Tribunal Electoral anula expulsión de Alexandra Izquierdo y Modesto Guzmán
SUANNY REYNOSOPOLÍTICA
SANTO DOMINGO.- El tribunal Superior Electoral (TSE) anuló en la tarde de este miércoles una resolución del Consejo de Disciplina del Partido Reformista Social Cristiano (PRCS), mediante la cual fueron expulsados de esa organización “por alta traición”, los dirigentes Modesto Guzmán y Alexandra Izquierdo.
El tribunal, presidido por Mariano Rodríguez, establece que el órgano disciplinario del PRSC violó los derechos fundamentales de Guzmán e Izquierdo relativos a la “presunción de inocencia” y el “debido proceso”.
En el artículo tercero del dispositivo se establece que: “Acoge en cuanto al fondo la presente acción de amparo incoada por el señor Carlos Modesto Guzmán Valerio, y en consecuencia anula la decisión disciplinaria Núm. 002/2015 del Consejo Disciplinario del Partido Reformista Social Cristiano (PRSC), dictada en fecha 3 de agosto de 2015, en razón de que este Tribunal ha comprobado la violación de los derechos fundamentales de la presunción de inocencia y el debido proceso del accionante”.
En la disposición siguiente ordena al PRSC la restitución inmediata de la condición de miembro del Directorio Presidencial de Guzmán e Izquierdo, quienes se desempeñan en el Gobierno como director del Instituto Postal Dominicano (Inposdom) y Proindustria, respectivamente.
La corte rechazó por improcedente, mal fundado y carente de base legal el medio de “inadmisión por falta de objeto” planteado por el PRSC en atención al recurso de amparo elevado por Guzmán e Izquierdo.
El PRSC argumentó falta de objeto porque el recurso de amparo de Guzmán e Izquierdo buscaba evitar la expulsión y cuando se realizó el juicio ya había sido consumada dicha acción. O sea, los dirigentes recurrieron en amparo preventivo ante la amenaza de que serían expulsados del partido.
Acogiendo una solicitud de la parte recurrente, el Tribunal Electoral declaró la inconstitucionalidad del literal C, del artículo 49 de los estatutos del PRSC, por ser violatorio del literal 1 del artículo 22 de la carta magna, sobre el derecho a elegir y ser elegibles.
En tanto que, de oficio, declaró la inconstitucionalidad del párrafo primero del artículo 15 del reglamento disciplinario del PRSC, por ser violatorio de los numerales 3 y 10 del artículo 69 de la Constitución de la República, referentes al principio de la presunción de inocencia y al debido proceso.
Guzmán e Izquierdo son acusados por una parte de la cúpula del PRSC de promover la reelección del presidente Danilo Medina, en desmedro de los intereses del partido, que lleva a Federico Antún Batlle como su candidato presidencial para las elecciones del 2016. http://www.7dias.com.do/portada/2015/08/05/i194041_tribunal-electoral-anula-expulsion-alexandra-izquierdo-modesto-guzman.html#.VcPKwPl_Oko
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