martes, 5 de marzo de 2019

PC explica cómo el Procurador violó reglamento de selección de jueces SCJ durante entrevista a Miriam Germán Brito


PC explica cómo el Procurador violó reglamento de selección de jueces SCJ durante entrevista a Miriam Germán Brito

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El movimiento cívico no partidista, Participación Ciudadana, rechazó las violaciones al reglamento para la selección de los jueces de la Suprema Corte de Justicia, realizadas por el procurador general, Jean Alain Rodríguez, contra la jueza Miriam Germán Brito, con lo cual, indican, se pretende dañar, sin presentar prueba alguna y sin dar la oportunidad de defensa, la trayectoria de una magistrada reconocida por una limpia hoja de servicio en la judicatura.
“Es una pena que un proceso en el que todo el país ha puesto sus esperanzas de mejoría de la justicia inicie con el desconocimiento total del procedimiento por parte de un funcionario subalterno del Presidente de la República, llamado a poner el ejemplo de respeto al debido proceso”, expresó el Consejo Nacional de Participación Ciudadana.
PC señaló que el Reglamento establece bien claro que “mientras dure el proceso de presentación de candidaturas y preselección, y hasta tres (3) días después de publicada la lista de preseleccionados, cualquier persona o institución podrá someter a la consideración del Consejo Nacional de la Magistratura objeciones y reparos a las candidaturas. Cuando el Consejo le atribuya mérito, en principio, a una objeción o reparo, comunicará la misma al aspirante de que se trate para que en un plazo de 24 horas se pronuncie sobre el particular.”
Los tres párrafos de este artículo completan el procedimiento que debe ser seguido:
Párrafo I. Las comunicaciones que se remitan al Consejo como objeción o reparo a un aspirante nunca podrán ser anónimas y deberán contener los datos de quienes las formulen, deberán estar motivadas y avaladas con las pruebas que respalden cualquier situación imputable al candidato, y solo tendrán la finalidad de contribuir al proceso de toma de decisión por parte del Consejo Nacional de la Magistratura.
Párrafo II. Las objeciones y reparos presentadas deberán ser decididas antes de iniciar la etapa de vistas públicas.
Párrafo III. Se deberán tomar las medidas necesarias para garantizar que las objeciones puedan ser presentadas bajo los mayores niveles de confidencialidad.
Participación Ciudadana dejó claro que no se opone a que se dé curso a las objeciones que se reciban contra cualquiera de las personas evaluadas, pero “no podemos menos que expresar nuestro rechazo a estas violaciones”.
“No podemos suponer que el Procurador no conoce el reglamento aprobado y no puede ignorar la obligación de respetarlo. En tal sentido, no solo debe ser llamado al orden, sino que los demás miembros del Consejo Nacional de Magistratura, deben exigirle presentar las pruebas de las acusaciones que lanzó contra Miriam Germán, porque si no lo hace el proceso quedaría irremediablemente afectado de credibilidad”, manifestó el Consejo Nacional de PC.
PC rechazó la persecución, primero secreta y ahora pública, a que ha sido sometida la magistrada Miriam Germán, indicando que debe ser aclarada, pues “resulta obvio que en una de esas denuncias intervinieron organismos de inteligencia del Estado, y que todo se debe a su posición sobre el caso Odebrecht”. http://hoy.com.do/pc-explica-como-el-procurador-violo-reglamento-de-seleccion-de-jueces-scj-durante-entrevista-a-miriam-german-brito/
Violaciones del procurador a la ley 138-11 del CNM, art. 26: Se puede presentar objeciones a cualquier aspirante hasta 3 días después de publicada la lista de preseleccionados...
Cuando el Consejo le atribuya mérito, en principio, a una objeción o reparo, comunicará la misma al aspirante de que se trate para que en un plazo de 24 horas se pronuncie sobre el particular.
Párrafo I. Las objeciones o reparos a un aspirante nunca podrán ser anónimas y deberán contener los datos de quienes las formulen, deberán estar motivadas y avaladas con las pruebas que respalden cualquier situación imputable al candidato.
Párrafo II. Las objeciones y reparos presentados deberán ser decididos antes de iniciar la etapa de vistas públicas.
Párrafo III. Se deberán tomar las medidas necesarias para garantizar que las objeciones puedan ser presentadas bajo los mayores niveles de confidencialidad.
Una denunciante "anónima" sigue a una jueza de la Suprema desde 2017 tomándole fotos, pero parece que no lo ha hecho con ningún otro magistrado de esa corte.
Ahora faltan los cuestionamientos del procurador a los jueces que han dado "archivos definitivos" y "no ha lugar" por encima de certificaciones de depósitos por $27 mil millones. Esperemos.
En lugar de atenuarse, el secuestro de la Justicia perpetrado en 2010 se ha profundizado. Todos los partidos y todo el que aspire a la presidencia deben hablar claro sobre la forma en que van a sacar a los cuadros políticos de la judicatura y del ministerio público.
De 8 miembros de CNM Danilo tiene mínimo 4, casi seguro 6. Si hay empate 4-4, DM decide solo. Esa perla fue preparada así por LF para controlar todas las cortes. DM será responsable de los que se queden, los que se vayan y los que lleguen.
La cobardía de YANALAN, Sin Maquillaje, marzo 5, 2019

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