Proyecto
Senado alega que bancas no entran en la Ley de Lavado
La República martes, 23 de mayo de 2017
Noticias Relacionadas
El Senado consideró ayer que no era necesario que las bancas de loterías estuvieran reguladas por la nueva ley de Lavado de Activos y por tal razón la sacó del proyecto que se aprobó la pasada semana.
Según un miembro de la comisión que estuvo a su cargo el estudio de la pieza enviada por el Poder Ejecutivo, el senador Rafael Calderón, en ningún país las loterías están incluidas en este régimen, lo que no significa que no estén sujetas a supervisión por parte del Estado.
El vicepresidente de la Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS), Servio Tulio Castaños Guzmán, recomendó que el Comité Nacional Contra el Lavado de Activos realice de forma inmediata un estudio y diseñe cuantos mecanismos sean necesarios para incluir al sector de las bancas de apuestas como sujetos obligados, en caso de que la Cámara de Diputados apruebe el proyecto de ley como lo hizo el Senado.
Indicó que la ley faculta al Comité Nacional Contra Lavado de Activo a incluir a ese sector mediante resolución y/o reglamentos.
Sujetos obligados
Manifestó que aun cuando el proyecto aprobado por el Senado no incluye como sujetos obligados en sus artículos 32 y 33 a las casas y/o bancas de apuestas, lo importante es que el párrafo I, del artículo 32 establece que “reglamentariamente, el Comité Nacional Contra Lavado de Activos podrá incluir como sujetos obligados a quienes realicen otras actividades no incluidas en la presente ley y que se considere que presenten riesgos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo y, como tal, deban contar con mitigadores para impedir que sean utilizadas para dichas actividades ilícitas”.
Manifestó que aun cuando el proyecto aprobado por el Senado no incluye como sujetos obligados en sus artículos 32 y 33 a las casas y/o bancas de apuestas, lo importante es que el párrafo I, del artículo 32 establece que “reglamentariamente, el Comité Nacional Contra Lavado de Activos podrá incluir como sujetos obligados a quienes realicen otras actividades no incluidas en la presente ley y que se considere que presenten riesgos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo y, como tal, deban contar con mitigadores para impedir que sean utilizadas para dichas actividades ilícitas”.
Puntualizó que igualmente el párrafo del artículo 33 va en esa dirección para los sujetos obligados no financieros.
“Lo que habría entonces una vez se apruebe, el Comité Nacional Contra el Lavado de activos, proceda de manera inmediata a realizar un estudio y proceda a diseñar cuantos mecanismos sean necesario al sector de las casas y/o bancas de apuesta, para incluirlos como sujetos obligados.
Dijo que eso es factible y “|es lo que en la actual coyuntura recomendaría. Obviamente, siempre y cuando la cámara de diputados la apruebe como la aprobó el senado”, planteó.
http://www.listindiario.com/la-republica/2017/05/23/467140/senado-alega-que-bancas-no-entran-en-la-ley-de-lavado
NOTICIAS RELACIONADAS
No hay comentarios.:
Publicar un comentario