
La Confederación Dominicana de la Pequeña y Mediana Empresa (Codopyme) advirtió sobre una situación de indefinición normativa que está afectando la operatividad del régimen especial de compras públicas en favor de las Mipymes.
La Confederación Dominicana de la Pequeña y Mediana Empresa (Codopyme) advirtió sobre una situación de indefinición normativa que está afectando la operatividad del régimen especial de compras públicas en favor de las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes), tras la entrada en vigor de la Ley 47-25 y su Reglamento de aplicación contenido en el Decreto 52-26.
La organización explicó que el nuevo reglamento derogó expresamente el Decreto 31-22, instrumento que identificaba de manera formal las instituciones públicas obligadas a priorizar compras dirigidas a Mipymes y productores nacionales dentro del marco de programas sociales del Estado.
Si bien el régimen especial establecido en la Ley 47-25 permanece vigente, el artículo 226 del Reglamento 52-26 establece que las instituciones sujetas a su aplicación deben ser identificadas mediante un decreto específico, el cual hasta la fecha no ha sido emitido.
Para Codopyme, esta ausencia genera un vacío operativo que puede limitar la correcta ejecución de una política pública diseñada para garantizar la participación efectiva de las Mipymes en procesos de contratación vinculados a programas de alimentación, asistencia social e insumos de uso esencial.
“Las Mipymes necesitan reglas claras y plenamente operativas. La seguridad jurídica no es un detalle técnico, es una condición indispensable para planificar, invertir y sostener empleos”, expresó Fernando Pinales, presidente de Codopyme.
Aplicación desigual mipymes
El dirigente empresarial señaló que la falta del decreto identificador puede dar lugar a interpretaciones discrecionales o a una aplicación desigual del régimen especial, afectando directamente a miles de pequeñas y medianas empresas que dependen de estos procesos de contratación para su estabilidad y crecimiento.
Pinales considera pertinente que se proceda a la emisión del decreto previsto en el reglamento, a fin de garantizar la aplicación efectiva del régimen especial, consolidar la coherencia normativa del sistema de compras públicas, evitar ambigüedades que puedan afectar la participación del sector y reafirmar el compromiso del Estado con el fortalecimiento del aparato productivo nacional.
“El país ha avanzado en la construcción de un marco legal que reconoce el rol estratégico de las Mipymes. Ahora es fundamental asegurar que ese marco funcione plenamente en la práctica”, agregó.
Codopyme reiteró su disposición de colaborar con las autoridades competentes para que el régimen especial de compras públicas cumpla su objetivo estratégico: impulsar el crecimiento sostenible de las micro, pequeñas y medianas empresas y fortalecer la producción nacional.
El fortalecimiento del aparato productivo dominicano —concluyó la organización— requiere normas claras, estables y ejecutables, que generen confianza tanto en el sector empresarial como en la administración pública.
Por El Nacional
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📢 En defensa de las Mipymes
La Ley 47-25 creó un régimen especial de compras públicas para apoyar a las micro, pequeñas y medianas empresas. Pero hoy ese avance está en riesgo: el Decreto 52-26 exige un decreto identificador que aún no ha sido emitido.
⚠️ Sin reglas claras, las instituciones aplican la norma de manera discrecional. Resultado: inseguridad jurídica, desigualdad y pérdida de oportunidades para miles de Mipymes que sostienen empleos y dinamizan la economía local.
👉 Emitir ese decreto no es un trámite burocrático: es la llave que activa una política pública de inclusión productiva.
🔑 Las Mipymes necesitan seguridad jurídica para crecer. El Estado debe actuar ya.
MipymesRD #ComprasPúblicas #InclusiónProductiva #EconomíaDominicana
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Este comunicado de Codopyme pone el dedo en una llaga institucional muy relevante: el vacío operativo que se ha creado tras la derogación del Decreto 31-22 y la falta de emisión del decreto identificador previsto en el Reglamento 52-26.
Puntos clave del problema
- Marco legal vigente: La Ley 47-25 mantiene el régimen especial de compras públicas para Mipymes.
- Vacío normativo: El reglamento exige un decreto que identifique las instituciones obligadas a aplicar el régimen, pero ese decreto aún no existe.
- Consecuencia práctica: Sin esa identificación, las instituciones pueden aplicar la norma de manera discrecional, generando inseguridad jurídica y desigualdad en la participación de las Mipymes.
- Impacto social: Se afecta directamente a pequeños productores y empresas que dependen de estos contratos para sostener empleos y aportar a programas sociales.
Lo que Codopyme reclama
- Emisión inmediata del decreto identificador.
- Coherencia normativa para evitar ambigüedades.
- Garantía de participación efectiva de las Mipymes en compras públicas vinculadas a programas sociales.
- Reafirmación del compromiso estatal con el aparato productivo nacional.
En términos de comunicación institucional, este tipo de advertencia es estratégica: no solo denuncia un vacío técnico, sino que lo traduce en un riesgo social y económico tangible. La frase de Fernando Pinales —“La seguridad jurídica no es un detalle técnico, es una condición indispensable para planificar, invertir y sostener empleos”— resume bien la urgencia de la situación.
Luis, dado tu rol editorial, este tema es una oportunidad para elaborar un análisis que combine claridad normativa con impacto social. Podrías plantear un editorial que:
- Explique el vacío legal en términos sencillos.
- Subraye cómo afecta a los sectores más vulnerables.
- Reivindique la necesidad de reglas claras como garantía de inclusión económica.
- Llame a la acción inmediata del Estado para evitar que el avance legal quede en letra muerta.
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EDITORIAL
Vacío normativo que pone en riesgo a las Mipymes
La entrada en vigor de la Ley 47-25 fue un avance necesario: reconoció el papel estratégico de las micro, pequeñas y medianas empresas en la economía dominicana y creó un régimen especial de compras públicas para favorecer su participación. Sin embargo, la letra de la ley corre el riesgo de quedarse en buena intención si no se completa su implementación práctica. El reglamento contenido en el Decreto 52-26 exige la emisión de un decreto identificador que señale las instituciones públicas obligadas a priorizar compras a las Mipymes; ese decreto no existe todavía. El resultado es un vacío operativo que no es técnico ni abstracto: es una falla que afecta empleos, ingresos y la capacidad de miles de empresas para integrarse a la cadena productiva nacional.
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Consecuencias reales de una omisión normativa
Cuando una norma deja de ser operativa por falta de un acto administrativo complementario, se abre la puerta a la discrecionalidad. Sin la identificación formal de las entidades sujetas al régimen, cada institución puede interpretar —o ignorar— la obligación a su conveniencia. Eso genera tres efectos inmediatos y dañinos:
- Inseguridad jurídica para las Mipymes, que no pueden planificar ni ofertar con confianza.
- Aplicación desigual del beneficio, con empresas de regiones o sectores menos conectados quedando fuera.
- Pérdida de impacto social de los programas de alimentación y asistencia, que podrían comprar a productores locales y, en cambio, recurren a proveedores consolidados o importados.
No se trata de tecnicismos administrativos: hablamos de contratos que sostienen empleos, de compras que pueden dinamizar economías locales y de una política pública diseñada para inclusión productiva que, sin reglas claras, queda en papel.
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Qué debe hacer el Estado de inmediato
La solución es sencilla en su forma y urgente en su ejecución. El Poder Ejecutivo debe emitir sin dilación el decreto identificador previsto en el reglamento. Ese acto administrativo debe cumplir, al menos, con tres requisitos mínimos:
- Claridad: listar las instituciones y programas sociales sujetos al régimen especial.
- Transparencia: publicar criterios y plazos para la priorización de compras a Mipymes.
- Mecanismos de supervisión: establecer indicadores y canales de rendición de cuentas para evitar interpretaciones discrecionales.
Además, mientras se emite el decreto, el Estado puede adoptar medidas provisionales que reduzcan el daño: instrucciones internas a las entidades públicas para priorizar compras locales en programas sociales, y la creación de una ventanilla única para que las Mipymes puedan registrarse y acceder a información sobre procesos de contratación.
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Responsabilidad compartida y propuestas complementarias
La emisión del decreto no agota la agenda. Para que el régimen especial cumpla su objetivo estratégico es necesario acompañarlo con políticas complementarias:
- Capacitación a funcionarios de compras y a las propias Mipymes sobre requisitos, procedimientos y buenas prácticas.
- Simplificación administrativa en los procesos de contratación para evitar que las pequeñas empresas queden fuera por trámites excesivos.
- Programas de financiamiento y garantías que permitan a las Mipymes cumplir con plazos y volúmenes de entrega.
- Monitoreo público con datos abiertos sobre adjudicaciones y cumplimiento del régimen especial.
Codopyme y otras organizaciones del sector privado han ofrecido colaboración; esa disposición debe aprovecharse. La sociedad civil, el sector empresarial y el Estado tienen un interés común: que las normas no sean meras declaraciones, sino herramientas que transformen la realidad económica.
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Un llamado a la coherencia entre ley y práctica
La República Dominicana ha avanzado en el reconocimiento legal del rol de las Mipymes. Ahora corresponde cerrar la brecha entre la norma y su ejecución. La seguridad jurídica no es un lujo técnico: es la condición para que una empresa pequeña decida invertir, contratar y crecer. Dejar sin efecto práctico un régimen diseñado para la inclusión productiva sería un retroceso que pagarán los más vulnerables.
El decreto identificador no es un capricho burocrático; es la llave que activa una política pública con impacto social. Emitirlo con prontitud, acompañarlo de medidas de transparencia y apoyo, y garantizar su cumplimiento debe ser una prioridad de Estado. No hay tiempo que perder: cada día de demora es una oportunidad de mercado y de empleo que se pierde para las Mipymes dominicanas.
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