miércoles, 15 de noviembre de 2017

La propuesta de Grandes Ligas (2 de 3) - por FLAVIO RONDÓN

En esta esquina



El objetivo fundamental de esta columna es convertirse en el primer espacio de la prensa dominicana – y creo del Caribe- especializado en el área del derecho deportivo, aunque en la misma también encontrarán espacio, temas de antropología, actualidad, literatura y sociología de los mass media.


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La propuesta de Grandes Ligas (2 de 3)

Grandes ligas plantea que la relación entre sus prospectos en la República Dominicana y sus equipos está establecida en virtud del Contrato Uniforme de Ligas Menores (UPC) y que por el lenguaje utilizado y la estructura de dicho contrato se podría "razonablemente llegar a la conclusión de que la naturaleza jurídica de la relación entre los Equipos de béisbol y sus jugadores es la de un contrato de trabajo". He aquí la razón de su propuesta.
Mejor League Baseball (MLB) niega que el vínculo jurídico existente entre estos jugadores y los equipos de grandes ligas sea de carácter laboral y, por tanto, el mismo no entra en la categoría de contrato de trabajo. Razón por la cual dicha relación debe ser excluida del ámbito que norma el Código de Trabajo. En última instancia, plantea la posibilidad de que dicha relación sea tratada en un capítulo especial de dicho código, que reconozca el carácter sui generis que ellos atribuyen a esa relación.
Sus argumentos.
1- Plantean que es necesario poner claro en nuestra legislación el tema de esos contratos (los UPC), pues afirman, no está claro. Dicen que por eso es que los tribunales no tienen unanimidad de criterio entorno a cómo tratar esos contratos.
Argumentan que algunos tribunales, de manera correcta para ellos, han emitido sentencias en las que han admitido en carácter especial de dichos contratos y le niegan la categoría de contrato de trabajo. En esa dirección señalan la sentencia número 117//2013 de fecha 28-6-2013 dictada por la Primera Sala del Juzgado de Trabajo del Distrito Nacional. También hace mención de la sentencia número 156- 2009 de fecha 30-4-2009 de la Corte de Trabajo de Departamento Judicial de San Pedro de Macoris en la que se reconoce la existencia de un contrato de trabajo en la relación establecida en el UPC.
Aprovecha la MLB para criticar "esta inconsistencia y diversidad de criterios exhibidos por los tribunales dominicanos '.
2- Dice que el fenómeno de las academias de béisbol es prácticamente único de la República Dominicana y que se debe a las deficiencias de las escuelas y universidades dominicanas y a su incapacidad para formar a los prospectos del béisbol rentado de los EEUU.
3- Afirma el documento que " la firma" que inicia el proceso de vinculación entre el joven prospecto y los equipos del béisbol profesional es un "bono" , "cuya naturaleza jurídica no puede ser nunca asimilable al salario, pues el no es consecuencia de la prestación de un servicio , sino más bien de un incentivo a fin de captar al jugador ".
Llama la atención la afirmación de que " en el marco de la ejecución del contrato en la República Dominicana , el jugador no le sirve al Equipo que lo contrató, sino más bien se sirve de éste".
4- Plantea que el pago que realizan dichos equipos a esos jugadores durante algunos meses del año , aunque en su propio contrato (el UPC) es denominado como salario , no es tal para Grandes Ligas , porque dicen que para ser salario debe ser realizado "necesariamente en el marco de un contrato de trabajo " , condición que ellos niegan a dicha relación contractual.
Citan jurisprudencia que fija criterios para determinar si un ingreso debe ser considerado como salario ( sentencia de la suprema Corte de Justicia de fecha 26-5- 2004); a saber : a) que sea consecuencia de un servicio prestado dentro de una jornada de trabajo , b) la permanencia y c) la invariabilidad de los montos . Señalan que en el contrato en cuestión no se cumple con el requisito de la permanencia, pues solo cobra durante la liga de verano.
5- Indica MLB que el arbitraje es el método idóneo para resolver las disputas surgidas en ocasión de la ejecución de dichos contratos .Señalan que los mismos tienen una cláusula arbitral y se quejan amargamente de que los tribunales dominicanos " no han exhibido una posición coherente y uniforme en cuanto a la aceptación de la cláusula arbitral contenida en el U PC".
A modo de síntesis y en sus propias palabras, Grandes ligas propone " en caso de que no se entienda conveniente la exclusión total de las disposiciones del Código de Trabajo a las relaciones entre los Equipos de béisbol y sus jugadores, proponemos la inserción en dicho Código de una disposición que de manera expresa reconozca la validez de acuerdo entre las partes de someter al arbitraje las disputas surgidas en el ámbito deportivo”.
Nota.
Según me informaron esta comunicación de MLB fue entregada por una comisión al frente de la cual estaba mi tocayo y tres veces colega Flavio Darío Espinal , hoy Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo.
Ojo con eso!!.
http://www.7dias.com.do/opiniones/2017/11/14/i236694_propuesta-grandes-ligas.html#.WgzTUWjWzIX

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