Artur Mas, condenado a dos años de inhabilitación por la consulta del 9-N
El TSJC también inhabilita a Irene Rigau y Joana Ortega por desobediencia pero absuelve a los tres políticos de la prevaricación
El tribunal considera que Mas, Rigau y Ortega "ignoraron e impusieron su voluntad" sobre la suspensión de la consulta que había ordenado el Constitucional
"Se vio alterado en términos inaceptables el normal funcionamiento del Estado de Derecho", señala la sentencia. Los tres condenados recurrirán al Supremo
El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha condenado a Artur Mas a dos años de inhabilitación por desobediencia en la consulta del 9-N. Las exconselleres Joana Ortega e Irene Rigau también han sido condenadas a un año y nueve meses y a un año y seis meses de inhabilitación. Asimismo, tendrán que abonar una multa de 36.500, 30.000 y 24.000 euros, respectivamente. Los tres políticos han sido absueltos del delito de prevaricación.
A juicio del TSJC, Mas, Rigau y Ortega "ignoraron e impusieron su voluntad" sobre la suspensión de la consulta que había ordenado el Constitucional el 4 de noviembre de 2014. "Se vio alterado en términos inaceptables el normal funcionamiento del Estado de Derecho", añade el tribunal en su sentencia, que los abogados de los condenados acusados ya han anunciado que recurrirán al Tribunal Supremo.
El presidente del TSJC, Jesús María Barrientos, que presidió el juicio a Mas, Ortega y Rigau, ha sido el ponente de la sentencia, a la que se han adherido por unanimidad los otros dos magistrados que formaron el tribunal, Carlos Ramos y Eduardo Rodríguez. En paralelo al fallo conocido este lunes, el Tribunal Supremo está pendiente de dictar su sentencia del 9-N sobre el exconseller de Presidència y ahora líder del PDECat en el Congreso, Francesc Homs.
Barrientos ha tardado poco más de un mes en redactar el fallo. El juicio quedó visto para sentencia el pasado 10 de febrero. Mas, en su turno de última palabra, proclamó ante el tribunal: "No desobedecimos al Constitucional, plantamos cara al Gobierno español". La frase resume la estrategia de defensa seguida por Mas, Ortega y Rigau: capitalizar políticamente el 9-N ante el tribunal sin declararse desobediente.
El tribunal rechaza los dos argumentos que alegaron los tres políticos para negar la desobediencia, esto es, que la suspensión del Constitucional era inconcreta y que tras la orden del Alto Tribunal dejaron la consulta en manos de los voluntarios. "Los voluntarios estuvieron siempre bajo el control organizativo del Govern de la Generalitat", asegura el fallo.
Además, los togados sentencian que la providencia del Constitucional que suspendió la consulta "resultaba de una claridad meridiana para cualquier inteligencia media", y tildan de "pretexto inconsistente" el argumento defensivo de Mas. Asimismo, el TSJC considera "manifiestamente infundada" y un "subterfugio" la solicitud de aclaración que pidió el Govern el 4 de noviembre sobre la suspensión de la consulta.
Absueltos de la prevaricación
Sin embargo, el TSJC ha decidido absolver a Mas, Rigau y Ortega del delito de prevaricación por el que también estaban acusados. La Fiscalía pedía diez años de inhabilitación para Mas y otros nueve para las exconselleres por ambos delitos. El tribunal considera que Mas, Rigau y Ortega no actuaron con la "arbitrariedad" que exige el delito de prevaricación.
Asimismo, los magistrados argumentan que si les condenaran por prevaricación castigarían con dos delitos (prevaricación y desobediencia) un mismo hecho, algo que el tribunal recuerda que no puede hacer. "Mantener [la consulta] en contra de lo ordenado por el Constitucional no puede incorporar más elementos que los inherentes al acto desobediente", resuelve la sentencia. http://www.eldiario.es/catalunya/politica/Artur_0_621887932.html
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