jueves, 20 de octubre de 2016

¡ITEBIS completo para las materias primas! - Por JOSÉ ISRAEL CUELLO

Por JOSÉ ISRAEL CUELLO  18 octubre, 2016

¡ITEBIS completo para las materias primas!

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El fantasma de una nueva Reforma Fiscal ronda por los trillados espacios de la evasión consentida de impuestos, sobre la Renta en particular, de la impertinencia de subsidios que han servido para acumular fortunas y de la generalización de un ITBIS que ha tardado demasiado en hacerlo, lo que multiplica los vericuetos para su evasión.
Hoy, penetremos al pequeño espacio en que se discute sobre el ITEBIS y las Materias Primas en las aduanas.
El ITEBIS (Impuesto a la Transferencia de Bienes y Servicios), llamado en el resto del mundo IVA (Impuesto al Valor Agregado) mereció en la prensa española el calificativo de Impuesto Diabólico, porque al interrelacionar los operaciones de comercio logra un efecto más allá del ya diabólico de por sí de la recaudación, que es el de ser espejo de las interrelaciones empresariales y, en consecuencia, control de las evasiones.
Amigos españoles que hicieron una cruzada por el Cero IVA al Libro, en su venta final, pudieron comprobar al poco tiempo que todo el IVA que pagaron antes de la venta al público en el proceso largo de su producción tenían que asumirlo como costo, sin capacidad de recuperación, en vez de que, como en cualquier otro producto, pagara el total el usuario final, ya sin deducciones.
Y así permanece el asunto; sus costos son más altos sin recuperación alguna, como logran los otros productores.
En el caso de las materias primas importadas, lo que es necesario, en primer lugar, es definir cuál es el Valor Agregado de la importación, por el hecho de que el productor en el extranjero no puede ser sujeto de impuesto alguno fuera de su territorio, y en consecuencia ese impuesto debe estar compuesto sólo de los siguientes componentes: Flete o transporte, Seguros, Operación del puerto al llegar, Impuestos a pagar en el caso de que los haya, y Traslado al destino.
Calculado así, el total del impuesto es menor de la mitad del mismo si se incluyera en él, como base de cálculo también el costo antes de embarque de la materia prima en cuestión, que no aplica.
Queda otro problema en el reclamo de los importadores de materias primas para la industria, en el cual les asiste todas las razones del mundo: ellos al abonar esos valores en aduanas serían los únicos en la cadena productiva que lo harían antes de cobrar por la venta.
Y eso no es justo, ni válido en la esencia de la ley.
Debe contemplarse, en consecuencia, la viabilidad de un crédito por ese valor a cada importador, que es recurrente, de manera que antes o al hacer la próxima importación, que se supone reemplazará la anterior en la cadena de una producción ya vendida, deberá pagarse el crédito pendiente, en la Aduana misma que es el agente de Retención para el caso, orientado el recaudador por el RNC que enlaza todas las operaciones, de ese y de cualquier tipo.
Ese impuesto, el IVA, al Valor Agregado, o ITBIS como se le apoda aquí, funciona a la perfección como elemento blindado de recaudaciones, siempre que se cumplan dos requisitos: uno, que sea de igual monto para todas las operaciones; y, el otro, que no haya producto alguno que sea libre del pago, porque en esas brechas se crean los sumideros de la evasión y, en consecuencia, la incapacidad de ser un perfecto Impuesto Diabólico, que no admita evasiones, elusiones, ni vericuetos.
En la importación de maquinarias no hay tutía, el ITEBIS en la Aduana es un costo para el que vaya a utilizarlas, no así para el que vaya a venderlas, que puede transferirlo; pero, de todas maneras, calculado de la misma forma que deberá calcularse el de las materias primas, sin gravar el costo FOB, en el puerto de origen.http://hoy.com.do/itebis-completo-para-las-materias-primas/

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