La República jueves, 08 de octubre de 2020
Presidente Cámara de Cuentas dice PLD fue único partido que no pudieron fiscalizar
Asegura que toda la documentación fue entregada a la Procuraduría General de la República.
El presidente de la Cámara de Cuentas, Hugo Álvarez Pérez, reveló que se intentó fiscalizar a todos los partidos políticos en el año 2012 y sólo no pudieron hacerlo con el Partido de la Liberación Dominicana (PLD).
Explicó que en el periodo 2012-2016 no se pudo fiscalizar al PLD, y que toda la documentación fue entregada a la Procuraduría General de la República.
Recordó que la Cámara de Cuentas tiene la potestad por ley de fiscalizar las instituciones privadas que reciben recursos públicos y que además del PLD, tampoco se pudo fiscalizar en su momento al Colegio de Abogados.
Por otro lado, dijo que han recibido solicitudes de casi todos los Ministerios para la realización de auditorías y que están trabajando junto a la Contraloría General de la República.
Juan Temístocles Montás, presidente interino del Partido de la Liberación Dominicana (PLD, fue interrogado el miércoles por la Procuraduría de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca) y la Dirección de Persecución del Ministerio Público, en torno a las "trabas" que habría puesto ese partido político a los trabajos de auditoría de la Cámara de Cuentas a los fondos recibidos por la Junta Central Electoral (JCE) durante 2012 y 2016.
Fue interrogado por Wilson Camacho, titular del Pepca; y Yeni Berenice Reynoso, directora Persecución del Ministerio Público.
Auditorías de la Cámara de Cuentas
Este jueves el presdiente de la Cámara de Cuentas recordó que por ley sólo las auditorías realizadas por esa entidad son válidas para cualquier tipo de proceso penal.
Justamente los procesos penales a partir de auditorías fue el motivo de visita este jueves al Senado de la República, para entregar un proyecto de ley que modifique algunos artículos de la ley 10-04 de la Cámara de Cuentas.
"La ley10-04 de la Cámara de Cuentas, merece una modificación por el tiempo que ya tiene. El régimen de consecuencia tiene ciertas debilidades en los artículos 46, 47, 48 y 49 con respecto a los aspectos de violaciones de carácter administrativo y civil. Estos artículos solamente cita las violaciones, pero no le da las herramientas a la Cámara para actuar", detallo Álvarez Pérez, en una reunión con la comisión de Ética del Senado.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario