-autobus-oficial/

domingo, 10 de septiembre de 2017

Transparencia en el financiamiento de la política - Por: Rosalía Sosa Pérez

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Los partidos políticos son instrumentos de intermediación entre la sociedad y el Estado, sin los cuales la democracia representativa no funcionaría. Su reconocimiento constitucional hace imperioso la aprobación de una ley que regule su conformación, funcionamiento y actividades, sustentado en el respeto a la democracia interna y a la transparencia.
Contamos con una ley de libre acceso a la información pública que identifica como sujetos obligados a los partidos políticos para rendir información sobre la identidad de los contribuyentes, origen y destino de los fondos de operación y manejo.
Cuando hablamos de financiamiento político nos referimos al flujo de dinero público y privado existente en el proceso político. Financiamiento de la política es el aporte (legal e ilegal) para las actividades de los partidos y de las campañas electorales. Es claro que los partidos políticos necesitan fondos para poder desempeñar su papel, pero esto no implica un gasto desmedido y unas fuentes que acarreen violaciones de los preceptos democráticos de participación en plano de igualdad.
El mal manejo del dinero en la política se considera una amenaza a la democracia. Es evidente donaciones a las campañas por empresas o la infiltración de redes político-económicas, muestras son los escándalos en el financiamiento a candidatos como los casos Lava Jato en Brasil, Odebrecht en Perú, Colombia y República Dominicana, la Línea en Guatemala.
La opacidad, la falta de transparencia y el ausente control, son oportunidades para que el crimen organizado y redes corruptas influyan en los candidatos para proyectos futuros. Esto no solo quebranta la democracia, la buena gobernanza y el Estado de Derecho, sino que tiene consecuencias negativas en el desarrollo económico y la reducción de la pobreza
El financiamiento debe ser claro, abierto y transparente para conservar la confianza de los ciudadanos en la política. Existe el mismo trato entre el ciudadano común y el que ayer contribuyó en la campaña política? Hay que conocer quién es el que pone el dinero hoy y cuánto pone, porque mañana no distinguimos si los que nos gobiernan representan a los ciudadanos o representan los intereses de los que les han financiado.
El financiamiento de la política va más allá que un simple aporte, porque quien da el dinero controla todo lo demás, poniendo en juego la calidad de la representación. El ciudadano da su consentimiento a través de la participación.
Este consentimiento debe ser consciente e informado de quién o quiénes financian a tal o cual candidato. Es conocer quién está detrás, quién es la cara oculta propietaria del dinero con expectativas de beneficios futuros.
La transparencia es fundamental en la vida de los partidos políticos, ayuda a equilibrar la balanza mediante la exposición y el castigo de la influencia indebida sobre “los políticos”, desmonta las redes político-económicas-ilícitas, protege ante la infiltración de dinero ilícito, alienta a los partidos, miembros y candidatos a respetar las normas, contribuye a mejorar la confianza de los ciudadanos y fortalece la democracia representativa.
http://hoy.com.do/transparencia-en-el-financiamiento-de-la-politica/

domingo, 24 de mayo de 2015

Derechos de ciudadanía y reelección presidencial (I, II) Por ROSALÍA SOSA PÉREZ

Derechos de ciudadanía y reelección presidencial (I)

Por ROSALÍA SOSA PÉREZ 
12 mayo, 2015

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Nuestra Constitución reconoce derechos, los cuales tienen vinculación entre sí por ser inherentes a las personas, pero provienen de naturalezas distintas y por lo tanto deben ser diferenciados. Es por ello que desde la perspectiva del ciudadano como titular de derechos frente a la comprensión del Estado y sus poderes públicos, se delimitan los derechos fundamentales reconocidos en los artículos 37 al 67 de los derechos de ciudadanía consignados en el artículo 22, bajo el presupuesto de que los “derechos y sus garantías” constituyen elementos legitimadores del poder político en todas sus manifestaciones.
Los derechos de participación de la ciudadanía vinculan los derechos individuales de las personas con el interés general de la sociedad, relacionan la parte dogmática con la parte orgánica de la Constitución, evidencian la existencia de la separación de poderes y el reconocimiento de los derechos fundamentales.
Estos derechos de ciudadanía se exteriorizan a través de las conductas de los ciudadanos de hacer o no hacer, donde la respuesta de la voluntad del Estado tiene que coincidir con la voluntad política de la sociedad. Son derechos exclusivos de los ciudadanos que se materializan a través de la voluntad general y se concretiza a través de la manifestación particular de las personas. Son constitutivos de ciudadanía, pues se es ciudadano en la medida en que se participa en la formación de la voluntad y en el comportamiento general e individual del Estado. El ejercicio de este derecho no admite diferencias de una persona con otra, sólo es suficiente con ser ciudadanos. La génesis de la voluntad individual no puede existir sin la existencia de la voluntad colectiva, ambas son simultáneas y coexisten.
Estos derechos son políticos, ya que únicamente se disponen de ellos en el ejercicio de la soberanía que reside “exclusivamente en el pueblo”. Estos derechos no residen bajo la única condición de participar como personas, sino que además, requiere una condición especial que es la de ser “ciudadanos”. Su ejercicio y periodicidad depende del contenido esencial de cada derecho. Por ejemplo: el derecho a denunciar las faltas cometidas por los funcionarios públicos no depende de la convocatoria periódica de un órgano que convide a los ciudadanos, como es el caso del derecho al sufragio o del derecho de ser consultados a través del referendo.
El derecho de participación de la ciudadanía es un derecho que necesita un desarrollo normativo, del cual la Constitución establece lo fundamental, pero éste no puede ejercerse plenamente si no se desarrolla legislativamente en cada caso: derecho a elegir y a ser elegido, participación directa a través del referendo, iniciativa popular, legislativa o municipal; formar peticiones a los poderes públicos o denunciar faltas cometidas por los servidores públicos. Ese desarrollo normativo ocupa un lugar muy reducido en nuestro ordenamiento jurídico, la prueba es que apenas contamos con lo necesario e impreciso por falta de una voluntad política que sólo se apresura cuando sus intereses son favorecidos, afectados o en peligro de ser amenazados.

http://hoy.com.do/derechos-de-ciudadania-y-reeleccion-presidencial-i/

Derechos de ciudadanía y reelección presidencial (II)

 

Por ROSALÍA SOSA PÉREZ 
En la entrega anterior, publicada el martes 12 de mayo, nos referimos al derecho de participación de la ciudadanía como derecho fundamental, cuya génesis se sustenta en el ejercicio de la soberanía popular, directa o indirecta, indispensable para democratizar y limitar el ejercicio del poder estatal, lo que garantiza que ese poder respete, previa legitimación popular, la voluntad del pueblo.
El derecho de elegir y ser elegido no solo es un derecho fundamental sino un derecho de ciudadanía, cuya titularidad es exclusiva de los “ciudadanos”. Dentro de este contexto, hay quienes opinan que la reelección es un derecho fundamental. Entonces surgen interrogantes, ¿Se restringe el derecho ciudadano a los electores si se limita la reelección presidencial? Se le viola al Jefe de Estado y al Jefe de Gobierno su derecho si no se le permite ser reelecto?
En la República Dominicana la reelección por un período interpuesto está permitida, siendo esta una consecuencia del derecho de elección. Es una garantía positiva porque permite al exgobernante presentarse y ser electo, y a los ciudadanos el ejercer su derecho de elegir a su conveniencia. Pero también constituye una garantía negativa, ya que restringe al aspirante a presentarse, evitando el uso desmedido del poder desde el poder en beneficio al derecho de regular el ejercicio del mandato conferidos a aquellos que detentan el poder.
La imposición de límites no restringe derechos, delimita el ejercicio del poder y garantiza el principio democrático de los ciudadanos al permitir que otros puedan presentarse y ser electos.La reelecciónpor un período interpuesto que se establece en el artículo124 de la Constitución, constituye una limitación a la forma del ejercicio del poder y una previsión importante para un adecuado funcionamiento de la administración pública en particular y de los recursos públicos en general.
Nuestro sistema político permite una gran concentración de poder al presidente de la República, que combinado con las aspiraciones reeleccionistas, al decir de Alexis de Tocqueville tiende a “degradar la moral política del pueblo, y a reemplazar el patriotismo por habilidad”.
Modificar la Constitución para cambiar la modalidad de relección de período interpuesto a inmediata o consecutiva y que de alcanzar dicho objetivo beneficia al actual presidente de la República, viola un principio general de derecho de que nadie puede promover una “norma para beneficio propio”.
Esto no solo impide tales propósitos, sino que desde el Estado se utilizan todos los medios para lograr lareelección; el presupuesto público se convierte en un instrumento para recompensar los servicios prestados, las violaciones a las normas se toleran, la corrupción se incrementa y la impunidad impera, la administración de la nación se subordina a ese interés individual que sustituye al general en pos de la reelección presidencial; sin importar cuánto daño le hacemos a la institucionalidad democrática, al mandato constitucional del artículo 124 del cual todos estamos obligados y por el cual fue elegido legítimamente el actual presidente de la República, que según su propias palabras: “yo quiero ser presidente por 4 años y ni un día más”.
http://hoy.com.do/derechos-de-ciudadania-y-reeleccion-presidencial-ii/