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Finjus pide conectar Ley de Partidos con legislación sobre Lavado de Activos para obligar rendición de cuentas
Servio Tulio Castaños Guzmán.Publicado el: 24 mayo, 2018 Por: Juan Carlos Mejía Aquino e-mail:bladimirmejia@gmail.com
La Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) presentó hoy ante la Cámara de Diputados un conjunto de recomendaciones a ser incluida en la Ley de Partidos, entre las cuales está la conexión de esta iniciativa con la Ley de Lavado de Activos.
“Esta ley hay que conectarla a la Ley de Lavado de Activos… y hay que conectarla porque la Ley de Lavado de Activos establece que usted tiene que identificar las fuentes”, explicó el vicepresidente ejecutivo de la Finjus, Servio Tulio Castaños Guzmán, durante la entrega de las observaciones al presidente de la Cámara de Diputados, Rubén Maldonado.
Sostuvo que los partidos políticos son instituciones del derecho público que reciben financiamiento, no solo del Estado, sino también del sector privado. “Entonces hay que identificar, y ahí viene el período de la pre campaña que la ley no regula, las donaciones, los montos y las personas que hicieron esas donaciones”, dijo Castaños Guzmán.
En ese sentido, consideró fundamental que en esta coyuntura sea retomado el proyecto de Ley de Partidos que sometió la Junta Central Electoral (JCE), tras indicar que el aprobado por el Senado presenta “graves contradicciones con el marco normativo y los avances registrados en el proceso de reforma de la institucionalidad democrática”.
Indicó, entre los puntos a destacar, que en el proyecto aprobado por el Senado, en su artículo 45, lo relativo a la cuota femenina se estructura la inadmisibilidad de las listas de candidaturas congresuales y municipales si no cumplen con el 40% y 50% de participación femenina, respectivamente.
“Actualmente nuestro ordenamiento jurídico y el proyecto presentado por la Junta Central Electoral dispone una reserva de solamente un 33% para escaños a ser ocupados por mujeres”, agrega.
Las primarias. Castaños Guzmán dijo que la Finjus respalda la propuesta que sobre las primarias realizó la JCE, en el sentido de que a los partidos hay que reservarle el derecho de elegir sus mecanismos para la elección de sus candidatos.
“Es importante destacar que la Constitución en el artículo 216 establece que “la organización de los partidos, agrupaciones y movimientos políticos es libre, con sujeción a los principios establecidos en esta Constitución”, precisa una nota de la entidad.
Agrega que que “la Suprema Corte de Justicia, actuando como Tribunal Constitucional, mediante sentencia del 16 de marzo del 2005 declaró No Conforme con la Constitución la Ley No. 1286-04 del 15 de agosto del 2004, que establecía el sistema de elecciones primarias mediante el voto universal directo y secreto el mismo día para todos los partidos”.
24 MAY 2018, 2:00 PM |DIARIO LIBRE Finjus pide al Congreso retomar proyecto de Ley de Partidos sometido por JCE
Entrega propuesta al presidente de la Cámara de Diputados Rubén Maldonado
El vicepresindente de la Fundación Institucionalidad y Justicia, Servio Tulio Castaños, entrega una propuesta a la Cámara de Diputados en la que plantea retomar el proyecto de ley de Partidos Políticos sometido por la JCE. (Cámara de Diputados)
SANTO DOMINGO. La Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) recomendó a la Cámara de Diputados retomar el proyecto de Ley de Partidos Políticos sometido por la Junta Central Electoral por entender que el aprobado por el Senado presenta “graves contradicciones con el marco normativo y los avances registrados en el proceso de reforma de la institucionalidad democrática”.
La propuesta fue entregada este jueves por el vicepresidente de la Fundación Institucionalidad y Justicia, Servio Tulio Castaños Guzmán, al presidente de la Cámara de Diputados, Rubén Maldonado.
En un documento enviado a la prensa, Finjus cita, en un primer punto, que en el proyecto aprobado por el Senado, en su artículo 45, lo relativo a la cuota femenina se estructura la inadmisibilidad de las listas de candidaturas congresuales y municipales si no cumplen con el 40% y 50% de participación femenina, respectivamente.
“Actualmente nuestro ordenamiento jurídico y el proyecto presentado por la Junta Central Electoral dispone una reserva de solamente un 33% para escaños a ser ocupados por mujeres”, agrega.
En ese sentido, consideró oportuno la obligatoriedad de que, ante la renuncia de una candidata a un puesto de elección popular, deba ser sustituida por otra candidata, consagrando así el principio de igualdad real que debe estimarse de manera transversal en la legislación electoral”..
“Otra discriminación positiva que formula esta redacción es la cuota de la juventud, indicando que cada agrupación partidaria deberá contar con un mínimo de 10% de candidatos jóvenes, comprendidos hasta los 35 años, como parte de su propuesta de candidaturas”, agrega.
Sanciones y consecuencias
El documento refiere, asimismo, que con relación al sistema de sanciones y consecuencias, preocupa a Finjus que no se encuentran debidamente delimitados y regulados de manera específica delitos propios a esta materia tanto en contra de las agrupaciones como de sus miembros, por lo que, a fin de fortalecer la vida interna de las organizaciones partidarias, recomienda reflexionar sobre la necesidad de tipificar en esta ley, de manera integral, aquellos delitos y/o infracciones en virtud de su naturaleza política y no dejarlos a la posibilidad de que se asimile al contenido de la figura del abuso de confianza en el Código Penal (artículo 408), ya que al no haber suficiente tipicidad de los elementos constitutivos o no subsumirse a plenitud a la figura penal referida, podría ocurrir que un hecho potencialmente punible no pueda ser perseguido y/o condenado como corresponde.
Financiamiento de partidos
En cuanto al financiamiento de los partidos políticos, Finjus entiende que se requiere de un ajuste en la redacción aprobada, “ya que la misma se queda estancada en los mismos preceptos de la Ley Electoral No. 275-98, impidiendo que en la reforma actual se incorporen las especificaciones y evolución normativa frente a la realidad política actual”.
Detalla que “en el caso de los recursos públicos a recibir, se mantiene el mismo esquema que favorece a los partidos mayoritarios en cuanto a la distribución de los recursos económicos del Estado. El denominado método “80-20”, establecido en el artículo 59 privilegia a los partidos mayoritarios y no permite un acceso más equitativo a los recursos proporcionados por el Estado, representando así un freno al desarrollo de los partidos, movimientos y agrupaciones emergentes.”
Primarias abiertas
En cuanto al mecanismo de selección interno de candidatos abordados en el artículo 37 de la redacción alterna por la Comisión Especial del Senado, la Fundación Institucionalidad y Justicia dice que la propuesta elaborada por la Junta Central Electoral contempla en este aspecto los requisitos mínimos que debe establecer una norma de este tipo, salvo algunas mejoras a la forma y contenido del texto que se han propuesto.
“Es importante destacar que la Constitución en el artículo 216 establece que “la organización de los partidos, agrupaciones y movimientos políticos es libre, con sujeción a los principios establecidos en esta Constitución” , y que la Suprema Corte de Justicia, actuando como Tribunal Constitucional, mediante sentencia del 16 de marzo del 2005 declaró No Conforme con la Constitución la Ley No. 1286-04 del 15 de agosto del 2004, que establecía el sistema de elecciones primarias mediante el voto universal directo y secreto el mismo día para todos los partidos”.
Explica que “el quid de la discusión versa sobre la ponderación de dos aspectos fundamentales que determinan cuál debe ser el grado de intervención del Estado en el fondo y las formas de los partidos y agrupaciones políticas: la libertad de asociación (expresado en la organización de partidos políticos) y el carácter público (función pública que cumplen) de estas organizaciones. Afirma que lo que lo importante “es garantizar que los mecanismos de la vida orgánica interna de los partidos respondan a un contenido democrático, tanto en lo organizativo como en los procedimientos de elección, sin que ello implique un excesivo intervencionismo por parte del Estado ni tampoco que ello desvirtúe la naturaleza pública de las organizaciones políticas”.
A partir de la ponderación de estos dos aspectos es que el Estado determinará su intervención. Es cierto que el partido es una expresión del derecho a la libre asociación política, aunque ya sabemos que esa asociación debe cumplir con determinadas condiciones: democracia interna, objeto lícito, entre otros. Por estas condiciones mencionadas anteriormente, se permite una mayor intervención del Estado”, indica.
Al entregar el documento, Castaños Guzmán informó que la opinión de la Finjus es que se debe dejar a los partidos políticos en libertad para escoger la modalidad de sus procesos internos, tal y como plantea la propuesta de la JCE.
Según una comunicación de prensa de la Cámara de Diputados, dice que el jurista manifestó también su preocupación por el bajo porcentaje que el Senado aprobó para los programas de formación política. Castaños Guzmán insistió en que el ánimo de Finjus es contribuir a que los partidos se sigan fortaleciendo como institución.
Evaluarán propuesta
La Cámara de Diputados dice que Maldonado acogió con beneplácito la propuesta de Finjus y que informó que la entregará a la comisión especial de diputados que estudia el referido proyecto de ley de Partidos Políticos, a los fines de que sea ponderada.
De igual manera, aseguró que esta propuesta en nada dilata los trabajos que realiza el Congreso Nacional en relación con el proyecto de ley de partidos políticos.
INSTITUCIONALIDAD | 25 MAY 2018, 12:00 AM |ABEL GUZMÁN THEN Finjus considera necesario arreglar “lagunas” en la Ley de Partidos del Senado
Cita que las sanciones no están claras y que el tope a los aportes de fondos privados no elimina el clientelismo
Hay preocupación por las debilidades que tendría la ley.
SANTO DOMINGO. La Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) manifestó que es preocupante que en el proyecto de Ley de Partidos aprobado por el Senado, en lo relativo al sistema de sanciones y consecuencias, no se encuentran debidamente delimitado y regulados de manera específica delitos propios de esta materia tanto en contra de las agrupaciones como de sus miembros.
Finjus advirtió que al no haber suficiente tipicidad de los elementos constitutivos o no subsumirse a plenitud a la figura penal referida, podría ocurrir que un hecho potencialmente punible no pueda ser perseguido o condenado como corresponde.
Recomendó que para fortalecer la vida interna de las organizaciones partidarias se debe reflexionar sobre la necesidad de tipificar en esta ley, de manera integral, aquellos delitos o infracciones en virtud de su naturaleza política y no dejarlos a la posibilidad de que se asimile al contenido de la figura del abuso de confianza en el Código Penal (artículo 408). Formación política
La Finjus señaló que constituye un claro retroceso, de cara al proyecto inicial de la Junta Central Electoral, lo relativo a la inversión de los partidos en la formación política de sus miembros e instancias internas.
Precisó que mientras en el proyecto inicial, en su artículo 30 mandaba a invertir el 25% del monto de fondos públicos recibidos por los partidos políticos a la especialización para la formación política, la redacción alterna del Senado, en su artículo 34, reduce drásticamente este monto a un pírrico 10%. Sobre el financiamiento privado de los partidos y el tope de un 1% de los fondos que recibe cada partido del Estado, Finjus opinó que esta modalidad no combate el clientelismo y las formas asistenciales que pueden formar parte eventualmente del modus operandi de los partidos y agrupaciones políticas en determinados momentos.
“Por tanto, es menester que un proyecto de ley de partidos especifique montos exactos de financiamiento por parte de quien contribuya individualmente, en atención a los salarios mínimos nacionales, cuya variación no depende de las variables propias que puedan presentarse en un torneo electoral”, afirma.
Planteó que es necesario exigir no tan sólo la transparencia de publicación que indica la redacción actual, sino una publicitación del origen de los fondos tanto de las personas físicas como de las personas morales.
“Deben aparecer prohibiciones expresas de contribuciones de personas físicas, cuyas personas morales (empresas) hayan favorecido previamente con sus fondos a los partidos, movimientos y agrupaciones políticas”, indicó.
Otro punto que preocupa a Finjus es lo referente al financiamiento proveniente de actividades ilícitas “al que pudiera acceder un candidato en su afán por adquirir la mayor promoción personal posible”.
La institución indicó que esta agravante atenta contra los principios de legalidad de una contienda electoral, por lo que resulta deseable la implementación de mecanismos de control que permitan garantizar el origen lícito de todos los recursos utilizados en una precampaña, en el marco de la ley de lavado de activos. Democratizar los medios
Finjus manifestó que se necesita mayor democratización de los medios de propaganda política transmitida en medios de comunicación gubernamentales, porque en los tiempos de campaña “resulta evidente el uso desmedido por parte del Gobierno de turno para favorecer a los candidatos del partido de gobierno”.
https://www.diariolibre.com/noticias/politica/finjus-plantea-arreglo-de-lagunas-en-ley-de-partidos-del-senado-EJ9957622
Trump firma ley para relajar el control financiero impulsado tras la crisis
La ley Dodd-Frank, aprobada en 2010, reforzaba las exigencias de capital de respaldo a los bancos, les obligaba a llevar a cabo test de resistencia anuales para verificar su fortaleza y prohibía a las instituciones financieras dedicarse a actividades de alto riesgo con el dinero de sus clientes
Washington, 24 may (EFE).- El presidente estadounidense, Donald Trump, ratificó hoy la ley que suaviza las medidas de control del sector financiero impulsadas por el expresidente Barack Obama tras la crisis de 2008, conocida como Dodd-Frank, que ha calificado de manera repetida como un “desastre” para la economía.
“Hoy estoy orgulloso de cumplir otra promesa más”, afirmó Trump al sellar oficialmente en la Casa Blanca la Ley de Crecimiento Económico, Alivio Regulatorio y Protección del Consumidor.
El mandatario reiteró que la norma original había sido un “desastre” al haber asfixiado el flujo del crédito, especialmente de los bancos más pequeños.
“La han arreglado o al menos han avanzado un largo trecho para arreglarla (…) Este es el siguiente paso en el repunte económico sin precedentes de EE.UU.”, agregó en el acto, en el que estuvo acompañado por el secretario del Tesoro, Steven Mnuchin, y el vicepresidente, Mike Pence, junto a diversos legisladores.
La ley Dodd-Frank, aprobada en 2010, reforzaba las exigencias de capital de respaldo a los bancos, les obligaba a llevar a cabo test de resistencia anuales para verificar su fortaleza y prohibía a las instituciones financieras dedicarse a actividades de alto riesgo con el dinero de sus clientes.
La reforma ratificada hoy suaviza algunas de las restricciones y el escrutinio a los pequeños bancos y empresas financieras puestos en marcha para reducir los riesgos después de la aguda crisis de 2008 por la explosión de la burbuja financiera asociada a activos inmobiliarios.
En concreto, eleva de 50.000 millones a 250.000 millones en activos el umbral bajo el que se considera a los bancos “demasiado grandes para quebrar”, lo que exime a un buen número de instituciones financieras de cumplir con determinadas exigencias. EFE
https://acento.com.do/2018/economia/8568637-trump-firma-ley-relajar-control-financiero-impulsado-tras-la-crisis/
Auditoría saca la pus del manejo dio Corde a casi RD$2 mil millones fruto de las acciones del Estado en la Falconbridge Por Samuel Tapia /acento.com.do.
Publicado el 24 de mayo de 2018 - 10:04 am
SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Inobservancia de las disposiciones legales, reglamentarias y normativas de cumplimiento obligatorio en el manejo de más de 1, 900 millones de pesos recibidos de Falcondo Xstrata Nickel o Falconbridge Dominicana, S.A, fueron algunas de las deficiencias o irregularidades que arrojó una auditoría practicada durante el período del 1 de enero de 2004 y el 31 de diciembre de 2014 a la Corporación Dominicana de Empresas Estatales (Corde).
Investigación de fecha 16 de febrero de 2015, determinó que Corde no realizó la transferencia de las 285,982 acciones que posee en la Falconbridge Dominicana, S.A., a favor de los municipios que integran las provincias Monseñor Nouel, La Vega y Sánchez Ramírez.
El documento de la Cámara de Cuentas de la República Dominicana establece que los funcionarios correspondientes no dieron cumplimiento a las disposiciones contenidas en elDecreto número 152-94 de fecha 9 de mayo del año 1994 ni a la Ley 507-05 de fecha 22 de noviembre del año 2005.
El artículo 1 del Decreto número 152-94 de fecha 9 de mayo del año 1994, ordena transferir en favor de las provincia Monseñor Nouel, los beneficios que generan las acciones en la referida empresa, incluyendo los RD$ 10,724,325 recibidos por Corde el 4 de abril de 1994, como avance a cuenta de dividendos para el año fiscal 1993, que debían ser distribuidos en un 50 % para el municipio Bonao, 25 % en beneficio de Maimón y el 25 % restante en beneficio del municipio de Piedra Blanca.
De igual forma, la ley 507-05 de fecha del 22 de noviembre del 2005, establece en sus artículos 1 y 3 que las 285,982 acciones de la Corporación Dominicana de Empresas Estatales (Corde) en la Falconbridge Dominicana, debían ser transferidos a los municipios que integran las provincias Monseñor Nouel, La Vega y Sánchez Ramírez, dividendos distribuidos en un 70 % a favor de la provincia Monseñor Nouel, 20 % a La Vega y un 10 % a la provincia Sánchez Ramírez.
La administración de los recursos generados por esas acciones quedaría en manos del Consejo para el Desarrollo de la Provincia Monseñor Nouel, el consejo Provincial para la Administración de los Fondos Mineros (La Vega) y el consejo provincial para la Administración de los Fondos Mineros (Sánchez Ramírez).
Sin embargo, los RD$ 1 979 310 020.20 que obtuvo la Cordedurante los años 2004 y 2007 por concepto de dividendos producto de las acciones que posee la entidad en la Falconbridge Dominicana, S.A., fueron distribuidos “inobservandose los porcentajes establecidos, ya que solo fue otorgado el 55.29 % de dichos fondos a la provincia Monseñor Nouel, el 10.45 % a la provincia de la Vega y el 4.95 % a la provincia de Sánchez Ramírez”.
La distribución
De los más de RD$ 1 900 millones señalados por la Cámara de Cuentas, entre 2004 y 2005, Corde recibió ingresos por RD$ 172 332 753.20 por las acciones en la Falconbridge, de los cuales RD$ 85 789 547.04 fueron transferidos a la “Comisión para la Administración de los Beneficios de Corde en la Falconbridge Dominicana”, mientras que RD$86 543 206.16 fueron pagados a terceros, esto sin evidenciarse la autorización previa por parte de la referida Comisión.
Durante los años 2006 y 2007, Corde recibió la suma de RD$ 1 806 977 267 más por concepto de ingresos.
En el período de un año – octubre de 2006 y octubre 2007 –, Corde emitió siete cheques al Consejo para el Desarrollo de la Provincia Monseñor Nouel por un RD$ 1 092 560 552.23, más un cargo bancario por manejo de cheques emitidos a favor de la comisión por RD$ 1 887 354.18, para un total de RD$ 1 094 447 906.41.
Pagos a terceros sin autorización previa de la Comisión: entre 2004 y 2005, RD$ 86 543 206.16; entre 2006 y 2007, RD$ 68 500 000. Total RD$ 155 043 206.16
Al Consejo Provincial para la Administración de los Fondos Mineros La Vega, le tocó dos cheques por RD$ 96 000 000 y RD$ 83 300 000, en mayo y agosto del 2007, respectivamente, para un total de RD$ 179 300 000. También hizo pagos entre junio 2007 y febrero 2008 como “contrato cuota Litis entre el Consejo y Eleuterio Abad Santos” por RD$ 27 535 318.52, por lo que “pagó” a La Vega RD$ 206 835 318.52.
Por otra parte, el Consejo Provincial para la Administración de los Fondos Mineros Sánchez Ramírez, recibió en agosto del 2007 RD$ 98 000 000.
Nuevamente, Corde efectuó pagos a favor de terceros sin evidenciarse la autorización por parte del Consejo para el Desarrollo de la Provincia Monseñor Nouel, el Consejo Provincial para la Administración de los Fondos Mineros de La Vega o del Consejo para la Administración de los Fondos Mineros Sánchez Ramírez, esta vez, por un monto de RD$ 68 500 000.
Adicionalmente, la entidad reconoció como parte de sus operaciones el monto de RD$ 292 732 356 durante los años 2006 y 2007, identificándose que los mismos fueron registrados en las Cuentas Dividendos y Otros Ingresos, sin la debida autorización de las entidades administradoras.
Aparece “Metrópolis”
Los casi RD$ 300 millones reconocidos como ingresos por parte de Corporación Dominicana de Empresas Estatales serían destinados a la construcción del proyecto habitacional y comercial “Metrópolis”, un ambicioso proyecto que terminaría por generar pérdidas a la institución por más de 100 millones de pesos.
“Metrópolis”sería ofertado en venta a funcionarios del Estado, empleados de Corde y personas interesadas, según consta en el acta número 1-2009, de la Sesión Ordinaria celebrada por la Junta de Directores de la Corde, el día 30 de enero del 2009.
La empresa Constructora Pablo Yarull & Asociados S.A. resultó adjudicataria del proyecto por un monto de RD$ 349 869 815, luego de un proceso de selección correspondiente a licitación restringida, según el acta 2/2007, de fecha 21 de septiembre de 2007, de la Comisión de Licitación de la Corde.
Sin embargo, no pudo evidenciarse la existencia de un pliego de condiciones o especificaciones técnicas sobre la obra a construir, solo observándose una hoja contentiva con las características generales de la obra, esto en violación a la ley 340-06 sobre Compras y Contrataciones.
La empresa había sido contratada dos meses antes para la elaboración de estudios topográficos y de suelo, así como confección de planos arquitectónicos y solicitud de permisos para uso de suelo, entre otros, por lo que recibiría RD$ 4 500 000. De nuevo, no se evidenció la aplicación del proceso de selección correspondiente.
La revisión de los cheques no fue más alentadora. Los auditores encontraron que se emitieron cheques para la construcción del proyecto, con una inversión de RD$ 239 385 557 durante el período septiembre 2007 hasta agosto de 2009.
No obstante, el 9 de mayo de 2011, se realizó la venta del inmueble por un monto de RD$ 130 000 000 debido a que la Corporación Dominicana de Empresas Estatales (Corde), no disponía de recursos para continuar el proyecto, produciéndose una pérdida de RD$ 109 385 557.
Sobre este aspecto, Corde emitió una comunicación el 20 de mayo de 2015, en la que expresa que “esta institución en ese entonces no era supervisada por la Contraloría General de la República (…)”.
Explicó además que al no poseer Página Web ni portal, se “imposibilita el cumplimiento de las nuevas disposiciones de control implementadas por las Leyes vigentes”, razón por la que la institución intentó realizar procedimientos similares a los establecidos.
“Nos avocamos a realizar un procedimiento similar a la Licitación Restringida, para lo cual fueron invitadas seis empresas (…). No fue elaborado Pliego de Condiciones para la construcción”.
Cuentas por Pagar sin evidencias y registro inadecuado
El Informe de la Investigación Especial practicada evidencia que los registros contables de las cuentas por pagar no poseen la documentación justificativa correspondiente.
“Se observa que, se afectaron saldos de cuentas inherentes a los beneficios recibidos de Falcondo Xstrata Nickel o Falconbridge Dominicana, S.A., ascendente a un monto de RD$ 35 666 271 sin evidenciar los documentos que generaron los mismos”.
Igualmente, la Corporación Dominicana de Empresas Estatales (Corde) presenta en sus Estados Financieros al 31 de 2014, un balance de RD$ 458 362 366 en la Cuenta Número 1099-01-06-01140, denominada Otros Gastos Pagados por Anticipado, en la cual se registraron compromisos contraídos con personas jurídicas y físicas a través de contratos suscritos con las empresas Constructoras Pablo Yarull & Asociados, Ingeniería Ambiental y Santana Consultores Asociados, C por A., De La Cruz & Placeres, S.A (Crupsa), y pagos realizados a personas que se les requirió sus servicios para la construcción del Proyecto Habitacional Metrópolis, los cuales conforme a su origen debieron ser reconocidos dentro del renglón de Cuentas por Pagar.
La auditoría fue remitida al exdirector general de la Corporación Dominicana de Empresas Estatales (Corde), a la Junta de Directores de la entidad y a la Contraloría General de la República. Adicionalmente a la Procuraduría General de la República, con atención a la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca).
SANTO DOMINGO (R. Dominicana).- La Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Santo Domingo (CAASD) mantiene desde 2000 su cartera de cobro a cargo de AAA Dominicana, una empresa que fundó el actual director de la dependencia estatal, arquitecto Alejandro Montás Rondón, junto al español residente en Colombia Francisco Javier Vilaplana y al dominicano Ángel Rondón Rijo, reconocido lobista cuyo nombre sale a relucir en fraudes como los del Plan Renove y el Baninter, en los que se le atribuye encarnar alrededor de los congresistas la nefasta figura de “el hombre del maletín”.
Desde 2002 hasta abril de este año la empresa recaudadora se benefició con más de 2,549.8 millones de pesos en su relación comercial con la CAASD. En 2013, la compañía tenía 300 empleados, según un informe de Canal Isabela II de Gestión, una firma española con la que tiene vínculos, a través de Inassa(Sociedad Interamericana de Agua y Servicios) que aparece como accionista de AAA Dominicana bajo la representación de Edmundo Rodríguez Sobrino.
Rondón Rijo figura como accionista mayoritario de AAA Dominicana, registrada en la Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo con el número 4745SD (RNC 1-01-84162-1), como persona física y a través de las empresas Roymar S.A. y ClimateState S.A., dos firmas que preside.
La compañía contratista cobró para la CAASD desde 2002 hasta abril de este año un monto de RD$7,258,865,486, de los que retuvo el 34% (RD$2,549,855,503), según cifras oficiales suministradas por el organismo a través de su oficina de acceso a la información.
La CAASD asegura que la compañía ha facturado a sus clientes un monto de RD$9,853,365,763, de los que logró recaudar el 74%.
En 2006 la AAA recaudó RD$618.408,439 de los que debía retener RD$193,974,461. Unas de las actas de la asamblea de accionistas de la compañía realizada el 21 de marzo de 2007 relata que al 31 de enero de ese año la CAASD adeudada a la empresa RD$163,836,330 de capital y RD$48,278,384 de intereses.
En la citada reunión los dueños de la empresa autorizaron a su gerencia a negociar esa deuda por un límite de entre RD$130 a RD$140 millones, 33.8 millones de pesos menos, algo que podría interpretarse como una postura generosa y condescendiente frente a la administración de la CAASD.
Además de la CAASD, la compañía ofrece u ofreció su gestión de cobro de servicios a las alcaldías del Distrito Nacional (ADN) y Santo Domingo Este, así como al Acueducto y Alcantarillado de La Vega (Coravega).
La actual gestión de la CAASD muestra lentitud y escaso interés en facilitar copia de todos los contratos que mantiene con AAA Dominicana, constituida el 28 de marzo de 2000. Los registros de la compañía en la Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo evidencian que el arquitecto Montás Rondón y su firma Del Castillo & Montás vendieron sus acciones a Ramón Núñez Ramírez el 2 de septiembre del citado año. Después se produjeron otros cambios en la composición accionaria de la firma hasta que la empresa –constituida al principio con un capital de 10 millones de pesos– quedó bajo el control de Ángel Rondón Rijo.
Además de la CAASD, la compañía ofrece u ofreció su gestión de cobro de servicios a las alcaldías del Distrito Nacional (ADN) y Santo Domingo Este, así como al Acueducto y Alcantarillado de La Vega (Coravega). En diciembre de 2010, la CAASD solicitó a la AAA Dominicana –que no es un banco– un préstamo de diez millones de pesos, una especie de adelanto para pagarlo en marzo de 2011, según consta en documentos de la compañía.
Aunque la gestión de Roberto Salcedo ni siguiera se molestó en responder a las preguntas sobre AAA Dominicana, el acta de la asamblea de accionistas de la firma fechada el 3 de julio de 2012 explica que la compañía había establecido un récord al cobrar para el cabildo RD$39 millones en un mes.
La empresa firmó el 13 de noviembre de 2003 con la Corporación Dominicana del Acueducto y Alcantarillado de la Romana (COAAROM) el “Contrato para la gestión comercial de los servicios de agua potable y alcantarillado y el desarrollo del programa de instalación de medidores en la provincia La Romana”.
La Suprema Corte de Justicia casó la sentencia el 20 de julio de 2011 y envió el caso por ante la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación de Santo Domingo. El resto de la historia se desconoce.
Fruto de ese contrato, la COAAROM demandó a la compañía y logró que un tribunal civil de San Pedro de Macorís la condenara al pago de una indemnización de 76 millones de pesos, pero la litis terminó en un acuerdo entre “directores” cuyos términos la población desconoce.
El contrato data de 2003 y para 2009 la COAAROM alegaba que perdía más de 1.3 millones de pesos mensuales por deficiencias en los cobros de AAA Dominicana que, según argumentaba, debía reportar 59 pesos al mes por cada cliente registrado y, aunque tenía 25,000, sólo cobraba el servicio de agua potable a 8,000.
La Suprema Corte de Justicia casó la sentencia el 20 de julio de 2011 y envió el caso por ante la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación de Santo Domingo. El resto de la historia se desconoce.
“Tanto el Gerente General como el Gerente de Operaciones de la empresa, han sostenido reuniones conjunta o separadamente con el Director de COAAROM y el representante de Central Romana (Casa de Campo), persona de gran influencia en la directiva de COAAROM, elevando propuestas verbales a los mismos. El día 30 de julio, se llevó a cabo una reunión de Consejo de Directores de COAAROM, donde se creó una comisión integrada por 4 miembros para la búsqueda de una salida negociada al conflicto”, explica un acta de reunión de accionistas de AAA del 17 de agosto de 2007.
El 14 de septiembre de 2011 los accionistas determinaron: “Se autoriza a la señora Odette Hasbún Rosanía a gestionar el cierre definitivo del caso, previa consulta a los consejeros. La negociación con COAAROM finalizará en una suma no mayor de Trescientos Mil Dólares de Los Estados unidos de Norte América (US$300,000,000)”.
Ese día la tasa del dólar, según registros del Banco Central, era de RD$38.20, con lo cual los dueños de AAA se referían a un monto de alrededor de 11.5 millones de pesos disponibles para un arreglo, aunque el acta de asamblea omite explicar la forma en que se llevaría a cabo esa “negociación” en la que estaban envueltos funcionarios públicos de La Romana y personas de influencia de Casa de Campo.
“Respecto de ese (caso) sólo puedo decirle que los dos directores (de AAA Dominicana y la COAAROM) llegaron a un acuerdo del cual no conozco los detalles”, se excusa el abogado Genaro Silvestre, quien representó a la COAAROM en el proceso. 7días.com.do requirió, sin éxito, información al respecto a la entidad a través de su vocero, Marcos Mañaná.
Apeló al “poder” para librarse de cobro de impuestos
AAA Dominicana apeló a la intervención del Ministro Administrativo de la Presidencia, José Ramón Peralta, para evitar el pago de más de 103 millones de pesos que le cobraba la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) al finalizar 2012.
Su acta de asamblea de accionistas correspondiente al 17 de diciembre de 2012 establece que la DGII le notificó a la compañía de Rondón Rijo que declaró y pagó sólo “parcialmente” el ITBIS(impuesto sobre las transferencias de bienes industrializados y servicios) correspondiente al período del 1 de enero de 2009 al 31 de diciembre.
La DGII estableció que “AAA Dominicana es responsable del pago de los impuestos generados como resultado de la partida ingresos gravados declarados exentos, por tanto, se ha generado un ITBIS a pagar por valor de RD$32,160,407.64 más RD$71,729,072.84 de recargos por mora e intereses indemnizatorio, asciende a un total a pagar de RD$103,889,480.48”, dice el acta de asamblea.
Más adelante confiesa que “luego de recibir la notificación AAA Dominicana y la CAASD redactaron comunicaciones dirigidas a la DGII y al Ministro Administrativo de la Presidencia, Lic. José Ramón Peralta, en interés de aclarar que esta última institución está exenta de impuestos en virtud de la Ley No. 498, que crea la Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Santo Domingo (CAASD)”.
El acta de la asamblea de accionistas recoge a favor de la compañía el artículo 22 de la Ley 498 que establece que el organismo oficial “estará exonerado del pago de todo impuesto, gravamen, tasa o arbitrio” que recarga o pudiera recaer sobre sus operaciones o negocios.
Para diciembre de 2012 ya estaba al frente de la CAASD el arquitecto Montás Rondón (apellido Rondón de la región Este del país al igual que Ángel Rondón Rijo), uno de los fundadores de AAA Dominicana, designado en la dependencia oficial por el presidente Danilo Medina mediante el decreto número 465-12, del 17 de agosto de ese año.
Hasbún Rosanía encontró mil excusas para postergar la entrega a 7días.com.do de informaciones relacionadas con los contratos de su compañía con la CAASD y otras entidades públicas del país
“Destacamos que la dirección de la CAASD está realizando gestiones significativas para enmendar la situación antes citada”, dice textualmente el acta de accionistas de diciembre de 2012 en referencia al pago de los más de 103 millones de pesos que le exigía la DGII.
En la reunión del 21 de septiembre de 2012 Odette Hasbún Rosanía, gerente de AAA Dominicana, explicó a los miembros del consejo que: “con la elección y posesión del nuevo presidente de la República, doctor Danilo Medina, hubo cambios en la dirección de la CAASD, asignando como nuevo Director General al Arquitecto Alejandro Montás Rondón. En tal sentido, se han realizado dos reuniones de trabajo en la que ha participado el Presidente del Grupo Empresarial Inassa y el Presidente del Consejo de Administración de AAA Dominicana, tratando temas inherentes al contrato y la posibilidad de la renovación con la instalación de cien mil medidores”.
Hasbún Rosanía insiste en el interés de la administración de Montás Rondón y expresa (siempre según el acta): “La CAASD es consciente de la necesidad de ampliar el horizonte del contrato que en la actualidad vence en febrero del año 2015, para poder amortizar la inversión que realizaría la empresa en la adquisición, suministro, instalación y mantenimiento de estos medidores”.
(Hasbún Rosanía encontró mil excusas para postergar la entrega a 7días.com.do de informaciones relacionadas con los contratos de su compañía con la CAASD y otras entidades públicas del país).
Personaje de leyenda
En torno a Rondón Rijo circulan historias que incluso ya están impresas al menos en un libro. En la obra “Todas las posibilidades” que escribió el periodista Freddy Aguasvivas se menciona al comerciante e incluso se incluyen detalles de su supuesta intervención en una modificación a la Ley Monetaria y Financiera auspiciada –según el texto– por Ramón Báez Figueroa, a sugerencia del asesor financiero Luis Álvarez Renta y la ejecutiva Vivian Lubrano de Castillo.
La modificación estaría orientada a flexibilizar la ley para permitir que el Baninter pudiera comprar la Asociación Popular de Ahorros y Préstamos (APAP) para acceder a RD$14 000 millones sobre los que sus ahorrantes realizaban pocos movimientos.
De acuerdo al texto de Aguasvivas, el asesor Álvarez Renta vendió a Báez Figueroa las ventajas de la operación que permitiría al Baninter superar el tamaño del Banco Popular y a la vez acceder a un capital en efectivo, por lo cual recomendó la contratación de Rondón Rijo para gestionar con los congresistas la modificación de la ley.
“Ángel Rondón tenía la habilidad de convencer a los senadores y diputados de la necesidad de emitir las leyes que beneficiaban a ciertos sectores empresariales, y de los beneficios de sus modificaciones”, escribe el periodista Aguasvivas en Todas las posibilidades. “Armado solo con un maletín en las manos, no había caso que se pusiera a su cuidado que no fuera resuelto. Era caro, pero eficaz”, concluye.
La sentencia número 350-2007, dictada el 21 de octubre de 2007 por el Primer Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, establece entre Baninter y la APAP “se realizaron negociaciones dirigidas a asegurar una eventual fusión de ambas entidades una vez entrara en vigencia la Ley No. 183-02, Monetaria y Financiera”. Con ese fin, prosigue, fueron abiertos en Baninter catorce certificados financieros: seis por un total de para un total de 205 millones 875 000 pesos a favor de Ángel Miguel Rondón (a nombre de Lancaster Int. Services, Bayside Capital Holding, VenmorelyInvestments, Librec Investment y Roymar Corporation); cuatro por 91 millones de pesos a favor de Ricardo Pellerano Paradas (a nombre de Oakville Portfolio Int., Trek Global Investment, Seandel Financial y Astrion Property Group) y tres por 205,875,000 pesos afavor de Miguel Pimentel Kareh(a nombre r de Farden Business Corp., Galano Media Int., Jay Overseas Corp.) y uno de 10 millones de dólares a nombre de Bay Hurst Investment.
“En fecha 18 de diciembre del año 2003, los señores Ángel Miguel Rondón Rijo, Ricardo Pellerano Paradas y Miguel A. Pimentel Kareh se comprometieron a rembolsar al Banco Central de la República Dominicana y al Banco Intercontinental, la suma de setenta y cinco millones cuatrocientos catorce mil seiscientos ochenta y seis pesos con noventa y cinco centavos (RD$75,414,686.95) y doscientos trece mil seiscientos ochenta y cuatro dólares con cuarenta y un centavos (US$213,684.41), valores que recibieran en ocasión de esta negociación”, dice la sentencia en referencia a la adquisición irregular de la APAP por parte del Baninter.
El nombre de Rondón Rijo también salió a relucir en el fraude de más de 1,800 millones de pesos del Plan Renove.
Sam Goodson, quien suscribió con la gestión de Hipólito Mejía (2000-2004) un contrato de venta de vehículos marcas Hundai por 40.8 millones de dólares, firmó –el 21 de mayo de 2001– un acuerdo notariado con Rondón Rijo en el que se comprometió a pagar al comerciante la suma de 995 000 dólares (para la fecha a una tasa de 16.66 sumaban unos RD$16,576,700) con el compromiso de que convenciera a los congresistas de la aprobación del citado contrato con el Estado.
Rondón Rijo parece estar conectado con el poder económico y político, sin importar el gobierno de turno.
El “Acto de declaración y reconocimiento de honorarios” obligaba a Goodson, un estadounidense de origen israelí que se fugó del país, a pagar a Rondón Rijo 58 000 dólares cuando el contrato de financiamiento se aprobara en el Senado; 600 000 cuando pasara por la Cámara de Diputados y último 337 000, “en un plazo no mayor de 15 días, luego de ser sancionado por ambas cámaras”, tal y como lo documentaron las autoridades.
En hechos más recientes, tanto el movimiento cívico Ciudadanos Contra la Corrupción (C3) como la Alianza Dominicana Contra la Corrupción (ADOCCO) denunciaron ante las autoridades supuestas irregularidades en contratos millonarios que favorecen a Rondón Rijo firmados por el exdirector del Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos (INDRHI), Frank Rodríguez.
Rondón Rijo parece estar conectado con el poder económico y político, sin importar el gobierno de turno.
El periodista Leo Hernández incluyó en su columna Top Secret, de la edición de El Caribe del 26 de julio del año pasado, un comentario bajo el título “¡Wwwaaaooo!” que retrata la influencia del dueño de AAA Dominicana: “Para los que fueron por primera ocasión, aquello parecía de película, aunque para los que repetían su presencia en el festejo, el aparataje era confirmación de que una vez más, el conocido cumpleañero demostraba su extraordinario poder de convocatoria e influencia, reafirmando que está bien ranqueado en el lobbismo de todo tipo en el país. Siete helicópteros transportaron conocidos personajes de diversos ámbitos y de todos los colores y procedencias políticas, sociales y empresariales, luciendo imponentes en uno de los espacios laterales de la finca de Ramón Santana donde no faltó nada y abundaron las risas, anécdotas y las reiteraciones de afectos entre muchos que llevaban algún tiempo sin compartir. De ñapa, la música contagiosa de los Hermanos Rosario puso a una buena parte a contonearse. Era el cumpleaños de Ángel Rondón. Congratulaciones…” http://www.7dias.com.do/portada/2018/05/24/i168211_maletin-aaa-dominicana-beneficiado-con-mas-rd2-500-millones-cobro-agua-caasd.html#.WwfgDYjwbIU