De conformidad con el artículo 83.1 de la Constitución, la causal de juicio político es "la comisión de faltas graves en el ejercicio de sus funciones".— Cristóbal Rodríguez (@cristobalrodg) 12 de abril de 2019
Para iniciar un proceso de investigación tendente a juicio político contra un funcionario se requiere la existencia de indicios razonables de la comisión de una falta grave.— Cristóbal Rodríguez (@cristobalrodg) 12 de abril de 2019
Por muy mal fundada que esté, en sí misma, una sentencia no constituye una falta grave que amerite juicio. Tendría, en todo caso, que establecerse que las razones para emitir el fallo son ilícitas: prevaricación, soborno, etc.— Cristóbal Rodríguez (@cristobalrodg) 12 de abril de 2019
Por muy mal fundada que esté, en sí misma, una sentencia no constituye una falta grave que amerite juicio. Tendría, en todo caso, que establecerse que las razones para emitir el fallo son ilícitas: prevaricación, soborno, etc.— Cristóbal Rodríguez (@cristobalrodg) 12 de abril de 2019
El TC declara nulas cotidianamente leyes y decisiones judiciales por considerarlas contrarias a la constitución y al derecho. Pero ni a los legisladores ni a los jueces se les juzga por eso.— Cristóbal Rodríguez (@cristobalrodg) 12 de abril de 2019
Existe un sistema de recursos previsto para acudir al TC precisamente para los casos en los que las partes en un contencioso consideran que la constitución fue mal aplicada o directamente vulnerada.— Cristóbal Rodríguez (@cristobalrodg) 12 de abril de 2019
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