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jueves, 1 de marzo de 2018

Vence el plazo para observar la resolución de apellidos que dictó la JCE

JUNTA CENTRAL ELECTORAL | 01 MAR 2018, 12:00 AM |NIZA CAMPOS
Vence el plazo para observar la resolución de apellidos que dictó la JCE
El ex director de Migración considera inconstitucional la resolución
Los integrantes de la JCE emitieron la resolución 031-2017.
 Los integrantes de la JCE emitieron la resolución 031-2017.

SANTO DOMINGO. Con unas 10 opiniones venció ayer el plazo para las observaciones a la resolución que dispone la creación de un glosario alfabético de apellidos para ser sorteados y asignados administrativamente a niños declarados en estado de abandonos.
Sobre esa resolución marcada con el número 031-2017, se han pronunciado: el ex juez Juan Miguel Castillo Pantaleón, el Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia (Conani), el Centro Duartiano, las Juntas de Vecinos Clubes, Organizaciones Comunitarias Choferiles, Educativas y Religiosas de la Zona Sur, la Defensora del Pueblo y el ex director de Migración, José Ricardo Taveras.
En su observación Taveras sostuvo que la resolución viola la Constitución dominicana, al desbordar su obligación de “sometimiento pleno al ordenamiento jurídico del Estado”, o lo que es lo mismo, en detrimento del principio de legalidad. Sostiene que la JCE no puede ordenar administrativamente la asignación de un apellido, ya que es una facultad del Conani.
“A pesar de todo ello, las mismas razones que invalidan a la JCE para autorizar a su consultoría jurídica a escoger un apellido de un glosario alfabético autorizado administrativamente por ella, son valederas para afirmar que tampoco el Conani tiene facultad legal para asignarlos, hasta tanto no interviniere una ley en ese sentido”, aduce el ex funcionario.
 Conani José Ricardo Taveras Blanco Junta Central Electoral Niza Campos República Dominicana Resolución
https://www.diariolibre.com/m/noticias/politica/vence-plazo-observar-la-resolucion-de-apellidos-FF9304106 

jueves, 28 de diciembre de 2017

JCE dice resolución sobre apellidos no se ha aplicado porque falta protocolo

MENORES DE EDAD|28 DIC 2017, 3:02 PM |

JCE dice resolución sobre apellidos no se ha aplicado porque falta protocolo



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SANTO DOMINGO. El presidente de la Junta Central Electoral, Julio César Castaños Guzmán, declaró este jueves que “la resolución No. 03-17 de fecha, 23 de mayo de 2017, no se le ha aplicado hasta el momento a ningún caso en particular, en razón, de que nuestra institución está elaborando el protocolo correspondiente”.
Castaños Guzmán señaló a través de un comunicado que “estamos en la mejor disposición de reunirnos con la Directora y los funcionarios del órgano rector de la niñez dominicana que es CONANI, para coordinar los pasos tendentes a resolver la situación de los menores que judicialmente han sido declarados en abandono, por carecer de padres conocidos y no tener apellidos, y por supuesto que el Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia es imprescindible para la solución del problema por las competencias que le son propias”.
La JCE reiteró “que está en la mejor disposición de recibir todas las propuestas y sugerencias sobre el tema en particular”.
https://www.diariolibre.com/noticias/justicia/jce-dice-resolucion-sobre-apellidos-no-se-ha-aplicado-porque-falta-protocolo-EL8872868





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Miguel Surun: JCE carece de poder para asignar apellidos a niños abandonados; sería ilegal

Miguel Surun Hernández.
Miguel Surun Hernández.

Miguel Surun: JCE carece de poder para asignar apellidos a niños abandonados; sería ilegal

Publicado el: 28 diciembre, 2017  Por: Hoy e-mail: info@hoy.com.do
El Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD)  calificó como ilegal e inconstitucional la resolución 03-2017 mediante la cual la Junta Central Electoral (JCE)  pretende asignarle apellidos a menores en estado de abandono.
Miguel Surun Hernández, presidente del gremio, dijo que dicha medida es preocupante el hecho de que instituciones emitan resoluciones que claramente desbordan el ámbito de su competencia, atentando contra del Estado Derecho.
Surun Hernández indicó que el artículo 212 de la Constitución establece la competencia de la Junta Central Electoral, planteando que es un órgano autónomo con personalidad jurídica e independencia técnica, administrativa, presupuestaria y financiera, cuya finalidad principal será organizar y dirigir las asambleas electorales para la celebración de elecciones y de mecanismos de participación popular establecidos por la presente Constitución y las leyes, lo que refleja que solo tiene competencia en asuntos electorales y administrativos, en materia electoral.
Que además sería violatorio a la Ley 659 sobre Actos del Estado Civil que los oficiales del Estado Civil en franca violación a sus facultades y registros de actos de civil, ya sea voluntarios o judiciales, procedan  a modificar el Estado civil de la personas, insertando nombres sin que una sentencia judicial ordene dicha modificación, al margen de los procedimientos Constitucionales.
El Colegio de Abogados hace un llamado a la Junta Central a que deje sin efecto dicha resolución a todas luces atentatoria al Estado de Derecho, que constituye no solo un abuso de poder, sino la usurpación de funciones que comprometería la responsabilidad de quienes la ejecuten.
“Esto no se trata de consultas para modificar dicha resolución, se trata de a que a la Junta Central Electoral  carece de poder alguno en esa materia”, expresó Surun Hernández.
http://hoy.com.do/miguel-surun-jce-carece-de-poder-para-asignar-apellidos-a-ninos-abandonados-seria-ilegal/