jueves, 18 de diciembre de 2025

Por qué los acuerdos con imputados son clave en los procesos de corrupción

Olivo A. Rodriguez Huertas
Olivo Rodríguez Huertas

Por qué los acuerdos con imputados son clave en los procesos de corrupción

El abogado Olivo Rodríguez Huertas analiza los límites de la delación, las medidas de coerción y la responsabilidad de jueces y fiscales

El Ministerio Público los utiliza como una herramienta legal para fortalecer investigaciones complejas

Por Edili Arias |18.12.2025 

Santo Domingo.– Los acuerdos procesales, la delación premiada y el criterio de oportunidad son mecanismos legales mediante los cuales una persona imputada colabora con el Ministerio Público a cambio de beneficios procesales, como la reducción de penas o la exclusión parcial de cargos.

Estas figuras buscan facilitar la obtención de información claveacelerar las investigaciones y permitir que la justicia alcance a los principales responsables de estructuras delictivas complejas.

El uso de estos acuerdos ha vuelto al centro del debate público a raíz de los procesos judiciales vinculados al caso SeNaSa, generando cuestionamientos sobre su legitimidad y alcance.

Sin embargo, para el abogado constitucionalista Olivo Rodríguez Huertas, lejos de representar una distorsión del sistema de justicia, se trata de herramientas válidas y necesarias dentro del marco legal dominicano, siempre que su aplicación sea rigurosaproporcional y ajena al populismo judicial.

Rodríguez Huertas explicó que la finalidad esencial del proceso penal no es el castigo mediático, sino identificar con precisión a los responsables de los delitos y procurar la aplicación de sanciones conforme a la ley, utilizando todos los instrumentos que el ordenamiento jurídico pone a disposición del Estado para garantizar investigaciones eficaces.

“La delación y los acuerdos no son un invento local; son instrumentos reconocidos universalmente porque el sistema de justicia, por sí solo, no tiene capacidad para procesar todos los casos sin mecanismos de eficiencia”, apuntó el jurista.

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Destacó que en países como Estados Unidos, la gran mayoría de los procesos penales se resuelven mediante acuerdos negociados entre el Ministerio Público y la defensa, una práctica que ha demostrado ser una vía eficaz para agilizar los procesos.

No obstante, admitió que estos instrumentos generan tensiones éticas y morales, sobre todo cuando personas que admiten su participación en hechos delictivos obtienen beneficios procesales.

“Puede generar indignación social, pero lo que se persigue es descubrir la verdad completa y sancionar a quienes traicionaron la confianza pública”, puntualizó en el programa Hoy Mismo.

Rodríguez Huertas enfatizó que los funcionarios públicos tienen una responsabilidad superior en el resguardo de la fe pública.

“Quien primero está obligado a proteger los intereses generales es el funcionario. Cuando se coaliga con actores privados para delinquir, la sanción debe ser ejemplar”, afirmó, al tiempo que reconoció que la colaboración eficaz permite acceder a niveles de información que, de otro modo, tomarían años de investigación.

Diferencias con casos anteriores

El abogado destaca que República Dominicana atraviesa una etapa inédita en materia de persecución penal de la corrupción, marcada por un mayor margen de independencia del Ministerio Público.

A su juicio, históricamente no existía voluntad real de sancionar los grandes casos que involucraban a figuras del poder político o económico.

“Muchos expedientes ni siquiera llegaban a la fase inicial del proceso”, recuerda.

Sin embargo, observa diferencias importantes entre el actual caso Senasa y procesos anteriores, donde a colaboradores se les otorgaron criterios de oportunidad sin que mediara privación de libertad.

En esta ocasión, señala, varios imputados que habrían admitido su participación enfrentan medidas de coerción severas.

“Eso introduce un elemento novedoso que merece análisis, porque la colaboración no siempre implica ausencia total de sanción, pero tampoco puede convertirse en un incentivo perverso”, advierte.

Rodríguez Huertas aclara que el criterio de oportunidad, previsto en la normativa procesal, no conlleva condena penal ni antecedente judicial, pero solo puede aplicarse bajo reglas estrictas y validación judicial.

“No es un cheque en blanco; es un instrumento accesorio para fortalecer casos complejos donde el interés público es mayor”, explica.

La decisión del juez Rigoberto Sena

Sobre las declaraciones del juez Rigoberto Sena, quien conoció la medida de coerción en el caso Senasa, Rodríguez Huertas ofrece una valoración crítica pero mesurada.

Reconoció la capacidad y formación del magistrado, a quien describe como “un juez inteligente, bien preparado y con excelentes credenciales académicas”, aunque considera que su actuación se apartó de la sobriedad que debe caracterizar a la judicatura.

Rigoberto Sena-juez-senasa
El juez Rigoberto Sena.

“Vivimos en la sociedad del espectáculo, y el contexto mediático que rodeó esa decisión generó emociones que no siempre ayudan a la justicia”, sostiene.

A su entender, aunque los jueces no pierden sus derechos fundamentales, incluida la libertad de expresión, sí están obligados a un cuidado especial cuando se refieren a asuntos sometidos a su jurisdicción.

El exembajador recordó que las medidas de coerción son provisionales y responden a riesgos procesales concretos, como la posibilidad de fuga, la intimidación de testigos o la destrucción de pruebas.

“En esta fase inicial del proceso, el juez debe explicar de manera clara y sucinta las razones de su decisión, pero sin adelantar juicios de fondo que corresponden a etapas posteriores”, señala.

Advierte que una motivación débil o excesivamente discursiva puede abrir la puerta a recursos de apelación exitosos.

“Paradójicamente, una sentencia dictada desde el populismo penal puede terminar favoreciendo la libertad de los imputados”, afirmó, al recordar que las decisiones sobre coerción son revisables y deben ajustarse a la evolución del proceso.

La Ley del DNI

Otro de los temas abordados por Rodríguez Huertas es la Ley que regula el Departamento Nacional de Inteligencia (DNI), la cual considera uno de los puntos más luminosos de la gestión del presidente Luis Abinader.

Las discusiones en torno a la libertad de expresión han proliferado en los gobiernos del PRMExplicó, por primera vez una actividad históricamente opaca fue sometida al marco del derecho mediante una iniciativa legislativa.

Congreso Nacional de la República. Fuente externa

“Se juridificó una actividad que tradicionalmente operaba al margen del control legal, y eso es un paso trascendente para el fortalecimiento institucional”, afirmó.

Recordó que la ley fue declarada inconstitucional por vicios de procedimiento, en un momento en que ya existía consenso entre el Gobierno y la Sociedad Dominicana de Diarios sobre los puntos sensibles, especialmente los relacionados con la libertad de prensa y la revelación de fuentes.

Rodríguez Huertas aseguró que esos aspectos fueron plenamente corregidos y que el nuevo texto, aprobado por la Cámara de Diputados, recoge el consenso alcanzado.

“No hubo creatividad indebida; el texto se ajusta a lo acordado y establece claramente la necesidad de autorización judicial previa para cualquier limitación de derechos fundamentales”, subraya.

Además, destaca que la normativa corrige una distorsión histórica al desvincular el DNI del Ministerio de Defensa y colocarlo bajo dependencia directa de la Presidencia de la República.

“La inteligencia siempre ha servido al presidente, no a las Fuerzas Armadas. Esta ley simplemente alinea la realidad jurídica con la práctica institucional”, explica.

Justicia, institucionalidad y sosiego social

Para Olivo Rodríguez Huertas, el uso adecuado de la delación, la sobriedad judicial y el sometimiento de actividades sensibles al Estado de derecho son pilares indispensables para fortalecer la confianza ciudadana.

“Los jueces no pueden ser sellos gomígrafos, pero tampoco actores del espectáculo. Su misión sagrada es aplicar la ley sin mirar a quién”, afirma, citando al presidente de la Suprema Corte de Justicia.

Finalmente, el jurista llama a separar la lucha política de los asuntos esenciales para la vida institucional del país y aboga por un clima de unidad y sosiego.

“República Dominicana necesita entrar en una etapa de esperanza, donde las diferencias no obstaculicen el fortalecimiento del Estado de derecho”, concluye.

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Por qué los acuerdos con imputados son clave en los procesos de corrupción

Olivo A. Rodríguez Huertas
Resumen
Los acuerdos procesales con imputados —delación premiada y criterio de oportunidad— constituyen instrumentos procesales que, bien regulados y fiscalizados, permiten al Ministerio Público desentrañar estructuras de corrupción complejas y dirigir la persecución penal hacia los verdaderos responsables. Este artículo analiza su justificación funcional, sus límites jurídicos y éticos, la relación con las medidas de coerción y la responsabilidad judicial, y su encaje en el fortalecimiento institucional, a la luz del debate público suscitado por el caso SENASA y las reformas recientes en materia de inteligencia estatal Diario Libre Periódico elCaribe alodigitalrd.com El Día Acento Diario Libre Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo.


Introducción

La reciente instrucción del Ministerio Público en el caso SENASA y la solicitud de medidas cautelares de alta intensidad han reavivado el debate sobre la legitimidad y alcance de los acuerdos con imputados en procesos de corrupción; dicho debate combina elementos técnicos del derecho procesal penal con fuertes resonancias políticas y mediáticas Diario Libre.


Función y justificación de la delación premiada y el criterio de oportunidad

Función procesal. Los acuerdos con imputados buscan transformar información fragmentaria en pruebas útiles para perseguir a los cabecillas de redes delictivas, acortando tiempos investigativos y optimizando recursos estatales. En contextos de corrupción sistémica, la colaboración eficaz puede ser la única vía práctica para acceder a documentación, comunicaciones y trazas financieras que, de otro modo, tardarían años en emerger o quedarían ocultas definitivamente El Día.

Justificación comparada. La práctica comparada muestra que sistemas con tradición acusatoria y fiscalización activa —como el estadounidense— resuelven una proporción significativa de casos mediante acuerdos negociados, lo que no invalida su valor jurídico sino que exige controles procesales estrictos para evitar impunidad encubierta El Día.

Condiciones de validez. Para que estos instrumentos sean legítimos deben observarse principios de proporcionalidad, transparencia judicial y control de legalidad: la colaboración debe ser verificada, la reducción de sanciones razonada y la decisión judicial que valide el acuerdo debe explicitar la utilidad probatoria y la proporcionalidad de la concesión. En el ordenamiento dominicano, el criterio de oportunidad opera como figura normativa sujeta a requisitos legales y a la validación del órgano persecutor y del juez cuando proceda Acento.


Límites éticos y riesgos procesales

La concesión de beneficios procesales a quienes admiten participación en delitos de corrupción genera tensiones éticas: la sociedad puede percibir que se premia la traición a la fe pública. Sin embargo, la respuesta técnica es doble: primero, distinguir entre beneficio procesal y exención de responsabilidad moral; segundo, garantizar que la colaboración conduzca efectivamente a sanciones ejemplares contra los verdaderos responsables, especialmente cuando se trata de funcionarios públicos cuya obligación de resguardar el interés general es superior El Día.

Los riesgos procesales incluyen la posibilidad de testimonios interesados, la fabricación de narrativas para obtener ventajas y la instrumentalización mediática de las declaraciones. Por ello, la corroboración independiente de la información aportada por colaboradores y la sujeción a reglas de prueba son imprescindibles para preservar la integridad del proceso El Día Acento.


Medidas de coerción, sobriedad judicial y control de motivaciones

Las medidas de coerción son provisionales y deben fundarse en riesgos procesales concretos: fuga, obstaculización de la investigación o destrucción de pruebas. Cuando la colaboración se combina con medidas coercitivas severas, surge una tensión que exige motivaciones judiciales sólidas y mesuradas; una motivación débil o discursiva puede ser objeto de apelación y, paradójicamente, favorecer la libertad del imputado si se vulneran garantías procesales El Día.

La judicatura, además, debe mantener sobriedad y evitar actuaciones que alimenten el espectáculo mediático; el juez conserva libertad de expresión, pero su intervención en asuntos en trámite requiere especial cautela para no anticipar juicios de fondo ni condicionar la percepción pública del proceso El Día Periódico elCaribe.


Criterio de oportunidad y control institucional

El criterio de oportunidad en el Código Procesal Penal dominicano permite al Ministerio Público abstenerse de ejercer la acción penal en circunstancias tasadas por la ley, siempre que ello responda a razones objetivas de política criminal y eficiencia procesal y que se respeten las garantías del imputado y el interés público Acento. Su aplicación en casos de corrupción exige una evaluación estricta del beneficio social de la renuncia a la persecución frente a la utilidad probatoria de la colaboración.

El control judicial y la publicidad limitada de las motivaciones son mecanismos que deben operar para evitar arbitrariedades y asegurar que la decisión del órgano persecutor se ajuste a criterios de legalidad y proporcionalidad Acento.


Inteligencia, transparencia institucional y el marco normativo del DNI

La juridificación de actividades de inteligencia mediante la nueva ley que crea la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI) representa un avance institucional al someter prácticas históricamente opacas a controles legales y judiciales; la reforma incorpora garantías sobre la libertad de prensa y la necesidad de autorización judicial para limitaciones de derechos fundamentales, corrigiendo vicios detectados en versiones anteriores de la norma Diario Libre Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo.

Este marco normativo es relevante para la investigación de la corrupción porque regula la obtención, tratamiento y protección de información sensible que puede ser decisiva en procesos complejos; no obstante, su eficacia dependerá de la implementación de salvaguardas que impidan usos indebidos y garanticen la cadena de custodia y la legalidad de las pruebas derivadas de labores de inteligencia Diario Libre Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo.


Conclusión: equilibrio entre eficacia y garantías

Los acuerdos con imputados son herramientas legítimas y necesarias para enfrentar la corrupción sistémica, siempre que su uso se someta a controles estrictos: verificación probatoria, motivación judicial clara, proporcionalidad en las concesiones y protección de derechos fundamentales. La independencia del Ministerio Público, la sobriedad judicial y un marco de inteligencia regulado contribuyen a que la colaboración eficaz no se convierta en un atajo hacia la impunidad, sino en un medio para alcanzar la verdad material y sancionar a quienes traicionan la confianza pública. El desafío es institucional: consolidar procedimientos que permitan aprovechar la utilidad de la delación sin sacrificar las garantías que sostienen el Estado de derecho Diario Libre Periódico elCaribe alodigitalrd.com El Día Acento Diario Libre Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo.


Datos del artículo (formato APA, encabezamiento):
Rodríguez Huertas, O. A. (2025). Por qué los acuerdos con imputados son clave en los procesos de corrupción. Artículo de opinión publicado en El Día, 18 de diciembre de 2025 El Día.

Nota sobre fuentes citadas en el texto: información periodística y análisis doctrinal sobre el caso SENASA, la aplicación de medidas de coerción, el criterio de oportunidad y la ley que crea la DNI fueron consultados en medios y documentos públicos recientes para contextualizar el presente análisis Diario Libre Periódico elCaribe alodigitalrd.com El Día Acento Diario Libre Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo.

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