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jueves, 12 de abril de 2018

Políticos y juristas ven error aprobar primarias abiertas


Políticos y juristas ven error aprobar primarias abiertas

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Publicado el: 12 abril, 2018 Por: Anbareli Espinoza e-mail:a.espinoza@hoy.com.do
Dirigentes políticos, abogados coincidieron ayer en que aprobar las primarias abiertas en la ley de Partidos sería un error insensato e inconstitucional, y que cada partido es el que debe determinar cada procedimiento a seguir para elegir a sus candidatos.
De su lado, la exvicepresidenta Milagros Ortiz Bosch dijo que ojalá que no se vuelva a cometer el error de permitir que los partidos incidan en las elecciones de otros partidos.
En tanto, el expresidente Hipólito Mejía entiende que la aprobación de esta ley es parte de las funciones del Congreso, por tanto ellos deben decidir.
Juristas. Mientras, el expresidente de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) Jorge Subero Isa destacó que la ley de Partidos no debe reglamentar absolutamente nada de las primarias de los partidos políticos, porque si los mismos no están en capacidad de reglamentar internamente quién sería su candidato en sus propias primarias, no tiene capacidad para gobernar un país. “Si no puede gobernar lo micro no puede gobernar lo macro. Creo que lo mejor es que cada partido determine cada procedimiento a seguir para elegir sus candidatos”.
Señaló que si la Comisión Especial aprueba la ley con el mismo núcleo que la Ley 286, que la SCJ declaró inconstitucional, no hay duda de que sera inconstitucional.
Asimismo el vicepresidente de la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus), Servio tulio Castaños Guzmán, cree que sería un grave error que el Senado apruebe como único mecanismo para elegir los candidatos las primarias abiertas.
A su juicio, entiende que estaría cometiendo un error desde el punto de vista jurídico y político.
Dijo que a los partidos le corresponde elegir internamente cuál es el mecanismo que ellos van a usar.
http://hoy.com.do/politicos-y-juristas-ven-error-aprobar-primarias-abiertas/

Aprueban Ley de Partidos con primarias abiertas

Senado aprueba primarias abiertas y simultáneas en ley de partidos

Abinader advierte que sería difícil aprobar primarias abiertas en Cámara de Diputados | @luisabinader @El_PRM

Presidente de la JCE aboga Ley de Partidos genere paz y consenso

Presidente de la JCE aboga Ley de Partidos genere paz y consenso

  
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La ley de partidos es conocida por el Senado de la República.
Llamó a actuar con prudencia y a dialogar más para que la ley que resulte aprobada no divida la comunidad política
El presidente de la Junta Central Electoral (JCE), Julio César Castaños Guzmán, abogó ayer para que la Ley de Partidos políticos que se apruebe en el Congreso “sea una fórmula de paz y de consenso” para que la comunidad política no termine dividida. “La fórmula que sea convenida y aprobada por el Congreso debe ser una fórmula de paz y que bajo ningún concepto termine la comunidad política dividida por algo tan importante como eso. Lo que deseamos es la paz para los dominicanos, la confraternidad y el consenso, porque cada vez que sale una opinión segmentada no alcanza el consenso y quizás todavía se necesita más diálogo”, dijo.
Castaños Guzmán también llamó a que prime la prudencia en la decisión que tome el Congreso. “Siendo el 95 aniversario de esta institución que le ha tocado administrar tantas elecciones de todo orden lo que deseamos es la paz para los dominicanos, la unidad, la confraternidad y el consenso y cada vez que sale una opinión segmentada, porque de alguna manera todavía no alcanza el consenso, quizás es el momento de pedir prudencia y quizás hay que agotar más diálogo y las cosas probablemente explicarlas mejor para que el país quede satisfecho en la evolución de su democracia”, sostuvo el presidente del órgano electoral.
Presidente influiría en oposición
El excandidato presidencial del Partido Revolucionario Moderno (PRM), Luis Abinader, consideró que ese sistema sería el principio del fin del sistema de partidos políticos en la República Dominicana y advirtió que quienes tengan el control del Estado podrán influir no solo en sus partidos sino en los de la oposición.
“Normalmente cuando hay una reelección del presidente no hay competencia interna ¿qué va a hacer el presidente en ese momento? Mandar a influir por el candidato menos favorecido del partido contrario”, subrayó.
El dirigente político precisó que con el método de las primarias abiertas los presidentes de la República y los alcaldes, por ejemplo, no tendrían oposición interna en sus partidos, ya que con el uso de las nóminas que manejan se impondrían sobre su competencia.
Agregó que las primarias abiertas ensancharían vicios del sistema político como el clientelismo, el uso de los recursos estatales en las contiendas internas, la corrupción y se producirían otras de las desviaciones que han estado dañando el sistema político dominicano.
“Si le impusieran las primarias llamadas abiertas a todo el país, estaríamos acudiendo al principio del fin del sistema de partidos políticos y de nuestra débil democracia, pues se impondrían las decisiones de quienes tengan poder, especialmente el de los recursos del Estado”, advirtió Abinader.
Igualmente, dijo que en la Cámara de Diputados la Ley de Partidos con primarias abiertas no pasará porque no cuentan con los votos suficientes para aprobarla.
Finjus: “No se puede imponer la voluntad de la facción de un partido”
El vicepresidente Ejecutivo de la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus), Servio Tulio Castaños Guzmán, advirtió que si se le impone a los partidos el sistema de primarias abiertas podría generar una crisis en el sistema.
“Sería un error no solo desde el punto de vista jurídico, sino desde el punto de vista político. Todos los sectores de la sociedad, los partidos políticos, las instituciones empresariales, de la sociedad civil le han advertido al Congreso que eso no sería legítimo y que una ley de partidos no le puede imponer a los partidos una metodología única para elegir sus candidatos”, expresó.
Dijo que esa debe ser una decisión de los partidos y que así es como se hace en la mayoría de los partidos. “Sería un error y que se preparen para ver las consecuencias porque eso de una u otra forma puede generar en este país una crisis política y ya los partidos de oposición le están advirtiendo al Congreso que no están de acuerdo con ese mecanismo y una ley de partidos políticos tiene que ser el fruto del consenso de los partidos no de una única facción de un partido político que es lo que se quiere imponer”, dijo.
Subero: No se debe imponer modelo
El expresidente de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) Jorge Subero Isa consideró que no se le debe imponer a los partidos un modelo único para elegir a sus candidatos y que incluir esa modalidad en la ley podría correr el riesgo de ser declarada inconstitucional, como ocurrió en el 2005. “Si se aprueba la ley con el mismo núcleo que la ley 286 que la Suprema Corte declaró inconstitucional, no hay dudas de que esa ley va ser inconstitucional… La ley no debe reglamentar absolutamente nada de las primarias de los partidos políticos, porque los partidos que no están en condiciones de reglamentar internamente quien sería su candidato y sus primarias no tiene capacidad para gobernar un país, por eso creo que lo mejor es que cada partido determine el procedimiento a seguir para elegir sus candidatos”, expresó Subero Isa.
Almeyda dice que es peligroso imponer
El dirigente del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) y miembro del Comité Político Franklin Almeyda calificó de imprudente la decisión de aprobar la ley de partidos con primarias abiertas y simultáneas. “Se gobierna para todos, no hacerlo crea ingobernabilidad. Estar en el poder no es ignorar los límites”, advirtió. Igualmente, sostuvo que las primarias abiertas y “la reelección van juntas y sacan al PLD del poder”. La corriente de Leonel Fernández a lo interno del partido oficial rechaza que a los partidos se les imponga un método único de elección de candidatos porque sería inconstitucional. El propio expresidente de la República se ha pronunciado en ese sentido en reiteradas ocasiones.
http://www.elcaribe.com.do/2018/04/12/presidente-de-la-jce-aboga-ley-de-partidos-genere-paz-y-consenso/

Aprueban Ley de Partidos con primarias abiertas

La mayoría de los senadores favoreció las primarias abiertas

Aprueban Ley de Partidos con primarias abiertas

Publicado el: 12 abril, 2018 Por: Soila Paniagua e-mail:s.paniagua@hoy.com.do
El Senado de la República aprobó anoche en primera sesión el proyecto de Ley de Partidos y Agrupaciones Políticas, que incluye la celebración de primarias abiertas y simultáneas, con la ausencia de seis senadores del Partido de la Liberación Dominicana ‘(PLD) y dos del Revolucionario Moderno (PRM), que se retiraron minutos antes de las votaciones.
La pieza, que también incluye el 40% de la cuota de la mujer y 10% para la juventud, será leída en una segunda lectura el 18 de este mes.
La sesión que se prolongó por más de cuatro horas, se caracterizó por el debate entre quienes apoyaban la celebración de primarias abiertas y simultáneas y quienes preferían que fueran cerradas.
El proyecto fue aprobado con el voto de los 24 senadores presentes en el hemiciclo, quienes previamente rechazaron un informe disidente que presentó el senador José Rafael Vargas, con el apoyo de los legisladores Amarilis Santana, Manuel Güichardo, Félix Bautista, Prim Pujols y Dionis Sánchez, que fue el primero que decidió retirarse para no participar de una decisión que considera inconstitucional.
El presidente del Senado, Reinaldo Pared, lamentó el retiro de los congresistas, dijo que en más de 36 años, era la primera vez que senadores del PLD se retiraban de una sesión y no respaldaban a su partido, por lo que no descartó sanciones.
“Lamentamos contrariar al presidente del Partido Leonel Fernández”, dijo, al expresar su respaldo a la primarias abiertas y cuestionar el retiro de los senadores, seguidores de Fernández.
Detrás de los senadores del PLD, salieron José Ignacio Paliza y Santiago Zorrilla, del bloque del PRM inconformes por la inclusión de las primarias abiertas en la pieza.
Pared Pérez defendió la iniciativa, asegurando que serviría para organizar y fortalecer los partidos políticos.
http://hoy.com.do/aprueban-ley-de-partidos-con-primarias-abiertas/
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Senado aprueba primarias abiertas y simultáneas en ley de partidos

Abinader advierte que sería difícil aprobar primarias abiertas en Cámara de Diputados | @luisabinader @El_PRM

Senado aprueba primarias abiertas y simultáneas en ley de partidos

LEY DE PARTIDOS | 12 ABR 2018, 12:00 AM |CRISTIAN NATANAEL CABRERA 
Senado aprueba primarias abiertas y simultáneas en ley de partidos 
Ocho legisladores, seis de Leonel y dos del PRM se retiraron de sesión






SANTO DOMINGO. El Senado aprobó este miércoles en primera lectura, acogiendo el informe de la Comisión Especial, el proyecto de ley de partidos y agrupaciones políticos que establece la modalidad de primarias abiertas y simultáneas organizadas por la Junta Central Electoral (JCE).
El proyecto contó con el voto favorable de 24 senadores que estuvieron presentes al momento de las votaciones, ya que seis senadores del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) considerados “leonelistas”, y los dos representantes del Partido Revolucionario Moderno (PRM).
Antes de la votación y el retiro del hemiciclo de los congresistas se produjo un debate de argumentos, a favor y en contra de las primarias abiertas y simultáneas, de más de dos horas que culminó con un discurso del presidente del Senado, Reinaldo Pared Pérez.
Entre otras novedades, esta ley establece en 40 % la cuota de la mujer y un 10 por ciento la cuota de la juventud.
Esta ley necesitaba para ser aprobada dos terceras partes de los senadores presentes para ser aprobada, lo que quiere decir que aun quedándose los ocho senadores que se retiraron, y aunque no votaran por dicha ley, sería aprobada, aunque no de forma unánime como ocurrió.
También fue rechazado el informe disidente que presentó el senador José Rafael Vargas, quien consideró que aprobar las primarias abiertas es ponerles una camisa de fuerza a los partidos.
Mientras que el presidente del senado, Reinaldo Pared Pérez, negó que las primarias sean inconstitucionales como plantearon quienes las quieren cerradas y dijo lamentar tener que diferir del presidente de su partido, Leonel Fernández.
A juicio suyo las primarias abiertas y simultáneas servirían para arreglar a los partidos políticos que tienen padrones, y para los que no tienen fueran confeccionando uno, porque en las primarias abiertas el mismo día, un ciudadano no podrá votar dos veces.
“Lamento discrepar, disentir de una persona que aprecio, admiro, respeto y quiero mucho, que es el presidente de mi partido Leonel Fernández. Esto es un precedente que están estableciendo, quizás no se lamenten, y les está hablando también el secretario general del PLD”, dijo Pared Pérez.
En su intervención Pared Pérez reiteró: “No es verdad que las primarias abiertas y simultáneas violen la Constitución de la República como argumentan muchos.
Estoy plenamente convencido de que ustedes junto conmigo, no hubieran estado para avalar un instrumentos que sea ilegal”.
Asimismo dijo que en las primarias abiertas un candidato escogido se revestirá de ley al ser electo en un proceso como tal. “Hoy vamos aprobar esta ley, y no es verdad que adolezca de vicios de inconstitucionalidad como se quiere argumentar”.
Lo que establece el proyecto
La iniciativa establece que las primarias como mecanismo de elecciones internas van a sustituir a las asambleas de electores y convenciones de delegados, “las cuales deberán ser abiertas, simultáneas, organizadas por la Junta Central Electoral que utilizara el registro o padrón electoral nacional”.
Además, el proyecto consagra la renovación de los puestos de dirección de los organismos de manera periódica y mediante mecanismos democráticos, sin que en ningún caso la duración de esos períodos exceda el tiempo del mandato consagrado en la Constitución para los cargos de elección popular (cuatro años).
Otro artículo de la ley enfatiza que prohíbe las negociaciones de candidaturas que hayan obtenido las mujeres en procesos internos, y establece que en los casos de alianzas, debe ser reemplazada por otra mujer del mismo partido que suscribió el pacto.
El proyecto contempla que para reconocer a los partidos políticos, deberán presentar ante la JCE un informe de gastos de ingresos y egresos, auditados por un contador público autorizado (CPA).
Sobre la reserva de candidaturas, dice que no debe exceder un 20 por ciento y deberá ser acordada 30 días previos a las primarias internas, y que no podrá ser sustituida por ningún mecanismo del partido, ninguna persona escogida como candidato legítimamente mayoritario en un proceso interno, con excepción de ajustes obligatorios para cumplir las cuotas establecidas o por renuncia formal del titular.
Señala que los partidos que concurran aliados estarán representados con sus recuadros en las boletas, y los votos se computarán a lo que obtengan de manera individual.
La iniciativa explica que si una organización concurre aliada, las candidaturas cedidas por un partido a dirigentes de uno u otra organización, tendrán validez legal si se acuerdan 30 días antes del inicio de la precampaña.
En la precampaña se prohíben propagandas invasivas u ofensivas, negativas, irrespetuosas o contrarias a los principios, costumbres y valores culturales locales, regionales o nacionales, en el orden religioso, étnico, preferencia sexual o de cualquier otra naturaleza que contravenga las buenas costumbres, o que afecte la estética urbana, dañe el medio ambiente, y los recursos naturales, contravenga las disposiciones sobre ornato municipal.
También prohíbe la difusión de mensajes negativos a través de las redes sociales que empañen la imagen de los candidatos, así como la propaganda anónima o la publicación en los medios de comunicación que no estén avaladas por firma responsable.
Además el proyecto crea una cuenta única que manejará el tesorero o secretario de finanzas, a la cual deberán ser girados todos los aportes públicos destinados por el Estado al financiamiento de la actividad electoral.
Se enfatiza que los partidos y agrupaciones políticas serán auditados por una Unidad Especializada de Control Financiero de la JCE, la cual será responsable de verificar, comprobar y fiscalizar la distribución interna de los recursos.
Informe disidente
Vargas, al argumentar sobre su informe disidente, consideró que el artículo 47 de la Constitución establece el derecho de libre asociación, lo que impone la obligación de garantizar a los miembros y afiliados de los partidos, agrupaciones y movimiento políticos, que puedan elegir libremente el método de escogencia de candidatos, con el solo cumplimiento de garantizar la transparencia institucional y la democracia interna.
"Al desconocer el criterio de la sentencia de la Suprema Corte de Justicia que, juzgando en control concentrado de constitucionalidad, declaró no compatible con la Constitución la ley 286-04, del 15 de agosto de 2004, que preveía el sistema de primarias abiertas, crearíamos un retroceso institucional que chocaría con los notables avances alcanzados por el país y afectaría gravemente la seguridad jurídica", afirmó Vargas.
El legislador agrega que la interpretación que ha dado la Comisión Especial, en el sentido de imponer un modelo de primarias, plantea un serio cuestionamiento al principio de supremacía constitucional (artículo 6 de la Constitución), que proclama la sujeción del poder constituido al poder constituyente, por lo que los preceptos y principios constitucionales no pueden ser alterados por el legislador ordinario.
Precedente negativo PLD
Reinaldo Pared consideró como un precedente negativo, en los 36 años de presencia legislativa del PLD, que una parte de la bancada del partido se haya retirado de una sesión y calificó la acción como “excesiva y tozuda”, aunque reconoció que es parte de la democracia.
https://www.diariolibre.com/noticias/politica/senado-aprueba-primarias-abiertas-y-simultaneas-en-ley-de-partidos-MA9615259
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miércoles, 11 de abril de 2018

Vargas explica en informe disidente por qué rechaza decisión del bloque PLD sobre primarias abiertas

Vargas explica en informe disidente por qué rechaza decisión del bloque PLD sobre primarias abiertas

“La aprobación en el Senado sería contrario al sentir de los diferentes sectores sensatos del país, quienes han expresado públicamente que imponer las primarias sin consenso en el Senado, crearía un marco jurídico que estancaría su aprobación, ( Finjus, Conep, PC, etc)”, observó Vargas
Servicios de Acento.com.do - 11 de abril de 2018 -
FotoAcento.com.do/Archivo/Senador José Rafael Vargas.
SANTO DOMINGO, República Dominicana.-El senador José Rafael Vargas (PLD-Provincia Espaillat) expuso en un informe disidente sus motivos para oponerse a la decisión del Bloque de Senadores del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) de aprobar las primarias abiertas, simultáneas y obligatorias para todos los partidos políticos.
Vargas pidió que sea rechazado el informe de la Comisión Especial y que se proceda a su archivo por la vía correspondiente, para iniciar un proceso de concertación política que permita la aprobación de la ley partidos “sin causar más traumas a la sociedad”.
A continuación el informe del senador y dirigente del PLD de la provincia Espaillat:
SENADO DE LA REPUBLICA DOMINICANA
INFORME DISIDENTE QUE PRESENTA EL SENADOR JOSÉ RAFAEL VARGAS, CONFORME LO ESTABLECE EL ARTÍCULO 289 DEL REGLAMENTO INTERNO DEL SENADO DE LA REPÚBLICA, RESPECTO AL INFORME MAYORITARIO QUE HA RENDIDO LA COMISIÓN ESPECIAL CONFORMADA PARA ESTUDIAR Y DECIDIR LO CONCERNIENTE AL PROYECTO DE LEY DE PARTIDOS, AGRUPACIONES Y MOVIMIENTOS POLÍTICOS.
El suscribiente, Dr. José Rafael Vargas, Senador de la República por la provincia Espaillat, deja constancia ante el Pleno del Senado, de mi informe disidente a la decisión adoptada por la mayoría de los miembros de la Comisión Especial creada para estudiar y decidir sobre el Proyecto de Ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.
Las razones que motivan nuestro informe disidente las expongo a continuación:
1.-Luego de haber asistido a todas las reuniones y debates convocados por esa comisión, debo advertir los riesgos que corremos cuando ignoramos que la mayoría de los partidos e instituciones de la sociedad se oponen a la modalidad de primarias abiertas y simultáneas, con el padrón de la Junta Central Electoral, lo que choca con el debido proceso de concertación que debe primar en todo Estado de Derecho.
2.-Es mucho más grave si se toma en cuenta que los aspectos que se quieren imponer como ley en este año 2018, ya fueron anulados en el año 2005, mediante la sentencia del 16 de Marzo de la Suprema Corte de Justicia, (B.J. 1132), actuando en sus atribuciones constitucionales. En esa ocasión la Suprema Corte de Justicia declaró inconstitucional la celebración de primarias abiertas y simultáneas, con el padrón de la Junta Central Electoral.
3.-Al modificar el proyecto original de Ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, sometido por la Junta Central Electoral, para introducir el modelo de primarias abiertas y simultáneas para la elección de los candidatos a puestos electivos en las formaciones políticas, la Comisión Especial ha incurrido en inobservancia del artículo 216 de la Constitución, que preceptúa que la formación de los partidos, agrupaciones y movimientos políticos es libre, con sujeción a los principios establecidos en la Constitución. Su conformación y funcionamiento deben sustentarse en el respeto a la democracia interna y a la transparencia.
4.-Que si el hemiciclo incurriera en la misma inobservancia, estaría desconociendo la naturaleza constitucional de los partidos, agrupaciones y movimientos políticos, que se funda en: I) Derecho a la libre asociación política, II) Democracia interna y III) Transparencia institucional.
5.-Que el artículo 47 de la Constitución establece el derecho de libre asociación, lo que impone la obligación de garantizar a los miembros y afiliados de los partidos, agrupaciones y movimientos políticos, que puedan elegir libremente el método de escogencia de candidatos, con el solo cumplimiento de garantizar la transparencia institucional y la democracia interna.
6.-Que la imposición de cualquier modelo de elección a los partidos, agrupaciones y movimientos políticos, quebraría el contenido esencial de dicho principio de libre asociación, consistente en el derecho de autodeterminación de los miembros de las organizaciones a definir la estructura y el tipo de democracia interna de esas entidades políticas, con lo cual también se contravendría el artículo 74.2 de la Constitución que impone al legislador la obligación de observar el contenido esencial de los derechos y el principio de razonabilidad al momento de regularlos.
7.- Al desconocer el criterio de la sentencia de la Suprema Corte de Justicia que, juzgando en control concentrado de constitucionalidad, declaró no compatible con la Constitución la ley 286-04, del 15 de agosto del 2004, que preveía el sistema de primarias abiertas, crearíamos un  retroceso institucional que chocaría con los notables avances alcanzados por el país, y afectaría gravemente la seguridad jurídica.
El artículo 184 de la Constitución establece que el precedente constitucional es vinculante para los poderes públicos, incluso para el Congreso Nacional.
8.- La interpretación que ha dado la Comisión Especial, en el sentido de imponer un modelo de primarias, plantea un serio cuestionamiento al principio de supremacía constitucional (Art. 6 de la Constitución), que proclama la sujeción del poder constituido al poder constituyente, por lo que los preceptos y principios constitucionales no pueden ser alterados por el legislador ordinario.
9.- El Tribunal Constitucional se ha expresado en ese sentido, al establecer que dicho criterio no es revisable por los poderes públicos, ya que constituye parte del bloque de constitucionalidad, a la luz de lo que dispone el artículo 277 de la Constitución, que prescribe que todas las decisiones judiciales que hayan adquirido la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada, especialmente las dictadas en ejercicio del control directo de constitucionalidad por la Suprema Corte de Justicia, hasta el momento de la proclamación de la presente Constitución, no podrán ser examinadas por el Tribunal Constitucional.
10.- Al referirse a la revisión de sentencias dictadas antes del 26 de enero del año 2010, el guardián dominicano de la Constitución ha sido constante en su doctrina, al  reiterar que “al Tribunal Constitucional le está vedado revisar sentencias dictadas por la Suprema Corte de Justicia que hayan adquirido la autoridad de la cosa juzgada con anterioridad a la entrada en vigencia de la Constitución del 26 de enero del 2010” (sentencia TC 0184/14). Y ha dicho más, al instituir que “como se advierte, el texto (Art. 277 de la Constitución), prohíbe la revisión de las referidas sentencias dictadas por la Suprema Corte de Justicia en cualquier materia y en especial aquellas que hayan decidido acciones de inconstitucionalidad” (sentencia TC 0284/14).
11.- Lo que  el constituyente ha querido es garantizar la seguridad jurídica a los casos de la especie que fueron juzgados, así como blindar con la salvaguarda constitucional las razones y motivaciones que dieron origen a la declaratoria de inconstitucionalidad de la ley de marras.
12.- De estas decisiones del Tribunal Constitucional es claro advertir que una ley votada en los términos de la propuesta de la Comisión Especial, no solo desconocería el Art. 277, sino que arrastraría al Congreso a desconocer el precedente constitucional (Art. 184 de la Constitución) o la cosa juzgada constitucional, por lo que devendría, sin duda, en inconstitucional.
13) Nuestro Tribunal Superior Electoral ha sido más directo en lo que se refiere a las primarias abiertas, al decidir mediante la Sentencia 23-2017, del 2017, que: “Lo legal, lógico y democrático es que los delegados que deben nominar a los candidatos de los partidos en sus convenciones sean personas que pertenezcan únicamente a dichos partidos y que los candidatos a ser nominados no figuren o pertenezcan a otros partidos. Aceptar lo contrario, sería permitir que los partidos políticos  se conduzcan en un esquema de vulnerabilidad que desnaturalice los fines y propósitos para los cuales han sido concebidos por las previsiones del artículo 216 de la Norma Sustantiva de la Nación”.
14.-  De forma categórica también se pronunció el presidente de la Junta Central Electoral, quien ha advertido que ignorar la inconstitucionalidad decidida por la sentencia de la Suprema Corte de Justicia en el año 2005, equivaldría a una elusión Constitucional.
15.- La aprobación en el Senado sería contrario al sentir de los diferentes sectores sensatos del país, quienes han expresado públicamente que imponer las primarias sin consenso en el Senado, crearía un marco jurídico que estancaría su aprobación, ( Finjus, Conep, PC, etc).
16.- Las instituciones más acreditadas de la sociedad civil se han pronunciado a favor de que se deje a los partidos, agrupaciones y movimientos políticos la capacidad de decidir el método para escoger a sus candidatos y dirigentes. Hacer lo contrario, sería ir contra  corriente.
17.- Si la gran mayoría de los partidos, la sociedad civil, el órgano responsable de aplicar la ley y el Tribunal Superior Electoral han manifestado públicamente su oposición a la imposición de un modelo de primarias, no hay duda que de aprobarse en el Senado le estaríamos creando una camisa de fuerza a las formaciones políticas, que en última instancia tendrían que hacer valer su derecho en el Tribunal Constitucional, si es que se logra la magia de pasarla en el Congreso.
18.- Por lo antes expuesto, obedeciendo al mandato de respetar la Constitución, tras escuchar y leer el amplio rechazo de gran parte de la sociedad a la imposición de una modalidad de primarias, CONCLUIMOS  que:
PRIMERO: El Senado de la República haría una gran contribución al fortalecimiento institucional, si garantiza a las formaciones políticas la libertad de elegir el método que prefiera su militancia para escoger sus candidatos a cargos electivos.
SEGUNDO: Que este honorable hemiciclo tenga a bien ponderar que la imposición forzosa de primarias abiertas o de cualquier otro método obligatorio y exclusivo de elección de sus candidatos, le acarrearía consecuencias impredecibles a los partidos.
TERCERO: Que se comprenda la desmotivación que se produciría en la militancia de los partidos, si los candidatos a posiciones electivas son elegidos por la población electoral, y no por sus miembros, lo que viola los derechos de asociación y la democracia interna. En sistemas políticos frágiles, las primarias simultáneas con padrón abierto favorecen el clientelismo y la manipulación en los partidos, anulando el papel institucional de la militancia. El gran debate en el país en los últimos años, es lo cara que resultan las campañas políticas y cómo el uso del dinero impone una cultura clientelar que imposibilita la escogencia de candidatos en base a los méritos personales.
CUARTO: Que este honorable hemiciclo tome en cuenta que una ley aprobada en las condiciones más arriba descritas, devendría en inconstitucional, por efecto del artículo 6 de la Constitución, que dispone en su parte in fine, “que son nulos de pleno derecho toda ley, decreto, resolución, reglamento o acto contrario a la Constitución”.
QUINTO: Que reiterar en la ley de partidos las primarias abiertas y simultáneas, sería crear un choque de poderes públicos, pues la sentencia del pleno de la Suprema Corte de Justicia, de fecha 16 de Marzo de 2005 (B.J. 1132) la declaró inconstitucional. Esa decisión no puede ser revisada, revocada o desconocida por ningún poder del Estado, en tanto que las sentencias dictadas  en ejercicio del control concentrado o difuso de constitucionalidad, forman parte del “bloque de constitucionalidad”.
SEXTO: Que en consonancia con la posición que externamos en la Comisión Especial y para evitar retraso en la aprobación de la esperada Ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, dicho informe sea rechazado y el proyecto vuelva a ser conocido por otra Comisión Especial, a fin de que se haga un estudio exhaustivo de los motivos de inconstitucionalidad que exponemos en este pleno.
Finalmente, apelo a la sensatez y al buen juicio de los honorables senadores, quienes al evaluar este informe disidente que nos permite el artículo 289 del Reglamento Interno del Senado, podrán acudir a los valores y principios fundacionales que nos dieron origen y que se sustentan en la creación de una democracia sólida, abierta y con firmes cimientos institucionales.
Pido pues que sea rechazado el informe de la Comisión Especial y que se proceda a su archivo por la vía correspondiente, para iniciar un proceso de concertación política que permita la aprobación de tan esperada ley, sin causar más traumas a la sociedad.
Solicito que el presente informe disidente sea conocido conjuntamente con el informe mayoritario a leerse en este hemiciclo.
Senador José Rafael Vargas P.
Miembro de la Comisión Especial Exp. 00-575 https://acento.com.do/2018/politica/8554711-vargas-explica-informe-disidente-rechaza-decision-del-bloque-pld-primarias-abiertas/