viernes, 12 de junio de 2015

¡Volvió la reelección! 181 dicen "sí" a modificación constitucional

POLITICA
12 de Junio del 2015


Asamblea Nacional Revisora conoce primera lectura reforma constitucional (archivo).
Redacción
La Asamblea Nacional Revisora aprobó este viernes en segunda lectura la modificación al artículo 124 de la Constitución dominicana para restablecer la reelección presidencial consecutiva, con lo que se le permitiría al presidente Danilo Medina aspirar nueva vez al cargo en el 2016.
La propuesta, presentada por el asambleísta Reinaldo Pared Pérez, fue aprobada con 181 votos a favor y 39 en contra, cuando sólo se requería 147 votos.
La sesión inició sobre las 10:00 de la mañana y luego de los debates, la pieza fue aprobada pasada la 1:00 de la tarde.
Tras su aprobación, la nueva Carta Magna será proclamada este sábado por el Congreso Nacional.
La propuesta contó con el apoyo de los legisladores del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), del Partido Reformista Social Cristiano (PRSC) y del Partido Revolucionario Dominicano (PRD), mientras que el Partido Revolucionario Moderno (PRM) votó en contra.
Fueron rechazadas varias propuestas del asambleísta Ramón Rogelio Genao y la del diputado Juan Hubieres, este último pedía declarar nula la Asamblea Nacional Revisora “por haber sido convocada fuera de tiempo”.
Al tomar su turno, Nelson Arroyo, vocero de los diputados del PRM, consideró que la modificación a la Constitución no es para beneficiar al país, sino para llenar la necesidad de algunos funcionarios de permanecer en sus cargos.
El legislador indicó que en esta Asamblea el PRM cumplió con su papel y que dejarán que este sábado el PRD y el PLD "celebren su triunfo".
El texto aprobado señala que el presidente de la República será elegido cada cuatro años por voto directo y que el mandatario podrá optar por un segundo periodo constitucional consecutivo, no pudiendo postularse jamás al mismo cargo, ni a la Vicepresidencia de la República.
En su artículo transitorio el artículo establece que: “En el caso de que el presidente de la República correspondiente al periodo constitucional 2012-2016 sea candidato al mismo cargo para el periodo constitucional 2016-2020, no podrá presentarse para el siguiente periodo, ni a la Vicepresidencia de la República”.
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