Los candidatos peligrosos
Seleccionar los candidatos a los cargos de elección popular y presentarlos a la consideración de los electores es, sin lugar a dudas, la principal atribución de los partidos políticos en una democracia representativa. Su otra gran misión consiste en, como dice Sartori, “comunicar con vigor a las autoridades las exigencias del público como un todo”. Sin embargo, ninguna de estas funciones son cumplidas eficientemente por las entidades políticas.
En los hechos, los partidos políticos tienen el monopolio de la nominación de los candidatos, debido a que las candidaturas independientes enunciadas en el artículo setenta y seis de la Ley Electoral no son más que una ficción, sobretodo las del nivel presidencial, en razón de que deben ser presentadas por agrupaciones políticas accidentales que, para ser reconocidas, se les requiere cumplir con requisitos similares a los exigidos para la constitución de un partido político.
En ese sentido, en el artículo 216 que la Constitución Política dedica a los partidos políticos, se destacan las nociones de: a) Estado democrático y de derecho; constitucionalismo: “…Con sujeción a los principios establecidos en esta Constitución, su conformación y funcionamiento deben sustentarse en el respeto a la democracia interna y a la transparencia de conformidad con la ley…”; b) Garantimos: “…Garantizar la participación de ciudadanos y ciudadanas en los procesos políticos que contribuyan al fortalecimiento de la democracia…”; y c) Equidad; pluralidad; soberanía popular: “…Contribuir, en igualdad de condiciones, a la formación y manifestación de la voluntad ciudadana, respetando el pluralismo político mediante la propuesta de candidaturas a los cargo de elección popular…”. El incumplimiento de la primera disposición afecta por extensión a las demás. En ese orden, a pesar del requisito constitucional de democracia interna, los últimos procesos de elección desarrollados por los partidos políticos han reflejado un retroceso en su democratización.
Precisamente, es el comportamiento autoritario de las cúpulas de los partidos políticos y, en consecuencia, el poder que éstas ejercen al momento de escoger a sus candidatos, lo que debe preocuparnos a todos, en un tiempo en el que tal y como ha señalado Ronald Dworkin “…el dinero es la maldición de nuestra política”.
La desenfrenada carrera que protagonizan los políticos detrás del dinero que necesitan para cubrir las costosas campañas electorales, los conduce, muchas veces, a aceptar fondos sin importar su origen, en algunos casos, a cambio de candidaturas a cargos de elección popular, en perjuicio de los auténticos candidatos del partido.
¿Quiénes son esos que compran las candidaturas a cualquier precio? ¿Qué persiguen al ocupar un escaño o una alcaldía? Esas son las interrogantes que, al momento de entregarle una candidatura a alguien, deberían hacer reflexionar a un líder político que procure el bienestar de su comunidad y el fortalecimiento de su organización política.
El ejemplo del candidato peligroso lo tenemos en la ciudad mexicana de Iguala, con el alcalde y su supuesta participación en la desaparición, que ha conmovido al mundo, de los cuarenta y tres estudiantes que cuestionaron su comportamiento.
En ese espejo, propio de los candidatos del crimen organizado, deben verse nuestros dirigentes políticos al momento de conformar y depositar en la Junta Central Electoral y las juntas electorales los candidatos y las candidatas que competirán en las elecciones del 15 de mayo del 2016. http://elnacional.com.do/sufragio-54/
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