martes, 25 de septiembre de 2018

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Construyendo hipótesis en torno a la Suprema Corte: Selección y Evaluación

Cándido Mercedes - 24 de septiembre de 2018 - 12:08 am 
Cándido MercedesEl Presidente de la República, que es al mismo tiempo del Consejo Nacional de la Magistratura por mandato de la Constitución, acaba de convocar a tan importante órgano para seleccionar y evaluar a 12 miembros de la Suprema y a 4 del Tribunal Constitucional. La composición de la Suprema es de 17 miembros y del Tribunal 13. No hay ningún país del mundo donde exista esta configuración, con todo lo que ello implica de gastos y del Régimen de Protección social súper privilegiado que encarnan estas dos instituciones, denominada de las Altas Cortes. Tenemos alrededor de 10.7 millones de habitantes.
Para una mayor ilustración, cabe destacar que, en Estados Unidos hay un Presidente de la Suprema y 8 jueces. En Francia, 5 jueces, 1 Fiscal, 1 Consejero de Estado elegido por el propio Pleno del Consejo de Estado y 3 personalidades designadas por el Presidente de la República. Argentina, 5 jueces. Chile, 21 integrantes. Costa Rica, la Corte Suprema de Justicia está integrada por 22 magistrados propietarios, 5 magistrados suplentes en las 3 primeras salas y 12 magistrados suplentes en la Sala Constitucional. En Guatemala hay 13 magistrados en la Suprema. Canadá, 8 jueces y un Presidente. Tanto en Chile como en Costa Rica, no existe el Tribunal Constitucional como Órgano Constitucional separado, sino que la Suprema asume ese rol en materia constitucional. Es pertinente subrayar que algunos de esos países son 30 veces la población de nuestro país y 200 veces nuestro territorio. Los países citados, todos, son más grandes que nosotros.
Somos partidarios de un riguroso proceso de selección y evaluación más allá de todas aristas políticas. Las Altas Cortes son órganos inextricablemente vinculados a las decisiones públicas que atañen a todo el concierto de la sociedad política (el Estado) y de la sociedad en su conjunto. Esa rigurosidad en el proceso de selección tiene que ver con los perfiles y competencias técnicas y humanas que ha de tener un juez de esa jerarquía, pero al mismo tiempo, para que su estadía en el puesto sea más larga. Cada 15 años siempre que no existan faltas graves.
¿Por qué planteamos esto? Porque en el gran desorden que hay en el Estado, los órganos que tienen autonomía presupuestaria, administrativa y financiera, han diseñado su propio régimen de protección social que es muy costoso para una sociedad pobre y vulnerable, donde el salario mínimo de la Administración Pública es actualmente de RD $5,117.00 pesos. Los Miembros de la Suprema, como del Tribunal Constitucional, que son desvinculados en el proceso se van pensionados con su mismo salario, esto es: RD$375,000.00 los Jueces de la Suprema y el Presidente con RD$450,000.00. Esta pensión no considera edad ni tiempo de ejercicio en el tren gubernamental.
Lo mismo ocurre con el Tribunal Constitucional, el Presidente gana RD$440,764.83. La primera Vicepresidente sustituta RD$419,502.33 y el Segundo Vicepresidente sustituto RD$399,121.08, los demás 10 jueces ganan RD$377,764.83. Los Miembros del Tribunal Constitucional se encuentran en las mismas condiciones que el Régimen de Protección social que la Suprema Corte, amparado en la Ley 327-98. Esto no sucede con los 700 jueces de las demás instancias: Jueces de Paz; Jueces de primera instancia y equivalentes (de instrucción, de jurisdicción original, de trabajo, de niños, niñas y adolescentes); jueces de Corte de Apelación y equivalentes (Superior administrativo, superior de tierras, de trabajo.
¿Qué factores han de tomarse en cuenta para la selección? Conocimientos generales (cultura general); Conocimientos específicos (del área); Competencias de habilidades blandas (humanas, gestión de conflictos, inteligencia emocional, habilidades sociales); Experiencias, el know how, como expresión de experiencias, creatividad e innovación. Honradez y honestidad que se traduzcan en una personalidad sin doblez, sin carácter, como diría la biblia “una persona ambigua”. No es suficiente tener el título de graduado de Derecho hace 12 años. Los hay que están y han pasado por las Altas Cortes con solo tener el título de licenciado en Derecho. Tenemos jueces que no han ejercido como abogado ni han litigado nunca en un tribunal, que no son académicos, que no son intelectuales, que no han escrito ni tres cuartillas, que no tienen prestigio profesional ni son reconocidos visiblemente por su grado de entereza, templanza y prestancia. Esas cualidades, sino todas, han de adornar a un potencial juez de ese nivel.
Los jueces han de ser evaluados; tenemos que saber sobre qué base se les desvinculó. Aquí la transparencia tiene que ser ostensible. El puro interés partidario no puede ser la fuente con que se maneje un Estado. ¿Qué es evaluar? Es un proceso que mide el desempeño, es decir el grado en que cumple los requerimientos del puesto o cargo. Es la apreciación sistemática del desempeño de cada persona en función de las actividades que cumple, de las metas y resultados que debe alcanzar. La evaluación es dar al César lo que es de César y a Dios lo que es de Dios. Es poner de manera concreta y específica, en blanco y negro, lo que verdaderamente tenemos en materia de Talento Humano. Es el pincel que sirve para juzgar, estimar el valor y las cualidades de una persona, sobre todo, su espíritu de entrega, de colaboración, de resultados, de eficiencia, de eficacia, de calidad.
Por eso la evaluación entraña un proceso y una dinámica delicada, pues es extremadamente importante su ejecución, empero, encierra potenciales errores que dañan al individuo y a la organización. La evaluación es como un bisturí en manos de un experto o en manos de un bisoño o profano. ¡Todo apunta a cómo la hagamos¡ Los errores técnicamente son: Error de Halo; Rigidez o indulgencia del evaluador; Incredulidad; Prejuicios del calificador; de Hechos recientes y de Tendencia Central.
La imaginación sociológica nos lleva a decir en la construcción de hipótesis que más allá de lo que debería técnicamente y políticamente, pensando en el Estado, nuevamente veremos que la coyuntura y calendario político hacia el 2020 se imponen en la escogencia de las Altas Cortes, sobre todo en la Sala Penal. Mi hipótesis es que se van Frank Soto, Moscoso Segarra e Hirohito Reyes. El Presidente Mariano Germán no está interesado en volver. Visto en término pragmático, al Presidente de la República le bastaría el desplazamiento de esos cuatro y “garantizarían su tranquilidad y la de su entorno más cercano” para los próximos años.
Hay muchos puntos ciegos alrededor y la agenda política del 2020 se sobredimensiona y lo subordina todo.Nuestras instituciones “patrones de comportamiento estables, apreciados y recurrentes”, como tal, no existen. El patrimonialismo las moldea y las asume. Buscar las conexiones, intereses ha de ser la deconstrucción derridiana de la percepción de esta realidad política.
https://acento.com.do/2018/opinion/8607676-construyendo-hipotesis-torno-la-suprema-corte-seleccion-evaluacion/
Cándido Mercedes | Deshojando paradigmas
Sociólogo. Experto en Gerencia. Especialidad en Gestión del Talento Humano; Desarrollo Organizacional y Gerencia Social y Sociologia Organizacional. Consultor e Instructor Organizacional. Catedratico Universitario. Director Maestrias de Administracion y de Recursos Humanos, de La UCE.

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