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viernes, 11 de noviembre de 2022

Embajador dominicano Rubén Silié sobre migración masiva de haitianos: República Dominicana actúa conforme a su Constitución, tratados internacionales y ley general de Migración

Embajador dominicano Rubén Silié sobre migración masiva de haitianos: República Dominicana actúa conforme a su Constitución, tratados internacionales y ley general de Migración
11 de noviembre de 1022
Santo Domingo. - El embajador y viceministro de Política Exterior Multilateral, Rubén Silié Valdez, se dirigió formalmente al embajador Virgilio Alcántara, representante permanente de la República Dominicana ante la oficina de las Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales en Ginebra, Suiza, para fijar posición sobre la migración masiva de haitianos hacia el país.

En respuesta al comunicado de prensa del alto comisionado de las Naciones Unidas para los derechos humanos, el funcionario dominicano afirma que el estado dominicano actúa conforme a su Constitución, los tratados internacionales ratificados por el país y la ley general de Migración 285-04.

En el comunicado, de fecha 10 de noviembre de 2022, se reitera que el estado dominicano respeta los derechos humanos de las personas migrantes.

“República Dominicana, país soberano, tiene el derecho de no permitir la entrada a quienes incumplen con los requisitos establecidos en la ley migratoria, y a su vez, está repatriando la migración masiva de haitianos, respetando siempre el principio de debido proceso y las normas del derecho internacional”.

De igual forma, el país insta al alto comisionado de los derechos humanos, Volker Turk, a realizar todos los esfuerzos necesarios para buscar una salida regional e internacional a la migración masiva de haitianos.

Además, se recuerda que, el estado haitiano ha llamado insistentemente a la comunidad internacional a intervenir en su auxilio de manera urgente por la grave crisis humanitaria, social, política y económica en la que se encuentra desde hace largo tiempo.

lunes, 9 de abril de 2018

Migración detiene 260 extranjeros indocumentados en San Pedro de Macorís

Haitianos

Migración detiene 260 extranjeros indocumentados en San Pedro de Macorís

Publicado el: 9 abril, 2018 Por: Diógenes Tejada e-mail:d.tejada@hoy.com.do
La Dirección General de Migración informó el apresamiento de 260 extranjeros indocumentados durante amplios operativos realizados en las últimas 48 horas en diferentes zonas de San  Pedro de Macorís.
Los operativos para detectar y detener a los extranjeros ilegales, en su mayoría ciudadanos haitianos fueron dispuestos por el director de Migración, teniente general  retirado Máximo William Muñoz Delgadoy cuenta con el apoyo de las Fuerzas Armadas y el Ministerio Publico.
Además de las zonas rurales de San Pedro de Macorís,  las autoridades también practicaron detenciones en Los Guayacanes, Juan Dolio y Los Llanos, donde estaban residiendo la mayoría de los indocumentados.
Cien de los haitianos detenidos, hombres y mujeres de diferentes edades,  fueron trasladados de inmediato a la zona fronteriza de Elías Piña y allí entregados a las autoridades de Migración del vecino país.
Haitianos 1
Los 160 extranjeros restantes, fueron llevados al Centro de Refugio de Personas Detenidas que la Dirección General de Migración posee en el municipio de Haina, San  Cristóbal, donde están siendo depurados, para luego ser repatriados a su país.
Las autoridades de Migración dijeron que a uno de los haitianos detenidos en San Pedro de Macorís, los agentes del organismo ocuparon  109 porciones supuestamente de marihuana, por lo que fue entregado a la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD).
El director general de Migración, teniente general retiradlo Muñoz Delgado, ha expresado que los operativos en contra de los extranjeros ilegales continuaran en cumplimiento a la ley 285-04 que rige el Sistema Migratorio Nacional.
Van más de once mil los extranjeros ilegales detenidos por las autoridades de Migración en lo que  va del presente mes de abril, entre los cuales figuran haitianos, venezolanos, colombianos, chinos, ecuatorianos y de otras nacionalidades. http://hoy.com.do/migracion-detiene-260-extranjeros-indocumentados-en-san-pedro-de-macoris/ 

domingo, 2 de agosto de 2015

Pinceladas sobre la deportación y su debido proceso | Por Fernanda Frías

Por Fernanda Frías. 2 de agosto de 2015 - 12:10 am -  Pinceladas sobre la deportación y su debido proceso
La Corte Interamericana de Derechos Humanos, ha establecido que la persona sujeta a una deportación, al menos debe contar con garantías mínimas
Fernanda Frías

Fernanda Frías

Licenciada en Derecho, egresada de la PUCMM. Especialista en Justicia Constitucional, Interpretación y Aplicación de la Constitución por la Universidad Castilla-La Mancha, España.
La deportación es un proceso legal por el cual el gobierno dominicano repatría a un(a) extranjero(a) por alguna violación a la Ley General de Migración. Una de las posibles causas, en que la Dirección General de Migración determina la deportación, es en el caso particular de los inmigrantes indocumentados o en situación irregular[1]. Sin embargo, para su realización efectiva se debe cumplir con su debido proceso[2].
Cabe destacar, que las deportaciones deben ser conocidas caso por caso y de manera individual[3]. Ya que en caso contrario, cuando existen deportaciones masivas, se violan todas las garantías procedimentales. Por lo que, el Estado se expone a incurrir en graves violaciones a los derechos humanos.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos, ha establecido que la persona sujeta a una deportación, al menos debe contar con las siguientes garantías mínimas[4]:
  1. Debe ser informada expresa y formalmente de los cargos en su contra y de los motivos de la expulsión o deportación;
  1. Debe tener la posibilidad de solicitar y recibir asistencia consular, asesoría legal y, de ser el caso, traductor o interprete;
  1. Debe ser notificada de la eventual decisión de expulsión, la cual debe de estar debidamente motivada, conforme a la ley; y,
  1. En caso de una decisión desfavorable, debe tener derecho a someter su caso ante la autoridad competente.
La importancia de cumplir con dicho proceso judicial (aparte de proteger los derechos fundamentales, como el debido proceso y la tutela judicial efectiva), es que sirve para determinar si el extranjero es elegible para recibir una exoneración de la repatriación.
La Ley General de Migración y su Reglamento de Aplicación, designan los criterios específicos que debe cumplir un individuo sujeto a una deportación para ser exonerado del mismo. Por ejemplo: Aquellos extranjeros no residente que han estado presente en la República Dominicana por más de 10 años.
[1] Cfr. Ley General de Migración No. 285, de fecha 22 de Julio del 2004, Artículo 121 Numeral 1.
[2] Cfr. Reglamento de Aplicación de la Ley General de Migración No. 285, Op. Cit., Artículos 136, 137 y 138.
[3] Cfr. Corte IDH. Personas expulsadas dominicanas y haitianas vs. República Dominicana, de fecha 28 de Agosto del 2014.
[4] Ídem http://acento.com.do/2015/opinion/8271692-pinceladas-sobre-la-deportacion-y-su-debido-proceso/